LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DEPORTISTAS DE EQUIPOS REPRESENTATIVOS DE LA UNAM. Capítulo I Disposiciones Generales

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Con fundamento en lo dispuesto por los numerales Segundo, fracción VIII, Quinto fracciones III y X, Sexto fracción VIII y Décimo fracción III del Acuerdo que Crea y Establece las Funciones y Estructura de la Secretaría de Atención a la Comunidad Universitaria de la Universidad Nacional Autónoma de México, publicado en Gaceta UNAM el 10 de diciembre de 2015, se emiten los siguientes: LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ALUMNOS DEPORTISTAS DE EQUIPOS REPRESENTATIVOS DE LA UNAM Capítulo I Disposiciones Generales Numeral 1 Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer las bases para el otorgamiento de becas para Alumnos Deportistas de Equipos Representativos de la UNAM, impulsando con ello el talento universitario de alumnos deportistas universitarios que realizan un doble esfuerzo, ya que deben cumplir tanto con su carga y responsabilidad en su desarrollo académico, así como en el deportivo: estudian en un turno y en el otro deben dedicar cuando menos 4 horas diarias a su entrenamiento, lo que les impide acceder a oportunidades de empleo para generarse algún ingreso, es decir, su trabajo además de estudiar, es entregar en cuerpo y alma todo su talento deportivo para poner en alto a nuestra Universidad y defender sus colores azul y oro. Numeral 2 Para los efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por: I. Solicitante: Alumno Deportista de Equipo Representativo de la UNAM que aspira obtener una beca. II. Beca: Apoyo económico que otorga la UNAM a los alumnos matriculados en la UNAM y que pertenecen a alguno de sus equipos representativos, la cual será personal e intransferible. III. Alumno Deportista Representativo de la UNAM: Es el que se encuentra matriculado en la UNAM y forma parte de un equipo o disciplina deportiva universitaria, representando a nuestra Casa de Estudios en Campeonatos Internacionales y/o Nacionales y/u Olimpiada y/o Universiada Nacional. IV. Becario: Alumno deportista de equipo representativo de la UNAM que cumple con los requisitos de elegibilidad y recibe la beca. V. Lineamientos: Disposiciones que regulan el otorgamiento de becas a los alumnos universitarios deportistas de equipos representativos de la UNAM. VI. Programa: Programa de Becas para alumnos deportistas de equipos representativos de la UNAM.

SIGLAS I. SACU: Secretaria de Atención a la Comunidad Universitaria. II. PVE: Programa de Vinculación con los Egresados de la UNAM. III. DGOAE: Dirección General de Orientación y Atención Educativa. IV. DGDU: Dirección General del Deporte Universitario. V. Comité: Comité Técnico Institucional de Becas Deportivas, órgano colegiado encargado de analizar, dictaminar y realizar las acciones necesarias para la operación del Programa. Capítulo II Del Comité Técnico Institucional de Becas Deportivas Numeral 3 El Comité es el órgano colegiado encargado de analizar, dictaminar y realizar las acciones necesarias para la operación del Programa. Estará integrado por los titulares de las siguientes instancias universitarias: I. Secretario de Atención a la Comunidad Universitaria, en calidad de Presidente. II. Director General del Deporte Universitario, en calidad de Secretario. III. Director General del Programa de Vinculación con Egresados de la UNAM, en calidad de Vocal. IV. Director General de Orientación y Atención Educativa, en calidad de Vocal. Numeral 4 El Comité tendrá las siguientes funciones: I. Analizar y dictaminar el Programa. II. Realizar las acciones necesarias para la operación del Programa. III. Resolver sobre la asignación, suspensión y/o cancelación de becas. IV. Las demás que se requieran para el cumplimento del Programa. Numeral 5 Son atribuciones del Presidente: I. Representar al Comité. II. Tomar las medidas pertinentes con la finalidad de que el Programa cumpla con sus objetivos. III. Presidir las sesiones del Comité. IV. Emitir su opinión y voto de calidad en el pleno en sesiones del Comité. V. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de los presentes Lineamientos.

Numeral 6 El Secretario desarrollará las siguientes funciones: I. Convocar a las sesiones del Comité. II. Someter a consideración las solicitudes de beca. III. Comprobar el quórum de las sesiones. IV. Levantar las minutas de las reuniones y registrar los acuerdos. V. Emitir su opinión sobre el trámite de becas. VI. Operar el procedimiento de recepción, verificación, así como para la suspensión y cancelación de solicitudes y/o becas. VII. Elaborar el dictamen sobre el trámite de becas. VIII. Reportar y enviar al Comité los documentos relativos al trámite de becas. IX. Verificar que las solicitudes de becas presentadas ante el Comité sean acordes al perfil y a los requisitos señalados en la Convocatoria. Numeral 7 Los Vocales tendrán las siguientes funciones: I. Asistir a las sesiones. II. Emitir su opinión y voto en sesiones del Comité. III. Firmar las actas de las sesiones. Numeral 8 Sesiones del Comité. El Comité sesionará por lo menos dos veces al año de manera ordinaria y las veces que sea necesario de manera extraordinaria. Las sesiones ordinarias deberán convocarse con tres días hábiles anteriores a la fecha de su celebración. Las sesiones extraordinarias deberán ser convocadas con al menos un día hábil de anticipación. Capítulo III Requisitos de Ingreso a un Representativo Deportivo Universitario Numeral 9 Los requisitos para ser un deportista representativo universitario son los siguientes: I. Cumplir con una asistencia de al menos el 90% a los entrenamientos de la disciplina correspondiente. II. Participar en las competencias a las que se le convoque. III. Pasar por el proceso de visoria con los responsables técnicos y deportivos en la disciplina deportiva de interés del alumno. IV. Una vez reunidos los resultados de las evaluaciones, el cuerpo de entrenadores respectivo propone quiénes son admitidos como alumnos deportistas para ingresar al equipo representativo de la disciplina. La decisión es inapelable y es comunicada a los candidatos por la Dirección de Deporte Representativo de la DGDU. V. Aceptado el alumno deberá inscribirse en la RedPuma www.deportes.unam.mx y entregar en la Dirección de Planeación y Desarrollo Académico de la DGDU, los documentos que se señalen en cada caso, con objeto de integrar su expediente académico, deportivo y médico.

VI. Representar a la UNAM en Campeonatos Nacionales, Internacionales, Olimpiada y/o Universiada Nacionales. Capítulo IV Requisitos para la Solicitud de Beca Numeral 10 Los requisitos para ser candidato a obtener una beca son los siguientes: I. Ser alumno deportista integrante de un equipo representativo de la UNAM. II. Estar inscrito en la Redpuma y haber entregado los documentos que se señalen en cada caso, con objeto de integrar su expediente académico, deportivo y médico. III. Mantener en todo momento una conducta adecuada que enaltezca los valores del deporte universitario y el juego limpio. IV. Participar en las competencias intramuros, estatales, regionales, nacionales e internacionales en que sean convocados por la Dirección General del Deporte Universitario. V. Contar con un promedio mínimo de 7.5. VI. Suscribir la solicitud de beca en la página de la DGDU www.deportes.unam.mx. VII. Suscribir la aceptación de los presentes Lineamientos. VIII. Presentar recomendación favorable del entrenador del representativo o el entrenador en jefe de la disciplina deportiva en la que participe. IX. Comprometerse a ser alumno y deportista de tiempo completo, es decir, aprobar las asignaturas inscritas en el semestre o ciclo escolar y cumplir con el horario de entrenamientos en al menos un 90 % de asistencia, además de cumplir con su participación en las competencias oficiales. Capítulo V Criterios de Selección para la Asignación de la Beca Numeral 11 Los criterios de selección que tomará en cuenta el Comité para la asignación de la Beca son los siguientes: I. Ser alumno de la UNAM. II. Tener avance académico y un promedio mínimo de 7.5 III. Pertenecer a un equipo representativo de la UNAM. IV. Tener mínimo un 90% de asistencia a los entrenamientos y participar en las competencias a las que se le convoque. V. Análisis del currículo deportivo. VI. Participar en las competencias de Campeonato Nacional Juvenil, Campeonatos y/o Ligas Nacionales de Federación, Olimpiada Nacional, Paralimpiada Nacional o Universiada Nacional en cualquiera de sus etapas previas oficiales. VII. La ponderación de casos será acorde al nivel de las competencias oficiales probadas, tendrán mayor prioridad las competencias de carácter internacional; en segundo término, las de nivel nacional; en tercer lugar, regionales; cuarto, las realizadas a nivel estatal. En caso de prevalecer igualdad, el criterio de desempate será el desempeño académico (el mejor promedio tendrá prioridad).

Capítulo VI Procedimiento de Selección Numeral 12 El Comité analizará las solicitudes registradas y con base en el presupuesto autorizado, el cumplimiento de los requisitos y la aplicación de los criterios de selección dictaminará la aprobación o negación de las becas, publicando los resultados de selección de beneficiarios a través del Sistema de Consulta de Resultados. Capítulo VII Vigencia y Monto de la Beca Numeral 13 El Comité publicará dos Convocatorias al año, cada seis meses, que comprenderá los periodos de febrero a julio y de agosto a enero del año siguiente. Numeral 14 El apoyo económico asciende a $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) mensuales por Convocatoria. El total de dicho apoyo para alumnos deportistas de equipos representativos de la UNAM es de $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.) semestrales por alumno. Capítulo VIII Resultados e informes sobre el desarrollo del Programa Numeral 15 Los resultados que arroje la operación del Programa se realizarán a través de las siguientes instancias: I. Dirección de Deporte Representativo de la DGDU, mediante informes del desempeño deportivo de los equipos representativos de la UNAM. II. Dirección de Planeación y Desarrollo Académico de la DGDU, mediante el Sistema de Seguimiento a la Matriz de Indicadores (SMIR), trimestral y anualmente. III. Secretaría Administrativa de la DGDU, a través del Sistema de Transparencia. Capítulo IX Derechos y Obligaciones de los Becarios Numeral 16 Los Derechos de los Alumnos Deportistas de los Equipos Representativos de la UNAM son los siguientes: I. Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin discriminación alguna. II. Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto del Programa. III. Recibir, en caso de resultar beneficiado, la beca en los términos establecidos en los presentes Lineamientos. IV. Tener la reserva y privacidad de sus datos personales. V. Tener un canal abierto de comunicación para denunciar situaciones anómalas y concernientes al Programa, a través del correo cgd@deporte.unam.mx

Numeral 17 Las Obligaciones de los Alumnos Deportistas de Equipos Representativos de la UNAM son las siguientes: I. Entregar en tiempo y forma la documentación que para tal efecto señale la Convocatoria. II. Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la DGDU. III. Aprobar las materias inscritas del ciclo escolar en curso. IV. De ser necesario, asistir al programa de tutorías impartidos en las Escuelas y/o Facultades. V. Cumplir con el programa de entrenamiento en los horarios fijados por el entrenador y con el mínimo de 90% de asistencia a los mismos. VI. Asistir a juegos de práctica y de competencia. VII. Mostrar un comportamiento ejemplar dentro y fuera del lugar donde estudie y donde desarrolle el deporte, cumpliendo plenamente con las actividades propias del equipo al que pertenece. VIII. Renunciar completamente a participar con otro equipo en cualquier torneo o competencia que no sea el representativo de la UNAM o Selección Nacional. IX. Realizarse los exámenes morfofuncionales en la Dirección de Medicina del Deporte de la DGDU, cuando esta última lo determine. X. No infringir la Legislación Universitaria. XI. Informar por escrito a la DGDU sobre cualquier cambio de domicilio y/o telefónico, dentro de los 10 días naturales siguientes del cambio referido. Capítulo X Responsabilidad de las Dependencias Participantes Numeral 18 Las responsabilidades de las Dependencias participantes en el Programa son las siguientes: I. Por parte del PVE, es la de proporcionar los recursos económicos necesarios para desarrollar el Programa hasta enero de 2019 y continuar con el Programa de existir los recursos suficientes. II. El de la DGOAE, es la responsable de administrar los recursos económicos y entregar a los becarios la remuneración económica a través de los mecanismos que tiene implementados. III. La DGDU, será la responsable de verificar que los beneficiaros cumplan con los requisitos establecidos en estos Lineamientos y en la Convocatoria, asimismo, integrará y proporcionará a la DGOAE el padrón de beneficiarios(as), dará seguimiento al rendimiento deportivo y coadyuvará en el seguimiento académico de los becarios(as). Capítulo XI Suspensión y Conclusión de Becas Numeral 19 El Comité decidirá sobre la suspensión, cancelación o terminación de becas. Numeral 20 La beca será suspendida en los siguientes casos: I. Cuando el promedio de calificaciones del becario en el periodo lectivo que termina haya sido inferior a 7.5. II. Cuando el becario no tenga avance académico en el ciclo inmediato anterior.

III. Cuando el becario cause baja temporal o sea suspendido temporalmente del equipo representativo de la disciplina que practica y/o de la Universidad. IV. Cuando el becario incumpla con alguna de las obligaciones señaladas en los presentes Lineamientos. Numeral 21 La beca se cancelará en los siguientes casos: I. Cuando el becario haya concluido sus estudios u obtenido el grado académico. II. Cuando deje de formar parte de un Equipo Representativo de la UNAM III. Si el becario padeciera una enfermedad que lo inhabilite para ser deportista representativo de la UNAM. IV. Cuando se detecte falsedad en los datos proporcionados por el solicitante o becario. V. Por edad, cumplidos 27 años 11 meses. VI. Por muerte del becario. VII. Por resolución del Comité. Siendo los alumnos deportistas y entrenadores los encargados de notificar cualquier cambio en el estatus del becario POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU Ciudad Universitaria, 26 de febrero de 2018 EL COMITÉ TÉCNICO INSTITUCIONAL DE BECAS DEPORTIVAS