Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Resolución Nº 192/2016

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Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable Resolución Nº 192/2016 En la edición del Boletín Oficial Nº 33.400 del 15 de Junio de 2016, pagina 28, T.I Nº 41121/16, donde se publicó la citada norma, se omitió por parte de este organismo el Anexo Manual de Gestión de Residuos Peligrosos, el que se publica en la edición web del BORA www.boletinoficial.gob.ar.

Dirección de Residuos Peligrosos SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Y PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL Revisó : Aprobaron :

PARTE 1 Procedimientos

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 1. Objetivo del Manual de Gestión El presente Manual de Gestión tiene por objeto desarrollar cada uno de los procedimientos que se cumplen dentro de la Dirección de Residuos Peligrosos, como así también reunir Instructivos de cada área en particular, con el fin de que sea éste un material de consulta permanente con criterios unificados en materia operativa. Los diferentes circuitos se encuentran ordenados de manera cronológica, para un mayor entendimiento y fácil detección de los pasos a seguir y las áreas involucradas. Los flujogramas acompañan la explicación, para mayor claridad. El Manual está diseñado para ser susceptible de revisiones y modificaciones de forma práctica cada vez que amerite. VOLVER AL INDICE 3

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 2. Organigrama de la Dirección de Residuos Peligrosos Secretaria de Control y Monitoreo Ambiental Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación Dirección de Residuos Peligrosos Administración Legal Técnica Control de Tasas VOLVER AL INDICE 3. Responsabilidades 3.1. Dirección de Residuos Peligrosos Según Res N 58/2007: - Proponer objetivos y políticas en materia de residuos peligrosos al Director/a Nacional de Control Ambiental, privilegiando las formas de tratamiento que impliquen el reciclado y reutilización de los mismos, y la incorporación de tecnologías sustentables desde el punto de vista ambiental. - Ejecutar programas y proyectos, conforme a las directivas que imparta el Director/a Nacional. - Entender en la fiscalización de la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos. - Entender en el ejercicio de poder de policía ambiental en lo referente a residuos peligrosos, e intervenir en la radicación de las industrias generadoras de los mismos, en los casos que la legislación nacional así lo prevea. - Mantener y asegurar un sistema de información de libre acceso a la población de las medidas que se implementen en relación a la gestión de residuos peligrosos. 4

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - - Coordinar y facilitar la asistencia técnica en el área residuos peligrosos a organismos con funciones similares a nivel local y otros organismos dependientes del Estado Nacional. - Coordinar las actividades técnico profesionales vinculadas al Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos, conforme lo establecido en la Ley 24.051 y su reglamentación. - Supervisar la gestión administrativa y efectuar el control de las acciones relativas a la implementación de la normativa vigente en materia de generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos. - Propiciar el dictado de normas complementarias en materia de residuos peligrosos. - Intervenir en la evaluación de los estudios de impacto ambiental respecto de las actividades relacionadas con los residuos peligrosos. Colaborar con la superioridad y otras áreas de la SAyDS en temas atinentes a Residuos Peligrosos. 3.2. Administración Es la responsable de que todo expediente y/o documentación que ingrese ó egrese de la Dirección de Residuos Peligrosos (DRP) sea cargado en el I y en todos los sistemas informáticos correspondientes. Elaborar los proyectos de Resolución para la emisión de los Certificados Ambientales Anuales, inscripciones de oficios, inicio de actuaciones sumariales, memorándum, providencia y resoluciones de baja. VOLVER AL INDICE Certificar las fotocopias que ingresen para ser incorporadas a los expedientes, controlar la documentación entrante. Atender al público y asesorar por mostrador, mail o teléfono sobre temas administrativos referentes al registro y la obtención del CAA. Tiene a su cargo la guarda de los expedientes, el control de foliatura, archivo ordenado de la documentación que se incorpora a los expedientes, los cuales deberán estar en cajas ordenadas numéricamente. 3.3. Área Técnica Controlar y fiscalizar mediante el análisis de información técnica incorporada por los regulados (requerir información complementaria de ser necesario) y a través de inspecciones. Elaborar informes técnicos en el marco del otorgamiento/renovación de Certificados Ambientales Anuales. Detectar posibles infracciones en cuanto a aspectos técnicos de la Ley N 24051 y sugerir el inicio de actuaciones sumariales. 5

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Colaborar con el área Legal para dar respuesta a oficios, denuncias o notas con aspectos técnicos a resolver. Elaborar informes a la Dirección, relativo a aspectos técnicos, en colaboración con otras áreas, de respuesta a pedidos de información pública ambiental. Intervenir en expedientes de la Unidad de Movimientos Transfronterizos de Residuos Peligrosos y No Peligrosos, sobre la Importación/Exportación mediante la elaboración de informes para la clasificación de residuos como peligrosos o no peligrosos. Asesorar a la Superioridad respecto a temas técnicos relativos a residuos. Colaborar con la Dirección, en la elaboración de procedimientos, proyectos de normativa nueva o modificatoria. 3.4. Área Legal Controlar y fiscalizar, mediante el análisis de documentación presentada en los expedientes y requerida durante las inspecciones que se llevan a cabo a las plantas. Elaborar informes legales en el marco del otorgamiento/renovación de Certificados Ambientales Anuales. Elaborar informes sugiriendo el inicio de actuaciones sumariales en los casos que se detectan posibles infracciones a la Ley N 24051. Elaborar informes de respuesta de oficios judiciales, demandas ambientales, pedidos de información pública, pedidos de información del Defensor del Pueblo, etc. Asesorar a la Superioridad respecto a temas legales relativos a residuos. Colaborar con la Dirección, en la elaboración de procedimientos, proyectos de normativa nueva o modificatoria. 3.5. Área Control de Tasas VOLVER AL INDICE Es la responsable de verificar las Declaraciones Juradas de Liquidación de Tasa presentada por el administrado, determinar los montos en los casos de requerimientos por tasas no ingresadas, liquidación de manifiestos y confección de Liquidación de Tasa para su posterior pago en la Tesorería. Elaborar informes de área en el marco del otorgamiento/renovación de Certificados Ambientales Anuales. Interviene Manifiestos de Transporte. Durante dicha intervención se controla la veracidad de los datos allí volcados y se procede a su visado. Confeccionar las estadísticas de la Dirección en forma trimestral, semestral y anual, en donde se vuelca la información de todos los procedimientos realizados. Confeccionar el Presupuesto de la Dirección, asignando las partidas correspondientes y el cumplimiento de las Metas Presupuestarias. VOLVER AL INDICE 6

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 4. Procedimiento Obtención del Certificado Ambiental Anual, Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos AREA Administración Tesorería Mesa de entradas SAyDS Administración Técnica Legales OPERACIÓN 1. Atenderá la mesa de entradas, contestará consultas del administrado. Según la consulta, se canaliza por el área correspondiente (Administración, Técnica, Legal o Control de Tasa). (Ver instructivos y check list en ANEXO I). 1.2. La Administración cargará la DDJJ presentada por el administrado en forma digital, para lo cual deberá confrontarse la versión impresa y firmada por el titular. 2. Mesa de entradas de la DRP realizará un control para verificar que la documentación presentada esté completa, con el propósito de eliminar el posterior requerimiento. Se utilizará check list (ver ANEXO I). 2.1. Si la documentación está completa, se cuentan las fojas, se aclara el número total y se firma el check list, para la correcta recepción en Mesa de Entradas del MAyDS. Continúa en punto 3. 3. El administrado deberá abonar la solicitud de inscripción en Tesorería. 4. El administrado presentará toda la documentación en Mesa de entradas del MAyDS, donde se controlará el pago de la solicitud de inscripción y que la cantidad de fojas concuerde con lo firmado por la DRP en el punto 2.1. Se generará el expediente y se remitirá a la DRP. 5. Recibirá el expediente y dará el alta en el I. 6. Se archivará para asignación al área respectiva. 7. El responsable del área revisará los expedientes y asignará a los técnicos, según su complejidad, temática o carga de trabajo. 8. El técnico asignado recibirá el expediente. Realizará los controles a partir de la DDJJ y la Memoria Técnica, analizará y calificará en función de los elementos aportados. 8.1. En caso de haber requerimientos se elaborará el Informe correspondiente, lo firmará y adjuntará al expediente. Sigue en punto 9 ó 14 (inspección). 8.2. En caso de que la documentación esté completa y correcta, se elaborará un Informe Técnico Final visado por el Responsable Técnico. Se adjuntará al expediente. Sigue en punto 9. 9. Se enviará el expediente al área de Legales (sigue punto 10) o Control de Tasa (sigue en punto 13), según corresponda. 10. El responsable del área revisará los expedientes y asignará a los abogados, según su complejidad, temática o carga de trabajo. 11. El abogado asignado recibirá el expediente. Analizará y calificará en función de los elementos aportados. 11.1. En caso de haber requerimientos se elaborará el Informe 7

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Legal Control de Tasa Técnica / Legal /Control de Tasa Administración correspondiente, lo firmará y adjuntará al expediente. Sigue en punto 12 ó 14 (inspección). 11.2. En caso de que la documentación esté completa y correcta, se elabora un Informe Legal Final visado por el Responsable Legal. Se adjuntará al expediente. Sigue en punto 12. 12. Se enviará el expediente al área de Control de Tasa. 13. Recibirá del área Legal o Técnica el expediente y verificará la concordancia de la fecha de inicio de actividad que surja de la DDJJ con las constancias tales como Habilitación Municipal, fecha de Constitución de la Sociedad, etc. En caso de verificarse una fecha de inicio anterior a la de la declarada en la DDJJ se requerirán las Tasas Ambientales Anuales (TAA) correspondientes (según Resoluciones N 926/05 y 1172/14) y una Certificación de Contador Público ratificando o rectificando dicha fecha de inicio, debiendo emitirse el requerimiento respectivo. Confeccionará requerimiento de Tasa de Inicio, firmará y adjuntará al expediente. El expediente se enviará al área de Administración. Sigue en punto 15 ó 14 (inspección). 14. Si el área Técnica, Legal o Control de Tasa evalúa la necesidad de realizar una inspección a G, T u O (evaluado según grado de peligrosidad de los residuos, temática, cantidad de residuos, dudas legales, etc.) se hará una inspección donde se labrará un acta volcando todo lo observado. Una vez en la DRP se elaborará el informe de inspección de donde se puede derivar nuevos requerimientos. (Ver punto 8.1) 15. Administración recepciona el expediente. 15.1. En caso de haber requerimientos, la notificación de los mismos se realizará conforme las disposiciones previstas en el art. 41 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991). Continúa en punto 16. 15.2. En caso de contar con el Informe Final Técnico, Legal y de Control de Tasa continúa en punto 18. 16. Una copia del requerimiento se archivará por fecha del mismo, a efectos de que se lleve un perfecto control del envío y de la recepción de la contestación. Cuando llega el Acuse recibo, previo a incorporarlo al expediente, se cargará en el I. Una vez efectuado el requerimiento, se pasará el Expediente al Archivo a efectos de llenar las formalidades de foliado y se archiva a la espera de la respuesta. 8

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Administración DGAJ Legales Administración 17. Vencido el plazo para cumplimentar el requerimiento, puede ocurrir: 17.1. El titular presenta la documentación en la DRP, acompañada de la Nota de Requerimientos. Administración controlará en el momento que la documentación solicitada esté completa, comparando la Nota de Requerimientos con la documentación real. 17.1.1. Si está correcto, se enumeran las fojas y se firma como en el punto 2.1. Se dará entrada en Mesa de entradas del MAyDS, para luego derivar nuevamente a la DRP. Administración derivará al sector correspondiente para su evaluación. (Ver punto 8, 11 ó 13). 17.2. El titular solicita una prórroga, la cual deberá ser evaluada por el sector que hizo el requerimiento. Si se otorga la prórroga, TODA la documentación será entregada en la misma fecha, ver punto 17. Si no se otorga ver punto 17.3. 17.3 Si el titular no contesta el requerimiento, o falta documentación no se aceptará su ingreso hasta no presentar la totalidad de los requerimientos. Cuando se detecte una infracción a la Ley N 24.051, se sugerirá el inicio de trámite de Sumario. (Ver Procedimiento Sumarios ) 18. Administración recibirá el expediente con el Informe Final Técnico, Legal y de Control de Tasa. 19. Elaborará Proyecto de Resolución y CAA. Lo firmará el Director/a de la DRP. Se elevará a la SSCyFAyPC y luego a DGAJ. 20. DGAJ evalúa el expediente y elabora dictamen. 20.1. Si el dictamen tuviera requerimientos, se envía a las áreas pertinentes para sus diferentes respuestas. Sigue en punto 22. 20.2. Si el dictamen no tuviera requerimientos, la DGAJ remite el expediente a la DRP para la firma. Sigue en punto 22. 21. Evaluará el dictamen de DGAJ y responderá a DGAJ (sigue en punto 22) o dará aviso al administrado sobre el rechazo de su solicitud o sobre los requerimientos (sigue en punto 15.1). 22. La DRP recibirá y enviará a la SSCyFAyPC para seguir el curso. SSCyFAyPC remitirá al Secretario/a para la firma de la Resolución y el CAA. 23. Recibirá el expediente con la copia certificada y el CAA. Notificará al administrado que puede retirar el Certificado y de la obligación de presentar el Libro de Operaciones y el/los Libro/s de Accidentes en caso de T. 24. Incorporará la copia de la Resolución certificada y la copia simple del CAA al expediente. 25. El administrado retirará el Certificado. Administración insertará en el Libro de Registro de Operaciones una copia del Anexo I del CAA, el cual será rubricado por la Dirección, hecho lo cual se procede a la entrega de los libros a sus titulares. El administrado firmará el recibo. 26. Seguro Ambiental: Corresponde o no? 9

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 26.1 Envío a la UERA a efectos de su análisis 27. Se enviará el expediente a Archivo de la DRP y se cierra el circuito. VOLVER AL INDICE 10

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Obtención del Certificado Ambiental Anual, Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos Tesorería Mesa de entrada SAyDS Titular Otras áreas 17.1.1 No 17.1.2 DGAJ No 3 4 a Técnica a Legales 20.1 Administración DRP Ok 2.1 a Control de Tasa Ok 17.1 20 Docum. Prórroga No 1 5 15 15.1 15.2 16 17.2 2 6 Ok 17 No 18 19 Ok 17.3 Nota / Sumario No Sin Respuesta Técnica DRP 7 8 8.1 8.2 Ok Legales DRP 9 10 a Legales Inspección 14 No Respuesta a Control de Tasa 11 11.1 11.2 12 21 Ok Control de Tasa DRP 13 1- Asesoramiento a titulares. 2- Control de la doc. presentada. Está completa o no?. 2.1- Confección de check list. 3- El administrado abona la solicitud de inscripción. 4- El administrado presenta toda la documentación. 5- Recepción del expediente. 6- Archivo temporario. 7- Asignación de técnico. 8- Evaluación de la documentación. Está correcta o no?. 8.1- Informe de Requerimientos. 8.2- Informe Técnico Final. 9- Derivación del expediente. 10- Asignación de abogado. 11- Evaluación de la documentación. Está correcta o no?. 11.1- Informe de Requerimientos. 11.2- Informe Técnico Final. 12- Derivación del expediente. 13- Evaluación de la documentación. 14- Inspección. 15- Recepción del expediente. 15.1- Con informes de requerimientos. 15.2- Con informes finales. 16- Envío de req. al administrado. Archivo temporal. 17- Vencido el plazo de los requerimientos. 17.1- Control de la doc. presentada. Está completa o no?. 17.1.1- Firma para el ingreso. Derivación. 17.1.2- No se da entrada a la documentación. 17.2- Administrado solicita prórroga. Se otorga o no?. 17.3- Sin respuesta. Evaluación de inicio de Sumario. 18- Expediente con Informes Finales. 19- Elaboración de Proyecto de Res. y CAA. 20- Evaluación y dictamen. 20.1- Dictamen con requerimientos. 20.2- Dictamen positivo. 21- Respuesta a los requerimientos o envío de requerimientos al administrado. 22- Derivación a DNCA y luego a Secretario/a para la firma. 23- Notificación al administrado. 24- Incorporación de copias de Res y CAA al expediente. 25- Entrega de CAA y libro al administrado. 26- Seguro Ambiental. Corresponde o no? 26.1- Envío a la UERA a efectos de análisis 27- Archivo del expediente. Ok 20.2 22 Ir a 15.1 Requerimientos Inicio / Fin 23 Proceso 24 Evaluación / Decisión 25 Entrada / Salida Ok No Archivo 26 26.1 27 11

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 5. Procedimiento Intimación de Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos ÁREA Control de Tasa / Técnica / Legal Administración Mesa de entradas MAyDS Administración Control de Tasa/ Técnica / Legal Administración OPERACIÓN 1. Control de Tasa (a través de la base de Manifiestos) o Técnica o Legal (a través de inspecciones) detectan sujetos alcanzados por la Ley N 24.051 no registrados. 2. Confeccionará memorando a Mesa de entradas del MAyDS para iniciar el expediente correspondiente. 3. Abrirá la carátula del nuevo expediente glosa la documentación que acompaña al memorando y remitirá las actuaciones a la DRP. 4. Recibirá las actuaciones. Cargará en el I. Derivará al área que corresponda. 5. Confeccionará el requerimiento de tasa y la correspondiente intimación de inscripción. Se envía a Administración. 6. Comunicará fehacientemente al sujeto el requerimiento y la intimación de inscripción. 7. Continúa en el punto 2 de Procedimiento de Obtención del Certificado Ambiental Anual, Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos. VOLVER AL INDICE Intimación de Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos Otras áreas Mesa de entrada SAyDS Titular 3 7 Administración DRP 2 Control de Tasa DRP 4 5 6 Legales DRP Técnica DRP 1 1 1 1- Detección de sujetos alcanzados no registrados. 2- Confección de memorando para inicio de expediente. 3- Apertura de expediente. 4- Derivación del expediente. 5- Confección del requerimiento de tasa e intimación de inscripción. 6- Comunicación al administrado. 7- Ver procedimiento Obtención del Certificado Ambiental Anual, Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos. Sigue en punto 2 de «Obtención del CAA..» Inicio / Fin Proceso 12

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - VOLVER AL INDICE 6. Procedimiento Baja del Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos ÁREA Mesa de entradas MAyDS Administración Técnica Legales Control de Tasa Técnica / Legal / Control de Tasa Administración OPERACIÓN 1. El administrado presenta en Mesa de entradas del MAyDS una nota con la razón social y números de expediente solicitando la baja de las actuaciones. Se derivará a la DRP. 2. La DRP recibirá la nota, la agregará al expediente y derivará al área técnica. 3. Controlará las condiciones necesarias para la baja en el RNGTORP. 3.1. Si no cumple las condiciones necesarias se elaborará un requerimiento reclamando la solución de las mismas. Sigue en punto 4. 3.2. Si cumple con las condiciones necesarias, elaborará un Informe Técnico Final. Se adjunta al expediente. Sigue en punto 4. 4. Se enviará expediente al área Legal. 5. Controlará las condiciones necesarias para la baja en el RNGTORP. 5.1. Si no cumple con las condiciones necesarias se elaborará un requerimiento reclamando las soluciones de las mismas. Sigue en punto 6. 5.2. Si cumple con las condiciones necesarias se elaborará un Informe Legal Final. Se adjunta al expediente. Sigue en punto 6. 6. Se derivará al área Control de Tasa. Sigue en punto 7. 7. Revisará que el interesado no tenga pagos de tasas pendientes. 7.1. Si tiene tasas pendientes de pago, se elaborará un requerimiento reclamando la cancelación de las mismas. Se adjunta al expediente. Sigue en punto 8. 7.2. Si no tiene tasas pendientes se elaborará Informe Control de Tasa Final. Se adjunta al expediente. Sigue en punto 8. 8. Se realizará una inspección conjunta para verificar si se cumplen los motivos de la baja y que no queden residuos en el establecimiento. Se labra acta y posterior informe de inspección. 9. Se deriva a Administración. 10. Administración recibe documentación. 10.1. Si tiene requerimientos, los informa fehacientemente al administrado. Sigue en punto 11. 10.2. Si no tiene requerimientos sigue en punto 12. 11. El G, T u O entrega la documentación requerida. Se derivará al área correspondiente (punto 3, 5 u 8). 12. Recibirá el expediente y verificará si obtuvo o no Resolución de inscripción. 13

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - SSCyFAyPC DGAJ Legales SCyMA Administración 12.1. Si no fue por Resolución, se elaborará una providencia a Mesa de Entradas del MAyDS para su archivo definitivo. 12.2. Si fue por Resolución, se elaborará el proyecto de Resolución de baja. El Director/a de la DRP visará. Se elevará el proyecto de Resolución a la SSCyFAyPC. 13. Subsecretario/a visará y firmará. Elevará a DGAJ. 14. Elaborará dictamen. 14.1. Si el dictamen rechaza la baja en el RNGTORP, o tiene requerimientos hacia el administrado o sobre la Resolución se devuelve al área Legal de la DRP. Sigue en punto 15. 14.2 Si el dictamen no tiene observaciones, se remitirá el expediente a la US. Sigue en punto 16. 15. El área de Legales de la DRP evaluará el dictamen de DGAJ y responderá a DGAJ (sigue en punto 14) ó dará aviso al administrado sobre el rechazo de su baja en el RNGTORP ó sobre los requerimientos (sigue en punto 10.1). 16. El Secretario de considerarlo oportuno, firmará la Resolución. 17. Recibirá la documentación. Elaborará la cédula de notificación fehaciente, conforme las disposiciones previstas en el art. 41 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991), para el administrado y se enviará el expediente a archivo definitivo. 18. El administrado se notificará de los resuelto mediante la recepción de la cédula conforme las disposiciones previstas en el art. 41 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991). VOLVER AL INDICE 14

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Otras áreas Mesa de entrada SAyDS Titular DNCA 1 11 13 Baja en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos a Técnica a Legales Administración DRP 2 a Control de Tasa con Res. No 12.2 10 12 Ok 10.1 10.2 12.1 sin Res. No Técnica DRP 3 3.1 3.2 4 Ok No Legales DRP 5 5.1 5.2 6 Ok Inspección 8 9 Control de Tasa DRP No 7 Ok 7.1 7.2 1- El administrado presenta nota. 2- Recepción y derivación del expediente. 3- Evaluación. Cumple las condiciones necesarias?. 3.1- Informe de requerimiento. 3.2- Informe Técnico Final. 4- Derivación de expediente. 5- Evaluación. Cumple las condiciones necesarias?. 5.1- Informe de requerimiento. 5.2- Informe Técnico Final. 6- Derivación del expediente. 7- Evaluación. Cumple las condiciones necesarias?. 7.1- Informe de requerimiento. 7.2- Informe Técnico Final. 8- Inspección. 9- Derivación del expediente. 10- Recepción del expediente. 10.1- Con requerimientos. Notificación al administrado. 10.2- Sin requerimientos. 11- Respuesta del administrado.derivación. 12- La inscripción se realizó por Resolución? 12.1- Elaboración de providencia para archivo definitivo. 12.2- Elaboración de proyecto de Res. De Baja. 13- Visado y Firma. 14- Evaluación y dictamen. 14.1- Dictamen con requerimientos. 14.2- Dictamen positivo. 15- Respuesta a los requerimientos o notificación al administrado. 16- Envío de req. al administrado. Archivo temporal. 17- De considerarlo oportuno el Secretario firma la Resolución. 18- Notificación del administrado. DGAJ 14 Respuesta No Ok 14.1 14.2 15 Sigue en 10.1 Requerimientos / Rechazo Inicio / Fin Proceso Evaluación / Decisión SAyDS 16 Entrada / Salida US 17 18 15

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 7. Procedimiento Renovación del Certificado Ambiental Anual ÁREA Administración OPERACIÓN 1. El administrado presenta en Mesa de entradas de la DRP la DDJJ de solicitud de renovación del CAA, junto con la documentación respaldatoria. (Ver ANEXO II). 2. Se realizará el control de la documentación y visará la DDJJ. 3. Continúa en el punto 2 de Procedimiento de Obtención del Certificado Ambiental Anual, Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos. VOLVER AL INDICE Renovación del Certificado Ambiental Anual Administración DRP 1 2 3 Sigue en punto 2 de «Obtención del CAA..» 1- El administrado presenta solicitud de renovación de CAA. 2- Control de la documentación. 3- Ver procedimiento Obtención del Certificado Ambiental Anual, Inscripción en el Registro de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos. Inicio / Fin Proceso 8. Procedimiento Solicitud de Liquidación VOLVER AL INDICE ÁREA OPERACIÓN Administración 1. El administrado presentará el Anexo I de Res SAyDS Nº 926/05 para solicitar la liquidación. (Ver Anexo IV, Declaración Jurada de Liquidación de TAA) Control de Tasa 2. Se confeccionará la liquidación en el I. 3. Se firmarán todas las copias y se le entregará al administrado: -Original, Duplicado y Triplicado para ser presentado en Tesorería. Sigue en punto 4. -Cuadruplicado para ser presentado junto con el Anexo I en Mesa de Entrada SAyDS. Sigue en punto 5. -Quintuplicado premanecerá en el área Control de Tasa para confección de planillas y posterior archivo. 16

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Tesorería Mesa de entradas SAyDS Control de Tasa 4. Entregará al administrado el recibo correspondiente. Enviará el Triplicado con el recibo a la DRP. Sigue en punto 6. 5. Enviará a la DRP el Cuadruplicado con el Anexo I. Sigue en punto 6. 6. Se adjuntará el Triplicado con el recibo, Cuadruplicado y quintuplicado. Se archivará en expediente. VOLVER AL INDICE Solicitud de Liquidación Administración DRP 1 Control de Tasa DRP 2 Original, Duplicado, 3 Triplicado 4 Otras áreas Tesoreria 1- El administrado presenta DDJJ para solicitar liquidación. 2- Confección de liquidación. 3- Firma de copias y entrega al administrado. 4- Entrega del recibo al administrado. 5- Derivación. 6- Archivo. Quintuplicado 6 Cuadruplicado 5 Mesa de entradas SAyDS Inicio / Fin Proceso Archivo VOLVER AL INDICE 9. Procedimiento Sumarios Cuando se detecte una infracción a la Ley N 24.051, se sugerirá el inicio de trámite de Sumario. ÁREA Administración SSCyFAyPC DIA Legales DRP Administración OPERACIÓN 1. Recibirá el informe en donde se detalla las infracciones a la Ley N 24.051 detectadas por algún área de la DRP en inspecciones, expediente o denuncias. 2. Se realizará un informe donde se levantan cargos. El Director/a lo visará. Se derivará a SSCyFAyPC. 3. SSCyFAyPC recibirá y evaluará si amerita el sumario. 4. Prestará colaboración frente a la eventual solicitud de la DIA. 5. Recibirá notificación y cargará la sanción en la base Tabla Sumarios. VOLVER AL INDICE 17

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Sumarios Administración 1 2 3 Otras áreas DNCA DIA 1- Recepción de informe con infracciones detectadas. 2- Confección de informe donde se levantan cargos. Firma del Director/a. 3- Evaluación. 4- Colaboración a solicitud. 5- Carga en la base «Tabla Sumarios». 4 5 colaboración notificación Inicio / Fin Proceso VOLVER AL INDICE 10. Procedimiento Oficios judiciales con intervención o consulta ÁREA Mesa de entradas MAyDS Administración DRP Legales DRP Administración DRP OPERACIÓN 1. Ingresará por Mesa de entradas del MAyDS o de Jefatura de Gabinete de Ministros. Se le asignará un número de actuación. Se derivará a la DRP. 2. Se ingresará al I y a la base de datos de Oficios respetando la numeración que tiene (n exp., nota, providencia, etc.). Se derivará al área Legal. 3. El responsable del área revisará el expediente y asignará a los abogados, según su complejidad, temática o carga de trabajo. 4. El abogado elaborará un Informe Legal (si es necesario, se trabajará conjuntamente con el área Técnica). Será visado por el responsable del área Legal. Se derivará a Administración. 5. Elevará el expediente a la SSCyFAyPC para su curso. Cargará en Tabla de Oficios. VOLVER AL INDICE 18

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - Oficios judiciales con intervención o consulta Otras áreas Mesa de entrada SAyDS 1 Administración DRP 2 Legales DRP 3 1- Ingreso 2- Ingreso al I. Derivación. 3- Asignación de abogado. 4- Elaboración de Informe Legal. 5- Elevación y carga en «Tabla de Oficios». DNCA 5 4 Inicio / Fin Proceso VOLVER AL INDICE 19

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 11. Siglas CAA: Certificado Ambiental Anual DDJJ: Declaración Jurada DGA: Dirección General de Aduanas DGAJ: Dirección General de Asuntos Jurídicos DIA: Dirección de Infracciones Ambientales DRP: Dirección de Residuos Peligrosos G: Generador LTAA: Liquidación Tasa Ambiental Anual MMAES: Monto Mínimo Asegurable de Entidad Suficiente NCA: Nivel de Complejidad Ambiental O: Operador OPDS: Organismo Provincial ara el Desarrollo Sostenible PNA: Prefectura Naval Argentina RNGTORP: Registro Nacional de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos MAyDS: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación A: Sistema Informático Ambiental I: Sistema de Información Integrado SSCyFAyPC: Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación TAA: Tasa Ambiental Anual T: Transportista TI: Tasa Inicio UERA: Unidad Evaluadora de Riesgo Ambientales UMT: Unidad de Movimientos Transfronterizos US: Unidad de Secretario VOLVER AL INDICE 20

Parte 1: Procedimientos Fecha: Junio 2016 Doc: Manual DRP 2016 Rev.: - 12. Revisiones Fecha Modificaciones VOLVER AL INDICE 21

PARTE 2 Formularios, check list, y DDJJ 22

ANEXO I. Documentación para la Inscripción en el RNGTORP VOLVER AL INDICE 23

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN GENERADOR GENERADORES DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN ante el RNGTORP Ley Nº 24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Se aceptarán testimonios notariales de donde surja toda la información requerida por la DRP. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación legal 1- Formulario de Declaración Jurada: Formulario electrónico (Sistema de Inscripción Nacional) e instructivo de instalación y uso referente a Generador disponibles en la página Web (link Inscripción en el Registro ). Deberá ser firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado que acredite personería. 2- Nota con carácter de DDJJ suscripta por Representante Legal. Declarando no encontrarse comprendida en los supuestos de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 24.051 3- Constitución Societaria. Sociedad Anónima: Estatuto Societario + Actas Societarias con mandatos vigentes. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato Societario + Fotocopias DNI socios gerentes. Sociedades de Hecho (SH) / Unipersonales / Personas Físicas: Documento Nacional de Identidad. Organismos Públicos Estructura Organizativa; Disposiciones, Decretos, Resoluciones (según corresponda). 4- Constancia de inscripción ente la AFIP (C.U.I.T.) 5- Domicilio Constituído. Nota firmada por Representante Legal constituyendo domicilio dentro del radio de la CABA, conforme lo dispuesto por el art.19 del Dec.1759/72 6- Domicilio Real. Denunciar domicilio legal (conforme estatuto) y domicilio real. 7- Nomenclatura Catrastal. Presentar copia de Escritura, Plano o Informe de Domino en la cual figure la NC de la planta generadora. 8- Representante Legal. Designación del Represantante Legal conforme Estatuto Societario (debe surgir del Estatuto o de las Actas). Si es apoderado, acreditar poder con facultades suficientes. 9- Representante Técnico. Copia certificada del Titulo Habilitante. 10- Habilitaciones. Habilitación Municipal: Copia Certificada de la Habilitación de la planta generadora otorgada por el Municipio. Habilitaciones Ambientales: Presentar habilitación ambiental o estado de trámite (en caso de corresponder). Establecimientos de Salud: Presentar Habilitación de Ministerio de Salud 11- Libro de Operaciones. Se deberá presentar un libro de operaciones de residuos peligrosos para su rúbrica conforme las instrucciones que recibirá del área administrativa. Dicho Libro deberá ser completado conforme lo prescribe el Artículo 40 del Decreto Reglamentario Nº 831/93 (fecha de entrega del residuo al transportista; Nº de Manifiesto Ley 24.051; Nombre y Nº del CAA de Nación del Operador; Nº de CAA de Nación del Transportista; Kg. entregados y categorías sometidas a control (Y); y Nº del Certificado de Tratamiento y Disposición Final). Documentación técnica 12- Memoria técnica. Descripción de los procesos / actividades que dan lugar a la generación de residuos peligrosos. Listado de insumos y (excepto para aceites o hidrocarburos), su hoja de seguridad. Descripción de los residuos peligrosos generados y en función de ello, su categorización conforme Anexo I y/o II de la Ley 24051. De realizar alguna operación de eliminación en el establecimiento, describirla. De tratarse de tratamientos físico químicos, deberá contar con procedimientos y registros que acrediten las mismas y autorización por parte de la Autoridad local para su tratamiento (Art. 18) 13- Lugar de acopio. Plano o Diagrama del establecimiento en tamaño A4, donde se puntualice (referencie) el lugar donde se realiza el acopio transitorio de residuos peligrosos. 24

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN GENERADOR Descripción de la infraestructura del lugar, dimensiones y capacidad máxima de almacenamiento expresado en cantidad de recipientes. Tipos de recipientes para acopio de residuos, los que deberán contar con: cartelería identificatoria indeleble (en el recipiente) que permita determinar el residuo acopiado, nombre del generador, descripción y fecha. Presentar material fotográfico del mismo. 14- Si la fecha de inicio de actividades es anterior a la fecha de inscripción en el RNGTORP deben presentar: Acreditar el cumplimiento del Capítulo III de la Ley 24.051 mediante la presentación de copia de Manifiestos de Transporte oficiales a la fecha. Certificados de tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos del mismo periodo. En caso de no presentar, informar los motivos. Si no se realizaron movimientos a la fecha, informar cantidad acopiada de residuos. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 25

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN TRANSPORTISTAS TRANSPORTISTAS DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN ante el RNGTORP Ley Nº 24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación legal 1-Formulario de Declaración Jurada. Formulario electrónico (Sistema de Inscripción Nacional) e instructivo de instalación y uso referente a Transportista disponibles en la página Web (link Inscripción en el Registro ). Deberá ser firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado que acredite personería. 2-Nota con carácter de DDJJ suscripta por Representante Legal. Declarando no encontrarse comprendida en los supuestos de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 24.051 3-Constitución Societaria. Sociedad Anónima: Estatuto Societario + Actas Societarias con mandatos vigentes. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato Societario + Fotocopias DNI socios gerentes. Sociedades de Hecho (SH) / Unipersonales / Personas Físicas: Documento Nacional de Identidad. Organismos Públicos Estructura Organizativa; Disposiciones, Decretos, Resoluciones (según corresponda). 4-Constancia de inscripción ente la AFIP (C.U.I.T.) 5- Domicilio Legal y Real. Denunciar domicilio legal (conforme estatuto) y domicilio real (Lugar de guarda) 6-Representante Legal. Designación del Represantante Legal conforme Estatuto Societario (debe surgir del Estatuto o de las Actas). Si es apoderado, acreditar poder con facultades suficientes. 7-Representante Técnico. Copia certificada del Titulo Habilitante. 8-Libro de Operaciones: Presentarlo para su rúbrica (art. 40 Decreto 831/93). 9-Libro de Accidentes: Presentarlo para su rúbrica (art. 28 inc. c Ley N 24.051 - únicamente unidades motrices). Documentación técnica 10-Memoria técnica con las características físico-químicas de los residuos peligrosos a transportar de acuerdo a la Ley Nº 24.051, Anexo 1 (Categorías sometidas a control, Y ), Anexo 2 (Lista de características peligrosas, H ), características de las cajas de carga de los vehículos, tipo de contenedores y/o embalajes a transportar, estiba y sujeción de la carga transportada. 11-Planilla de Coordinación y Seguridad Vial, visada por la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial de la Secretaría de Transporte (según Resolución ST Nº 14/94, Anexo I), donde figuren las Categorías sometidas a control y Constituyentes a transportar, origen y destino de los residuos, Nº de ONU de mercancías peligrosas, Números de riesgo ONU, Nº de Ficha de intervención (sólo para transporte terrestre). 12-Copia de las Fichas de intervención en caso de emergencias. 13-Plan de Contingencias de acuerdo a las características de peligrosidad de las Categorías sometidas a control y Constituyentes a transportar, el cual deberá estar suscripto por el responsable técnico y en el que se deberán considerar los siguientes puntos: peligros potenciales; elementos de Protección Personal (EPP), de seguridad y para la contención de derrames y/o perdidas a llevar en el vehiculo; capacitación de los conductores; normas de prevención, circulación y verificaciones antes del viaje; cadena de llamados; procedimiento ante desperfectos mecánicos; procedimientos ante derrame y/o incendio (para el caso de transporte por buque, adjuntar el Plan de Contingencias aprobado por la Prefectura Naval Argentina). 14-Lugar de lavado y descontaminación: Para vehículos y/o contenedores para transporte a granel de residuos peligrosos, debe informar el operador habilitado que realizará dichas tareas. 15-Información sobre identificación exterior de las unidades a habilitar. Además, adjuntar vistas fotográficas de un equipo completo (camión con acoplado o tractor con semirremolque), en las que se observen ubicación y tamaño de los rótulos de riesgo y paneles de seguridad. 16-Sistema de comunicación móvil. Constancia de pago. Documentación de los vehículos a habilitar Vehículos terrestres Para facilitar el control se recomienda que en la presentación de la documentación se siga el orden del listado de vehículos, y que la misma se acumule por unidad, colocando para cada vehículo, toda la documentación referida al mismo. De existir documentación común (Ej. Póliza de seguro) puede referenciarse la misma. 17-Listado de vehículos que se solicita habilitar 26

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN TRANSPORTISTAS 18-Título del automotor. Si no es el titular debe acreditar el derecho a uso del mismo, presentando además, el comodato, leasing, alquiler, etc., según su caso. 19-Revisión técnica Nuevos (0 Km.). Con un año de gracia para su primera revisión técnica obligatoria (RTO): Deberá constar en el Título del Automotor. Informa las características principales de la caja del vehículo para el caso de camiones, semirremolques y/o acoplados. El elemento de registro de operaciones (tacógrafo) de los vehículos motorizados deberá acreditarse con la documentación de instalación, registrándose marca y número de serie. 20-Revisión técnica Usados. Certificado de revisión técnica obligatoria (RTO) para clase de carga: Cargas Peligrosas (CPG). No se aceptarán como válidos los certificados de RTO con correcciones y/o salvedades. Deberá estar vigente. 21-Registro Único del Transporte Automotor (R.U.T.A.). Constancia de Inscripción o Renovación de las unidades a habilitar. Dicha inscripción y/o renovación deberá suscribirse a nombre de la empresa a habilitar para el transporte de residuos peligrosos. Deberá estar vigente. 22-Vehículos con tanque para transporte de líquidos a granel. Constancia emitida por profesional idóneo de haber cumplido con las inspecciones visuales (interna y externa), prueba de estanqueidad y medición de espesores (Normas técnicas Resolución ST Nº 905/2006), consignando los datos del tanque inspeccionado (fabricante, n de serie, fecha fabricación, cantidad de compartimentos, capacidad total en litros o m 3 ). Deberán estar vigentes. 23-Póliza de seguro. A nombre del transportista. Cláusula que expresamente diga que cubre el daño a las personas, las cosas y el medioambiente, más el detalle de las categorías de control conforme Ley N 24.051 por las cuales se lo habilita (si se acompaña cláusula por separado, debe decir expresamente que integra la póliza y estar debidamente aclarada la firma del emisor). Deberá estar vigente y certificada. Buques 24-Listado de embarcaciones que se solicite habilitar 25-Certificado de Matrícula según inscripción en el Registro Nacional de Buques. Fecha de Vencimiento. 26-Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación. Deberá estar vigente. 27-Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación. Deberá estar vigente. 28-Certificado de Inscripción para empresas de trabajos portuarios (Ord. Marítima 6/94 PNA). 29-Póliza de seguro. A nombre del transportista. Cláusula que expresamente diga que cubre el daño a las personas, las cosas y el medioambiente, más el detalle de las categorías de control conforme Ley N 24.051 por las cuales se lo habilita (si se acompaña cláusula por separado, debe decir expresamente que integra la póliza y estar debidamente aclarada la firma del emisor). Deberá estar vigente y certificada. Documentación de los conductores 30-Listado de conductores y/o personal de buques capacitados para el transporte de los residuos peligrosos, con firma de los representantes Legal y Técnico. 31-Licencias Nacional Habilitante (LNH) para el transporte de mercancías peligrosas de los conductores o la documentación que acredite la vigencia de dicha LNH (comprobante de evaluación psicofísica vigente y curso reglamentario de capacitación) 32-Para buques: Se debe presentar las libretas de embarco del personal con responsabilidad en el transporte de los residuos peligrosos. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 27

Título: Doc. para la AMPLIACION CATEGORIA TRANSPORTISTAS TRANSPORTISTAS DOCUMENTACIÓN PARA LA AMPLIACIÓN DE CATEGORIAS ante el RNGTORP Ley Nº24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación de la empresa 1-Nota solicitando la ampliación de categorías: Debe estar firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado con personería acreditada en el expediente y representante técnico 2-Documentación que hubiere vencido, así como novedades producidas en su caso (ej. Título Habilitante del Representante Técnico, si cambiare; pólizas de seguros, actas de autoridades societarias etc.) Documentación para la ampliación de las categorías sometidas a control 3-Memoria técnica con las características físico-químicas de los residuos peligrosos a transportar de acuerdo a la Ley Nº24.051, Anexo 1 (Categorías sometidas a control, Y ), Anexo 2 (Lista de características peligrosas, H ), características de las cajas de carga de los vehículos, tipo de contenedores y/o embalajes a transportar, estiba y sujeción de la carga transportada. 4-Planilla de Coordinación y Seguridad Vial, visada por la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial de la Secretaría de Transporte (según Resolución ST Nº 14/94, Anexo I), donde figuren las Categorías sometidas a control y Constituyentes a transportar, origen y destino de los residuos, Nº de ONU de mercancías peligrosas, Números de riesgo ONU, Nº de Ficha de intervención (sólo para transporte terrestre). 5-Copia de las Fichas de intervención en caso de emergencia. 6-Plan de Contingencias de acuerdo a las características de peligrosidad de las Categorías sometidas a control y Constituyentes a transportar, el cual deberá estar suscripto por el responsable técnico y en el que se deberán considerar los siguientes puntos: peligros potenciales; elementos de Protección Personal (EPP), de seguridad y para la contención de derrames y/o perdidas a llevar en el vehiculo; capacitación de los conductores; normas de prevención, circulación y verificaciones antes del viaje; cadena de llamados; procedimiento ante desperfectos mecánicos; procedimientos ante derrame y/o incendio (para el caso de transporte mediante buques, adjuntar el Plan de Contingencias aprobado por la Prefectura Naval Argentina). 7-Lugar de lavado y descontaminación: Para vehículos y/o contenedores para transporte a granel de residuos peligrosos, debe informar el operador habilitado que realizará dichas tareas. Documentación de los vehículos o embarcaciones 8-Póliza de seguro. Si las pólizas de seguro oportunamente presentadas, no contienen la categoría por la que se solicita ampliación, debe presentar nueva póliza o cláusula adicional o endoso. Si presenta nueva póliza a nombre del transportista. Cláusula que expresamente diga que cubre el daño a las personas, las cosas y el medioambiente, más el detalle de las categorías de control conforme Ley N 24.051 por las cuales se lo habilita. Si se acompaña cláusula por separado, debe decir expresamente que integra la póliza y estar debidamente aclarada la firma del emisor. Deberá estar vigente y certificada. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 28

Título: Doc. para la INCORP. UNIDADES TRANSPORTISTAS TRANSPORTISTAS DOCUMENTACIÓN PARA LA INCORPORACIÓN DE UNIDADES ante el RNGTORP Ley Nº24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación de la empresa 1-Nota solicitando la incorporación de unidades (vehículos y/o embarcaciones): firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado con personería acreditada en el expediente. 2-Documentación que hubiere vencido, así como novedades producidas en su caso (ej. Título Habilitante del Representante Técnico, si cambiare; pólizas de seguros, actas de autoridades societarias etc.). 3-Libro de Accidentes. Presentarlo para su rúbrica (art. 28 inc. c Ley N 24.051 - únicamente unidades motrices). 4-Sistema de comunicación móvil. Constancia de pago. Documentación de los vehículos a habilitar Vehículos terrestres Para facilitar el control se recomienda que en la presentación de la documentación se siga el orden del listado de vehículos, y que la misma se acumule por unidad, colocando para cada vehículo, toda la documentación referida al mismo. De existir documentación común (ej. Póliza de seguro) puede referenciarse la misma. 5-Listado de vehículos a incorporar, consignando: Dominio, Modelo Año, Tipo de vehículo, Tipo de caja de carga. Firmado por los representantes legal y técnico. 6-Título del automotor. Copia certificada. Si la firma no es la titular, se debe acreditar el derecho a uso del mismo, presentando además, el comodato, leasing, alquiler, etc., según su caso). 7-Revisión técnica Nuevos (0 Km.). Con un año de gracia para su primera revisión técnica obligatoria (RTO): Deberá constar en el Título del Automotor. Informar las características principales de la caja del vehículo para el caso de camiones, semirremolques y/o acoplados. El elemento de registro de operaciones (tacógrafo) de los vehículos motorizados deberá acreditarse con la documentación de instalación, registrándose marca y número de serie. 8-Revisión técnica Usados. Certificado de revisión técnica obligatoria (RTO) para clase de carga: Cargas Peligrosas (CPG). No se aceptarán como válidos los certificados de RTO con correcciones y/o salvedades. Deberán estar vigentes. 9-Registro Único del Transporte Automotor (R.U.T.A.). Copia certificada de Inscripción o Renovación de las unidades a habilitar. Dicha inscripción y/o renovación deberá suscribirse a nombre de la empresa a habilitar para el transporte de residuos peligrosos, consignando los datos del tanque inspeccionado (fabricante, n de serie, fecha fabricación, cantidad de compartimientos, capacidad total en litros o m 3 ). Deberá estar vigente. 10-Vehículos con tanque para transporte de líquidos a granel. Constancia emitida por profesional idóneo de haber cumplido con las inspecciones visuales (interna y externa), prueba de estanqueidad y medición de espesores (Normas técnicas Resolución ST Nº 905/2006). Deberán estar vigentes. Consignar Número de compartimientos / Capacidad total (en l ó m3). Lugar de lavado y descontaminación. 11-Póliza de seguro. A nombre del transportista. Cláusula que expresamente diga que cubre el daño a las personas, las cosas y el medioambiente, más el detalle de las categorías de control conforme Ley N 24.051 por las cuales se lo habilita (si se acompaña cláusula por separado, debe decir expresamente que integra la póliza y estar debidamente aclarada la firma del emisor). Deberá estar vigente y certificada. Buques 12-Listado de embarcaciones que se solicite habilitar (en caso de baja de unidades se deberá adjuntar notificación explicando dicha baja) 13-Certificado de Matrícula según inscripción en el Registro Nacional de Buques. Fecha de vencimiento. 14-Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación. Fecha de vencimiento. 15-Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación. Fecha de vencimiento. 16-Póliza de seguro. A nombre del transportista. Cláusula que expresamente diga que cubre el daño a las personas, las cosas y el medioambiente, más el detalle de las categorías de control conforme Ley N 24.051 por las cuales se lo habilita (si se acompaña 29

Título: Doc. para la INCORP. UNIDADES TRANSPORTISTAS cláusula por separado, debe decir expresamente que integra la póliza y estar debidamente aclarada la firma del emisor). Deberá estar vigente y certificada. Documentación de los conductores 17- Listado de conductores y/ o personal de buques capacitados para el transporte de los residuos peligrosos, con la firma de los representates legal y técnico. 18-Licencias Nacional Habilitante (LNH) para el transporte de mercancías peligrosas de los conductores o la documentación que acredite la vigencia de dicha LNH (comprobante de evaluación psicofísica vigente y curso reglamentario de capacitación) 19-Para buques: libretas de embarco del personal con responsabilidad en el transporte de los residuos peligrosos. Fecha de vencimiento. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 30

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR planta fija OPERADORES CON PLANTA FIJA DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN ante el RNGTORP Ley Nº 24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación de la empresa 1- Formulario de Declaración Jurada. Formulario electrónico (Sistema de Inscripción Nacional) e instructivo de instalación y uso referente a Operador disponibles en la página Web (link Inscripción en el Registro ). Deberá ser firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado que acredite personería. 2- Nota con carácter de DDJJ suscripta por Representante Legal. Declarando no encontrarse comprendida en los supuestos de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 24.051 3- Constitución Societaria (El estatuto societario debe contemplar en el objeto societario la operación/tratamiento de residuos peligrosos). Sociedad Anónima: Estatuto Societario + Actas Societarias con mandatos vigentes. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato Societario + Fotocopias DNI socios gerentes. Sociedades de Hecho (SH) / Unipersonales / Personas Físicas: Documento Nacional de Identidad. Organismos Públicos Estructura Organizativa; Disposiciones, Decretos, Resoluciones (según corresponda). 4- Constancia de inscripción ente la AFIP (C.U.I.T.) 5- Domicilio Constituído. Nota firmada por Representante Legal constituyendo domicilio dentro del radio de la CABA, conforme lo dispuesto por el art.19 del Dec.1759/72 6- Domicilio Legal y Real. Denunciar domicilio legal (conforme estatuto) y domicilio real. 7- Nomenclatura Catrastal. Presentar copia de Escritura, Plano o Informe de Domino en la cual figure la NC de la planta operadora. 8- Representante Legal. Designación del Represantante Legal conforme Estatuto Societario (debe surgir del Estatuto o de las Actas). Si es apoderado, acreditar poder con facultades suficientes. 9- Representante Técnico. Copia certificada del Titulo Habilitante. 10- Habilitaciones. Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble: Afectación del predio conforme Ley 24051, art. 34 inc c). Habilitación Municipal: Copia Certificada de la Habilitación de la planta operadora otorgada por el Municipio. Habilitaciones Ambientales: Presentar habilitación ambiental + Radicación Industrial (en caso de corresponder). Establecimientos de Salud: Presentar Habilitación de Ministerio de Salud 11- Libro de Operaciones. Se deberá presentar un libro de operaciones de residuos peligrosos para su rúbrica conforme las instrucciones que recibirá del área administrativa. Dicho Libro deberá ser completado conforme lo prescribe el Artículo 40 del Decreto Reglamentario Nº 831/93 (fecha de entrega del residuo al transportista; Nº de Manifiesto Ley 24.051; Nombre y Nº del CAA de Nación del Operador; Nº de CAA de Nación del Transportista; Kg. entregados y categorías sometidas a control (Y); y Nº del Certificado de Tratamiento y Disposición Final). Documentación técnica 12- Memoria técnica. (La memoria técnica variará respecto a la operación específica que realizará. Lo indicado a continuación es orientativo) Determinar si es planta de tratamiento o de disposición final (o ambas) Si es operación de ALMACENAMIENTO TRANTORIO PARA DERIVACIÓN a terceros operadores, OPERADOR CON EQUIPO TRANSPORTABLE o EXPORTADOR, ver requerimientos específicos en documentos adjuntos. Descripción de la operación, pormenorizando claramente el objetivo del mismo (si es tratamiento, en especial se la Sección B del Anexo III de la ley 24501). Descripción de los residuos peligrosos que operará y las características físico químicas o biológicas de los mismos. Criterios de aceptación para correcto tratamiento. Descripción de las operaciones, incluyendo acondicionamientos o pretratamiento necesarios. Descripción de equipos, parámetros de control de proceso, determinación del final de tratamiento. Residuos que se generan como consecuencia de la operación (si no es planta de disposición final). Disposición final prevista para los mismos. 31

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR planta fija Limitaciones de la tecnología que aplicará en función del tipo de residuos a operar. Diagrama de proceso en bloques, contemplando los inputs y outputs del proceso. Requisitos establecidos en Art. 33 y 34 - el área técnica podrá requerir información complementaria de considerarlo necesario, en función de la operación propuesta. 13- Manual de Higiene y Seguridad. Conforme Art. 34 inc. h) 14- Lugar de acopio. Plano o Diagrama del establecimiento en tamaño A4, donde se puntualice (referencie) el lugar donde se realiza el acopio transitorio de residuos peligrosos, pretratamientos, tratamientos y/o disposición final. Descripción de la infraestructura del lugar, dimensiones y capacidad máxima de almacenamiento expresado en Kg o Litros/m3. Tipo de contenedores utilizados para el almacenamiento. Contenedores de residuos con cartelería identificatoria que permita determinar el residuo acopiado. Si almacena residuos de hidrocarburos líquidos a granel u otros residuos combustibles, adjuntar si corresponde auditorías de seguridad de tanques. Presentar material fotográfico del mismo. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 32

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR eq. transp. OPERADORES CON EQUIPO TRANSPORTABLE DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN ante el RNGTORP Ley Nº 24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación de la empresa 1- Formulario de Declaración Jurada: Formulario electrónico (Sistema de Inscripción Nacional) e instructivo de instalación y uso referente a Operador disponibles en la página Web (link Inscripción en el Registro ). Deberá ser firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado que acredite personería. 2- Nota con carácter de DDJJ suscripta por Representante Legal. Declarando no encontrarse comprendida en los supuestos de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 24.051 3- Constitución Societaria (El estatuto societario debe contemplar en el objeto societario la operación/tratamiento de residuos peligrosos). Sociedad Anónima: Estatuto Societario + Actas Societarias con mandatos vigentes. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato Societario + Fotocopias DNI socios gerentes. Sociedades de Hecho (SH) / Unipersonales / Personas Físicas: Documento Nacional de Identidad. Organismos Públicos Estructura Organizativa; Disposiciones, Decretos, Resoluciones (según corresponda). 4- Constancia de inscripción ente la AFIP (C.U.I.T.) 5- Domicilio Constituído. Nota firmada por Representante Legal constituyendo domicilio dentro del radio de la CABA, conforme lo dispuesto por el art.19 del Dec.1759/72 6- Domicilio Legal y Real. Denunciar domicilio legal (conforme estatuto) y domicilio real (lugar de guarda de los equipos). 7- Nomenclatura Catrastal. Presentar copia de Escritura, Plano o Informe de Domino en la cual figure la NC de la planta operadora. 8- Representante Legal. Designación del Represantante Legal conforme Estatuto Societario (debe surgir del Estatuto o de las Actas). Si es apoderado, acreditar poder con facultades suficientes. 9- Representante Técnico. Copia certificada del Titulo Habilitante. 10- Habilitaciones. Habilitación Municipal: Copia Certificada de la Habilitación de la planta operadora otorgada por el Municipio. Habilitaciones Ambientales: Presentar habilitación ambiental + Radicación Industrial (en caso de corresponder). Establecimientos de Salud: Presentar Habilitación de Ministerio de Salud 11- Libro de Operaciones. Se deberá presentar un libro de operaciones de residuos peligrosos para su rúbrica conforme las instrucciones que recibirá del área administrativa. Dicho Libro deberá ser completado conforme lo prescribe el Artículo 40 del Decreto Reglamentario Nº 831/93 (fecha de entrega del residuo al transportista; Nº de Manifiesto Ley 24.051; Nombre y Nº del CAA de Nación del Operador; Nº de CAA de Nación del Transportista; Kg. entregados y categorías sometidas a control (Y); y Nº del Certificado de Tratamiento y Disposición Final). Documentación técnica 12- Memoria técnica. Deberá contemplar los requisitos establecidos en el Anexo II de la Res. 185/99. Ver documento complementario a continuación. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 33

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR eq. transp. OPERADORES CON EQUIPO TRANSPORTABLE MEMORIA TÉCNICA COMPLEMENTARIA Resolución 185/99 1) Acreditar idoneidad en la aplicación de la Tecnología propuesta y Planes de capacitación. La idoneidad para la aplicación se acredita mediante la presentación de una prueba de convalidación de la tecnología avalada por una institución nacional (por ejemplo universidad, organismo público etc.) con incumbencia en el área de la materia propuesta. La prueba incluye la aplicación controlada de la operación en campo, medición de resultados esperados. Cantidad de personas necesarias para la operación. Listado de personal capacitado en la aplicación de la metodología propuesta por la empresa. Este listado deberá encontrarse actualizado en las actuaciones. 2) Descripción de la metodología Objetivo. Adjuntar procedimientos de trabajo en campo. Registros y parámetros de control del proceso. Áreas de trabajo. Metodología de operación. Monitoreos ambientales durante la operación. Metodología analítica de control del proceso (laboratorio interno o externo). 3) Fundamentos científico-técnicos Determinar claramente: campo de aplicación de la tecnología, condiciones o condicionantes de la misma, limitaciones de la tecnología y de la operación etc. Criterios para determinar el final de tratamiento. Calidad y cantidad de residuos peligrosos que se generen como consecuencia de la operación. 4) Antecedentes nacionales e internacionales sobre su aplicación. Adjuntar antecedentes de aplicación en campo de la tecnología. 5) Equipamiento e insumos Descripción del equipo y /o equipamiento necesario para la operación / aplicación de la/s tecnologías. Listado de insumos químicos y/o biológicos - y sus correspondientes hojas de seguridad. Riesgos asociados a su utilización, manipulación y acopio. 6) Manual de Higiene y Seguridad y Planes de Contingencia Manual de H&S conforme normativa aplicable en la matéria. Plan de Contingencias en función del análisis de riesgos asociados a las operaciones (físicos, químicos y biológicos). 7) Descripción de las corrientes de los residuos y la categorización de los mismos Descripción físico química de cada una de las corrientes o desechos con constituyentes factibles de ser tratados por la tecnología propuesta. Matriz o medio físico y condiciones de contorno. 8) Forma de limpieza de los equipos e instalaciones para la guarda de los mismos, y la correspondiente habilitación del depósito. Ubicación, dimensiones e infraestructura. Informar si se realiza alguna actividad en ese lugar relacionada con el equipo transportable (mantenimiento, fabricación de reactivos, limpieza etc.). 9) Libro Registro de Operaciones Permanentes. El proceso de inscripción culmina con la convalidación de la/s operación/nes EN CAMPO (inspección), para lo cual, deberá adjuntar la Habilitación otorgada por la autoridad local para una operación (Punto 9 del Anexo II de la Res. 185/99) a los efectos de que esta área pueda verificar la operatoria propuesta, procedimientos, etc. 34

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR por almac. OPERADORES POR ALMACENAMIENTO DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN ante el RNGTORP Ley Nº 24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación de la empresa 1- Formulario de Declaración Jurada: Formulario electrónico (Sistema de Inscripción Nacional) e instructivo de instalación y uso referente a Operador disponibles en la página Web (link Inscripción en el Registro ). Deberá ser firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado que acredite personería. 2- Nota con carácter de DDJJ suscripta por Representante Legal. Declarando no encontrarse comprendida en los supuestos de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 24.051 3- Constitución Societaria (El estatuto societario debe contemplar en el objeto societario la operación/tratamiento de residuos peligrosos). Sociedad Anónima: Estatuto Societario + Actas Societarias con mandatos vigentes. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato Societario + Fotocopias DNI socios gerentes. Sociedades de Hecho (SH) / Unipersonales / Personas Físicas: Documento Nacional de Identidad. Organismos Públicos Estructura Organizativa; Disposiciones, Decretos, Resoluciones (según corresponda). 4- Constancia de inscripción ente la AFIP (C.U.I.T.) 5- Domicilio Constituído. Nota firmada por Representante Legal constituyendo domicilio dentro del radio de la CABA, conforme lo dispuesto por el art.19 del Dec.1759/72 6- Domicilio Legal y Real. Denunciar domicilio legal (conforme estatuto) y domicilio real. 7- Nomenclatura Catrastal. Presentar copia de Escritura, Plano o Informe de Domino en la cual figure la NC de la planta operadora. 8- Representante Legal. Designación del Represantante Legal conforme Estatuto Societario (debe surgir del Estatuto o de las Actas). Si es apoderado, acreditar poder con facultades suficientes. 9- Representante Técnico. Copia certificada del Titulo Habilitante. 10- Habilitaciones. Inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble: Afectación del predio conforme Ley 24051, art. 34 inc c). Habilitación Municipal: Copia Certificada de la Habilitación de la planta operadora otorgada por el Municipio. Habilitaciones Ambientales: Presentar habilitación ambiental + Radicación Industrial (en caso de corresponder). Establecimientos de Salud: Presentar Habilitación de Ministerio de Salud 11- Libro de Operaciones. Se deberá presentar un libro de operaciones de residuos peligrosos para su rúbrica conforme las instrucciones que recibirá del área administrativa. Dicho Libro deberá ser completado conforme lo prescribe el Artículo 40 del Decreto Reglamentario Nº 831/93 (fecha de entrega del residuo al transportista; Nº de Manifiesto Ley 24.051; Nombre y Nº del CAA de Nación del Operador; Nº de CAA de Nación del Transportista; Kg. entregados y categorías sometidas a control (Y); y Nº del Certificado de Tratamiento y Disposición Final). Documentación técnica 12- Memoria técnica. Deberá adjuntar una memoria técnica con la información requerida en el documento complementario y los adjuntos estipulados. 13- Manual de Higiene y Seguridad. Conforme Art. 34 inc. h). 14- Lugar de acopio. Plano o Diagrama del establecimiento en tamaño A4, donde se puntualice (referencie) el lugar donde se realiza el acopio transitorio de residuos peligrosos, pretratamientos, tratamientos y/o disposición final. Descripción de la infraestructura del lugar, dimensiones y capacidad máxima de almacenamiento expresado en Kg o Litros/m3. Tipo de contenedores utilizados para el almacenamiento. Contenedores de residuos con cartelería identificatoria que permita determinar el residuo acopiado. Si almacena residuos de hidrocarburos líquidos a granel u otros residuos combustibles, adjuntar si corresponde auditorías de seguridad de tanques. 35

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR por almac. Presentar material fotográfico del mismo. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 36

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR por almac. OPERADORES POR ALMACENAMIENTO MEMORIA TÉCNICA COMPLEMENTARIA Resolución 185/99 Deberá adjuntar una memoria técnica detallando la operatoria que llevará a cabo en planta para proceder a la derivación de los residuos peligrosos recibidos y almacenados. El Operador que realice la operación de almacenamiento transitorio, es aquel que recibe, almacena transitoriamente y luego deriva los residuos recibidos a plantas de tratamiento y/o disposición final. La memoria deberá confeccionarse procurando que contenga la siguiente información: Sistema propuesto de gestión: Descripción físico química y/o biológica de los residuos peligrosos a almacenar en planta. Operadores a los que serán derivados los residuos peligrosos (por cada tipo de residuo) y la operación de eliminación a la que serán sometidos en la planta destino. Si se trata de operadores que realizarán tratamiento, deberá indicar el lugar de disposición final (si corresponde) de los residuos que se generan como consecuencia de esa operación, para poder realizar la trazabilidad del residuos desde el Generador hasta el tratador y/o sitio de disposición final. En este punto se aclara que no se admitirá que los residuos sean derivados a otro operador que realice la misma actividad de almacenamiento transitorio. En cuanto a la operatoria en planta: Procedimientos de recepción, muestreo de los residuos, acopio y transporte a la planta de tratamiento y/o disposición final de los residuos. Sistemas de carga y descarga seguros. Metodología de acopio (si hay trasvases o acopio a granel etc.). Tipos de recipientes en los que se recibirán los residuos. Si hay tanques: cantidad y capacidad de cada uno. Prueba hidráulica anual (ver si aplica auditorías de tanques de la Secretaría de Energía). Bandejas o bermas de contención secundaria, u otros medios de contención. Procedimiento de trazabilidad de los residuos desde ingreso a planta desde el Generador hasta la planta de tratamiento y/o disposición final: es decir, sistema para identificar los generadores que componen un envío. Indicar si realizará alguna actividad mediante la cual se generen residuos peligrosos en planta o alguna transformación físico química del residuo peligroso recibido desde el generador. Destino previsto de los mismos. Infraestructura: Descripción de la infraestructura del lugar donde serán acopiados los residuos: el piso deberá encontrarse impermeabilizado con pintura epoxi o capa impermeable, en buen estado de conservación. Paredes ignífugas y/o resistentes al fuego (dependiendo del tipo de riesgo del material acopiado). Iluminación antiexplosiva. Escalón en ingreso, rejilla y/o cámara de contención. Determinar la capacidad de almacenamiento en relación a la superficie. Cantidad de tambores, recipientes, contenedores, etc. Incluir si posee los tanques. Acopio de residuos: Cada contenedor o recipiente o tanque debe poseer rótulo indeleble con: GENERADOR, PROVINCIA, Y, DESCRIPCIÓN, Nº MANIFIESTO Y FECHA INGRESO A DEPÓTO o llevar un registro interno con esa información (sea para acopio a granel y/o fraccionado). El contenedor o recipiente deberá ser de material inatacable químicamente según el contenido, de adecuada resistencia física y sistemas antivuelco. 37

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR por almac. ANEXOS ADJUNTOS AL INFORME: Croquis del establecimiento identificando en el los galpones o lugares donde se acopiarán los residuos. Lay Out dentro de el/los depósito/s: se debe poder acceder a todos los residuos, con amplitud suficiente de los pasillos de tránsito. Separados por compatibilidad química. Indicar accesos, ventilaciones, alcantarillado o cámaras colectoras que posea. Estudio de carga de fuego suscripto por profesional matriculado, relacionado con la capacidad máxima de almacenamiento anteriormente comprometida. Informar si posee algún sistema de alarma automática. Manual de Higiene y Seguridad (HyS) conforme Ley 19.587 Plan de contingencias, basado en un análisis de riesgos durante la operación y acciones para su minimización en ocasión de ocurrencia o mitigación. Programa de capacitación en HyS y listado de personal afectado al manejo de residuos peligrosos. 38

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR EXPORTADOR OPERADORES EXPORTADORES DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN ante el RNGTORP Ley Nº 24.051 (Check list) Todos los documentos que se acompañen, deberán ser presentados en original, testimonio expedido por autoridad competente o en copia que certificará la autoridad administrativa previo cotejo con el original, el que se devolverá al interesado (Artículo 27 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). La Dirección de Residuos Peligrosos, únicamente certificará hasta 10 copias, excedida esa cantidad deberán presentarse con certificación de escribano público. Deberá constituirse domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme artículo 19 del Decreto Nº 1759/72. Para el caso que la documentación sea presentada en idioma extranjero debe ser acompañada de su correspondiente traducción, realizada por traductor público matriculado y legalizada por el Colegio de Traductores (Artículo 28 del Decreto 1759, Ley Procedimientos Administrativos Nº 19.549). Para el caso de documentación extranjera, la misma deberá ser presentada también en original o copia certificada debidamente legalizada por autoridad competente del país de origen. Se destaca que la evaluación se realizará en base a la Declaración Jurada presentada y la misma no será válida si las informaciones contenidas fueran incorrectas o incompletas. El siguiente check list será completado por la Dirección de Residuos Peligrosos. Si cuenta con la TOTALIDAD de la documentación exigida, será visado para su recepción en Mesa de Entradas de la Secretaría. A continuación se detalla la documentación que deberá acompañar toda persona, física o jurídica, que efectúe su presentación a los fines mencionados: MBRE DE LA EMPRESA:. Fecha:.. Documentación de la empresa 1- Formulario de Declaración Jurada: Formulario electrónico (Sistema de Inscripción Nacional) e instructivo de instalación y uso referente a Operador disponibles en la página Web (link Inscripción en el Registro ). Deberá ser firmado por el titular de la empresa, su representante legal (en caso de ser una sociedad) o apoderado que acredite personería. 2- Nota con carácter de DDJJ suscripta por Representante Legal. Declarando no encontrarse comprendida en los supuestos de los artículos 10 y 11 de la Ley Nº 24.051 3- Constitución Societaria (El estatuto societario debe contemplar en el objeto societario la operación/tratamiento de residuos peligrosos). Sociedad Anónima: Estatuto Societario + Actas Societarias con mandatos vigentes. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): Contrato Societario + Fotocopias DNI socios gerentes. Sociedades de Hecho (SH) / Unipersonales / Personas Físicas: Documento Nacional de Identidad. Organismos Públicos Estructura Organizativa; Disposiciones, Decretos, Resoluciones (según corresponda). 4- Constancia de inscripción ente la AFIP (C.U.I.T.) 5- Domicilio Constituído. Nota firmada por Representante Legal constituyendo domicilio dentro del radio de la CABA, conforme lo dispuesto por el art.19 del Dec.1759/72 6- Domicilio Legal y Real. Denunciar domicilio legal (conforme estatuto) y domicilio real. 7- Representante Legal. Designación del Represantante Legal conforme Estatuto Societario (debe surgir del Estatuto o de las Actas). Si es apoderado, acreditar poder con facultades suficientes. 8- Representante Técnico. Copia certificada del Titulo Habilitante. 9- Habilitacion local de la planta de procesamiento externa. 10- Contrato de recepción y tratamiento suscripto con la planta de procesamiento externa. 11- Libro de Operaciones. Se deberá presentar un libro de operaciones de residuos peligrosos para su rúbrica conforme las instrucciones que recibirá del área administrativa. Dicho Libro deberá ser completado conforme lo prescribe el Artículo 40 del Decreto Reglamentario Nº 831/93 (fecha de entrega del residuo al transportista; Nº de Manifiesto Ley 24.051; Nombre y Nº del CAA de Nación del Operador; Nº de CAA de Nación del Transportista; Kg. entregados y categorías sometidas a control (Y); y Nº del Certificado de Tratamiento y Disposición Final). Documentación técnica 12- Memoria técnica. Determinar si es planta de tratamiento o de disposición final (o ambas) Si es operación de ALMACENAMIENTO TRANTORIO PARA DERIVACIÓN a terceros operadores, OPERADOR CON EQUIPO TRANSPORTABLE o EXPORTADOR, ver requerimientos específicos. (La memoria técnica variará respecto a la operación específica que realizará. Lo indicado anteriormente es orientativo). CANTIDAD DE FOJAS TOTALES Comentarios: Firma y sello de la DRP 39

Título: Doc. para la INSCRIPCIÓN OPERADOR EXPORTADOR OPERADORES EXPORTADORES MEMORIA TÉCNICA COMPLEMENTARIA Resolución 184/95 Memoria TÉCNICA complementaria al check list de Renovación, indicando en la misma los siguientes datos: 1. Descripción de la actividad generadora de los residuos peligrosos que serán exportador. 2. Detalle del tipo de residuos peligrosos a exportar, características físico químicas y/o biológicas y su clasificación en el marco del Anexo IV del Decreto 831/93; según los Anexos VIII y IX listas A y B- del Convenio de Basilea), y estimación de cantidad anual a exportar 3. Antecedentes y experiencias en la materia, si los tuviere; 4. Memoria técnica de la planta receptora y operadora de los residuos peligrosos que incluya: a) descripción de los procedimientos a emplear para el tratamiento, indicando operaciones de eliminación según Anexo III de la Ley 24.051, b) infraestructura, c) sistema de almacenamiento transitorio, d) operaciones de carga y descarga e) Metodología de disposición final de desechos resultantes del tratamiento, si los hubiere. 5. En el caso de plantas que realicen operaciones de eliminación indicadas en la sección B del ANEXO III de la Ley 24.051 (Operaciones que pueden conducir a la recuperación de recursos, el reciclado, la regeneración, reutilización directa y otros usos) indicar características, composición, especificaciones y destino de cada corriente de materiales obtenidos de tal recuperación. 6. Planes de contingencia; 7. Planes de capacitación del personal que manipulará / acondicionará los residuos para su exportación. 8. Descripción de los contenedores, recipientes, tanques, o cualquier otro sistema de almacenaje con que serán transportados. 40

ANEXO II. Documentación para la Renovación del CAA VOLVER AL INDICE 41

Título: Doc. para REVACIÓN GENERADOR Sres. Registro Nacional de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos GENERADOR FORMULARIO DE REVACIÓN DEL CAA 1. Por medio de la presente se solicita la REVACIÓN del CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL establecido por la Ley N 24.051, conforme la información que a continuación se detalla. Fecha de C.A.A. Nº: vencimiento: Perteneciente a la firma: N Expediente: 2. Se agrega la siguiente documentación legal que ha tenido vencimiento o modificaciones 1 : 2.1. Estatuto Societario (Razón Social) / Autoridades. Si se produjeron modificaciones en lo que hace a la Razón Social y/o a las Autoridades Societarias deberá presentar la documentación respaldatoria. 2.2. Habilitación Municipal. Se deberá declarar que la regulada mantiene habilitación otorgada por el Municipio correspondiente, sin que se hayan producido cambios en la misma. Si se trata de un establecimiento de salud, deberá adjuntar además, la Habilitación del Ministerio de Salud. 2.3. Habilitación Ambiental Local. La regulada deberá declarar que mantiene vigentes o en trámite sus habilitaciones ambientales locales. Asimismo, deberá declarar expresamente si fue objeto de sanciones, clausuras o medidas preventivas impuestas por la Autoridad Local. (En caso afirmativo, deberá presentar la documentación respaldatoria). 3. Se agrega la siguiente documentación técnica 1 : 3.1. Copia del Libro de Operaciones correspondiente al año calendario inmediato anterior. 3.2. Memoria detallando las modificaciones. En caso de haber tenido modificaciones en Categorias Sometidas a Control (Y), respecto del año anterior. 3.3. Cantidad acopiada a la fecha de cada categoría sometida a control, si no se efectuaron retiros de residuos peligrosos a operadores. 3.4. Tipo de residuo peligroso y su gestión, en el caso de haberse generado de manera eventual (no programada) o accidental. 3.5. Memoria con documentación respaldatoria, en caso de que exista alguna condición operativa o de cumplimiento específico en la Resolución del CAA que se encuentra renovando. 3.6. Acreditación del cumplimiento de requerimientos (de haberlos) surgidos en una inspección realizada por parte de esta DRP, sea en el acta o en informes posteriores, durante el periodo de vigencia del CAA que se encuentra renovando. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES REPRESENTANTE TÉCNICO 2 (firma aclaración DNI) APODERADO / REPRESENTANTE LEGAL 2 (firma aclaración DNI) VISADO POR LA DRP (firma aclaración DNI - fecha) 1 Tachar lo que no corresponda. 2 La firma debe ser certificada por autoridad pública. TA: TODOS LO CALLEROS DE LA DDJJ DEBERAN ESTAR COMPLETOS. EL TRAMITE SERA ACEPTADO UNICAMENTE CONTRA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACION DETALLA EN EL PRESENTE. LA DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS, UNICAMENTE CERTIFICARA HASTA 10 COPIAS, EXCEDIDA ESA CANTIDAD DEBERAN PRESENTARSE CON CERTIFICACION DE ESCRIBA PÚBLICO. 42

Título: Doc. para REVACIÓN TRANSPORTISTA TRANSPORTISTA FORMULARIO DE REVACIÓN DEL CAA Sres. Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos 1. Por medio de la presente, se solicita la REVACIÓN del CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL establecido por la Ley Nº 24.051, conforme la información que a continuación se detalla. C.A.A. Nº: Perteneciente a la firma: Fecha de vencimiento: N Expediente: 2. Se agrega la siguiente documentación técnica y legal que ha tenido vencimiento o modificaciones 1 : 2.1. Estatuto Societario (Razón Social) / Autoridades. Si se produjeron modificaciones en lo que hace a la Razón Social y/o a las Autoridades Societarias deberá presentar la documentación respaldatoria. 2.1. Copia del Libro de Registro de Operaciones. Copia certificada de los registros asentados en el mismo (como mínimo los últimos tres meses). A la fecha de retiro del Certificado Ambiental Anual deberá presentarlo para su cotejo y rúbrica. 2.2. Copia del Libro de accidentes. Para los vehículos previamente habilitados, adjuntar copia certificada de los registros asentados en el mismo (como mínimo los últimos tres meses). A la fecha de retiro del Certificado Ambiental Anual deberá presentarse el libro de accidentes por cada uno de los vehículos motorizados. Se recuerda que los mencionados libros deberán completarse de acuerdo a las instrucciones provistas por la DRP y el representante técnico de la firma deberá suscribir los registros asentados en ellos. 2.3. Lugar de guarda de vehículos. Se deberá declarar el lugar de guarda de los vehículos a habilitar. 2.4. Sistema Comunicación móvil. Constancia de pago. 3. Adjunto documentación de los vehículos a habilitar 1 : TERRESTRES 2 3.1. Listado de vehículos consignando: Dominio, Modelo Año, Tipo de vehículo, Tipo de caja de carga. Firmado por los representantes legal y técnico. En caso de baja de unidades previamente autorizadas, se deberá consignar dicha circunstancia en un listado diferenciado. 3.2. Título del automotor. Copia certificada. Si no es el titular debe acreditar el derecho a uso del mismo, presentando además, el comodato, leasing, alquiler, etc., según su caso. 3.3. Revisión técnica Nuevos (0 Km.). Con un año de gracia para su primera revisión técnica obligatoria (RTO): Deberá constar en el Título del Automotor. Informa las características principales de la caja del vehículo para el caso de camiones, semirremolques y/o acoplados. El elemento de registro de operaciones (tacógrafo) de los vehículos motorizados deberá acreditarse con la documentación de instalación, registrándose marca y número de serie. 3.3. Revisión técnica Usados. Certificado de revisión técnica obligatoria (RTO) para clase de carga: Cargas Peligrosas (CPG). No se aceptarán como válidos los certificados de RTO con correcciones y/o salvedades. Deberá estar vigente. 3.5. Registro Único del Transporte Automotor (R.U.T.A.). Copia certificada de Inscripción o Renovación de las unidades a habilitar. Dicha inscripción y/o renovación deberá suscribirse a nombre de la empresa a habilitar para el transporte de residuos peligrosos. Deberá estar vigente. 3.6. Vehículos con tanque para transporte de líquidos a granel. Constancia emitida por profesional idóneo de haber cumplido con las inspecciones visuales (interna y externa), prueba de estanqueidad, medición de espesores (Normas técnicas Resolución ST Nº 905/2006). Deberá estar vigente. Consignar Número de compartimientos / Capacidad total (en l ó m3). Lugar de lavado y descontaminación. 3.7. Póliza de seguro. A nombre del transportista. Cláusula que expresamente diga que cubre el daño a las personas, las cosas y el medioambiente, más el detalle de las categorías de control conforme Ley N 24.051 por las cuales se lo habilita (si se acompaña cláusula por separado, debe decir expresamente que integra la póliza y estar debidamente aclarada la firma del emisor). Deberá estar vigente y certificada. BUQUES 2 3.8. Listado de embarcaciones que se solicite habilitar (en caso de baja de unidades se deberá adjuntar notificación explicando dicha baja) 3.9. Certificado de Matrícula según inscripción en el Registro Nacional de Buques. Deberá estar vigente. 3.10. Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación. Deberá estar vigente. 3.11. Certificado Nacional de Prevención de la Contaminación. Deberá estar vigente. 3.12. Certificado de Inscripción para empresas de trabajos portuarios (Ord. Marítima 6/94 PNA). 43

Título: Doc. para REVACIÓN TRANSPORTISTA 3.12. Póliza de seguro A nombre del transportista. Cláusula que expresamente diga que cubre el daño a las personas, las cosas y el medioambiente, más el detalle de las categorías de control conforme Ley N 24.051 por las cuales se lo habilita (si se acompaña cláusula por separado, debe decir expresamente que integra la póliza y estar debidamente aclarada la firma del emisor). Deberá estar vigente y certificada. CONDUCTORES 3.13. Listado de conductores y /o personal de buques capacitados para el transporte de los residuos peligrosos, con la firma de los representantes legal y técnico. 3.14. Licencias Nacional Habilitante (LNH) para el transporte de mercancías peligrosas de los conductores o la documentación que acredite la vigencia de dicha LNH (comprobante de evaluación psicofísica vigente y curso reglamentario de capacitación). 3.15. Para buques: Libretas de embarco del personal con responsabilidad en el transporte de los residuos peligrosos. Deberá estar vigente. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES REPRESENTANTE TÉCNICO 3 (firma aclaración DNI) APODERADO / REPRESENTANTE LEGAL 3 (firma aclaración DNI) VISADO POR LA DRP (firma aclaración DNI fecha) 1 Tachar lo que no corresponde. 2 Para facilitar el control se recomienda que en la presentación de la documentación se siga el orden del listado de vehículos, y que la misma se acumule por unidad, colocando para cada vehículo, toda la documentación referida al mismo. De existir documentación común (Ej. Póliza de seguro) puede referenciarse la misma. 3 La firma debe ser certificada por autoridad pública. TA: TODOS LO CALLEROS DE LA DDJJ DEBERAN ESTAR COMPLETOS. EL TRAMITE SERA ACEPTADO UNICAMENTE CONTRA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACION DETALLA EN EL PRESENTE. LA DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS, UNICAMENTE CERTIFICARA HASTA 10 COPIAS, EXCEDIDA ESA CANTIDAD DEBERAN PRESENTARSE CON CERTIFICACION DE ESCRIBA PÚBLICO. 44

Título: Doc. para REVACIÓN OPERADOR planta fija Sres. Registro Nacional de Generadores y OPERADOR CON PLANTA FIJA FORMULARIO DE REVACIÓN DEL CAA Operadores de Residuos Peligrosos 1. Por medio de la presente se solicita la REVACION del CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL establecido por la Ley N 24.051, conforme la información que a continuación se detalla. Fecha de C.A.A. Nº: vencimiento: Perteneciente a la firma: N Expediente: 2. Se agrega la siguiente documentación legal que ha tenido vencimiento o modificaciones 1 : 2.1. Estatuto Societario (Razón Social) / Autoridades. Si se produjeron modificaciones en lo que hace a la Razón Social y/o a las Autoridades Societarias deberá presentar la documentación respaldatoria. 2.2. Habilitación Municipal. Se deberá declarar que la regulada mantiene habilitación otorgada por el Municipio correspondiente, sin que se hayan producido cambios en la misma. Si se trata de un establecimiento de salud, deberá adjuntar además, la Habilitación del Ministerio de Salud). 2.3. Habilitación Ambiental Local / Radicación Industrial. La regulada deberá declarar que mantiene vigentes sus habilitaciones ambientales locales. Asimismo, deberá declarar expresamente si fue objeto de sanciones, clausuras o medidas preventivas impuestas por la Autoridad Local. (En caso afirmativo, deberá presentar la documentación respaldatoria). 3. Se agrega la siguiente documentación técnica 1 : 3.1. Copia del Libro de Operaciones correspondiente al año calendario inmediato anterior y en forma digital. 3.2. Memoria detallando las modificaciones. En caso de haberse producido. 3.3. Listado correspondiente a las cantidades enviadas a tratar, en caso de ser Operador y Generador. Debiendo incluir en el mismo Fecha; Nombre del Operador; N de Manifiesto; CSC; Cantidad enviada a tratar. 3.4. Cantidad acopiada a la fecha de cada categoría sometida a control, si no se efectuaron retiros de residuos peligrosos a operadores. 3.5. Tipo de residuo peligroso y su gestión, en el caso de haberse generado de manera eventual (no programada) o accidental. 3.6. Memoria con documentación respaldatoria, en caso de que exista alguna condición operativa o de cumplimiento específico en la Resolución del CAA que se encuentra renovando. 3.7. Acreditación del cumplimiento de requerimientos (de haberlos) surgidos en una inspección realizada por parte de esta DRP, sea en el acta o en informes posteriores, durante el periodo de vigencia del CAA que se encuentra renovando. 3.8. Indicación de motivos, periodo de tiempo y si a la fecha se encuentra en normal operación, en caso de que el establecimiento haya debido cesar sus operaciones / actividades sea total o parcialmente durante el periodo de vigencia del CAA que se encuentra renovando. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES REPRESENTANTE TÉCNICO 2 (firma aclaración DNI) APODERADO / REPRESENTANTE LEGAL 2 (firma aclaración DNI) VISADO POR LA DRP (firma aclaración DNI - fecha) 1 Tachar lo que no corresponda. 2 La firma debe ser certificada por autoridad pública. TA: TODOS LO CALLEROS DE LA DDJJ DEBERAN ESTAR COMPLETOS. EL TRAMITE SERA ACEPTADO UNICAMENTE CONTRA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACION DETALLA EN EL PRESENTE. LA DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS, UNICAMENTE CERTIFICARA HASTA 10 COPIAS, EXCEDIDA ESA CANTIDAD DEBERAN PRESENTARSE CON CERTIFICACION DE ESCRIBA PÚBLICO. 45

Título: Doc. para REVACIÓN OPERADOR eq. transp. OPERADOR CON EQUIPO TRANSPORTABLE FORMULARIO DE REVACIÓN DEL CAA Sres. Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos 1. Por medio de la presente se solicita la REVACION del CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL establecido por la Ley N 24.051, conforme la información que a continuación se detalla. C.A.A. Nº: Perteneciente a la firma: Fecha de vencimiento: N Expediente: 2. Se agrega la siguiente documentación legal que ha tenido vencimiento o modificaciones 1 : 2.1. Estatuto Societario (Razón Social) / Autoridades. Si se produjeron modificaciones en lo que hace a la Razón Social y/o a las Autoridades Societarias deberá presentar la documentación respaldatoria. 2.2. Habilitación Municipal. Se deberá declarar que la regulada mantiene habilitación otorgada por el Municipio correspondiente, sin que se hayan producido cambios en la misma. Si se trata de un establecimiento de salud, deberá adjuntar además, la Habilitación del Ministerio de Salud). 2.3. Habilitación Ambiental Local / Radicación Industrial. La regulada deberá declarar que mantiene vigentes sus habilitaciones ambientales locales. Asimismo, deberá declarar expresamente si fue objeto de sanciones, clausuras o medidas preventivas impuestas por la Autoridad Local. (En caso afirmativo, deberá presentar la documentación respaldatoria). 3. Se agrega la siguiente documentación técnica 1 : 3.1. Copia del Libro de Operaciones correspondiente al año calendario inmediato anterior y en forma digital. 3.2. Memoria técnica descriptiva con todos los antecedesntes de aplicación, si se pretende incluir nuevas tecnologías. 3.3. Listado Operaciones que se hayan efectuado durante la vigencia del CAA o se encuentren en curso. En todos los casos. Aclaración si hay alguna operación que se encuentre inciciada y suspendida por algún motivo; y el estado de situación actual. Presentación del Anexo III de Res. 185/99 en caso de haber culminado alguna de las operaciones iniciadas. 3.4. Propuesta de sitios para la realización de una inspección de convalidación, en caso de no contar con un sitio alcanzado por la Ley 24.051 (interjurisdicción de residuos) podrá optarse por otros que estén en extraña jurisdicción y solo a los fines de convalidar tecnologías. 3.5. Declaración del lugar de guarda de los equipos. 3.6. Memoria con documentación respaldatoria, en caso de que exista alguna condición operativa o de cumplimiento específico en la Resolución del CAA que se encuentra renovando. 3.7. Acreditación del cumplimiento de requerimientos (de haberlos) surgidos en una inspección realizada por parte de esta DRP, sea en el acta o en informes posteriores, durante el periodo de vigencia del CAA que se encuentra renovando. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES REPRESENTANTE TÉCNICO 2 (firma aclaración DNI) APODERADO / REPRESENTANTE LEGAL 2 (firma aclaración DNI) VISADO POR LA DRP (firma aclaración DNI - fecha) 1 Tachar lo que no corresponda. 2 La firma debe ser certificada por autoridad pública. TA: TODOS LO CALLEROS DE LA DDJJ DEBERAN ESTAR COMPLETOS. EL TRAMITE SERA ACEPTADO UNICAMENTE CONTRA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACION DETALLA EN EL PRESENTE. LA DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS, UNICAMENTE CERTIFICARA HASTA 10 COPIAS, EXCEDIDA ESA CANTIDAD DEBERAN PRESENTARSE CON CERTIFICACION DE ESCRIBA PÚBLICO. 46

Título: Doc. para REVACIÓN OPERADOR por almac. Sres. Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos OPERADOR POR ALMACENAMIENTO FORMULARIO DE REVACIÓN DEL CAA 1. Por medio de la presente se solicita la REVACION del CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL establecido por la Ley N 24.051, conforme la información que a continuación se detalla. Fecha de C.A.A. Nº: vencimiento: Perteneciente a la firma: N Expediente: 2. Se agrega la siguiente documentación legal que ha tenido vencimiento o modificaciones 1 : 2.1. Estatuto Societario (Razón Social) / Autoridades. Si se produjeron modificaciones en lo que hace a la Razón Social y/o a las Autoridades Societarias deberá presentar la documentación respaldatoria. 2.2. Habilitación Municipal. Se deberá declarar que la regulada mantiene habilitación otorgada por el Municipio correspondiente, sin que se hayan producido cambios en la misma. Si se trata de un establecimiento de salud, deberá adjuntar además, la Habilitación del Ministerio de Salud). 2.3. Habilitación Ambiental Local / Radicación Industrial. La regulada deberá declarar que mantiene vigentes sus habilitaciones ambientales locales. Asimismo, deberá declarar expresamente si fue objeto de sanciones, clausuras o medidas preventivas impuestas por la Autoridad Local. (En caso afirmativo, deberá presentar la documentación respaldatoria). 3. Se agrega la siguiente documentación técnica 1 : 3.1. Copia del Libro de Operaciones correspondiente al año calendario inmediato anterior y en forma digital. 3.2. Listado correspondiente a las cantidades enviadas a tratar, en caso de ser Operador y Generador. Debiendo incluir en el mismo Fecha; Nombre del Operador; N de Manifiesto; CSC; Cantidad enviada a tratar. 3.3. Cantidad acopiada a la fecha de cada categoría sometida a control, si no se efectuaron retiros de residuos peligrosos a operadores. 3.4. Tipo de residuo peligroso y su gestión, en el caso de haberse generado de manera eventual (no programada) o accidental. 3.5. Memoria con documentación respaldatoria, en caso de que exista alguna condición operativa o de cumplimiento específico en la Resolución del CAA que se encuentra renovando. 3.6. Indicación de motivos, periodo de tiempo y si a la fecha se encuentra en normal operación, en caso de que el establecimiento haya debido cesar sus operaciones / actividades sea total o parcialmente durante el periodo de vigencia del CAA que se encuentra renovando. 3.7. Acreditación del cumplimiento de requerimientos (de haberlos) surgidos en una inspección realizada por parte de esta DRP, sea en el acta o en informes posteriores, durante el periodo de vigencia del CAA que se encuentra renovando. CANTIDAD DE FOJAS TOTALES REPRESENTANTE TÉCNICO 2 (firma aclaración DNI) APODERADO / REPRESENTANTE LEGAL 2 (firma aclaración DNI) VISADO POR LA DRP (firma aclaración DNI - fecha) 1 Tachar lo que no corresponda. 2 La firma debe ser certificada por autoridad pública. TA: TODOS LO CALLEROS DE LA DDJJ DEBERAN ESTAR COMPLETOS. EL TRAMITE SERA ACEPTADO UNICAMENTE CONTRA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACION DETALLA EN EL PRESENTE. LA DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS, UNICAMENTE CERTIFICARA HASTA 10 COPIAS, EXCEDIDA ESA CANTIDAD DEBERAN PRESENTARSE CON CERTIFICACION DE ESCRIBA PÚBLICO. 47

Título: Doc. para REVACIÓN OPERADOR exportador Sres. Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos OPERADOR EXPORTADOR FORMULARIO DE REVACIÓN DEL CAA 1. Por medio de la presente se solicita la REVACION del CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL establecido por la Ley N 24.051, conforme la información que a continuación se detalla. C.A.A. Nº: Fecha de vencimiento: Perteneciente a la firma: N Expediente: 2. Se agrega la siguiente documentación legal que ha tenido vencimiento o modificaciones 1 : 2.1. Estatuto Societario (Razón Social) / Autoridades. Si se produjeron modificaciones en lo que hace a la Razón Social y/o a las Autoridades Societarias deberá presentar la documentación respaldatoria. 2.2. Habilitación Municipal. Se deberá declarar que la regulada mantiene habilitación otorgada por el Municipio correspondiente, sin que se hayan producido cambios en la misma. Si se trata de un establecimiento de salud, deberá adjuntar además, la Habilitación del Ministerio de Salud). 2.3. Contrato de Recepción y Tratamiento celebrado con la regulada y la planta de tratamiento en el exterior. 3. Se agrega la siguiente documentación técnica 1 : 3.1. Copia del Libro de Operaciones correspondiente al año calendario inmediato anterior y en forma digital. 3.2. Memoria con documentación respaldatoria, en caso de que exista alguna condición operativa o de cumplimiento específico en la Resolución del CAA que se encuentra renovando. 3.3. Listado de generadores en los cuales realizó acondicionamiento de carga (no incluida actividad de consolidación). CANTIDAD DE FOJAS TOTALES REPRESENTANTE TÉCNICO 2 (firma aclaración DNI) APODERADO / REPRESENTANTE LEGAL 2 (firma aclaración DNI) VISADO POR LA DRP (firma aclaración DNI - fecha) 1 Tachar lo que no corresponda. 2 La firma debe ser certificada por autoridad pública. TA: TODOS LO CALLEROS DE LA DDJJ DEBERAN ESTAR COMPLETOS. EL TRAMITE SERA ACEPTADO UNICAMENTE CONTRA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACION DETALLA EN EL PRESENTE. LA DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS, UNICAMENTE CERTIFICARA HASTA 10 COPIAS, EXCEDIDA ESA CANTIDAD DEBERAN PRESENTARSE CON CERTIFICACION DE ESCRIBA PÚBLICO. 48

ANEXO IV. Tasa Ambiental Anual ANEXO III. Tasa Ambiental Anual 49

Título: DDJJ de LIQUIDACIÓN TAA REGISTRO NACIONAL DE GENERADORES Y OPERADORES DE REDUOS PELIGROSOS DECLARACION JURADA - ARTICULO 16 - LEY N 24.051- Resolución SAyDS N 1172/14 1- PLANILLA DE CALCULO DE TASA AMBIENTAL ANUAL (T.A.A.) AÑO: RAZON SOCIAL: EXPTE: ACTIVIDAD: DOMICILIO: TEL CUIT: E-MAIL: GENERADOR / OPERADOR * Tachar lo que no corresponda UNIDAD DE MEDIDA: Kgs / Tn * (total anual). CATEGORIA A Y (Corrientes de desechos/constituyentes) SOLIDOS SEMlSOLIDOS/MIXTOS LIQUIDOS GASEOSOS TOTALES CATEGORIA B Y (Corrientes de desechos) SOLIDOS SEMlSOLIDOS/MIXTOS LIQUIDOS GASEOSOS TOTALES CATEGORIA C Y (Corrientes de desechos) S OLIDOS SEMISOLIDOS/MIXTOS LIQUIDOS GASEOSOS TOTALES TOTAL ANUAL DE REDUOS SUJETOS A T.A.A. TASA Categoría A: 3 x CTRPA ( A) x 3 x 0,05: TASA Categoría B: 3 x CTRPA ( B) x 2 x 0,05: TASA Categoría C: 3 x CTRPA ( C) x 0.60 x 0,05: TASA Operadores: 15 x CTRPA ( A) x 3 x 0,05: TOTAL A INGRESAR: TA: Cuando la liquidación se efectúa sobre la base de los residuos enviados a tratar, la Declaración Jurada deberá estar acompañada del Listado de Manifiestos indicando: Fecha de intervención, Operador, Tipo de Residuos y Cantidad, firmado por el Representante Técnico y Apoderado. La recepción de la documentación y del pago se efectuará bajo la exclusiva responsabilidad de la declarante, sin que implique por parte de esta SAyDS, conformidad del pago. Se deja constancia que el pago de la presente declaración será tomado a cuenta de la liquidación final que surgirá de la información que proporciona el interesado en la DDJJ. La entrega del CAA no implica conformidad respecto de la veracidad de la presente declaración y del pago. Responsable Técnico Apoderado 50

Título: TITULARES N INCIO DE TRÁMITE POR FALTA DE DOCUMENTACIÓN ORIGINAL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS LIQUIDACION DE TASA AMBIENTAL ANUAL NUMERO / 2016 MBRE ACTIVIDAD DIRECCION CUIT NRO EXPEDIENTE INSCRIPTO COMO FACTURACION - CONFORME DD.JJ. CONCEPTO Importe a Pagar TOTAL A ABONAR SON PESOS: FECHA DE EMION: OBSERVACIONES: La recepción de la documentación y del pago se efectuará bajo la exclusiva responsabilidad de la declarante, sujetos a verificación por parte de la Secretaría y sin que implique, por parte de ésta, conformidad respecto de la integridad del pago y adecuación a las normas vigentes. Se deja constancia que el pago de la presente tasa será tomado a cuenta de la liquidación final que surgirá de la información que proporciona el interesado en la planilla de DD.JJ. de la Resolución 1172/14. Dirección de Residuos Peligrosos 51

Título: TITULARES N INCIO DE TRÁMITE POR FALTA DE DOCUMENTACIÓN DUPLICADO MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS LIQUIDACION DE TASA AMBIENTAL ANUAL NUMERO / 2016 MBRE ACTIVIDAD DIRECCION CUIT NRO EXPEDIENTE INSCRIPTO COMO FACTURACION - CONFORME DD.JJ. CONCEPTO Importe a Pagar TOTAL A ABONAR SON PESOS: FECHA DE EMION: OBSERVACIONES: La recepción de la documentación y del pago se efectuará bajo la exclusiva responsabilidad de la declarante, sujetos a verificación por parte de la Secretaría y sin que implique, por parte de ésta, conformidad respecto de la integridad del pago y adecuación a las normas vigentes. Se deja constancia que el pago de la presente tasa será tomado a cuenta de la liquidación final que surgirá de la información que proporciona el interesado en la planilla de DD.JJ. de la Resolución 1172/14. Dirección de Residuos Peligrosos 52

Título: TITULARES N INCIO DE TRÁMITE POR FALTA DE DOCUMENTACIÓN TRIPLICADO MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS LIQUIDACION DE TASA AMBIENTAL ANUAL NUMERO / 2016 MBRE ACTIVIDAD DIRECCION CUIT NRO EXPEDIENTE INSCRIPTO COMO FACTURACION - CONFORME DD.JJ. CONCEPTO Importe a Pagar TOTAL A ABONAR SON PESOS: FECHA DE EMION: OBSERVACIONES: La recepción de la documentación y del pago se efectuará bajo la exclusiva responsabilidad de la declarante, sujetos a verificación por parte de la Secretaría y sin que implique, por parte de ésta, conformidad respecto de la integridad del pago y adecuación a las normas vigentes. Se deja constancia que el pago de la presente tasa será tomado a cuenta de la liquidación final que surgirá de la información que proporciona el interesado en la planilla de DD.JJ. de la Resolución 1172/14. Dirección de Residuos Peligrosos 53

Título: TITULARES N INCIO DE TRÁMITE POR FALTA DE DOCUMENTACIÓN CUADRUPLICADO MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS LIQUIDACION DE TASA AMBIENTAL ANUAL NUMERO / 2016 MBRE ACTIVIDAD DIRECCION CUIT NRO EXPEDIENTE INSCRIPTO COMO FACTURACION - CONFORME DD.JJ. CONCEPTO Importe a Pagar TOTAL A ABONAR SON PESOS: FECHA DE EMION: OBSERVACIONES: La recepción de la documentación y del pago se efectuará bajo la exclusiva responsabilidad de la declarante, sujetos a verificación por parte de la Secretaría y sin que implique, por parte de ésta, conformidad respecto de la integridad del pago y adecuación a las normas vigentes. Se deja constancia que el pago de la presente tasa será tomado a cuenta de la liquidación final que surgirá de la información que proporciona el interesado en la planilla de DD.JJ. de la Resolución 1172/14. Dirección de Residuos Peligrosos 54

Título: TITULARES N INCIO DE TRÁMITE POR FALTA DE DOCUMENTACIÓN QUINTUPLICADO MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DIRECCION DE REDUOS PELIGROSOS LIQUIDACION DE TASA AMBIENTAL ANUAL NUMERO / 2016 MBRE ACTIVIDAD DIRECCION CUIT NRO EXPEDIENTE INSCRIPTO COMO FACTURACION - CONFORME DD.JJ. CONCEPTO Importe a Pagar TOTAL A ABONAR SON PESOS: FECHA DE EMION: OBSERVACIONES: La recepción de la documentación y del pago se efectuará bajo la exclusiva responsabilidad de la declarante, sujetos a verificación por parte de la Secretaría y sin que implique, por parte de ésta, conformidad respecto de la integridad del pago y adecuación a las normas vigentes. Se deja constancia que el pago de la presente tasa será tomado a cuenta de la liquidación final que surgirá de la información que proporciona el interesado en la planilla de DD.JJ. de la Resolución 1172/14. Dirección de Residuos Peligrosos 55