Hasta el 50% del valor del proyecto y/o para personas morales hasta 1,200,000.00

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LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RECURSOS HIDRÁULICOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ Y LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, INFORMAN LA APERTURA DE VENTANILLAS RECEPTORAS DE SOLICITUDES PARA EL PROGRAMA DE CONCURRENCIA DE RECURSOS 2015 APERTURA: 7 DE ABRIL DE 2015 CIERRE: 30 DE ABRIL DE 2015 HORARIO DE ATENCIÓN: 8:00 A 14:00 HORAS Criterios de elegibilidad y requisitos generales: Serán elegibles para obtener los apoyos de los programas y sus componentes, los solicitantes que cumplan con lo siguiente: I. Presenten documentos originales que acrediten a las personas físicas y/o morales, conforme al formato requisitado del Convenio Específico de Adhesión Anexo I, a suscribirse entre el FOFAES y los posibles beneficiarios, para su cotejo y copia simple del proyecto. II. Presenten en ventanilla la documentación completa y actualizada para el registro y trámite. El trámite será gratuito y sin costo alguno para los productores. Componente Proyectos Productivos o estratégicos: Agrícolas, Pecuarios, de Pesca y Acuícolas Objetivo: Impulsar en coordinación con los gobiernos locales, la inversión en proyectos productivos o estratégicos: agrícolas, pecuarios, de pesca y acuícolas. Población objetivo: Unidades de producción agrícola, pecuaria, de pesca y acuícolas; o de nueva creación, en la entidad federativa y/o que agreguen valor a estas actividades. Los apoyos de este componente se apegarán a lo establecido en el artículo 35, fracción VII, inciso C) del Decreto de Presupuestos de la Federación del presente ejercicio fiscal en su anexo 11.1, a la disponibilidad presupuestal. Concepto I. Proyectos Productivos o estratégicos de impacto regional, local o estatal II. Proyectos Productivos de impacto local III. Elaboración de Proyectos Productivos o estratégicos de impacto regional, local o estatal Montos Máximos Hasta el 50% del valor del proyecto y/o para personas morales hasta 1,200,000.00 Hasta el 80% del valor del proyecto, sin rebasar 250 mil pesos por proyecto productivo. Hasta el 50% del costo de la elaboración del proyecto, sin rebasar hasta 30,000 por proyecto; Con un monto máximo de 5 proyectos por Prestador de Servicios. Para proyectos que se ubiquen en localidades de alta y muy alta marginación y pertenezcan a los Municipios de la Cruzada Nacional contra el hambre podrá ser hasta del 70% del valor del proyecto. Personas físicas y morales. Personas físicas y morales. en zonas y localidades de alta y muy alta marginación. su aportación podrá ser con recursos económicos propios, o se le podrá reconocer, mano de obra y materiales que se justifiquen en el proyecto. Los proyectos ejecutivos elaborados deben ser presentados al FOFAES para su registro e integración al Banco Estatal de Proyectos impresos y en electrónico. Página 1

Consideraciones: a) Los conceptos de los apoyos establecidos en el recuadro anterior, el apoyo serán por única vez, en los conceptos lícitos que el proyecto justifique, que se determinen, autoricen y aprueben en el FOFAES, mediante el acuerdo correspondiente y que cumplan con las disposiciones fitozoosanitarias. b) El incentivo se entregará a los beneficiarios de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de los recursos del FOFAES, independientemente del origen, utilizando el pago electrónico a los beneficiarios. c) En el caso de los conceptos de las fracciones I y II, se apoyarán proyectos productivos o estratégicos en infraestructura, equipamiento y maquinaria, así como material genético y paquetes tecnológicos (Validados por la SAGARPA), entre otros. d) Los requisitos, conceptos, montos y porcentajes de apoyo serán homologados por la Instancia Ejecutora, de conformidad a los programas de: Fomento a la Agricultura, Fomento Ganadero, Fomento a la productividad pesquera y acuícola, con la finalidad de evitar la duplicidad y competencia entre los conceptos de apoyo. La base de los lineamientos de operación serán publicados en el portal de SAGARPA en el mes de Enero. e) El límite de apoyos por productor será el equivalente a la producción resultante de 100 hectáreas de riego o su equivalente en temporal; 2,500 cabezas de ganado vacuno o 5,000 en porcino y 11,000 en ovinos y caprinos para el sacrificio en Rastros TIF; y, para el caso de campañas fitozoosanitarias y sanidad acuícola e inocuidad agroalimentaria, la SAGARPA establecerá los límites. f) Se realizará en la comprobación por el beneficiario de los montos de apoyo, la exclusión del IVA, de la comprobación de las inversiones realizadas en los proyectos, para no rebasar los montos máximos de los apoyos. Valores de referencia AGRICULTURA PROTEGIDA CONCEPTO PORCENTAJE DE APOYO MONTO POR HA. SUPERFICIE MAXIMA EN HA Macro túnel 50% $150,000.00 5 Malla sombra 50% $300,000.00 2.5 Malla antigranizo con estructura 50% $100,000.00 7.5 Invernaderos 50% $900,000.00 1 CONCEPTO Sistemas de riego por multicompuertas Sistemas de Riego por aspersión (pivote central, avance frontal, side roll, aspersión fija, aspersión portátil, cañón y cañón viajero (indicativa y no limitativa); por microaspersión y goteo. PORCENTAJE DE APOYO 50% 50% Drenaje en terrenos agrícolas 50% TECNIFICACION DEL RIEGO MONTO POR HA PRODUCTORES CON SUP. MAYOR A 3 HAS. Hasta $10,000.00 Hasta $15,000.00 Hasta $15,000.00 MONTO POR HA PRODUCTORES CON SUP. MENOR O IGUAL A 3 HAS. SUPERFICIE MAXIMA EN HA Hasta $14,000.00 30 Hasta $18,000.00 30 Hasta $15,000.00 30 Página 2

EQUIPO E IMPLEMENTOS PORCENTAJ E DE APOYO MONTO MAXIMO DE APOYO Observación TRACTOR 50% $150,000.00 Debe acreditarse mínimo 0.5 HA por H.P. EQUIPOS E IMPLEMENTOS AGRICOLAS 50% $750,000.00 Se deberá demostrar que se cuenta con tractor para la utilización de implementos agrícolas, mediante la presentación de la factura a nombre del beneficiario o el endoso de la misma. Tipos y Montos de apoyo: PARTICULARIDADES AGRÍCOLAS Valores de referencia PAQUETES TECNOLÓGICOS Y MATERIAL VEGETATIVO CONCEPTO PORCENTAJE DE APOYO SUPERFICIE MAXIMA EN HA POR PRODUCTOR Paquete tecnológico 30% 3 Material Vegetativo 50% 3 PARTICULARIDADES PECUARIAS Para el caso de material genético pecuario (sementales, semen, embriones) se deberá registrar la solicitud en este período independientemente del evento o lugar de la adquisición del animal. Para este ejercicio NO se contempla la adquisición de vientres de ninguna especie, los precios y términos de referencia de las especies factibles son los siguientes: Concepto Valor de Referencia ($) Bovino con registro genealógico y evaluación genética 34,000.00 Bovino con registro genealógico, evaluación genética y paternidad con ADN 35,000.00 Ovino con registro genealógico y evaluación genética 12,000.00 Ovino con registro genealógico, evaluación genética y paternidad con ADN 13,000.00 Caprino con registro genealógico 6,000.00 Caprino con registro genealógico, evaluación genética y paternidad con ADN 13,000.00 Abeja Reina comercial 180.00 Abeja reina progenitora con Registro Genealógico 2,300.00 Núcleo de Abejas 1,000.00 Todo dato referido a lo pecuario se ajustará a lo establecido en Elementos Técnicos y Valores de Referencia de Fomento Ganadero y Concurrencia con las Entidades Federativas, publicados en el portal de la SAGARPA. El monto máximo de apoyo en el concepto de sementales será hasta el 50% del valor de referencia. Para todos aquellos que resulten beneficiados con sementales, para continuar con el trámite es obligatorio el aseguramiento del bien. PARTICULARIDADES ACUICOLAS Y PESQUERAS Página 3

CONCEPTO PORCENTAJE DE APOYO MONTO MÁXIMO DE APOYO Observación Infraestructura, Maquinaria y Equipo ACUACULTURA RURAL 80% $500,000.00 MEJORAMIENTO PRODUCTIVO DE EMBALSES Nacional contra el hambre. Estudios para el mejoramiento productivo Suministro de crías para repoblamiento Materiales y equipamiento para manejo de crías y procesamiento postcosecha para conservación y valor agregado Infraestructura, equipamiento y maquinaria 50% 500,000 80% 750,000 60% 600,000 ACUACULTURA COMERCIAL EN AGUAS INTERIORES * 50% 750,000 Asistencia Técnica 500,000 Nacional contra el hambre. Nacional contra el hambre y considerando una densidad de población de 1 organismo por m2 de crías de bagre, tilapia o carpa. Nacional contra el hambre El Técnico debe ser especializado *Para este subcomponente, además de los requisitos generales deberá presentar: Resolutivo en materia de impacto ambiental por la autoridad competente, en el que se autorice el proyecto, vigente, a nombre del solicitante y que concuerden las obras y especies solicitadas; curriculum vitae y documentos que amparen la capacidad del responsable técnico y operativo del proyecto; autorización de crédito bancario o de proveedores, o disposición líquida de los recursos en una cuenta corriente a nombre del solicitante, para acreditar la disposición de los recursos complementarios del proyecto; Título para el uso, aprovechamiento y descargas de agua vigentes, a nombre del solicitante expedido por la autoridad competente. Exceptuando de este último a las unidades de producción que hayan operado en 2 de los últimos 3 años. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS INDICADOR Incremento de la producción LINEAMIENTOS El solicitante debe manifestar por escrito cual es el incremento porcentual que estima obtendría al recibir el incentivo en un período de un año. Descripción del Indicador Porcentaje (%) Página 4

Valor agregado de la producción Mayor número de empleos directos Se considera en la lista de activos estratégicos que el bien o infraestructura que solicita le proporciona valor agregado a su producto y/o proyecto. El solicitante debe especificar de manera clara si contar con el incentivo le permite la creación, sostenimiento o ampliación de empleos directos e indicar el número. Si o No Número de Empleos Directos Mayor número de beneficiarios directos Índice de CONAPO 2010 PROCEDIMIENTO Es el número de personas que intervienen en la solicitud del proyecto y que se verán beneficiados directamente en caso de recibir el incentivo. El grado de marginación corresponde a la ubicación del proyecto, no del domicilio del solicitante. Se utilizará el indicador de CONAPO 2010, en caso de no encontrarse se utilizara el de SEDESORE, y si nuevamente no se encuentra es el FOFAES quien determinará el Grado de Marginación a considerar. Número de Beneficiados Directos Índice de CONAPO 2010/SEDESORE/FOFAES 1. Registrar en el Sistema Único de Registro de Información (SURI) el proyecto. Devolviendo los documentos originales una vez que la autoridad de la ventanilla los coteje y se le entregue su comprobante de registro. 2. Dictaminación de los proyectos, utilizando los criterios de calificación, determinados de acuerdo a las prioridades y características regionales para el desarrollo e impulso del sector en la Entidad Federativa. 3. Emisión de dictámenes de resolución, en los portales de las Instancias Ejecutoras, misma que será la notificación oficial del resultado a los productores/beneficiados. 4. Para la autorización de Proyectos, se contactará al beneficiario para proceder a la firma del Convenio específico de Adhesión y entrega del apoyo, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y a los términos y condiciones establecidos por el FOFAES. 5. Finiquito por el Beneficiario del Convenio Específico de Adhesión, a partir de la conclusión de su proyecto. Mismo que deberá presentarse en la SEDARH o la Delegación Regional SEDARH, con su documentación original y copia para cotejo. En el caso de equipamiento y tractores para la adquisición del bien, a la entrega del incentivo se debe demostrar que la aportación del productor ya ha sido entregada al proveedor que seleccionó. En lo relativo para obras de infraestructura tienen 15 días después de la firma del convenio específico de adhesión para avisar el inicio de la obra, en tanto que para recibir la primera ministración del recurso, deberá demostrar preferentemente que inicio los trabajos con la aportación que le corresponde, de igual forma la conclusión será establecida en el convenio específico de Adhesión que se firmó previamente. En ambos casos, y de no demostrar la aplicación correcta del incentivo, se procederá a aplicar lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para la cancelación y requerimiento del incentivo, más los productos financieros que hubiere generado, además de su inclusión en el Directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho a recibir incentivos, hasta que subsanen el incumplimiento detectado. La inversión para la ejecución del proyecto estará integrado por las aportaciones Federal y/o Estatal de acuerdo al monto máximo del incentivo otorgado y la diferencia con cargo al beneficiario. En caso de ser notificado como beneficiario, y que el apoyo sea mayor a $30,000.00, la SAGARPA como instancia de normatividad y supervisora tiene las facultades para consultar ante las autoridades fiscales, el cumplimiento de obligaciones de conformidad a lo que se establece en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así mismo la SEDARH como instancia ejecutora. Exclusiones: No se otorgarán incentivos del presente programa para: Página 5

I. Compra de tierras; II. Compra de equipo y maquinaria usada, salvo disposición expresa en contrario, establecida en los programas o componentes; III. Reparaciones, refacciones y compra de llantas, salvo disposición expresa en sentido contrario, establecida en los programas o componentes; IV. Compra de cualquier tipo de vehículo o embarcación con características de lujo que sea de línea o por pedido prefabricado; salvo adquisición de vehículos nuevos de transporte terrestre de carga chasis desde 1 tonelada y hasta 10 toneladas; y solo se podrán apoyar estos conceptos en los incentivos que así lo indiquen; V. Materias primas, insumos o capital de trabajo, con excepción de paquetes tecnológicos autorizados por la Secretaría, o de otros previstos en estas Reglas de Operación; VI. Pago de pasivos; no se utilizará el incentivo para el pago de pasivo de ejercicios anteriores, ni los contraídos a título personal, distintos de los establecidos en los Programas de la presentes Reglas de Operación; salvo disposición expresa en sentido contrario, establecida en los programas o componentes; VII. Edificación de uso habitacional; VIII. Compra de remolques para el traslado de especies de competencia deportiva o de eventos de gala; IX. Adquisición de tractores o motocultores que no cuenten con la certificación emitida por OCIMA, salvo disposición expresa en sentido contrario, establecida en los propios programas o componentes; X. Ganado de importación: este requisito se verificará a través del Certificado Zoosanitario de Movilización; XV. A quien haya recibido incentivos o subsidios de otros programas federales para los mismos conceptos aprobados; XVI. La construcción o adquisición de embarcaciones no incluidas como activos estratégicos definidos por la CONAPESCA, y XVII. Las demás que no correspondan a los conceptos de incentivo de cada componente. Asimismo, el límite de superficie de incentivo por productor será el de100 hectáreas de riego o su equivalente en temporal, y 2,500 hectáreas de riego o su equivalente por persona moral. XVIII. Las demás que no correspondan a los conceptos de apoyo del programa y a los términos y referencias establecidos en el FOFAES. Obligaciones de los Beneficiarios a) Cumplir con los requisitos y las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como con las reglas de Operación; b) Aplicar a los fines autorizados los incentivos o subsidios recibidos y conservar las facturas en los términos de la legislación aplicable; c) Aceptar, facilitar y atender en cualquier etapa del proceso para la entrega del apoyo, verificaciones, auditorías, inspecciones y solicitudes de información por parte de las unidades responsables, las instancias ejecutoras, instancias fiscalizadoras o de cualquier otra autoridad competente, con el fin de verificar la correcta aplicación de los recursos otorgados; así como la supervisión de parte de las instancias de la Secretaría y las que ésta determine; d) Solicitar autorización previa por escrito de la Instancia Ejecutora de cualquier cambio que implique modificaciones al proyecto autorizado o a las condiciones de los incentivos directos o indirectos, quien lo resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, en caso contrario se informará que fue resuelto en sentido negativo; Página 6

e) Manifestar por escrito bajo protesta de decir verdad que la información y documentación que presenta, entrega e informa es verdadera y fidedigna durante el proceso y comprobación del apoyo; f) Cumplir con las obligaciones establecidas específicamente del programa y componente de las Reglas de Operación; Los requisitos los encontraras en las ventanillas receptoras o bien en las páginas de la SAGARPA y SEDARH. Las ventanillas se ubican en las oficinas de la SEDARH y la SAGARPA (consultar en las páginas las autorizadas), los solicitantes deberán presentarse personalmente con una identificación oficial, no se recibirán solicitudes por terceras personas, para el caso de las personas morales, deberá presentarse el representante legal, recibiéndose solo una petición por persona y a su nombre. Contacta al personal de las delegaciones regionales de la SEDARH, Distritos de Desarrollo Rural, Centros de Apoyo al Desarrollo Rural, en donde te atenderán y orientarán sobre la operación de estos programas. O bien consulta las Reglas de Operación 2015 y sus anexos en el Diario Oficial de la Federación del 28 de Diciembre de 2014, así como las reglas de operación del ejercicio 2014 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Diciembre de 2013 y su modificación del 25 de Abril de 2014. Descárgalos en las siguientes direcciones: www.sagarpa.gob.mx, www.sedarh.gob.mx, www.reglasdeoperacionslp.gob.mx, www.campopotosino.gob.mx O bien llama al 01 800 838 26 60, donde te podrán asesorar sobre tus dudas, o recibir tus comentarios o bien envíalas al correo electrónico: sedarh@slp.gob.mx San Luis Potosí, a 07 de Abril de 2015 Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro, distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente Página 7