LA VIOLENCIA Y LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

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Transcripción:

LA VIOLENCIA Y LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS José Aylwin Oyarzún. Co-director del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas www.observatorio.cl Es abogado especialista en derechos humanos y pueblos indígenas, con importante experiencia de trabajo en estas materias. Participó a comienzos de los 90 en la Comisión Especial de Pueblos Indígenas (CEPI) y en la elaboración del anteproyecto de la ley indígena actual. Fue Director del Instituto de Estudios Indígenas de la Universidad de la Frontera (Temuco) entre 1994 y 1997, y Coordinador del Programa de Derechos Indígenas de dicho Instituto (2002-2004). Ha realizado estudios e investigación sobre derechos indígenas en América del Norte (maestría en Universidad de British Columbia, Canadá) y Latinoamérica (Bolivia, México, Guatemala, Brasil). Ha asistido a múltiples encuentros internacionales, manteniendo relaciones con organizaciones nacionales e internacionales en el campo de los derechos indígenas y la temática medio ambiental. Ha escrito varias publicaciones sobre la temática de los derechos humanos y los pueblos indígenas en Chile y el exterior. 1

RESUMEN Los medios de comunicación y autoridades de Carabineros de Chile han informado en forma reiterada sobre las vinculaciones que pudieran existir entre comunidades Mapuche y grupos subversivos. Tales informaciones, que no han sido probadas, son extremadamente graves y preocupantes, por cuanto se difunden como un hecho cierto, lo cual configura un nuevo escenario de estigmatización y de criminalización del movimiento mapuche. ABSTRACT The mass media and authorities of Carabineers of Chile have informed in form repeated on the entails that Mapuche and subversive groups should exist between communities. Such information, which have not been proved, is extremely serious and worrying, since they spread as a certain fact, which forms a new scene of stigmatization and criminalization of Mapuche movement. PALABRAS CLAVE Criminalizacion movimiento mapuche, democracia chilena, derechos humanos pueblos indígenas. KEY WORDS Criminalization movement Mapuche, Chilean democracy, human rights indigenous peoples. 2

En los últimos días los medios de prensa y autoridades de Carabineros de Chile han informado en forma reiterada sobre las vinculaciones que existirían entre comunidades Mapuche y grupos subversivos. De acuerdo a lo señalado por dichos medios y autoridades, la comunidad de Temucuicui habría dado refugio al ex Lautarista Carlos Gutiérrez Quiduleo, a quien se sindica como participe del asalto perpetrado al Banco Security en Santiago en que fue asesinado un carabinero. El Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas considera que tales informaciones, que no han sido probadas, son extremadamente graves y preocupantes, por cuanto se difunden como un hecho cierto, lo cual configura a nuestro entender- un nuevo escenario de estigmatización y de criminalización del movimiento mapuche. 3

La situación es particularmente grave en el caso de la comunidad de Temucuicui, cuyas autoridades tradicionales y dirigentes representativos, han negado categóricamente los hechos que se le imputan como falsos y errados. Cabe recordar aquí que esta comunidad ha sido objeto de constantes allanamientos por parte de la policía uniformada y de investigaciones, muchas veces sin orden judicial, en los que se ha usado fuerza desproporcionada y han resultado heridos mujeres y niños. Ello precisamente como consecuencia directa de la criminalización de su protesta social. Debe señalarse, además, que nuestra institución, así como otras entidades nacionales e internacionales de derechos humanos, ha denunciado en diversas oportunidades ante las autoridades de gobierno y de Carabineros de Chile, el actuar abusivo de las fuerzas policiales en Temucuicui, sin que ellas hayan reconocido estos hechos, y menos aún adoptado medidas para sancionar a los responsables, y así poner término a actuaciones reñidas con los derechos humanos. Tememos entonces que las imputaciones que hoy se hacen a las comunidades mapuche, lejos de poner término al actuar abusivo de la policía, hagan posible una actuación aún más represiva en contra de esta y otras comunidades, so pretexto de sus supuestas vinculaciones con grupos subversivos. Igualmente preocupante resultan las informaciones dadas a conocer recientemente por la prensa dando cuenta de la acción que desarrolla la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) destinada a investigar el actuar de Organizaciones no Gubernamentales de carácter ambiental, involucradas en la defensa de derechos humanos en conflictos medioambientales, muchos de los cuales afectan a territorios indígenas. 4

Tales investigaciones, así como las imputaciones que se hacen a las comunidades mapuche, constituyen una abierta violación al derecho que toda persona tiene, individual o colectivamente, a promover la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales garantizados por las Naciones Unidas en la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas (Resolución de la Asamblea General 53/144 de 8 de marzo de 1999), así como lo señalado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe relativo a la Situación de los Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en las Américas (OEA/Ser/l/II.124 7 marzo 2006). Como hemos señalado en múltiples oportunidades, el escenario de criminalización evidencia las falencias institucionales de la democracia chilena para resolver las reivindicaciones sociales. Múltiples casos dan cuenta que las reivindicaciones territoriales indígenas y, asimismo, las demandas de comunidades indígenas y de la sociedad civil en general frente a conflictos ambientales, han sido postergadas, imponiéndose la discrecionalidad del Estado para favorecer a los grupos de interés económico. Como consecuencia de lo anterior, se han fragilizado los controles ambientales para favorecer a los grupos de interés económico, se ha exacerbado el poder punitivo del Estado contra los dirigentes indígenas y sociales, imponiéndose, en la práctica, un Estado policial como mecanismo para prevenir y controlar conflictos sociales. 5

Como igualmente hemos señalado con anterioridad, el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas como organismo que orienta su actuar por las directrices del derecho internacional de los derechos humanos, rechaza categóricamente la violencia, tanto la que proviene del Estado como consecuencia de su política de criminalización de la protesta social, como la que emana de los grupos subversivos, en particular aquella que afecta a los Pueblos Indígenas, quienes han vivido años de sometimiento, postergación y discriminación. Es por ello que hacemos un llamado a las autoridades de gobierno, que son las llamadas de velar por el bien de la población y de proteger los derechos de los ciudadanos, para resolver en el marco del Estado de Derecho y con pleno respeto a los derechos humanos, los conflictos sociales que hoy se viven en nuestro país, incluyendo por cierto aquellos que afectan a Pueblos Indígenas. 6

BIBLIOGRAFÍA Presentación a CIDH por Situación de los Defensores de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas en Chile. Informe IWGIA sobre el Mundo Indígena 2007 Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas Observaciones finales Com.DDHH-ONU a 5º Informe Estado Chileno Pacto Int. de Derechos Civiles y Políticos Informe Situación de Defensoras y Defensores de DDHH en las Américas. CIDH. 7