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Transcripción:

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL 1.- En la estrategia de combate al desempleo, pobreza, desigualdad y marginación, se propone un Programa de Empleo Temporal (PET), dirigido a proporcionar apoyo temporal por única vez el ingreso de las familias afectadas por falta de empleo para su incorporación en actividades de proyectos y programas que beneficien a la protección social y económica de la población que no cuente con empleo, mediante la entrega de apoyos temporales a su ingreso por participación en el programa que brinda a la ciudadanía. A. Desarrollo Comunitario y Mejora Visual del Entorno: Contribuir con el desarrollo social de la población que no cuenta con empleo formal y permanente, a través de acciones que impacten en la mejora de calidad de vida de la población. 2.- FUNDAMENTO LEGAL: El Plan Estatal de Desarrollo de Baja California 2014-2019, en su eje 1 denominado Desarrollo Humano y Sociedad Equitativa, dentro de sus línea estratégica 1.1 Combate a la Pobreza, Desigualdad y Marginación, establece en los numerales 1.1.3 Fortalecimiento del ingreso familiar y 1.1.5 Asistencia a personas en situación de vulnerabilidad, busca lograr que la población cuente con los recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas, e implementar mecanismos de atención inmediata a la población que se encuentre en condiciones de vulnerabilidad, la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal en su CAPITULO VII DE LA COMPETENCIA DE LA SECRETARIA 1

DE DESARROLLO SOCIAL, Artículo 26 fracción IV.- señala entre las atribuciones de la Secretaria de Desarrollo Social del Estado (SEDESOE) el Establecer las bases y criterios que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, para la realización de programas o acciones de desarrollo social. 3. OBJETIVOS 3.1 Objetivo General: Contribuir con el desarrollo social y económico del sector de la población que no cuenta con un empleo formal y permanente, a través del otorgamiento de estímulos subsidiarios económicos por un determinado lapso de tiempo, con el propósito de impulsar la inclusión laboral de los solicitantes. 3.2 Objetivo Específicos: 3.2.1 Reducir los efectos económicos y sociales que afectan a todas las personas mayores de 16 años que residen en el Estado de Baja California y al mismo tiempo ven afectado su patrimonio derivado de situaciones económicas y sociales diversas, mediante apoyos económicos otorgados como contraprestación por su participación en proyectos de apoyo social o comunitario. 3.2.2 Reducir el número de personas en condiciones de pobreza, de modo de que puedan mediante sus capacidades generar oportunidades de auto empleo. 4. Cobertura El PET operará en zonas donde se detecte un alto índice de desempleo dentro de los municipios del Estado de Baja California. 2

5. POBLACIÓN OBJETIVO Mujeres y hombres que ven afectado su patrimonio o enfrentan una disminución temporal de su ingreso por baja demanda de mano de obra o por los efectos de situaciones sociales y económicas en Baja California. 6. CRITERIO Y REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD Es importante que en los solicitantes residan en el municipio donde se establece el programa y no estar inscritos en ningún padrón de apoyo gubernamental de cualquier nivel de gobierno. A. Desarrollo Comunitario y Mejora Visual del Entorno I. Para los solicitantes del apoyo económico: Criterios 1. Hombre o Mujer mayor de 16 años. 2. Ser desempleado (a). Requisitos 1. En caso de menor de edad, deberá presentar una carta de consentimiento del padre o tutor. 2. Copia de acta de nacimiento o CURP. 3. Copia de identificación oficial (INE, Cédula Profesional, Cartilla Militar o Pasaporte Mexicano vigente). 4. Copia comprobante de domicilio (recibo agua o luz) con vigencia no mayor de 90 días. 5. Firmar los documentos de: a) Carta de solicitud de incorporación al programa. b) Carta de confidencialidad. c) Solicitud de empleo. d) Carta compromiso con derechos y obligaciones. 3

II. Para los interesados en la realización del proyecto Criterios 1. Los proyectos deben ser de beneficio social o comunitario Requisitos 1. Presentar en original y copia una solicitud para la ejecución de un proyecto PET, en escrito libre, que deberá contener como mínimo: 2. Nombre del municipio y de la localidad en donde se propone la ejecución del proyecto. 3. Descripción breve del proyecto que se planea realizar. 7. TIPOS, MONTOS Y ENTREGA DE APOYOS Los apoyos que a través del PET se tramiten, se realizaran en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado, no dando lugar a relación laboral o contractual alguna entre las personas beneficiarias y las instancias Participantes o ejecutoras. Tipo de apoyo Tipo de Beneficiario Entrega de Apoyos Beneficiario Podrán recibir un apoyo máximo hasta por $3,000.00 (Tres mil pesos 00/100 M.N.) por mes, hasta por seis meses como Desarrollo Comunitario máximo. y Mejora Visual del Coordinador Podrán recibir un apoyo Entorno. máximo hasta de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) por mes, hasta por seis meses como máximo. 4

Materiales, herramientas y maquinaria Se podrán otorgar apoyos económicos hasta un 20% del costo del proyecto, para la adquisición o arrendamiento de materiales, herramientas, maquinaria o equipo, incluyendo implementos de protección para las y los beneficiarios, así como costos de transporte necesarios para realizar los proyectos autorizados. La autorización de recursos para este programa estará sujeta a la disponibilidad presupuestal. 8. DERECHOS, OBLIGACIONES Y CAUSALES DE SUSPENSIÓN DE LOS APOYOS 8.1 Derechos Los beneficiados por el programa, recibirán por parte de la SEDESOE: I. La información necesaria, de manera clara y oportuna, para participar en el programa; II. Atención y apoyos sin costo alguno; III. La reserva y privacidad de su información personal. IV. Recibir información de los medios e instancias ante las cuales puede presentar sugerencias, quejas o denuncias. 5

8.2 OBLIGACIONES A. Desarrollo Comunitario y Mejora Visual del Entorno 1. Para los solicitantes de apoyo económico. a) Beneficiarios I. Realizar las actividades de los proyectos y programas asignados por el coordinador en los días y horarios establecidos. II. Cuidar y mantener un buen estado el equipo, herramientas o documentos que utilice en las actividades asignadas. III. Los beneficiarios deberán informar al personal de la SEDESOE, cuando éstos, logren colocarse en un puesto de trabajo; Para de esta manera suspender el pago de apoyos. IV. Trabajarán 4 horas por jornal. V. Podrán laborar hasta dos jornales diarios. b) Coordinador I. Coordinar que se realicen las actividades de los proyectos y programas asignados a los beneficiados en los días y horarios establecidos. II. Cuidar y mantener en buen estado el equipo, herramientas o documentos que utilice en las actividades asignadas. III. Los Coordinadores deberán informar al personal de la SEDESOE que se haya designado para el seguimiento del programa, cuando los beneficiados logren colocarse en un puesto de trabajo, durante el tiempo que participa en el Programa. IV. Supervisar que los beneficiarios se registren en la lista de asistencia. V. Trabajarán 8 horas diarias. 6

VI. Entregará un reporte de las actividades realizadas y evidencia fotográfica del antes, durante y después del proyecto ejecutado. c) Para los interesados en la realización del proyecto. I. Presentar solicitud mediante escrito libre. II. Presentar carta de satisfacción por la terminación del proyecto. 8.3 CAUSAS DE SUSPENSIÓN DE LOS APOYOS a) Serán excluidos automáticamente del PET quienes no cuenten con las disposiciones previamente establecidas del Programa en mención: I. Quienes proporcionen datos falsos en la solicitud de incorporación al programa. II. Quienes en el transcurso del programa obtengan empleo. III. Quienes se detecte que reciben beneficios de otros programas similares de cualquier otro orden de Gobierno. IV. Cuando se detecte incumplimiento por parte de los beneficiarios. V. Fallecimiento del beneficiario. 9. INSTANCIAS QUE PARTICIPAN: Para la operación del PET, participaran las siguientes Dependencias y Entidades de Gobierno: La Secretaría de Desarrollo Social del Estado (SEDESOE), misma que podrá proponer la inclusión de beneficiarios al programa, así como revisar el padrón de los mimos a fin que estos no formen parte de algún otro programa de apoyo gubernamental ya sea este federal, estatal o municipal y ser ejecutora del programa; La Secretaría de Planeación y Finanzas (SPF), para efectos de autorizar y asignar el recurso; 7

La Dirección de Control y Evaluación Gubernamental (Contraloría del Estado), como órgano fiscalizador. Las demás dependencias o entidades de la administración pública central o paraestatal del Gobierno del Estado, como ejecutoras del programa. 10. COORDINACION INTERINSTITUCIONAL Y PROCESO DE OPERACIÓN: Una vez autorizado y asignado el recurso por parte de la SPF a la SEDESOE; esta última deberá en coordinación con las instancias ejecutoras integrar un padrón de beneficiarios, mediante la difusión del PET a través de distintos medio de comunicación, los cuales pueden incluir: prensa, radio, televisión, redes sociales, entre otros; la recepción de solicitudes se realizará en la SEDESOE, la cual deberá de revisar que las solicitantes no formen parte de algún otro programa de apoyo gubernamental, una vez aprobadas las solicitudes de los aspirantes a beneficiarios, se les asignará tareas en distintas comunidades del Estado focalizadas en el Desarrollo Comunitario y Mejora Visual del Entorno; las comunidades a beneficiar por este programa serán propuestas por la SEDESOE y los beneficiados trabajarán bajo la supervisión de Coordinadores, los cuales también serán designados por la SEDESOE. La entrega de apoyos se realizará por medio de cheque, en las fechas y por los montos señalados en el apartado 7. TIPOS, MONTOS Y ENTREGA DE APOYOS. 11. GASTOS DE OPERACIÓN Para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión seguimiento, atención ciudadana y evaluación del Programa se podrá destinar recursos de hasta 5% del presupuesto asignado al Programa. 12. SEGUIMIENTO Y CONTROL 8

Los Coordinadores deberán entregar un informe mensual de actividades al personal designado por la SEDESOE, con evidencia fotográfica de la misma, de igual forma deberán entregar listas de asistencia de los beneficiarios del programa a fin de constatar su participación en las actividades; dicho informe será validado por el personal de la SEDESOE, asignado al PET, y posteriormente se procederá a la entrega de apoyos económicos con lo establecido en el apartado 7. TIPOS, MONTOS Y ENTREGA DE APOYOS. 13. ÓRGANO DE CONTROL La Dirección de Control y Evaluación Gubernamental (Contraloría del Estado), en el ámbito de su competencia podrá evaluar y vigilar la aplicación de los presentes Lineamientos durante el tiempo que dure el programa o posterior a que haya finalizado, así como establecer las sanciones que considere pertinentes en caso de incumplimiento. 14. ACTUALIZACIÓN DE LINEAMIENTOS. Los presentes Lineamientos podrán modificarse y/o actualizarse según sea necesario, considerando las opiniones y recomendaciones de las Secretarías de Planeación y Finanzas, Desarrollo Social y la Dirección de Control y Evaluación Gubernamental. 15. GLOSARIO 9

PET: Programa de Empleo Temporal. Beneficiario: Persona Inscrita en el PET, quien recibirá un apoyo económico en contraprestación a un servicio brindado. Coordinador: Quien organiza a un grupo de beneficiarios en algunas de las tareas asignadas. SEDESOE: Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Baja California. SPF: Secretaría de Planeación y Finanzas. Contraloría: Dirección de Control y Evaluación Gubernamental (Contraloría del Estado) (Órgano Fiscalizador Estatal). CURP: Clave Única de Registro de Población. 10

ANEXOS ANEXO 1 SOLICITUD DE INCORPORACIÓN ANEXO 2 SOLICITUD DEL PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL ANEXO 3 CARTA COMPROMISO CON DERECHOS Y OBLIGACIONES ANEXO 4 CARTA DE CONFIDENCIALIDAD ANEXO 5 REPORTE DE ACTIVIDADES ANEXO 6 REPORTE FOTOGRAFICO ANEXO 7 LISTA DE ASISTENCIA ANEXO 8 RELACION DE BENEFICIADOS PARA PAGO DE NOMINA ANEXO 9 HOJA DE CONTROL EXPEDIENTE BENEFICIADO ANEXO 10 CARTA DE CONSENTIMIENTO DEL PADRE O TUTOR (EN CASO DE SER MENOR DE 18 AÑOS) 11