ACUERDO ENTENDIMIENTO ENTRE AGENCIA ESTATAL



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Transcripción:

ACUERDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y LA ASOCIACIÓN MULTISECTORIAL DE EMPRESAS ESPAÑOLAS DE ELECTRÓNICA Y COMUNICACIONES PARA LA PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL EN LOS SECTORES DE LA TELEFONÍA MÓVIL Y DE SOPORTES DE GRABACIÓN. REUNIDOS De una parte, D. Luis Pedroche y Rojo, Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Entidad de Derecho Público adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda, y de otra parte, D. José Pérez García, en nombre y representación de la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (ASIMELEC), en su condición de Director General, MANIFIESTAN I. En los últimos años se han detectado en el mercado español de la Telefonía Móvil prácticas comerciales que han producido un importante fraude en el IVA, y supuesto una importante fuente de competencia desleal con los agentes del Sector de la Telefonía Móvil. Estas prácticas fraudulentas consisten en la comercialización de terminales de telefonía móvil por agentes económicos que, utilizando diversos procedimientos, eluden el pago del IVA correspondiente, aprovechando dicha práctica ilícita para competir deslealmente en precios con las empresas del sector. Este fraude perjudica de manera importante a la Administración Tributaria y a los distintos agentes incluidos en la cadena de valor de los productos como son los fabricantes, los mayoristas y minoristas y el propio consumidor. II. Por otra parte, el Sector de Soportes de Grabación viene sufriendo igualmente prácticas comerciales ilícitas que inciden en la elusión fraudulenta del IVA y del pago de la remuneración compensatoria por copia privada prevista en el articulo 25 de la vigente Ley de propiedad Intelectual. 1

III. La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante Agencia Tributaria) ha puesto en marcha un Plan de Prevención del Fraude Fiscal que establece, entre otras medidas, la colaboración de los agentes sectoriales implicados, así como el intercambio de información relevante para evitar las conductas defraudatorias. Por tanto, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, actuando mediante su Director General, desea firmar un Acuerdo con el Sector de la Telefonía Móvil y Soportes de Grabación, dando cumplimiento a la previsión contenida en el Plan de promover Acuerdos de Entendimiento con los sectores afectados por el fraude. La Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (en adelante ASIMELEC), representa a más de 1.500 miembros, tanto empresas asociadas como federadas, pertenecientes a diversas áreas del sector Electrónico y Comunicaciones que ocupan diversas posiciones en mercado, agrupando tanto a fabricantes, importadores, mayoristas, operadores como a empresas de servicios e instalación. ASIMELEC quiere promover el desarrollo de los distintos sectores relacionados con la Electrónica y las Comunicaciones, especialmente con la generación de valor añadido y de actividad industrial o de servicios. Además, es objetivo de ASIMELEC colaborar con las Administraciones Públicas en el desarrollo de la Sociedad de la Información, y concretamente en temas de Internet, Informatización, Calidad y Formación, así como en la gestión medioambiental de los productos relacionados con los sectores en ella representados. Para ello, resulta imprescindible colaborar en la prevención y corrección del fraude fiscal en el Sector de la Telefonía Móvil y de Soportes de Grabación, por lo que ASIMELEC desea firmar el Acuerdo en su condición de Asociación representativa de estos sectores. DECLARAN Primero.- Constituye un objetivo básico de las Partes establecer mecanismos de colaboración entre los Sectores de la Telefonía Móvil y Soportes de Grabación y la Administración Tributaria en la prevención y corrección del fraude fiscal en todos ellos, evitando así los perjuicios que a la Hacienda Pública y al ciudadano en general pueden ocasionar las conductas defraudatorias. La firma de este Acuerdo de Entendimiento se enmarca en la colaboración social en la prevención y corrección del fraude prevista en el Plan de Prevención del Fraude Fiscal que está desarrollando la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 2

Segundo.- Las Partes enuncian los objetivos que se plantean con este Acuerdo, y declaran su intención de promover la adhesión al mismo de otras entidades, organizaciones o empresas del Sector de referencia. OBJETIVOS DE LOS SECTORES EN EL MARCO DEL ACUERDO DE ENTENDIMIENTO El compromiso de ASIMELEC de colaboración activa con la Agencia Tributaria, como Asociación representativa de todos los agentes presentes desde la fabricación hasta la venta, en los sectores de Telefonía Móvil y de Soportes de Grabación, en la lucha contra el fraude organizado relacionado con el IVA, en especial facilitando la información necesaria que obre a su disposición para atajar el fraude con la mayor eficacia y rapidez posible. Mejorar la posición de sus asociados en los sectores citados mediante la reducción de la competencia desleal que vienen padeciendo por las prácticas ilícitas detectadas. Colaborar con la firma del presente Acuerdo en la mejora de la confianza mutua que debe imperar en las relaciones entre la Agencia Tributaria y los agentes económicos de los Sectores afectados de ASIMELEC en el marco del ordenamiento jurídico-tributario vigente y de los objetivos fijados por el Plan de Prevención del Fraude Fiscal. Designar las personas de contacto permanente, directo e inmediato para la ejecución del presente Acuerdo. La Agencia Tributaria: OBJETIVOS DE LA AGENCIA TRIBUTARIA EN EL MARCO DEL ACUERDO DE ENTENDIMIENTO Investigará, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Prevención del Fraude Fiscal y en la normativa aplicable, de forma prioritaria el fraude fiscal en el IVA, prestando la máxima atención a los casos en que se reciba información de los Sectores de Telefonía Móvil y de Soportes de Grabación, sobre posibles fraudes. Mantendrá reuniones periódicas con ASIMELEC para analizar la evolución del fraude en los sectores a los que se extiende su representación y el grado de cumplimiento de los objetivos expresados en el Acuerdo de Entendimiento. Difundirá mediante su portal la firma del Acuerdo de Entendimiento y su contenido y realizará otras actuaciones para su divulgación, directamente o en colaboración con ASIMELEC. 3

Designará las personas de contacto permanente, directo e inmediato para la ejecución del presente Acuerdo. OBJETIVOS DE AMBAS PARTES EN EL MARCO DEL ACUERDO DE ENTENDIMIENTO Promover la adhesión al Acuerdo de Entendimiento de los Mayoristas y Minoristas que comercializan terminales de telefonía móvil y soportes de grabación, con el objeto de que, en el marco del Acuerdo de Entendimiento, colaboren en la prevención y corrección del fraude en los sectores a los que representa ASIMELEC y asuman como objetivos: Facilitar información sobre ofertas recibidas de las que tengan indicios, por origen de la misma, precio del producto, o cualquier otro parámetro, de posible fraude. Facilitar información sobre el IMEI de los terminales con el objeto de coadyuvar más eficazmente a la localización del fraude en el sector de la Telefonía Móvil. Facilitar información sobre la relación de suministradores de productos en su sector. Facilitar información sobre sus ventas y sobre la operatoria comercial de los sectores solicitada por la Agencia Tributaria. Facilitar la puesta a disposición de la Agencia Tributaria de la información gestionada por el sistema de gestión medioambiental de residuos del Sector de la Telefonía Móvil desarrollado por ASIMELEC que puedan ser útiles en la persecución del fraude del IVA del Sector. Colaborar activa y rápidamente con la Agencia Tributaria en cuantas actuaciones sean precisas o se consideren necesarias para atajar las nuevas formas de fraude que aparezcan en el sector, bien poniendo a disposición de la Agencia Tributaria la información al alcance de los sectores de nuevas prácticas fraudulentas reconocidas por sus miembros, bien procurando facilitar con prontitud a la Agencia Tributaria la información requerida por ésta para atajar los fraudes que detecte. Designar personas de contacto permanente, directo e inmediato para la ejecución del presente Acuerdo. Tercero.- El Acuerdo de Entendimiento surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma y tendrá una duración de un año a contar desde esa fecha, prorrogándose tácitamente por períodos de igual duración, salvo que sea denunciado por cualquiera 4

de las partes, manifestando su voluntad de no renovarlo con dos meses de antelación a la fecha de terminación del plazo inicialmente pactado o de cualquiera de sus prórrogas. Y para que así conste, se firma el presente documento, por duplicado, en Madrid, a 25 de septiembre de 2006. Por la Agencia Tributaria Por ASIMELEC EL DIRECTOR GENERAL, Luis Pedroche y Rojo EL DIRECTOR GENERAL, José Pérez García 5