*QUE SON LAS RNI:
A TENER EN CUENTA Y NO OLVIDAR.. En orden de magnitud, los servicios de radiodifusión (AM, FM y TV) por sus características técnicas, de cobertura y su antigüedad en el mercado, son los que irradian mayor potencia
QUE SON LAS RI??? Son ondas electromagnéticas de frecuencia extremadamente elevada (rayos X y gamma), que contienen energía fotónica suficiente para producir la ionización mediante la ruptura de los enlaces atómicos y afectar así el estado natural de los tejidos vivos. (La ionización es la conversión de átomos de moléculas en iones con carga eléctrica positiva o negativa.) Fuente : http://www.cnc.gob.ar/m/radiacionesno-ionizantes_p119
A) NECESIDAD DE LAS RNI EN GRAL. Y DE LAS COMUNICACIONES EN PARTICULAR. B) DUDAS SOBRE LA SALUBRIDAD O INOCUIDAD DE LAS RNI: INFORME EN 2016
QUE HACEMOS???
Salir de entre los Cuernos del Dilema Cómo??!!!! CONTROL!!!!!!
PERO EL CONTROL EXIGE REGULACIÓN 6861
QUÉ CONTROLA LA ORDENANZA 6861 EN VILLA MARIA? DOS CUESTIONES:
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Datos y cifras *El uso de teléfonos móviles se ha universalizado: en el mundo hay unos 6900 millones de contratos de telefonía móvil. (2011, 7.000 Millones) *El Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer ha clasificado los campos electromagnéticos producidos por los teléfonos móviles como posiblemente carcinógenos para los seres humanos. *Hay estudios en curso para analizar más a fondo los posibles efectos a largo plazo del uso de los teléfonos móviles. *En 2016, la OMS realizará una evaluación formal de los riesgos a partir de todos los resultados de salud estudiados en relación con campos de radiofrecuencias. http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs193/es/
PREGUNTAS FINALES: SI PARA 2016 ESTA TODO BIEN CON EL INFORME, NO HABRÁ NADA DE QUÉ PREOCUPARSE. PERO.. SI EL INFORME 2016, ESTABLECE LA NOSCIVIDAD DE LAS RNI.?? LA PREGUNTA PREGUNTAS ES : CUÁL ES LA RESPONSABILIDAD DEL MUNICPIO ANTE ESA REALIDAD QUE SE DA CONCRETA Y EFECTIVAMENTE EN SU JURISDICCIÓN??
DOS POSIBILIDADES: NO REGULAMOS Y DEJAMOS LIBERADO EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ANTENAS Ó REGULAMOS DE ACUERDO A LA NORMATIVA VIGENTE Y GENERAMOS EL RESGUARDO JURÍDICO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL EN ESTA MATERIA
EL Estándar Nacional de Seguridad, para la exposición a radiofrecuencias, contiene los niveles máximos permisibles de exposición de los seres humanos a las radiaciones no ionizantes. Se establece en la Resolución Nº 202/95 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación (MSyAS), la Resolución 530/2000 y 11/2014 de la Secretaría de Comunicaciones de la Nación (SECOM), y Resolución 3690/2004 de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y las que en el futuro las reemplacen o modifiquen.
Entendemos que la única manera de salir de la situación es una actitud colaborativa del Municipio con la CNC, de acuerdo a las normas vigentes. Autorizar el funcionamiento de antenas al amparo de las normas existentes, es mejor que no regular, mirar para otro lado, o no controlar. Liberar mediante la no regulación que implica la No-Autorización, es convalidar de alguna manera que las antenas funcionen fuera de norma, dado que, es muy dificil ir a controlar aquello que no tiene posibilidad de habilitarse.
Cómo llevamos adelante este proceso en la ciudad?
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