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LEGÁLITAS COMPAÑÍA DE SEGUROS, Y REASEGUROS, S.A. CONDICIONES PARTICULARES SEGURO MULTIASISTENCIA DE VIAJE TT.OO. PÓLIZA OPCIONAL BÁSICO RAMO ASISTENCIA EN VIAJE Nº. PÓLIZA ASE001000691 FECHA Y HORA DE EFECTO FECHA Y HORA DE VENCIMIENTO DURACIÓN DEL SEGURO ANUAL RENOVABLE DATOS DEL TOMADOR DEL SEGURO CONTRATANTE IBEROTOURS CIF A-20029963 DOMICILIO / CALLE C/ Fernando Beautell, 15 MUNICIPIO Santa Cruz de Tenerife PROVINCIA Tenerife CÓDIGO POSTAL 38009 COBERTURAS / RECLAMACIONES SUMA ASEGURADA Seguro Opcional Básico 6.1. EQUIPAJES 6.1.1. Pérdidas materiales del equipaje hasta 1.000 6.1.2. Demora en la entrega del equipaje 90 6.2. DEMORAS 6.2.1. Demora en la salida del medio de transporte Mínimo 6 horas con un máximo de 75 6.2.3. Demora de viaje por Overbooking superior a 6 horas hasta 75 6.3. ACCIDENTES 6.3.2. Accidentes en medio de transporte 150.000 6.4. ASISTENCIA PERSONAL 6.4.1. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización hasta un máximo de 4.000 6.4.1.2. Gastos odontológicos hasta un máximo de 60 6.4.2. Gastos de prolongación de estancia en hotel (máximo 10 días) 60 /día 6.4.3. Repatriación o transporte sanitario de enfermos o heridos Ilimitado 6.4.4. Repatriación o transporte de fallecidos Ilimitado

6.4.22. Información legal fuera del país de residencia Incluido 6.4.23. Anticipo de fianza judicial fuera del país de residencia habitual Hasta 5.000 6.4.24. Gastos de asistencia jurídica fuera del país de residencia Hasta 5.000 6.4.25. Gastos por pérdida de pasaporte Incluido reposición 6.4.5. Desplazamiento de acompañante en caso de hospitalización Ilimitado 6.4.6. Gastos de estancia del acompañante desplazado máximo 10 días) hasta un límite de 60 /día 6.4.9. Regreso anticipado por fallecimiento de familiar no asegurado Ilimitado 6.4.10. Regreso anticipado por hospitalización de familiar no asegurado Ilimitado 6.4.13. Envío urgente de medicamentos al extranjero Hasta 100 6.4.14. Transmisión de mensajes urgentes Ilimitado 6.4.15. Ayuda a la localización y envío de equipajes Incluido 6.4.19. Envío de objetos de difícil reemplazamiento Hasta 100 6.5. RESPONSABILIDAD CIVIL 6.5.1. Responsabilidad Civil Privada 60.000 6.6. ANULACIÓN 6.6.1. Gastos por anulación de viaje Hasta 1.200 6.7. REEMBOLSO DE VACACIONES 6.7.1. Reembolso de vacaciones no disfrutadas Hasta 1.200 6.9. VIGILANCIA PERMANENTE EN BOLETINES OFICIALES Incluido PRIMA NETA por Asegurado IMPUESTOS CONSORCIO PRIMA TOTAL ANUAL La suma asegurada representa la cuantía máxima de gastos que, en cualquier caso y por todos los conceptos, asume el asegurador en cada anualidad de seguro. La presente póliza se contrata a primer riesgo, por lo que la suma asegurada constituye la indemnización máxima por anualidad a cargo de la entidad aseguradora. No queda prevista en el contrato la reposición de la cobertura mediante el pago de una nueva prima.

CONDICIONES ESPECIALES Nº PÓLIZA: ASE001000691 CONTRATANTE: IBEROTOURS FECHA DE EFECTO: En caso de divergencia, se hace expresamente constar que estas Condiciones Especiales prevalecen sobre las Condiciones Generales y Particulares de la Póliza. 6.2.19. Información legal fuera del país de residencia habitual. Cuando el Asegurado se encontrase de viaje fuera del domicilio habitual y necesitase información legal, la Aseguradora le asesorará y facilitará el contacto de Abogados y expertos legales en el extranjero, así como el contacto e información de consulados y embajadas del lugar donde se encuentre el Asegurado. 6.2.20. Anticipo de fianza judicial fuera del país de residencia habitual. El Asegurador adelantará, hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares de la póliza, el importe de la fianza exigida por la legislación del país, para que el Asegurado obtenga su libertad en el caso de que haya sido procesado como consecuencia de un accidente de circulación del que resulte responsable. El asegurador se reserva el derecho de solicitar aval o garantía del asegurado que asegure el cobro del anticipo. En el plazo de tres meses desde su reclamación por el Asegurador, el Asegurado está obligado a reintegrarle el importe de la fianza anticipada. Si antes de finalizado el plazo de tres meses le ha sido reembolsado al Asegurado el importe de la fianza por las autoridades del país, deberá restituir ésta, de forma inmediata, al Asegurador. En el caso de que el importe de la fianza anticipada no fuese restituido en el plazo de tres meses, el Asegurador se reserva el derecho de exigir además de dicho importe los gastos e intereses calculados según la legislación vigente. 6.2.21. Gastos de asistencia jurídica fuera del país de residencia habitual. En el caso de que el Asegurado tenga necesidad de contratar un abogado para su defensa legal fuera de su país de residencia habitual o de nacionalidad, siempre que los hechos que se le imputen no sean susceptibles de sanción penal en la legislación del país donde se encuentre, el Asegurador le reembolsará los honorarios de su abogado hasta el límite establecido en las Condiciones Particulares de la póliza. Quedan excluidos formalmente de la aplicación de esta garantía, los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado, el uso o la custodia de un vehículo a motor y las responsabilidades contractuales en las que el Asegurado sea parte. El Asegurado se compromete a enviar al Asegurador, en el plazo más breve posible, los documentos justificativos de los honorarios de su abogado. 6.2.22. Gastos por pérdida del pasaporte. Si durante un viaje por el extranjero, el Asegurado sufriera la pérdida o robo de su pasaporte el Asegurador se hará cargo de los gastos administrativos indispensables para la obtención de la documentación necesaria para su regreso a España. 6.4.1. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización. El Asegurador garantiza el abono de Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización, hasta el límite establecido en Condiciones Particulares, que el Asegurado necesite durante el viaje, y siempre que dichos gastos se deban a accidentes o enfermedades sobrevenidas del Asegurado.

El Asegurado deberá llevar consigo la Tarjeta Sanitaria Europea si viaja a Europa. Para desplazamientos a otros países con los que exista Convenio de Seguridad Social el asegurado deberá llevar consigo el formulario correspondiente. La cobertura incluye: a) Gastos de hospitalización. b) Honorarios médicos y/o de hospital. c) Gastos para medicamentos recetados d) Gastos por transporte local en ambulancia siempre que dicho transporte haya sido ordenado o autorizado por un médico. En los casos de urgencia vital como consecuencia de una complicación imprevisible de una enfermedad crónica o preexistente, se tomarán a cargo los gastos hasta conseguir la estabilización que permita la prosecución del viaje o el traslado del enfermo hasta su domicilio habitual u hospital más próximo al mismo, según las condiciones señaladas en el apartado 6.2.4. de estas Condiciones Generales. Los Asegurados que a su vez sean extranjeros residentes en España, recibirán las mismas garantías descritas en esta cobertura cuando viajen a su país de origen o al país donde tengan pasaporte vigente. El tomador del seguro o el Asegurado deberá, además, dar al Asegurador toda clase de facturas originales, informes médicos completos y demás documentación que posibilite la concreción de la enfermedad sobrevenida, así como su diagnóstico. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización sólo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave. Quedan excluidos de esta garantía: -Los controles de enfermedades previamente conocidas. -Los gastos de cura termal, helioterapia o de tratamiento estético. -Los gastos de prótesis, implantes y material ortopédico, los gastos de rehabilitación y los de fisioterapia. -Los gastos de vacunación; los de tipo odontológico producido en el país de residencia habitual y/o de nacionalidad del asegurado y aquellos que no sean de urgencia. -Los gastos que se produzcan una vez concluidas las fechas del viaje. -Los gastos de contracepción e interrupción voluntaria del embarazo. -Los gastos de medicina preventiva. -Los gastos que según el equipo médico del Asegurador estén contraindicados con la patología que presente el Asegurado. -Los gastos médicos producidos a menos de 30 kilómetros del domicilio del asegurado (15kilómetros en las Islas) -Los gastos relativos a alguna enfermedad crónica o alguna complicación del embarazo. -Los gastos producidos por tratamientos iniciados en el país de origen. -Los gastos médicos relativos a cualquier tipo de enfermedad mental o desequilibrio psíquico. -Los gastos producidos por alguna enfermedad preexistente sea o no conocida por el Asegurado. 6.4.1.2. Gastos odontológicos de urgencia fuera del país de residencia. El Asegurador tomará a cargo el pago o reembolso de los gastos odontológicos que por infección, trauma o dolor, requieran un tratamiento de urgencia, siempre que se produzcan fuera del país de residencia habitual hasta el límite establecido en las condiciones particulares de la póliza. En ningún caso estarán cubiertos por esta póliza: -Las prótesis, fundas e implantes. -Las reconstrucciones estéticas correspondientes a anteriores tratamientos. -Las endodoncias. Los Asegurados que a su vez sean extranjeros residentes en España, recibirán las mismas garantías descritas en esta cobertura cuando viajen a su país de origen o al país donde tengan pasaporte vigente. El tomador del seguro o el Asegurado deberá, además, dar al Asegurador toda clase de facturas originales, informes médicos completos y demás documentación que posibilite la concreción de la enfermedad sobrevenida, así como su diagnóstico. En caso de violación de este deber, la pérdida del derecho a la indemnización sólo se producirá en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave.

6.4.3. Repatriación sanitaria de enfermos y heridos. En caso de accidente o enfermedad sobrevenida al Asegurado, el equipo médico del Asegurador determinará la mejor conducta a seguir, según la gravedad y urgencia del caso. El Asegurador organizará los contactos que sean necesarios entre su equipo médico y el médico que esté tratando al Asegurado, para la prestación de la asistencia sanitaria adecuada. En caso de urgencia y gravedad médica de la dolencia del Asegurado, y según el criterio del equipo médico del Asegurador en contacto con el médico que trate al Asegurado y de su familia, teniendo en cuenta lo que sea médicamente necesario, decidirá su transporte sanitario, organizándolo desde el lugar donde el Asegurado se encuentre hasta el centro hospitalario más próximo o adecuado para su estado de salud o hasta su domicilio, cuando no necesite hospitalización. Si el ingreso no pudiera lograrse en lugar cercano al domicilio, el Asegurador, en su momento, se hará cargo del subsiguiente traslado hasta la residencia del Asegurado. El Asegurador, única y exclusivamente tomará a cargo la repatriación del Asegurado hasta su domicilio en caso de que sea médicamente necesario. En caso de afecciones que no den motivo a repatriación, el transporte se realizará por el medio más adecuado, hasta el lugar en que puedan prestarse los cuidados precisos. Además el Asegurador organizará las repatriaciones del Asegurado y de un acompañante asegurado o de su familia (cónyuge, pareja de hecho, ascendiente, descendiente, hermano/a) asegurada, en el caso de que debido a una necesidad médica, cuya gravedad quedará a juicio del equipo médico del Asegurador, el Asegurado perdiera el medio de transporte previsto para su regreso a su domicilio habitual. En este caso será necesario que el Asegurado llame previamente a la Central de Asistencia del Asegurador solicitando la asistencia para su necesidad médica. El Asegurador tomará a su cargo los gastos suplementarios de transporte de una persona acompañante asegurada o de su familia (cónyuge, ascendiente, descendiente, hermano/a) asegurada, en la medida en que los medios inicialmente previstos para su regreso no puedan utilizarse con motivo de la repatriación del Asegurado. Si el Asegurado una vez recuperado y sus familiares asegurados (cónyuge, pareja de hecho, ascendiente, descendiente, hermano/a) o acompañante asegurado, desean continuar su viaje y el estado de salud de aquel así lo permite, el Asegurador se encargará de organizar su traslado hasta el lugar de destino de su viaje, siempre que el coste de este trayecto no sea superior al de la vuelta a su domicilio habitual. No obstante, no quedarán cubiertos los gastos derivados de la patología sufrida por el Asegurado si este toma la decisión de continuar al lugar de destino de su viaje.

1. LEGISLACIÓN APLICABLE. El presente contrato de seguro está sometido a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, al Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de Octubre, a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y legislación complementaria, así como a las normas que desarrollen, modifiquen o sustituyan a las mencionadas. 2. IDENTIFICACIÓN DEL ASEGURADOR. LEGÁLITAS Seguros y Reaseguros, S.A., domicilio social en Avda. Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo, 6 de Pozuelo de Alarcón (28224 MADRID ESPAÑA), con actividad sometida al control de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda. 3. INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN. En caso de existir discrepancias o reclamaciones contra el Asegurador referentes a este seguro, el tomador y/o el asegurado podrá dirigirse mediante escrito al Departamento de Atención al Cliente de Legálitas SEGUROS (Av. De Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo, 6-28224 Pozuelo de Alarcón, MADRID- ESPAÑA). En el escrito debe indicarse: 1. Nombre y apellidos. 2. Dirección, población y nº de teléfono de contacto. 3. NIF 4. Nº de póliza. 5. Tipo de reclamación, importe y hechos en que se fundamenta El Departamento de Atención al Cliente, que funciona de forma autónoma e independiente, acusará recibo de la reclamación y deberá resolver, de forma motivada, en el plazo máximo de dos meses en aplicación de lo establecido en la Ley 44/2002, de 22 de noviembre de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y en la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo que regula los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras. Las decisiones del Departamento de Atención al Cliente tendrán fuerza vinculante para LEGALITAS SEGUROS. En caso de no estar de acuerdo con la decisión del Departamento de Atención al Cliente, los interesados podrán presentar su reclamación ante el Defensor del Cliente, cuya dirección es: D. A. DEFENSOR CONVENIO PROFESIONAL, S.L. C/ Marqués de la Ensenada, 2, 6ª PL 28004 MADRID Tel.: 91 310 40 43 Fax: 91 308 49 91 reclamaciones@da-defensor.org Lugar, fecha y firma

Por último, si el interesado no estuviese de acuerdo con la decisión adoptada por las instancias anteriores o si no hubiese recibido respuesta en el plazo de dos meses desde la presentación de su queja o reclamación podrá plantearlas ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es: Paseo de la Castellana nº 44, 28046 MADRID y su web: www.dgsfp.meh.es/reclamaciones. Todo ello sin perjuicio del derecho de Tomador y Asegurado de recurrir a la tutela de los jueces y tribunales competentes. 4. CLÁUSULA DE PRIVACIDAD. A los efectos de lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, LEGÁLITAS Seguros informa que los datos facilitados serán incluidos en un fichero responsabilidad de LEGÁLITAS Seguros, domiciliada en Avenida Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo nº 6 3ª 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid), con la finalidad de desarrollar la relación contractual, precontractual o comercial así como para recibir información publicitaria de servicios prestados por LEGÁLITAS Seguros o por terceros, a través de medios postales, electrónicos u otras formas de comunicación a distancia relativos a los ámbitos de seguros, consultoría, asesoría, gestoría, servicios jurídicos complementarios o financieros, u otros sectores análogos. El Tomador y/o el Asegurado autorizan expresamente el tratamiento de los datos de carácter personal que pudieran ser recabados durante la prestación de las coberturas con la finalidad anteriormente descrita, entre los cuales podrán figurar aquellos relativos a la salud de las personas, a la comisión de infracciones penales o administrativas, o aquellos otros que, haciendo referencia a cualquier otra información relativa los clientes, éstos libremente comuniquen a LEGÁLITAS Seguros. Igualmente prestan su consentimiento expreso para la gestión de las infracciones penales o administrativas que decidan encomendar a los Abogados de LEGÁLITAS Seguros así como para la comunicación imprescindible de sus datos a aquellos organismos o partes implicadas en los asuntos encargados y cuya negativa imposibilitaría dicha prestación. En caso de que existan otros asegurados personas físicas distintas del Asegurado, éste se compromete a informarles previamente de los extremos señalados en esta cláusula; la prestación de cualquier cobertura a los asegurados implica el conocimiento y aceptación del contenido de la presente cláusula. El Tomador y/o el Asegurado consienten la cesión de sus datos identificativos relativos al nombre y apellidos, teléfono y dirección a las entidades Legálitas Asistencia Legal S.L.; ACM LEGAL, Asistencia Jurídica Especializada, S.L.P.; SERVIGESTION 2.012 S.L.U. y LEGASEVIN S.L.U., domiciliadas en la Avenida de Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo nº 6, de Pozuelo de Alarcón, 28224 Madrid, con la finalidad de remitirle información comercial sobre prestación de servicios y gestiones adicionales o complementarias a las prestadas y que sean requeridas por el Asegurado. Si no se autoriza el tratamiento o la cesión de sus datos en los términos indicados en los párrafos anteriores, tanto Tomador o Asegurado pueden remitir, en cualquier momento, correo postal o electrónico, manifestando su oposición al uso de los datos personales para comunicaciones comerciales o cesión de datos a las entidades referidas en el apartado anterior, así como para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, a las siguientes direcciones postal y electrónica: Lugar, fecha y firma

LEGALITAS, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A.U., Departamento de Atención al Cliente; Avenida de Leopoldo Calvo Sotelo y Bustelo nº 6; 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid). Correo electrónico: atencionalcliente@legalitas.es. No obstante, de conformidad con el art. 25.4 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y demás normas concordantes, se informa a los Asegurados que los datos personales facilitados podrán ser cedidos a ficheros comunes para la liquidación de siniestros, colaboración estadístico actuarial y elaboración de estudios de técnica aseguradora. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA. Si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar a la Entidad aseguradora en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que se subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. EL TOMADOR del seguro declara haber examinado detenidamente todas y cada una de las cláusulas y estar plenamente conforme con el contenido de las presentes Condiciones Particulares, e igualmente de las Condiciones Generales de la póliza, que reconoce recibir en este acto y en las que aparecen destacadas en negrilla, las exclusiones y cláusulas limitativas de sus derechos, que acepta expresamente. INCLUIDO SERVICIO DE ASISTENCIA 24 HORAS, CON LLAMADA AL TELÉFONO: - Desde el extranjero (+34) 91 7712613 - Desde España 902 900 324 Emitido por duplicado en Pozuelo de Alarcón, a 1 de Enero de 2016 y Reaseguros, S.A., Inscrita en RM Madrid: Folio 30. Tomo 24660. Sección 8. Hoja M-443838. Inscrip. 1ª CIF A-85180289 con núm. de registro DGSyFP C-0771. Domicilio social Avda. Leopoldo Calvo-Sotelo Bustelo, 6, Pozuelo de Alarcón (MADRID). Lugar, fecha y firma