INFORME BEPS BASE EROSION AND PROFIT SHIFTING. Dr. Leonardo Costa Profesor de Fiscalidad Internacional

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Transcripción:

INFORME BEPS BASE EROSION AND PROFIT SHIFTING Dr. Leonardo Costa Profesor de Fiscalidad Internacional

Qué busca BEPS? Informe BEPS Action Plan on Base Erosion and Profit Shifting (OCDE) Reparacion del sistema fiscal Eliminación de la competencia fiscal perjudicial y la posibilidad de elusión de bases imponibles Correcta alocación de rentas y de las actividades que agregan valor Eliminación de la doble no tributación, doble exención o baja tributación Parte de la premisa no crear un nuevo paradigma

Problemas Constatados INFORME BEPS Tributación de la Economía Digital Discordancias normativas en las regulaciones fiscales Utilización de la regulación en ciertos institutos (EP PT Deducibilidad gastos financieros) Efectividad normas anti - abuso Disponibilidad regímenes fiscales nocivos

15 Acciones Relevantes 1. Abordar los retos de la economía digital para la imposición 2. Neutralizar los efectos de los mecanismos híbridos 3. Refuerzo de la normativa sobre CFC 4. Limitar la erosión de la base imponible por vía de deducciones en el interés y otros pagos financieros 5. Combatir las prácticas tributarias perniciosas, teniendo en cuenta la transparencia y la sustancia 6. Impedir la utilización abusiva de convenio 7. Impedir la elusión artificiosa del estatuto de EP 8. Asegurar que los resultados de los precios de transferencia están en línea con la creación de valor Acción 8: Intangibles Acción 9: riesgos y capital Acción 10: otras transacciones de alto riesgo 11. Establecer metodologías para la recopilación y el análisis de datos sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios y sobre las acciones para enfrentarse a ella 12. Exigir a los contribuyentes que revelen sus mecanismos de planificación fiscal agresiva 13. Reexaminar la documentación sobre PT 14. Hacer más efectivos los mecanismos de resolución de Controversias 15. Desarrollar un instrumento multilateral

Proyecto BEPS COHERENCIA Efectos de Mecanismos Híbridos (2) Deducción Intereses (4) Normativa CFC (3) Prácticas Tributarias Perniciosas (5) SUSTANCIA Prevención Abuso de Tratados (6) Evasión vinculada al EP (7) PT en intangibles (8) PT Riesgos y Capital (9) PT Transacciones de alto riesgo (10) ECONOMÍA DIGITAL (1) TRANSPARENCIA Metodología y análisis de datos (11) Reglas de Transparencia (12) Prueba PT (13) Resolución de Controversias (14) CONVENCIÓN MULTILATERAL (15)

Dudas de BEPS Es un punto de inflexion en el paradigma de la Fiscalidad Internacional? Es la refundación de un nuevo sistema de fiscalidad? Implica el nacimiento de un nuevo estandar de fiscalidad, desde la optica de la residencia? O basado e un sistema de reparto de utilidades? Se perjudica al principio de la fuente? Es un cambio indirecto en el Modelo de Convenio de la OCDE y de las normas de Precio de Transferencia? Es la exacerbación o la supresion de las potestades tributarias nacionales? El country by country reporting es lo que dice ser? PRIMERA CONCLUSION: BEPS ES MAS IMPORTANTE POR LO QUE NO DICE QUE POR LO QUE DICE

Acción 2: Neutralizar efectos de los mecanismos híbridos Diseño de normas internas que neutralicen el efecto (por ejemplo, la doble exención, la doble deducción o el diferimiento a largo plazo) de los mecanismos y de las entidades híbridas. Cambios en el Modelo de Convenio Tributario de la OCDE para asegurar que no se utilicen mecanismos y entidades híbridas (así como entidades con doble residencia) para obtener indebidamente ventajas de los tratados; Disposiciones en la legislación nacional que eviten la exención o la falta de reconocimiento de ingresos por pagos deducibles para el pagador; Disposiciones en la legislación nacional que Nieguen la deducción por pagos que no se hayan de incluir en los ingresos del receptor; Nieguen la deducción por un pago que también resulte deducible en otra jurisdicción;

Acción 2: Reflexiones: Porque no trabajar directamente en el modelo de CDI de la OCDE? No se analiza como conectar esta acción con las normas de trasparencia fiscal Necesidad de análisis caso a caso en cada CDI por normas de procedimientos amistosos Las retenciones en la fuente no son una paliativo mejor? No es mejor eliminar las exenciones mediante la prohibicion de deducibilidad del gasto en el país del pagador Principio de congruencia mediante cláusulas antiabuso Prohibicion de deducibilidad del gasto cuando ya se ha aplicado en otro estado (double dip)

Proyecto BEPS COHERENCIA Efectos de Mecanismos Híbridos (2) Deducción Intereses (4) Normativa CFC (3) Prácticas Tributarias Perniciosas (5) SUSTANCIA Prevención Abuso de Tratados (6) Evasión vinculada al EP (7) PT en intangibles (8) PT Riesgos y Capital (9) PT Transacciones de alto riesgo (10) ECONOMÍA DIGITAL (1) TRANSPARENCIA Metodología y análisis de datos (11) Reglas de Transparencia (12) Prueba PT (13) Resolución de Controversias (14) CONVENCIÓN MULTILATERAL (15)

Acción 4: Limitar la erosión de la base imponible por vía de deducciones en el interés y otros pagos financieros Desarrollar recomendaciones sobre las mejores prácticas en el diseño de normas para evitar la erosión de la base imponible a través de la utilización de deducciones por intereses, por ejemplo, mediante el uso de deuda entre entidades vinculadas y con terceros para lograr la deducción excesiva de intereses o para financiar la producción de ingresos exentos o diferidos y otros ingresos financieros que son económicamente equivalentes a los pagos de intereses. El trabajo evaluará la eficacia de los diferentes tipos de limitaciones. En conexión con la labor anterior y en su apoyo, se establecerán también orientaciones sobre precios de transferencia con respecto a la fijación de precios de las transacciones financieras vinculadas, incluyendo las garantías financieras y el rendimiento, los derivados (incluidos los derivados internos utilizados en las relaciones intra bancarias), y seguros cautivos y otras clases de seguro. El trabajo se coordinará con el trabajo sobre híbridos y reglas CFC.

Reflexiones: Acción 4: Vaguedad en las definiciones de excesivo? No sería mejor la asimilacion del impuesto sobre dividencos y sobre interes? No evitaría el arbitraje tributario? La deducción pagos que no se han beneficiado indebidamente y se hacen a precio de mercado porque prohibirlas? No es la eliminación del principio de la realidad? Se logra seguridad jurídica? No logrará un efecto indeseado de guerra? No era la transparencia de informacion el paradigma?

Proyecto BEPS COHERENCIA Efectos de Mecanismos Híbridos (2) Deducción Intereses (4) Normativa CFC (3) Prácticas Tributarias Perniciosas (5) SUSTANCIA Prevención Abuso de Tratados (6) Evasión vinculada al EP (7) PT en intangibles (8) PT Riesgos y Capital (9) PT Transacciones de alto riesgo (10) ECONOMÍA DIGITAL (1) TRANSPARENCIA Metodología y análisis de datos (11) Reglas de Transparencia (12) Prueba PT (13) Resolución de Controversias (14) CONVENCIÓN MULTILATERAL (15)

Acción 5: Combatir las prácticas tributarias perniciosas, teniendo en cuenta la transparencia y la sustancia Poner al día el trabajo sobre prácticas tributarias perniciosas con la mejora de la transparencia como prioridad, incluido el intercambio espontáneo obligatorio en las resoluciones individuales relativas a regímenes preferenciales, y con la existencia de una actividad económica sustancial como requisito básico para aplicar cualquier régimen preferencial. Se adoptará un enfoque holístico para evaluar los regímenes fiscales preferenciales en el contexto de la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios. Se trabajará con los países que no son miembros de la OCDE sobre la base del marco existente y se considerarán modificaciones o adiciones al marco existente.

Acción 5: Reflexiones Como salvaguardar secretos industriales, comerciales, de negocios frente a terceros? No es el artículo 26 de la OCDE una herramienta idónea? Definición de sustancia en intangibles?, Objetivo: nivel de activos, mano de obra? Subjetivo: nivel de actividad, riesgos, activos y funciones? Define sustancia el estado de la Residencia o de la fuente? Definción de un estado sobre sustancia, asegura que otros tengan definiciones iguales? El paradigma no era el intercambio de información?

Proyecto BEPS COHERENCIA Efectos de Mecanismos Híbridos (2) Deducción Intereses (4) Normativa CFC (3) Prácticas Tributarias Perniciosas (5) SUSTANCIA Prevención Abuso de Tratados (6) Evasión vinculada al EP (7) PT en intangibles (8) PT Riesgos y Capital (9) PT Transacciones de alto riesgo (10) ECONOMÍA DIGITAL (1) TRANSPARENCIA Metodología y análisis de datos (11) Reglas de Transparencia (12) Prueba PT (13) Resolución de Controversias (14) CONVENCIÓN MULTILATERAL (15)

Acción 7: Impedir la elusión artificiosa del estatuto de EP Desarrollar modificaciones en la definición de EP para impedir la elusión artificiosa del estatuto de EP en relación a la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, incluso mediante la utilización de mecanismos de comisionista y exenciones de actividad específica. Al trabajar en estas cuestiones, se abordarán también las relacionadas con la atribución de beneficio.

Acción 7: Reflexiones Atacar los acuerdos de agentes independientes para evitar la configuración de un EP Ya las normas de la CDI de la OCDE analiza este punto (artículo 5) o modificarlo? Problema de definición del lugar fijo de negocios para los agentes independientes No abre este accion un debate sobre la atribución de jurisdicción? Otorga seguridad jurídica? No debiera aplicarse directamente una norma antiabuso?

Proyecto BEPS COHERENCIA Efectos de Mecanismos Híbridos (2) Deducción Intereses (4) Normativa CFC (3) Prácticas Tributarias Perniciosas (5) SUSTANCIA Prevención Abuso de Tratados (6) Evasión vinculada al EP (7) PT en intangibles (8) PT Riesgos y Capital (9) PT Transacciones de alto riesgo (10) ECONOMÍA DIGITAL (1) TRANSPARENCIA Metodología y análisis de datos (11) Reglas de Transparencia (12) Prueba PT (13) Resolución de Controversias (14) CONVENCIÓN MULTILATERAL (15)

Acción 8: Asegurar que los resultados de los precios de transferencia están en línea con la creación de valor Acción 8 Intangibles Desarrollar reglas que impidan la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios por medio del movimiento de intangibles entre miembros de un grupo. Esto implicará: (i) la adopción de una definición de intangibles amplia y claramente delineada; (ii) asegurar que los beneficios asociados a la transferencia y al uso de intangibles están debidamente asignados de conformidad con (en lugar de separados de) la creación de valor; (iii) desarrollar normas de precios de transferencia o medidas especiales para las transferencias de intangibles de difícil valoración; y (iv) actualizar la regulación sobre los mecanismos de reparto de costes.

Acción 8: Reflexiones Nueva definición de intangiles? Se irá a una definición económica? Recalificacion de situaciones por dos países es posible? Y el artículo 9 del Modelo? Quien lo defina? El país de la residencia o el de la fuente? Donde se da la creación de valor? No se esta escondiendo aquí un mecanismo de división de ganancias? Dejamos de lado el principio arm s length?

Proyecto BEPS COHERENCIA Efectos de Mecanismos Híbridos (2) Deducción Intereses (4) Normativa CFC (3) Prácticas Tributarias Perniciosas (5) SUSTANCIA Prevención Abuso de Tratados (6) Evasión vinculada al EP (7) PT en intangibles (8) PT Riesgos y Capital (9) PT Transacciones de alto riesgo (10) ECONOMÍA DIGITAL (1) TRANSPARENCIA Metodología y análisis de datos (11) Reglas de Transparencia (12) Prueba PT (13) Resolución de Controversias (14) CONVENCIÓN MULTILATERAL (15)

Acción 9: Asegurar que los resultados de los precios de transferencia están en línea con la creación de valor Acción 9 Riesgos y capital Desarrollar reglas que impidan la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios por medio de la transferencia de riesgos entre, o la asignación excesiva de capital a, miembros del grupo. Ello implicará la adopción de normas sobre precios de transferencia o de medidas especiales que aseguren que una entidad no acumulará resultados inadecuados únicamente por haber asumido contractualmente riesgos o haber aportado capital. Las normas a desarrollar requerirán también la alineación de resultados con la creación de valor. Esta labor se coordinará con el trabajo sobre deducciones de gastos de interés y otros pagos financieros.

Acción 9: Reflexiones Que es excesiva asignacion de capital? Que importa? El personal? El capital? Los riesgos? Que es un resultado inadecuado? Para dos jurisdicciones que disputan por la renta de la operación? Donde se da la creación de valor? No se esta escondiendo aquí un mecanismo de división de ganancias? Dejamos de lado el principio arm s length?

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NO SE DEBE EMPEZAR POR ESTA ACCION? Acción 11: Establecer metodologías para la recopilación y el análisis de datos sobre la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios y sobre las acciones para enfrentarse a ella Desarrollar recomendaciones relativas a indicadores de la magnitud e impacto económico de la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios y garantizar que se dispone de herramientas para supervisar y evaluar la eficacia y el impacto económico de las medidas adoptadas para enfrentarse a BEPS de forma permanente. Ello implicará el desarrollo de análisis económicos de la magnitud e impacto de la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (incluidos los efectos inducidos entre países) y las medidas para hacerle frente. El trabajo implicará también la evaluación de una serie de fuentes de datos existentes, la identificación de los nuevos tipos de datos que se deban recopilar y el desarrollo de metodologías basadas tanto en datos agregados (por ejemplo, IED y balanza de pagos) como en datos a nivel micro (por ejemplo, de los estados financieros y de las declaraciones fiscales), teniendo en cuenta la necesidad de respetar la confidencialidad del contribuyente y los costes administrativos para las administraciones tributarias y para las empresas.

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Acción 12: Exigir a los contribuyentes que revelen sus mecanismos de planificación fiscal agresiva Desarrollar recomendaciones relativas al diseño de normas de declaración obligatoria para transacciones o estructuras agresivas o abusivas, teniendo en cuenta los costes administrativos para las administraciones tributarias y las empresas y aprovechando las experiencias del creciente número de países que cuentan con tales normas. El trabajo utilizará un diseño modular que permita la máxima coherencia, pero teniendo en cuenta las necesidades y los riesgos específicos de cada país. Uno de los centros de atención serán los regímenes fiscales internacionales, en los cuales el trabajo explorará el uso de una definición extensa de beneficio fiscal a fin de captar este tipo de transacciones. El trabajo se coordinará con el trabajo sobre cumplimiento cooperativo. También implicará diseñar y poner en marcha modelos mejorados de intercambio de información para las estructuras de planificación fiscal internacional entre administraciones tributarias.

Veamos ejemplos Acción 12: Reflexiones Que es agresiva? Es incorrecto utilizar los vacios de las legislaciones? No se olvida el principio de legalidad? Es un principio de moral tributaria lo que se busca? Es obligatorio el cumplimiento cooperativo Quienes deben proporcionar información? Que pasa con las restricciones existentes en las diferentes jurisdicciones?

Proyecto BEPS COHERENCIA Efectos de Mecanismos Híbridos (2) Deducción Intereses (4) Normativa CFC (3) Prácticas Tributarias Perniciosas (5) SUSTANCIA Prevención Abuso de Tratados (6) Evasión vinculada al EP (7) PT en intangibles (8) PT Riesgos y Capital (9) PT Transacciones de alto riesgo (10) ECONOMÍA DIGITAL (1) TRANSPARENCIA Metodología y análisis de datos (11) Reglas de Transparencia (12) Prueba PT (13) Resolución de Controversias (14) CONVENCIÓN MULTILATERAL (15)

Acción 13: Reexaminar la documentación sobre precios de transferencia Desarrollar normas relativas a la documentación sobre precios de transferencia para aumentar la transparencia hacia la administración tributaria, teniendo en cuenta los costes de cumplimiento para las empresas. Las normas a desarrollar incluirán el requisito de que las empresas multinacionales suministren a todos los gobiernos pertinentes la información necesaria sobre la asignación mundial de sus ingresos, la actividad económica y los impuestos pagados entre los países, aplicando un modelo común.

Veamos ejemplos Acción 13: Reflexiones Información sensible Lugar geográfico de ubicación de personal, activos, ingresos, gastos de maketing, de administacion, de procesos industriales, de servicios compartidos, etc Quien aporta la informacion? La parent company? O cada una de las empresas en cada país? Obligaciones en cada país? Regimenes sancionatorios diferentes? Es un country by country reporting, no leva a un profit split? Esto no es una agresión a la fuente?

Proyecto BEPS Algunos Cuestionamientos Hacia un Nuevo Paradigma en la Fiscalidad Internacional?

Proyecto BEPS Algunos Cuestionamientos Porque no trabajar sobre los instrumentos existentes? Han fracaso realmente? 3000 convenios firmados? No era ese el estandar? No estamos en la antesala de una nueva fiscalidad internacional, que desconoce lo hecho? No es esta la antesala para los uniteralismos? O para la primacia absoluta de la residencia? Conceptos vagos? Sin precisión ni seguridad jurídica Reporte país por país no es un cambio en las reglas de TP o su antesala? No estamos ante las flagrantes violaciones del principio de legalidad a favor de una nueva moralidad fiscal? Los problemas son los contribuyentes o las EMN? No son lo Estados los que crean las normas? Es un country by country reporting, no leva a un profit split? Esto no es una agresión a la fuente?

Muchas Gracias!! Dr. Leonardo Costa