AVISO A SOCIOS LIQUIDADORES, OPERADORES Y PÚBLICO EN GENERAL

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Transcripción:

México, D.F., a 23 de septiembre de 2015. AVISO A SOCIOS LIQUIDADORES, OPERADORES Y PÚBLICO EN GENERAL Listado de los Términos Específicos de los Contratos de Futuro sobre Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisiones M 421113 y M 181213 (Liquidación en Especie) Con fundamento en los artículos 4011.00 y 4020.00 del Reglamento Interior de MexDer, Mercado Mexicano de Derivados, S.A. de C.V., ( MexDer ), se dan a conocer los Términos Específicos de los Contratos de Futuro sobre Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisiones M 421113 y M 181213 (Liquidación en Especie), en términos de los documentos que se adjuntan al presente Aviso identificados como Anexos 1 y 2, mismos que se adhieren a las Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Futuro sobre Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija con Emisión Específica (Liquidación en Especie), previamente autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, se informa que dichos Términos Específicos entrarán en vigor el día 1 de octubre de 2015. Derivado de lo anterior, se informa que a partir de la fecha antes mencionada, MexDer listará y mantendrá disponibles para su negociación en el Sistema Electrónico de Negociación distintas Series de los Contratos de Futuro a que se refiere este aviso. Atentamente, (Rúbrica) Lic. José-Oriol Bosch Par Director General

ANEXO 1 Términos Específicos del Contrato de Futuro sobre Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisión M 421113. (Liquidación en Especie) De acuerdo a las Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Futuro sobre Bonos del Gobierno Federal a Tasa Fija con Emisión Específica, MexDer da a conocer las características de los Contratos de Futuro sobre el Bono de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisión M 421113. 1. Activo Subyacente. El Activo Subyacente son los Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal con Tasa de Interés Fija, emitidos por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y colocados por el Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, a un valor nominal de 100 (cien pesos) con clave de emisión M 421113 (en adelante Bono M 421113 ). 2. Símbolo o clave de pizarra. Las distintas Series del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113 serán identificadas con un símbolo o clave de pizarra que se integrará por la expresión NV42 a la que se agregarán la primera letra más la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos del año de vencimiento conforme al ejemplo siguiente: Símbolo o clave de pizarra del Contrato de Futuro Clave del Activo Subyacente Mes de Vencimiento Año de Vencimiento NV42 DC15 NV42 MR16 NV42 JN16 NV42 SP16 M 421113 M 421113 M 421113 M 421113 DC = Diciembre MR = Marzo JN = Junio SP= Septiembre 15 = 2015 16 = 2016 16 = 2016 16 = 2016 2

3. Puja. La presentación de posturas para la celebración de Contratos de Futuro sobre el M 421113 tendrá como fluctuación mínima de (+ -) 0.05 pesos sobre el Precio Futuro del Bono Específico (precio sucio). 4. Último día de negociación y Fecha de Vencimiento. a) El último día de negociación de cada Serie del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113 será, el tercer día hábil previo a la Fecha de Vencimiento de la Serie. b) La Fecha de Vencimiento será el último día hábil del mes de vencimiento de la Serie. 5. Liquidación Diaria. Los Clientes realizarán la Liquidación Diaria de sus obligaciones derivadas de las operaciones celebradas en MexDer, conforme lo hayan establecido en el Contrato de Intermediación. 6. Liquidación en Especie en la Fecha de Liquidación. El Cliente efectuará la Liquidación sujeto a los procedimientos y términos en que se efectúa la Liquidación Diaria en la Fecha de Liquidación considerando los siguientes puntos: a) El Cliente con Posición Corta deberá notificar a su Socio Liquidador, entre las 15:45 y 16:00 horas tiempo de la Ciudad de México, D.F., con tres días hábiles de anticipación a la Fecha de Liquidación, su intención de entregar los títulos durante el Periodo de Entrega. b) El Socio Liquidador deberá notificar al Cliente con Posición Larga con tres días hábiles de anticipación a la Fecha de Liquidación, entre las 18:00 horas y a más tardar a las 7:00 horas previo al inicio de la sesión de negociación del día hábil siguiente de la asignación, la obligación de pagar el Saldo de Liquidación ( Aviso de Asignación ), teniendo derecho a recibir los títulos del Bono M 421113. Para efectos de los presentes Términos Específicos se entenderá por Saldo de Liquidación, al Saldo de Liquidación al Vencimiento definido en el Reglamento. c) En la Fecha de Liquidación, el Cliente con Posición Corta deberá entregar a más tardar a las 13:00 horas tiempo de la Ciudad de México, D.F., contra el pago del Saldo de Liquidación, el número de títulos del Bono M 421113 que corresponda al número de Contratos ofrecidos, a la cuenta de valores indicada por su Socio Liquidador. 3

d) En la Fecha de Liquidación, el Comprador deberá entregar a más tardar a las 13:00 horas tiempo de la Ciudad de México, D.F. el Saldo de Liquidación, a la cuenta concentradora de efectivo indicada por el Socio Liquidador de Posición Larga. e) En la Fecha de Liquidación, el Socio Liquidador del Cliente con Posición Corta deberá entregar al Vendedor a más tardar a las 14:30 horas, tiempo de la Ciudad de México, D.F. el Saldo de Liquidación. f) En la Fecha de Liquidación, el Socio Liquidador deberá entregar al Comprador con Posición Larga, a más tardar a las 14:30 horas, tiempo de la Ciudad de México, D.F., los títulos del Bono M 421113 correspondientes al número de Contratos asignados. La Cámara de Compensación realizará la transferencia de efectivo y la entrega de los títulos del Bono M 421113 correspondientes a la Liquidación a que se refiere este numeral, exclusivamente frente a los Socios Liquidadores con Posiciones Cortas o Largas, respectivamente, mismos que serán responsables de cumplir con la Liquidación frente a sus Clientes, Compradores o Vendedores. En caso que el Socio Liquidador de Posición Corta o Larga incumpla con efectuar las notificaciones a que se refiere este inciso al Comprador o Vendedor, el mismo será responsable ante la Cámara de Compensación por la entrega del Saldo de Liquidación o títulos del Bono M 421113 correspondientes al número de Contratos asignados. 7. Cálculo del Precio de Liquidación Diaria. Finalizada una sesión de negociación, MexDer calculará el precio de Liquidación Diaria para cada Serie, de acuerdo con el orden de prelación y la metodología que se establecen a continuación: a) El Cálculo del Precio de Liquidación Diaria en primera instancia será, el precio que resulte del promedio ponderado de los precios pactados en las operaciones de cada Serie celebradas entre las 13:00 horas y hasta un horario que será determinado de forma aleatoria y podrá estar entre las 13:45 y las 14:00 horas (en adelante Periodo Aleatorio ), conforme a la fórmula siguiente: PL t n i1 PiVi Donde: i1 t n Vi PL = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113 en el día t, redondeado a la puja más cercana. n = número de hechos ocurridos en el Periodo Aleatorio. Pi = Precio negociado en el i-ésimo hecho. Vi = Volumen negociado en el i-ésimo hecho. 4

Si al término del periodo de Cálculo de Precio de Liquidación Diaria queda vigente alguna postura de compra con mayor o igual volumen que la suma del volumen de las operaciones pactadas durante éste y el precio de dicha postura es mayor que el promedio ponderado de los precios pactados, entonces, el Precio de Liquidación Diaria será el promedio ponderado resultante entre los precios pactados desde el inicio del Cálculo del Precio de Liquidación Diaria hasta la hora en que termine el Periodo Aleatorio, y la postura de compra. Si al término del periodo de Cálculo de Precios de Liquidación Diaria queda vigente alguna postura de venta con mayor o igual volumen que la suma del volumen de las operaciones pactadas durante éste y el precio de dicha postura es menor que el promedio ponderado de los precios pactados, entonces, el Precio de Liquidación Diaria será el promedio ponderado resultante entre los precios pactados desde el inicio del Cálculo del Precio de Liquidación Diaria hasta la hora en que termine el Periodo Aleatorio, y la postura de venta. b) En caso de que no se hayan concertado operaciones durante el periodo que se establece en el inciso a) anterior, el Precio de Liquidación Diaria para cada Serie será el precio promedio ponderado por volumen de las Posturas y/o Cotizaciones en firme vigentes al final del Periodo Aleatorio; conforme a la fórmula siguiente: Donde: PL t PcVv PvVc Vc Vv PL t = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113 en el día t, redondeado a la puja más cercana. P C = Precio de la(s) mayor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de compra vigente(s) P V = Precio de la(s) menor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de venta vigente(s) V C = Volumen de la(s) mayor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de compra vigente(s) V V = Volumen de la(s) menor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de venta vigente(s) c) Si durante la sesión de negociación no se hubiese celebrado operación alguna para una Fecha de Vencimiento de un Contrato de Futuro y si existiera interés abierto para dicha Serie en particular, el Precio de Liquidación Diaria será el que resulte de la subasta convocada por MexDer en términos de su Reglamento. 5

Si en la subasta señalada en el párrafo anterior, no se generan Hechos derivados de las posturas ingresadas al Sistema electrónico de negociación, el Precio de Liquidación Diaria será el precio promedio ponderado por volumen de las Posturas y/o Cotizaciones en firme vigentes al final de la sesión de negociación; conforme a la fórmula expuesta en el inciso b) anterior. d) En caso de que no se hayan recibido posturas de compra y venta en firme para la realización de la subasta, señalada en el inciso c) anterior, el Precio de Liquidación Diaria será el que resulte conforme a la fórmula siguiente: Donde: PL t = (PS VPC) (1 + (t DxV 360 ) PL t = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113 en el día t, redondeado a la puja más cercana. PS t = Precio sucio del bono en el día t. VPC = Valor presente de los cupones cortados entre el día t y la fecha de vencimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113. t = Tasa de fondeo. DxV = Número de días por vencer del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113. Los insumos utilizados por MexDer para el cálculo de los precios teóricos, serán aquellas curvas de reporto gubernamental (G2), la curva de reporto gubernamental con impuesto (G2i), así como la curva de Bonos M y la curva de Bonos Mi que sean proporcionadas por la empresa de valuación que contrate MexDer. No obstante lo previsto en los incisos anteriores, en caso de que algún participante del mercado presente a la Bolsa, en tiempo y forma la impugnación sobre el Precio de Liquidación Diaria de alguna Serie, MexDer revisará el proceso de cálculo de éste y en caso de que no refleje adecuadamente los niveles que prevalecían durante el Periodo Aleatorio, la Bolsa dará respuesta siguiendo los procedimientos establecidos en su reglamento. 8. Precio de Liquidación al Vencimiento. El Precio de Liquidación al Vencimiento para el Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113, será calculado en el orden y con la metodología siguiente: El Precio de Liquidación al Vencimiento será igual al Precio que resulte de llevar a cabo el procedimiento descrito en el numeral anterior a través del cual la Bolsa determina el Precio de Liquidación Diaria. 6

9. BONO ENTREGABLE M 421113. Para efectos del cumplimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono M 421113, el Vendedor o Socio Liquidador con Posición Corta podrá liberarse de sus obligaciones mediante la entrega del Bono M 421113. * * * * * 7

ANEXO 2 Términos Específicos del Contrato de Futuro sobre Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisión M 181213. (Liquidación en Especie) De acuerdo a las Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Futuro sobre Bonos del Gobierno Federal a Tasa Fija con Emisión Específica, MexDer da a conocer las características de los Contratos de Futuro sobre el Bono de Desarrollo del Gobierno Federal a Tasa Fija Emisión M 181213. 1. Activo Subyacente. El Activo Subyacente son los Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal con Tasa de Interés Fija, emitidos por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y colocados por el Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, a un valor nominal de 100 (cien pesos) con clave de emisión M 181213 (en adelante Bono M 181213 ). 2. Símbolo o clave de pizarra. Las distintas Series del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213 serán identificadas con un símbolo o clave de pizarra que se integrará por la expresión DC18 a la que se agregarán la primera letra más la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos del año de vencimiento conforme al ejemplo siguiente: Símbolo o clave de pizarra del Contrato de Futuro DC18 DC15 DC18 MR16 DC18 JN16 DC18 SP17 Clave del Activo Subyacente M 181213 M 181213 M 181213 M 181213 Mes de Vencimiento DC = Diciembre MR = Marzo JN = Junio SP = Septiembre Año de Vencimiento 15 = 2015 16 = 2016 16 = 2016 17 = 2017 8

3. Puja. La presentación de posturas para la celebración de Contratos de Futuro sobre el M 181213 tendrá como fluctuación mínima de (+ -) 0.025 pesos sobre el Precio Futuro del Bono Específico (precio sucio). 4. Último día de negociación y Fecha de Vencimiento. a) El último día de negociación de cada Serie del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213 será el tercer día hábil previo a la Fecha de Vencimiento de la Serie. b) La Fecha de Vencimiento será el último día hábil del mes de vencimiento de la Serie. 5. Liquidación Diaria. Los Clientes realizarán la Liquidación Diaria de sus obligaciones derivadas de las operaciones celebradas en MexDer conforme lo hayan establecido en el Contrato de Intermediación. 6. Liquidación en Especie en la Fecha de Liquidación. El Cliente efectuará la Liquidación sujeto a los procedimientos y términos en que se efectúa la Liquidación Diaria en la Fecha de Liquidación considerando los siguientes puntos: a) El Cliente con Posición Corta deberá notificar a su Socio Liquidador, entre las 15:45 y 16:00 horas tiempo de la Ciudad de México, D.F., con tres días hábiles de anticipación a la Fecha de Liquidación su intención de entregar los títulos durante el Periodo de Entrega. b) El Socio Liquidador deberá notificar al Cliente con Posición Larga con tres días hábiles de anticipación a la Fecha de Liquidación, entre las 18:00 horas y a más tardar a las 7:00 horas previo al inicio de la sesión de negociación del día hábil siguiente de la asignación, la obligación de pagar el Saldo de Liquidación ( Aviso de Asignación ), teniendo derecho a recibir los títulos del Bono M 181213. Para efectos de los presentes Términos Específicos se entenderá por Saldo de Liquidación, al Saldo de Liquidación al Vencimiento definido en el Reglamento. c) En la Fecha de Liquidación, el Cliente con Posición Corta deberá entregar a más tardar a las 13:00 horas tiempo de la Ciudad de México, D.F., contra el pago del Saldo de Liquidación, el número de títulos del Bono M 181213 que corresponda al número de Contratos ofrecidos, a la cuenta de valores indicada por su Socio Liquidador. 9

d) En la Fecha de Liquidación, el Comprador deberá entregar a más tardar a las 13:00 horas tiempo de la Ciudad de México, D.F. el Saldo de Liquidación, a la cuenta concentradora de efectivo indicada por el Socio Liquidador de Posición Larga. e) En la Fecha de Liquidación, el Socio Liquidador del Cliente con Posición Corta deberá entregar al Vendedor a más tardar a las 14:30 horas, tiempo de la Ciudad de México, D.F. el Saldo de Liquidación. f) En la Fecha de Liquidación, el Socio Liquidador deberá entregar al Comprador con Posición Larga, a más tardar a las 14:30 horas, tiempo de la Ciudad de México, D.F., los títulos del Bono M 181213 correspondientes al número de Contratos asignados. La Cámara de Compensación realizará la transferencia de efectivo y la entrega de los títulos del Bono M 181213 correspondientes a la Liquidación a que se refiere este numeral, exclusivamente frente a los Socios Liquidadores con Posiciones Cortas o Largas, respectivamente, mismos que serán responsables de cumplir con la Liquidación frente a sus Clientes, Compradores o Vendedores. En caso que el Socio Liquidador de Posición Corta o Larga incumpla con efectuar las notificaciones a que se refiere este inciso al Comprador o Vendedor, el mismo será responsable ante la Cámara de Compensación por la entrega del Saldo de Liquidación o títulos del Bono M 181213 correspondientes al número de Contratos asignados. 7. Cálculo del Precio de Liquidación Diaria. Finalizada una sesión de negociación, MexDer calculará el precio de Liquidación Diaria para cada Serie, de acuerdo con el orden de prelación y la metodología que se establecen a continuación: e) El Cálculo del Precio de Liquidación Diaria en primera instancia será, el precio que resulte del promedio ponderado de los precios pactados en las operaciones de cada Serie celebradas entre las 13:00 horas y hasta un horario que será determinado de forma aleatoria y podrá estar entre las 13:45 y las 14:00 horas (en adelante Periodo Aleatorio ), conforme a la fórmula siguiente: PL t n i1 PiVi Donde: i1 t n Vi PL = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213 en el día t, redondeado a la puja más cercana. n = número de hechos ocurridos en el Periodo Aleatorio. Pi = Precio negociado en el i-ésimo hecho. Vi = Volumen negociado en el i-ésimo hecho. 10

Si al término del periodo de Cálculo de Precio de Liquidación Diaria queda vigente alguna postura de compra con mayor o igual volumen que la suma del volumen de las operaciones pactadas durante éste y el precio de dicha postura es mayor que el promedio ponderado de los precios pactados, entonces, el Precio de Liquidación Diaria será el promedio ponderado resultante entre los precios pactados desde el inicio del Cálculo del Precio de Liquidación Diaria hasta la hora en que termine el Periodo Aleatorio, y la postura de compra. Si al término del periodo de Cálculo de Precios de Liquidación Diaria queda vigente alguna postura de venta con mayor o igual volumen que la suma del volumen de las operaciones pactadas durante éste y el precio de dicha postura es menor que el promedio ponderado de los precios pactados, entonces, el Precio de Liquidación Diaria será el promedio ponderado resultante entre los precios pactados desde el inicio del Cálculo del Precio de Liquidación Diaria hasta la hora en que termine el Periodo Aleatorio, y la postura de venta. f) En caso de que no se hayan concertado operaciones durante el periodo que se establece en el inciso a) anterior, el Precio de Liquidación Diaria para cada Serie será el precio promedio ponderado por volumen de las Posturas y/o Cotizaciones en firme vigentes al final del Periodo Aleatorio; conforme a la fórmula siguiente: Donde: PL t PcVv PvVc Vc Vv PL t = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213 en el día t, redondeado a la puja más cercana. P C = Precio de la(s) mayor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de compra vigente(s) P V = Precio de la(s) menor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de venta vigente(s) V C = Volumen de la(s) mayor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de compra vigente(s) V V = Volumen de la(s) menor(es) postura(s) y/o cotización(es) en firme de venta vigente(s) g) Si durante la sesión de negociación no se hubiese celebrado operación alguna para una Fecha de Vencimiento de un Contrato de Futuro y si existiera interés abierto para dicha Serie en particular, el Precio de Liquidación Diaria será el que resulte de la subasta convocada por MexDer en términos de su Reglamento. 11

Si en la subasta señalada en el párrafo anterior, no se generan Hechos derivados de las posturas ingresadas al Sistema electrónico de negociación el Precio de Liquidación Diaria será el precio promedio ponderado por volumen de las Posturas y/o Cotizaciones en firme vigentes al final de la sesión de negociación; conforme a la fórmula expuesta en el inciso b) anterior. h) En caso de que no se hayan recibido posturas de compra y venta en firme para la realización de la subasta, señalada en el inciso c) anterior, el Precio de Liquidación Diaria será el que resulte conforme a la fórmula siguiente: Donde: PL t = (PS VPC) (1 + (t DxV 360 ) PL t = Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213 en el día t, redondeado a la puja más cercana. PS t = Precio sucio del bono en el día t. VPC = Valor presente de los cupones cortados entre el día t y la fecha de vencimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213. t = Tasa de fondeo. DxV = Número de días por vencer del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213. Los insumos utilizados por MexDer para el cálculo de los precios teóricos, serán aquellas curvas de reporto gubernamental (G2), la curva de reporto gubernamental con impuesto (G2i), así como la curva de Bonos M y la curva de Bonos Mi que sean proporcionadas por la empresa de valuación que contrate MexDer. No obstante lo previsto en los incisos anteriores, en caso de que algún participante del mercado presente a la Bolsa, en tiempo y forma la impugnación sobre el Precio de Liquidación Diaria de alguna Serie, MexDer revisará el proceso de cálculo de éste y en caso de que no refleje adecuadamente los niveles que prevalecían durante el Periodo Aleatorio, la Bolsa dará respuesta siguiendo los procedimientos establecidos en su reglamento. 8. Precio de Liquidación al Vencimiento. El Precio de Liquidación al Vencimiento para el Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213, será calculado en el orden y con la metodología siguiente: El Precio de Liquidación al Vencimiento será igual al Precio que resulte de llevar a cabo el procedimiento descrito en el numeral anterior a través del cual la Bolsa determina el Precio de Liquidación Diaria. 12

9. BONO ENTREGABLE M 181213. Para efectos del cumplimiento del Contrato de Futuro sobre el Bono M 181213, el Vendedor o Socio Liquidador con Posición Corta podrá liberarse de sus obligaciones mediante la entrega del Bono M 181213. * * * * * 13