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Transcripción:

BASES DE SELECCIÓN DE PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE, DE APOYO Y ALUMNOS-TRABAJADORES PARA EL TALLER DE EMPLEO (T.E.) "EL OPE II" (EXPTE. 30/0008/2007), DEL AYUNTAMIENTO DE ARCHENA PRIMERA: GRUPO DE TRABAJO En aplicación de lo establecido en la Orden de 10 de marzo de 2006 de la Consejería de Trabajo y Política Social, por la que se aprueban los programas de Talleres de Empleo para el año 2006 y resolución de fecha 17-09-2007 del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, se constituye un grupo de trabajo mixto (en adelante G.T.), entre la entidad promotora (en adelante E.P.) y la Dirección General del Servicio Regional de Empleo y Formación (en adelante SEF), siendo presidente la persona que ésta designe que efectuará todo el proceso de selección y cuya composición será: Presidente:.Enrique Sancho Nieto. Técnico ET/CO/TE del SEF Vocal 1: D. Antonio Crevillén Campoy. Director O.E. SEF Archena Vocal 2: D. Andrés Pérez Abad. Vocal 3: D. Francisco J. Vidal Luna. Secretario: D. Anastasio Pérez Jiménez. El grupo de trabajo podrá contar con el asesoramiento de los especialistas y asesores que considere necesarios en cualquier momento del proceso de selección. SEGUNDA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria de empleo es la contratación en régimen de personal laboral eventual, para el T.E. "El Ope II" de los siguientes puestos de trabajo: - Director Monitor de Prevención de Riesgos Laborales - Monitor de Formación Complementaria. Administrativo. - Monitor de albañilería. - Monitor de infraestructura de jardines. Siendo éste un programa de formación y empleo promovido por el Excmo. Ayuntamiento de Archena y cofinanciado por el Fondo Social Europeo y la Dirección General del SEF.

TERCERA. CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN. Se formalizará con las personas seleccionadas un contrato de obra o servicio determinado, por la duración del proyecto, a que se refiere el articulo 15, apartado 1 del Estatuto de los Trabajadores, según las modificaciones introducida por la Ley 12/2001 de 9 de julio. CUARTA. REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA 1º. Tener cumplidos 18 años de edad en el momento en que finalice el período de presentación de instancias. 2º. Estar en posesión de los requisitos del perfil laboral que se exigen para el puesto de trabajo al que se opta. antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de solicitudes. 3º. No padecer enfermedad o minusvalía que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto. 4º. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. QUINTA. PERFILES LABORALES DE ADMISION DE LOS PUESTOS DE TRABAJO A SELECCIONAR. DIRECTOR/ MONITOR DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. Titulación universitaria en Ingeniería Técnica Agrícola. Técnico Medio en prevención de riesgos laborales. Experiencia mínima de 18 meses como director ó gerente de empresa, dirección de recursos humanos o formador ocupacional. MONITOR DE GESTIÓN EMPRESARIAL, INFORMÁTICA /ADMINISTRATIVO Titulado medio o superior en Ciencias Económicas o del Tabajo. Experiencia laboral como administrativo o monitor de formación ocupacional de al menos 18 meses en programas y/o proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo. Formación en informática. MONITORES DE OFICIOS Certificado de escolaridad. Experiencia relacionada con el oficio de al menos 3 años en la categoría de oficial 1ª y/o 2ª, o superior relacionado.

SEXTA. PROCESO DE SELECCION La selección se efectuará mediante convocatoria pública, publicando un extracto de las presentes bases en un diario de difusión en la Región de Murcia, así como en el tablones de anuncios y la página web del Ayuntamiento de Archena. Sin menoscabo de su difusión a través de otros medios de comunicación si se considerase necesario. Las instancias de solicitud para tomar parte en las pruebas de selección se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Archena, presentándose en el Registro de Entrada del mismo en el plazo de 10 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de estas bases en la prensa. En las instancias de solicitud además de indicar el puesto de trabajo al que se opta, se incluirá el currículum-vitae completo y una fotocopia compulsada del DNI - NIE. La acreditación de la experiencia laboral deberá hacerse mediante Vida Laboral expedida por la Tesorería de la Seguridad Social y certificados de empresa y/o contratos de trabajo y/o nóminas que demuestren fehacientemente la duración y categoría de la relación y experiencia laboral. En el caso de contratos a tiempo parcial los días a computar serán los que figuren en el certificado de vida laboral. Los trabajadores por cuenta propia, autónomos, acreditarán su experiencia laboral mediante certificación de alta en el I. A. E. y de estar o haber estado al corriente en el pago a la Seguridad Social. En el caso de estar exentos de esto último, presentarán documento acreditativo. Los candidatos inscritos en la oficina de empleo como desempleados, deberán presentar un certificado de inscripción acreditativo solicitado en su Oficina de Empleo correspondiente. De todos los documentos, se presentarán fotocopias compulsadas u originales. SEPTIMA. ADMISIÓN DE CANDIDATOS Terminado el plazo de presentación de instancias, el grupo de trabajo expondrá una lista provisional de admitidos y excluidos en los tablones de anuncios, que incluirá el lugar, fecha y hora para la realización de las pruebas de selección, dando un plazo de 3 días, para subsanar, si es posible, los motivos de exclusión, tras lo cual publicará la lista definitiva. No será tenido en cuenta ningún documento presentado una vez finalizado el plazo de presentación de instancias o el plazo de subsanación en su caso.

OCTAVA. PROCESO DE SELECCIÓN. El proceso de selección constará de 2 fases, 1ª Fase.: VALORACION DE MERITOS LABORALES Y DE FORMACION 1.1 Experiencia laboral: 1.1.1. Por experiencia laboral en el ejercicio profesional del puesto de trabajo de la especialidad a la que se presenta, en cualquier Administración Pública o empresa privada, a razón de 0,5 puntos por mes ó fracción trabajado, hasta un máximo de 15 puntos. Quedan excluidos de baremación en este apartado los periodos en el programa de Escuelas Taller/Casas de Oficios/Talleres de Empleo. 1.1.2. Por experiencia laboral en puesto de trabajo igual o similar en anterior programa de Escuelas Taller/Casas de Oficios/Talleres de Empleo, a razón de 1 punto por mes o fracción trabajado, hasta un máximo de 20 puntos. 1.2.Formación: Por la asistencia a cursos de formación o especialización relacionados con el puesto de trabajo al que se opta impartidos por organismos públicos o privados homologados o autorizados legalmente según el siguiente baremo: - Cursos de 20 a 49 horas: 3 puntos - Cursos de 50 a 99 horas: 4 puntos - Cursos de 100 a 199 horas: 5 puntos - Cursos de 200 a 299 horas: 6 puntos - Cursos de 300 a 399 horas: 7 puntos - Cursos de 400 a 499 horas: 8 puntos - Cursos de más de 500 horas: 9 puntos Por curso de metodología didáctica, con una duración igual o superior a 200 horas, o estudios universitarios relacionados o C.A.P.: 10 puntos. Este apartado se valorará hasta un máximo de 25 puntos 1.3. Por estar en situación legal de desempleo: 0.5 puntos/ mes hasta un máximo de 5 puntos. Será necesario aportar certificado de inscripción expedido por la Oficina de Empleo. Tras la valoración de esta 1ª fase, se sumarán las puntuaciones obtenidas, pasando a la 2ª fase los candidatos que hayan obtenido las cinco mejores puntuaciones, en cada puesto.

2ª Fase.: ENTREVISTA Se realizará una entrevista personal semiestructurada en la que se podrán valorar la trayectoria profesional, los conocimientos del puesto de trabajo, las actitudes y aptitudes para el puesto al que se opta. Se podrá realizar a criterio del G.T. que los monitores ejecuten una simulación docente o la realización de un supuesto práctico en el caso del Director, en cuyo caso, el día de la entrevista se indicará su necesidad, y el momento de su realización. Esta fase, se valorará hasta un máximo de 35 puntos. NOVENA. CALIFICACION DEFINITIVA. La puntuación final será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en las 2 fases anteriores, siendo seleccionado el candidato/a que alcance mayor puntuación total. No obstante, con las personas que no hayan sido finalmente seleccionadas, se elaborará una lista de espera por orden de puntuación obtenida, con la finalidad de cubrir las posibles vacantes que se produjeran en el proyecto durante el desarrollo del mismo. El secretario del grupo de trabajo levantará acta del proceso por duplicado, enviando un ejemplar al Ayuntamiento de Archena para su cumplimiento y un ejemplar al SEF para su constancia. DECIMA. INCIDENCIAS. El grupo de trabajo queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en las presentes bases, de conformidad con la normativa vigente. UNDECIMA. DISPOSICION FINAL La contratación del personal seleccionado, por tiempo determinado, se realizará de conformidad con la ley 63/97 y demás disposiciones que desarrollan el Estatuto de los Trabajadores, quedando supeditada la formalización de los mismos a la recepción económica de la Resolución de Concesión de Subvención del Director General del SEF, en la E.P. En Murcia a 19 de octubre de 2007 El Presidente Vocal 1 Vocal 2 Vocal 3 Secretario