Licda. Alejandrina Germán Ministra de la Mujer de la República Dominicana 1

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POLÍTICA INSTITUCIONAL DE GÉNERO

Transcripción:

Licda. Alejandrina Germán Ministra de la Mujer de la República Dominicana 1 Avanzamos en la comprensión de que los cambios culturales requieren de políticas públicas transformadoras, sostenidas e integrales, que aceleren los procesos y conviertan la igualdad en hechos reales y concretos que permitan a las mujeres el disfrute pleno de su autonomía. 2 1

Estamos compelidos a promover la construcción de una nueva cultura que, desde la práctica, construya un nuevo sistema de valores que transforme las manifestaciones culturales, actitudes, comportamientos y costumbres que discriminan a las mujeres. 3 Es necesario que nos planteemos fortalecer el marco legislativo de género como estrategia para continuar avanzando hacia la igualdad plena entre mujeres y hombres. 4 2

En la República Dominicana, hemos avanzado en el fortalecimiento de la legislación a favor de la igualdad de género: La Constitución: Condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes; Promueve las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva; Establece que se adoptarán medidas para prevenir y combatir la discriminación, la marginalidad, la vulnerabilidad y la exclusión, y prohíbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y hombres. 5 La Ley 1 12 que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo al año 2030: Consigna que todos los planes, programas, proyectos y políticas públicas db deberán incorporar el enfoque de género en sus respectivos ámbitos de actuación, a fin de identificar situaciones de discriminación entre hombres y mujeres y adoptar acciones para garantizar la igualdad y la equidad de género.(6) 6 3

Otras leyes de igual importancia son: Ley No. 24-97 sobre la Violencia contra la Mujer e Intrafamiliar Ley 8-95, que declara como prioridad nacional la Promoción y Fomento de la Lactancia Materna Decreto 423-98 que crea la Comisión Nacional de Prevención y Lucha contra la Violencia Intrafamiliar (CONAPLUVI) Ley 86-99 que crea la Secretaría de Estado de la Mujer (actualmente Ministerio de la Mujer) Decreto 97-99 que crea el Comité Internacional de Protección a la Mujer Migrante (CIPROM) Ley 88-03, que instituye las Casas de Acogida o Refugios 7 La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades. 8 4

Todas las formas de violencia contra las mujeres, violencia psicológica, física, sexual o económica, constituyen una barrera que limita su autonomía y el ejercicio pleno de su ciudadanía, condenándola a la marginación, exclusión y la discriminación y por lo tanto a la desigualdad. 9 Es necesario acelerar los cambios en los factores estructurales que sustentan la violencia y las normas socioculturales y simbólicas que la perpetúan 10 5

Se necesita el fortalecimiento de los mecanismos de prevención, persecución, sanción y erradicación de la violencia de género, impulsando la interrelación entre ellos; creando un sistema que responda a las necesidades de las mujeres y que impulse la eliminación de todas las formas de violencia contra la mujer, asignando suficientes presupuestos para su accionar. 11 Mecanismos creados por el Ministerio de la Mujer de la República Dominicana, en coordinación con instancias gubernamentales: CoordinaciónC ió interinstitucional i tit i con la Procuraduría General de la República y la Policía Nacional, para garantizar la aplicación del Modelo de Prevención y Atención Integral a las víctimas de Violencia: 17 Unidades de Atención Integral a Víctimas de Violencia; Un Centro de Recuperación para Sobrevivientes i de Violencia; i Dos Casas de Acogida o Refugios para las mujeres y sus hijos en peligro donde las víctimas reciben protección y asistencia legal, psicológica, médica y social; Programas de terapias para agresores y sobre la nueva masculinidad. 12 6

Línea de Auxilio 24 Horas. Creación de los Departamento de Mujeres, Menores y Familia de la Procuraduría General de la República. Creación de las Normas Nacionales para la Atención Integral a la Salud de la Violencia Contra la Mujer e Intrafamiliar para los prestadores de servicios en el área de la salud. Capacitación al más alto nivel a los operadores del sistema de justicia penal. Elaboración de una estrategia nacional para la atención a víctimas. Creación y funcionamiento de Redes Locales de Atención Integral a la Violencia Contra la Mujer e Intrafamiliar. 13 Elaboración de un manual de Organización de Redes Locales de Atención Integral a la Violencia Contra la Mujer e Intrafamiliar. Elaboración del Protocolo de Aplicación de las Normas Contra la Violencia Intrafamiliar de la Ley No.24-97. Puesta en Circulación Guía de Uso De Los Instrumentos Legales Para La Prevención Sanción y Atención en Casos de Violencia Contra la Mujer y Violencia Intrafamiliar en República Dominicana. Implementación de Guía para el Análisis y la Reflexión de Códigos de Comunicación No Sexista y No Discriminatoria. 14 7

Un medio imprescindible para construir en nuestros países un sistema de valores, actitudes y convicciones coherentes con la igualdad y equidad de género es el fortalecimiento de la interrelación entre los Ministerios de Educación, Salud, Deporte y los Mecanismos de la Mujer, de forma que la currícula educativa en todos los niveles y modalidades y los sistemas de apoyo tengan como prioridad la transversalización de género. 15 En la participación de las mujeres en el campo de la economía entendemos que el énfasis debe colocarse en dos aspectos: 1. Promover la formalización del empleo. 2. Reconocimiento del trabajo de cuidado como una responsabilidad compartida entre la sociedad, el Estado y la familia, que a su vez se transforme en políticas públicas que libere tiempo para que las mujeres puedan incorporarse al empleo, al estudio, a la política. 16 8

Es imperativo fortalecer los instrumentos para dar impulso a las políticas públicas para la igualdad de género como son los mecanismos para el adelanto de las mujeres, con medidas legislativas, presupuestos garantizados, y jerarquía al más alto nivel para la toma de decisiones. 17 Instrumentos para dar impulso a las políticas públicas para la igualdad de género: Presupuestos con perspectiva de género como eje transversal para la asignación de los fondos públicos con cobertura a todos los ámbitos de política pública, que permita el cumplimiento de los compromisos para lograr las metas de la igualdad. Transversalizar la agenda de género a todas las esferas del Estado, y a las diferentes entidades gubernamentales. Implementación efectiva de sistemas de recolección y procesamiento de estadísticas desagregadas por sexo y de indicadores de género, en el ámbito de todas las esferas consideradas prioritarias para el empoderamiento y autonomía de las mujeres 18 9

En relación con la agenda pendiente para la igualdad de género consideramos necesario la implementación de un proceso de evaluación permanente de la aplicación de los compromisos contraídos en diversas esferas para dar cuenta de cómo las medidas y acciones tomadas, ha tenido impacto en la vida de las mujeresdelaregión. 19 20 10