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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA PROPUESTA DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE CONTENEDORES PARA LA RECOGIDA SELECTIVA DE PAPEL CARTÓN, VIDRIO Y ENVASES

Artículo 1. Objeto del contrato. Se trata de un contrato de prestación de servicios, en el que se encuadran la prestación del servicio de instalación, mantenimiento y conservación de contenedores para la recogida selectiva de papel-cartón, vidrio y envases (éstos últimos ubicados en la Ciudad Universitaria de Madrid), de acuerdo con las Prescripciones Técnicas establecidas en este Pliego. El mantenimiento y conservación del parque de recipientes corresponde al instalado en cada momento, tanto en superficie como soterrados. Dentro de éstos conceptos se incluyen la reparación de elementos dañados de los recipientes, la sustitución de contenedores con fuerte deterioro y el lavado periódico de los mismos, incluyéndose la limpieza de la zona ocupada en la vía pública por los recipientes, así como su entorno inmediato. Dentro del servicio de mantenimiento se incluyen tanto los actualmente instalados como 500 nuevos contenedores que se incorporarán, durante el periodo de vigencia del contrato, los cuales serán adquiridos por el Ayuntamiento de Madrid a través del correspondiente procedimiento abierto de suministro de contenedores, independiente del presente contrato. Queda excluida del presente contrato la recogida y transporte de los residuos depositados en el interior de los contenedores cuyo mantenimiento y conservación es objeto de esta contratación. Artículo 2. Ámbito Territorial. El ámbito territorial de aplicación del presente contrato comprende el término municipal de Madrid. El servicio afectará a todos los contenedores destinados a la recogida de las fracciones papel-cartón, vidrio y envases (éstos últimos en la Ciudad Universitaria de Madrid) dependientes de la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana del Área de Gobierno de Medio Ambiente, estén ubicados o no en la vía pública (en determinados casos hay unidades instaladas dentro de recintos privados, como son hospitales, centros comerciales, cuarteles... que disponen de accesibilidad a los servicios municipales). 2

Artículo 3. Contenedores al inicio del contrato En la actualidad la recogida municipal de las fracciones papel-cartón, vidrio y envases se efectúa mediante los siguientes sistemas: Papel-cartón. Vidrio Envases - Mediante contenedores tipo iglú de fibra de vidrio, de entre 2 y 3 m 3 de capacidad unitaria, instalados en la vía pública o en el interior de entidades accesibles a su recogida. - Mediante contenedores de chapa de 3 m3 de capacidad, instalados en polígonos industriales. - Mediante contenedores metálicos soterrados de 3 m3 de capacidad. - Mediante contenedores tipo iglú de fibra de vidrio, de entre 2 y 3 m 3 de capacidad unitaria, instalados en la vía pública o en el interior de entidades accesibles a su recogida. - Mediante contenedores metálicos soterrados de 3 m3 de capacidad. - Mediante contenedores tipo iglú de fibra de vidrio, de 3 m3 de capacidad unitaria, instalados en la vía pública o en el interior de entidades accesibles a su recogida, dotados de sistema específico para el vaciado de cubos de 120 litros procedentes del sector hostelero. - Cubos individuales de dos ruedas de 120 litros, asignados a comercios del sector hostelero. - Mediante 50 contenedores tipo iglú de fibra de vidrio, de 3 m3 de capacidad unitaria, instalados en la Ciudad Universitaria de Madrid. El total de contenedores que al inicio del contrato estarán en uso es el que aparece en el siguiente cuadro: 3

FRACCIÓN Nº contenedores tipo iglú + chapa (3 m3) Nº contenedores soterrados (3 m3) Nº cubos vidrio (120 litros, para sector hostelería) Total cubos y contenedores Papel cartón 5.962 46-6.008 Vidrio 5.989 * 23 1.582 7.594 Envases 50 - - 50 Nueva dotación 2011 500 500 TOTAL 12.501 69 1.582 14.152 * de los cuales 456 unidades cuentan con dispositivo acoplado para el vaciado de los cubos asignados al sector de hostelería. Todos los recipientes son de titularidad municipal. Artículo 4. Obligaciones del adjudicatario: instalación, mantenimiento y conservación 4.1.- Instalación de recipientes Durante el periodo de vigencia del contrato una nueva dotación de 500 contenedores para la recogida selectiva de papel cartón se incorporarán al parque de recipientes municipal, los cuales serán adquiridos por el Ayuntamiento de Madrid a través del correspondiente procedimiento abierto de suministro de contenedores, independiente del presente contrato. No obstante sí queda incluido en el presente contrato la instalación de esos recipientes en los puntos de la vía pública que determinen los servicios municipales, debiendo asumir el prestador del servicio su transporte desde el punto de acopio del fabricante, dentro de la Comunidad de Madrid, hasta los puntos de instalación en la vía pública. La instalación de la totalidad de los recipientes se efectuará en el plazo de 1 mes desde la orden emitida por parte de los servicios municipales. 4.2.- Mantenimiento y conservación de los recipientes El adjudicatario está obligado a mantener en perfecto estado de funcionamiento todos los recipientes instalados en la ciudad, señalados en el artículo anterior. 4

El adjudicatario deberá prever la reparación de los elementos de los recipientes que sean susceptibles de ello (tapas, cierres, mecanismos de vaciado e izado...), que garanticen en todo momento el correcto funcionamiento de los mismos, tanto de cara al ciudadano como para los servicios de recogida municipales encargados de su vaciado. Los servicios técnicos municipales enviarán al prestador del servicio las órdenes de trabajo, el cual deberá proceder a la reparación y puesta en uso del los contenedores afectados en un plazo no superior a 48 horas desde el momento de la comunicación que se efectuará a la empresa. Éstas tareas pueden efectuarse en el propio emplazamiento de los recipientes, si es posible. En caso contrario deberá procederse a la retirada de los mismos de su emplazamiento hasta las instalaciones del prestador del servicio donde se llevará a cabo la reparación. En éste caso se deberá sustituir el recipiente averiado por otro semejante, de tal forma que se garantice la total disponibilidad del parque de contenedores. Todo ello con las condiciones que se señalan en el punto siguiente. Los elementos de izado de cubos para la recogida de vidrio, que se encuentran instalados en determinados contenedores tipo iglú, también están sometidos al mantenimiento y conservación objeto del presente contrato. Los cubos individuales de dos ruedas asignados a centros hosteleros también deberán mantenerse en las debidas condiciones de funcionamiento, atendiendo a cualquier solicitud de reparación que pudiera ocasionarse por parte de los establecimientos o servicios municipales. A éstos cubos también se les aplicará el plazo de 48 horas de reparación a partir de la comunicación municipal. 4.3.- Sustitución de recipientes por deterioro En caso de que el deterioro o avería del recipiente implique su inutilización y la imposibilidad de reparación en su emplazamiento, o bien el deterioro sea tal que el contenedor sea irrecuperable, el adjudicatario deberá efectuar la sustitución del mismo de forma inmediata una vez que se ha detectado la anomalía. El adjudicatario deberá disponer de un sistema de control propio que sea capaz de detectar las incidencias que se produzcan sobre el parque instalado. debiendo remitir diariamente a los servicios municipales la relación de contenedores detectados con incidencias. Las incidencias a resolver sobre el parque de contenedores serán comunicadas por los servicios municipales en debida forma (vías correo electrónico, fax, etc) al prestador del servicio, el cual deberá proceder a la retirada y sustitución del contenedor en un plazo no superior a 48 horas desde el momento de la comunicación. 5

El adjudicatario deberá asumir la reposición de, al menos, 1.383 contenedores tipo iglú (de papel-cartón, vidrio o envases) por cada año de vigencia del contrato, en el caso de que el número de contenedores deteriorados alcance esa cifra. Si se superase esa cantidad el adjudicatario no está obligado a proceder a su reposición. Los elementos de izado de cubos para la recogida de vidrio, que se encuentran instalados en determinados contenedores tipo iglú, también están sometidos a su sustitución en caso de inutilización total. Los cubos individuales de dos ruedas asignados a centros hosteleros también deberán ser sustituidos en caso de inutilización, atendiendo a cualquier solicitud de que pudiera ocasionarse por parte de los establecimientos o los servicios municipales. A éstos cubos también se les aplicará el plazo de 48 horas de sustitución a partir de la comunicación municipal a la empresa. En el caso de los contenedores de chapa instalados en polígonos industriales para la recogida de papel-cartón, se procederá a la sustitución de los mismos una vez que su grado de deterioro implique su inutilización. Serán sustituidos por recipientes de plástico, según se ha descrito anteriormente. Todos los recipientes instalados al final del contrato serán de propiedad municipal. Condiciones estéticas y funcionales Los contenedores tipo iglú empleados en las sustituciones de recipientes deteriorados deberán ser de dimensiones y geometría semejante a la del parque existente en la actualidad (sección tronco-piramidal de base cuadrada en el caso de los tipo iglú, con una altura máxima del cuerpo del contenedor de 1,7 m, de capacidad mínima de 2,6 m 3, y no superior a 3,5 m 3 ) fabricados en material plástico, salvo los elementos que inexcusablemente deban tener otra naturaleza (sistemas de izado, apertura, etc). Deberán estar dotados de sistema de izado y vaciado de doble gancho, siendo aptos para su izado y vaciado por un camión dotado de grúa convencional. Los contenedores serán fabricados con materiales reciclados en el mayor porcentaje posible, especificando cada licitador en su oferta el % que constituyen éstos respecto al total de material empleado. La estética deberá ajustarse al máximo posible con la de los contenedores actuales. Los contenedores deberán ser compatibles al 100 % con los sistemas de recogida municipales existentes en la actualidad (sistemas de izado, dimensiones de las tolvas de carga de los camiones recolectores, etc), siendo causa de exclusión de la licitación en caso de no cumplir con éste punto. 6

Los recipientes propuestos para reposición por cada licitador deberán cumplir las estipulaciones recogidas en la normativa municipal vigente relativa a paisaje urbano y mobiliario urbano. Los recipientes deberán ajustarse, o estar en condiciones de cumplir, la norma UNE EN 13071 1 Contenedores fijos de residuos con capacidad hasta 5.000 litros elevados por la parte superior y vaciados por la parte inferior. En éste aspecto, el licitador deberá presentar documentación de entidades oficiales que así lo avalen. En caso de no ser así se considerará excluida la oferta correspondiente. También es necesario que los materiales de que estén construidos los recipientes impidan o dificulten la combustión de los mismos en caso de incendio. Los recipientes se rotularán según se especifique en su momento, dependiendo de la geometría de los mismos, con el logo municipal a dos colores. El color del cuerpo de los recipientes tipo iglú empleados en la sustitución será igual al del parque instalado en la actualidad: - Tipo iglú papel-cartón: gris RAI 7043, con banda identificativa azul. - Tipo iglú vidrio: gris RAI 7043, con banda identificativa verde - Cubo 120 litros hostelería: verde Alicante Condiciones de instalación Los recipientes instalados en la vía pública seguirán las directrices señaladas por el Ayuntamiento de Madrid. 4.4.- Limpieza de los recipientes Tantos los recipientes como la superficie de vía pública ocupada por ellos deberán someterse a una limpieza periódica, con el objetivo de que en todo momento se encuentren en óptimas condiciones de aseo. Al menos seis veces al año se procederá al lavado exterior de los recipientes mediante sistema de agua a presión, detergentes y decapantes que logren la total limpieza del contenedor. Todas éstas tareas se ejecutarán in situ, tomando las medidas necesarias para que esa tarea no afecte a la actividad de la vía pública, tanto peatonal como de tráfico rodado. 7

También se efectuará la limpieza del espacio ocupado por los contenedores en la vía pública, así como su entorno inmediato, con el fin de eliminar los residuos que pudieran permanecer debajo de los recipientes y las manchas que pudieran originarse sobre el pavimento ocupado, originados por los residuos. Dicha limpieza se efectuará con la misma frecuencia que el lavado exterior de los recipientes. La limpieza de los recipientes y del espacio ocupado por ellos se constatará por parte del prestador del servicio imprimiendo sobre el cuerpo del recipiente un sello o pegatina indeleble en el que aparezca la fecha en que se ha efectuado el lavado, que deberá coincidir con la programación de lavados que aportará a los servicios municipales con antelación. El adjudicatario aportará mensualmente la programación de lavados, especificando las fechas en que han de ejecutarse los mismos. En cualquier caso, siempre que se detectase un ensuciamiento ocasional del recipiente o el espacio ocupado por él, se procederá a su limpieza de forma inmediata, aún cuando no estuviera programada la limpieza del punto. La limpieza de cubos individuales de 120 litros para la recogida de vidrio en establecimientos de hostelería no está incluido en el presente contrato, al corresponder a lo propios usuarios. En el caso de los contenedores soterrados, al menos en dos de los seis lavados anuales se procederá a extraer el contenedor del habitáculo bajo tierra, y proceder al lavado de éste último. 4.5.- Inventario del parque instalado El prestador del servicio deberá llevar un registro del parque instalado, permanentemente actualizado. En el que se reflejen todas las actuaciones que se lleven a cabo sobre todos los emplazamientos de recipientes. En el inventario se reflejarán los siguientes conceptos: - Punto físico de instalación de los recipientes - Características de los mismos (tipo de residuo, material de fabricación, dimensiones, etc) - Actuaciones sobre los recipientes instalados en cada punto (reparaciones, sustituciones, lavados, etc). - Modificaciones de los emplazamientos (traslado de los mismos, con justificación de ello). El inventario deberá efectuarse sobre soporte informático, con un sistema georeferenciado tipo GIS que permita la consulta sobre plano informatizado del mismo. 8

El personal municipal que se determine en cada momento tendrá acceso a la aplicación, por lo que el adjudicatario deberá garantizar la operatividad y accesibilidad total al sistema, que deberá ser compatible con los sistemas informáticos municipales. 4.6.- Desplazamiento de recipientes El Ayuntamiento de Madrid podrá ordenar el traslado de recipientes, reubicándolos en puntos distintos a los establecidos inicialmente. Para ello el prestador del servicio dispondrá de medios adecuados para ello, cumplimentando las órdenes emanadas de los servicios técnicos municipales a la mayor brevedad posible. El adjudicatario no podrá desplazar contenedores de las ubicaciones establecidas sin previa autorización municipal. El prestador del servicio deberá efectuar la instalación y retirada diaria (de lunes a sábado) de tres contenedores tipo iglú para la recogida especial de vidrio que se efectúa en la Plaza Mayor y sus inmediaciones. Dichos contenedores se encuentran incluidos en el parque de recipientes contemplado en el contrato, sobre los que se aplicarán todas las estipulaciones del presente pliego. También deberá hacerse cargo de la instalación y retirada de contenedores para la celebración de eventos en la vía pública, previa orden municipal. Artículo 5. Medios necesarios para el servicio. La empresa adjudicataria deberá organizar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en este pliego y demás disposiciones legales que le sean de aplicación. Para ello, deberá aportar los medios humanos, logísticos y técnicos necesarios para la ejecución del servicio. Se cifra en un mínimo de 30,5 puestos de trabajo en días laborables (suma de las categorías jefe de servicio, auxiliar administrativo, encargado, conductor y peón-conductor), según la siguiente distribución: 9

Categoría Puestos de trabajo Jefe de Servicio 0,5 Encargado 1 Auxiliar administrativo 1 Conductor laborables día 4 Peón/Peón conductor laborables día 23 Mecánico laborables día 1 TOTAL LABORABLES 30,5 y de 2 puestos en sábados, domingos y festivos (categorías conductor y peónconductor), según la siguiente distribución: Categoría Puestos de trabajo Conductor S, D y F día 1 Peón conductor S, D y F día 1 TOTAL S, D y F 2 Para ello el adjudicatario deberá disponer de la plantilla necesaria para cubrir esos puestos de trabajo, debiendo prever las sustituciones por enfermedad, libranza, absentismo, etc. También deberá aportar el material necesario, los equipos de transporte, los equipos de seguridad y cuantas medidas auxiliares se precisasen. El adjudicatario será responsable de las operaciones que deben ejecutarse para el cumplimiento del contrato. Para ello dispondrá de los medios adecuados y suficientes para ello, tanto humanos como mecánicos. Los trabajadores deberán estar correctamente uniformados en cada momento, según el modelo empleado en la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana, del Área de Gobierno de Medio Ambiente. Los vehículos deberán estar rotulados según el modelo actualmente en uso en la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana, del Área de Gobierno de Medio Ambiente. En todo momento se encontrarán en perfecto estado de funcionamiento y limpieza. 10

En lo relativo a medios mecánicos, se precisará de un mínimo de 13 equipos (furgones y camiones) funcionando en días laborables (en la suma de todos los turnos de trabajo), y de 1 unidad en sábados, domingos y festivos. También se contará con un vehículo de inspección. Todos los vehículos deberán disponer preferentemente de motores propulsados por energías limpias o de bajos niveles de emisiones (eléctricos, híbridos o bioetanol). El prestador del servicio deberá disponer de instalaciones adecuadas para albergar tanto al personal y los medios mecánicos, como los talleres de reparación y almacenamiento de material. Las mismas deberán estar ubicadas en puntos donde se garantice la accesibilidad a todos los puntos de la ciudad de forma regular y homogénea. Las mismas deberán estar dotadas preferiblemente de los sistemas necesarios que impliquen el menor impacto medioambiental sobre el entorno (sistemas de depuración de aguas, ACS por energía solar, etc). La empresa adjudicataria esta obligada a mantener en buen estado las mencionadas instalaciones. Dada la limitada duración del contrato y con el objetivo de no gravar económicamente al mismo, tanto los equipos como las instalaciones deben operar preferiblemente en régimen de alquiler (o sistema similar). El adjudicatario cumplirá la normativa que le fuese de aplicación en materia de Salud y Seguridad Laboral, así como de Prevención de Riesgos Laborales. Los gastos generados por consumo de energía eléctrica, agua, teléfono, tasas o impuestos que sean de aplicación y cualquier otro inherente a las actividades de las instalaciones o vehículos, serán asumidas por el adjudicatario. La empresa adjudicataria facilitará el acceso y la información a aquellas personas que estén autorizados por los técnicos municipales. 11

Artículo 6. Control de calidad del servicio De acuerdo con el artículo 4.3 del presente pliego, el adjudicatario deberá contar con un servicio de control para detectar incidencias en los contenedores, independientemente de las que le lleguen de los servicios municipales, y, por otro, sustituir en menos de 48 horas aquellos contenedores no funcionales tras la notificación de los servicios municipales, en su caso. Parece, pues, oportuno, introducir un nuevo indicador de calidad del servicio que mida, de manera conjunta, tanto la eficacia del servicio de control de la empresa como el plazo de reposición de los contenedores que no son reparables y es necesario sustituir. Para su determinación, se fija como 3 días el tiempo máximo para la sustitución de un contenedor (24 horas para su detección más 48 horas para la sustitución). El indicador mensual de Proporción máxima de contenedores pendientes de sustitución detectado en la vía pública calculado por el servicio de control de calidad de la Dirección General de Gestión Ambiental Urbana no deberá superar, por lo tanto, el valor 0,03 (3 %). A estos efectos, se considerarán los contenedores pendientes de sustitución aquéllos que tengan cualquier deficiencia (rotos, quemados ) que los haga inutilizables para el servicio o pueda ser causa de riesgo para las personas, y que deban ser sustituidos. La metodología para obtener el índice será la siguiente: a lo largo del mes, los inspectores del servicio de control de calidad revisarán, al menos, 1.427 contenedores de forma aleatoria para detectar contenedores pendientes de sustitución. Si la proporción de contenedores de la vía pública declarado en la inspección como pendientes de sustitución es superior al 3 %, se considerarán las sanciones que se describen en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EXPLOTACIÓN DE RECOGIDA DE RESIDUOS Madrid, 28 de diciembre de 2010. Fdo.: José Rodríguez Fuertes. VºBº LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LIMPIEZA Y RESIDUOS 12

Fdo.: Amparo Vallcanera. 13