RACIONALIZACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

idl Principales novedades de la Ley de Contratos del Sector Público Silvia Díez Sastre Instituto de Derecho Local Universidad Autónoma de Madrid

Transcripción:

RACIONALIZACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación (DGRCC)

INDICE Ley 9/2017: Libro segundo, título I, capítulo II. Racionalización técnica de la Contratación Sistemas de racionalización técnica de la contratación Centrales de contratación Sistema estatal de contratación centralizada

Sistemas de racionalización técnica de la contratación

SISTEMAS DE RACIONALIZACIÓN Acuerdo marco Preestablece una serie de condiciones o términos que serán comunes a todos los contratos basados en ese acuerdo marco Sistema dinámico Proceso de adquisición de obras, servicios y suministros de uso corriente, totalmente electrónico y abierto durante la vigencia a las empresas que cumplan los criterios de selección. Contrato centralizado Incluye prestaciones destinadas a varias entidades del sector público.

ACUERDO MARCO Fija las condiciones de los contratos basados a) Todos los términos fijados b) No todos los términos establecidos Se pueden celebrar con una o varias empresas Duración máxima de cuatro años (salvo casos excepcionales). Deberá justificarse en el expediente 219.2 Procedimiento de celebración: Normas generales

ACUERDO MARCO Modificación de Acuerdos Marco y de contratos basados Aplican las reglas generales de modificación de contratos Precios unitarios, no pueden superar el 20% de los anteriores a la modificación A propuesta del adjudicatario, posibilidad de sustitución de bienes por avances o innovaciones tecnológicas, el precio no debe incrementar en más del 10% del inicial de adjudicación A iniciativa del órgano de contratación, con conformidad del adjudicatario, o a instancia de la empresa, posibilidad de inclusión de nuevos bienes similares a los adjudicados, por motivos de interés público o nuevas tecnologías 222

CONTRATOS BASADOS EN ACUERDOS MARCO 1) AM con todos los términos establecidos 221.4 a) a) Un empresario: Sin nueva licitación b) Varios empresarios: Con una o ambas posibilidades: - Nueva licitación -Sin nueva licitación (condiciones objetivas de adjudicación en pliegos del AM). 2) AM sin todos los términos establecidos Varios empresarios: Nueva licitación Basada en los mismos términos del AM u otros términos establecidos en los pliegos 221.4 b)

CONTRATOSBASADOS EN ACUERDO MARCO 1. SOLICITUD OFERTA -A todas las empresas -A un mínimo de 3 si contrato no sujeto a regulación armonizada y se motiva. 2. PRESENTACIÓN OFERTA Adjudicatarios obligados a presentar oferta válida en los términos establecidos en el pliego del AM 221.6 c) 3. ADJUDICACIÓN Mejor oferta conforme a criterios de valoración fijados en AM. 4. NOTIFICACIÓN --Obligatoria al adjudicatario -A los no adjudicatarios, posibilidad de publicar en un medio determinado en los pliegos. 221.6 f)

CONTRATOS BASADOS EN ACUERDO MARCO Partes Solo entre órganos contratación y empresas que hayan sido partes del acuerdo marco. En AM de centrales de contratación, además, otros entes del sector público identificados en los pliegos y en el anuncio de licitación. Duración. Independiente del AM, se rige por las reglas generales de la duración de los contratos. 219.3 9

CONTRATOS BASADOS EN ACUERDO MARCO Límites plazo de adjudicación Solo durante la vigencia del acuerdo marco: - Contratos basados con licitación. 219.3 - Fecha invitación durante la vigencia del AM - Propuesta de adjudicación durante plazo previsto en el AM - Contratos basados sin licitación. - Adjudicación durante la vigencia del AM Formalización Se perfeccionan con su adjudicación No existe periodo de espera 36.3 153.1

SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN - Proceso totalmente electrónico Duración limitada fijada en el pliego Abierto durante toda su duración Criterios de selección determinados en los pliegos Contratación mediante procedimiento restringido 224.1

SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN Incorporación de empresas al sistema Durante toda la vigencia Evaluación de solicitudes conforme a criterios de selección Adjudicación de contratos específicos Licitación Invitación a todas las empresas admitidas Plazo mínimo de presentación de ofertas 10 días Adjudicación a mejor oferta conforme a criterios de adjudicación 12

Centrales de contratación

CENTRALES DE CONTRATACIÓN Qué son? Servicios especializados a los que las entidades del sector público atribuyen la contratación centralizada de obras, servicios y suministros. Qué hacen? Adquierensuministros y servicios para otros entes del sector público : Mayorista (Compra, almacena, revende) Adjudica contratos, acuerdos marco y sistemas dinámicos para otros entes: Intermediaria (no paga,ni recepciona, ni vende)

CENTRALES DE CONTRATACIÓN Quién las puede crear? Comunidades Autónomas (conforme a sus normas) Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla Corporaciones Locales (por acuerdo del pleno) Asociaciones de Entidades Locales Adhesión a sistemas externos de contratación centralizada Comunidades Autónomas Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla Entidades Locales Sistemas de Contratación Centralizada de Entidades del Sector Público 1 Prestación Única Central

Sistema Estatal de Contratación Centralizada: Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS ORGANIZACIÓN FINANCIACIÓN AMBITO SUBJETVO PROCEDIMIENTOS BIENES Y SERVICIOS INCLUIDOS INTEGRADO EN EL MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. DIRECCIÓN GENERAL DE RACIONALIZACION Y CENTRALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO OBLIGATORIO: AGE, Entidades Gestoras y Servicios Comunes SS, OOAA, A. independientes, Consorcios y Entidades públicas estatales VOLUNTARIO: CCAA, EELL y demás entidades del SP Estatal. ACUERDOS MARCO CONTRATOS CENTRALIZADOS ENCOMIENDA DE GESTIÓN Bienes y Servicios de utilización general en la Administración Y características homogéneas. No incluye medicamentos y servicios o productos sanitarios

ÁMBITO SUBJETIVO Obligatorio Administración General del Estado Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social 229.2 Organismos autónomos, entidades públicas y autoridades administrativas independientes del sector estatal Consorcios dotados de personal jurídica propia del sector estatal. Las Entidades Públicas empresariales del sector estatal Salvo contratos declarados de carácter secreto o reservado Voluntario El resto de entidades del sector público podrán concluir un acuerdo de adhesión con la DGRCC para contratar a través del sistema estatal de contratación centralizada

ADHESIÓN A LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO Adhesión genérica SOLICITUD ACUERDO A DGRCC Integrado en la central Posibilidad de adherirse a AM Información Adhesión específica Acuerdo Marco SOLICITUD A DGRCC ACUERDO Obligación de contratar por AM Vigencia adhesión= Vigencia AM

BIENES Y SERVICIOS INCLUIDOS El Ministro de Hacienda y Función Pública podrá declarar de contratación centralizada los suministros, obras y servicios que se contraten de forma general y con características homogéneas, determinando las condiciones en que se producirá el proceso de contratación 229.1

BIENES Y SERVICIOS INCLUIDOS

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Órgano de contratación del AM, contrato centralizado y sistema dinámico Junta de Contratación Centralizada. Órgano de contratación en contratos basados en AM o específicos sistemas dinámicos 1. Ámbito obligatorio contratación centralizada: Junta de Contratación Centralizada. 2. Entidades adheridas: el previsto en sus normas. 229.6

CONTRATOS CENTRALIZADOS DGRCC Establece el ámbito subjetivo de los contratos y las condiciones generales Calcula el presupuesto necesario Redacta los documentos para la licitación Toma decisiones sobre ejecución del contrato Gestiona el presupuesto Analizan sus necesidades utilizando las bases dadas por la DGRCC Transfieren el presupuesto necesario a la DGRCC (Sección 31) Controlan los servicios prestados y proponen el pago Ministerios y organismos del ámbito subjetivo obligatorio

AM-ÁMBITO OBLIGATORIO DGRCC/ JUNTA DE CONTRATACIÓN Adjudica Y Formaliza el AM Supervisa los documentos de licitación de los contratos basados Revisa las propuestas de adjudicación de segundas licitaciones Adjudica contratos basados en el AM ( ámbito subjetivo contratos basados segundas licitaciones obligatorio) ORGANISMO INTERESADO Define sus necesidades Realiza segundas licitaciones Propone la adjudicación de los contratos basados Recibey pagalos bienes y servicios 229.7 DGRCC u organismo designado cuando haya varios destinatarios

AM-ÁMBITO ADHERIDO DGRCC/ JUNTA DE CONTRATACIÓN 229.6 Adjudica Y Formaliza el AM Establecepara cadaam y SD las medidaspara garantizar la conformidad de los contratos basadoscon el AM ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE LOS ORGANISMOS ADHERIDOS Define sus necesidades Realiza segundas licitaciones Adjudicalos contratos basados Recibey pagalos bienes y servicios

ACUERDOS MARCO Otras novedades Se recogeexpresamentequeson susceptiblesde recursoespecial los acuerdosmarcoy sistemasdinámicosde adquisiciónasícomolos contratos basados en cualquiera de ellos 44.1 Se recogeexpresamentelos supuestosde desistimientoy la decisiónde no celebrar acuerdos marco o contratos basados. Corresponderá al órgano de contratación. Se estableceun sistemaespecíficode garantíadefinitivaparalos acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición 107.5 152.5

APLICACIÓN DE LA LEY 9/2017 A LOS AM Y SD Disposición transitoria primera.5 Los contratos basados en acuerdos marco o sistemas dinámicos de adquisición se regirán por la normativa aplicable a estos.

TURNO DE PREGUNTAS