COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

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DIRECTRICES GENERALES PARA EL USO DE ÁREAS Y ACTIVOS PARA USO DEPORTIVO Directrices Generales: Artículo 1: Se crean la directrices generales para regular el uso de las áreas y activos relacionados con las diversas prácticas deportivas en el Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, con base en el artículo número tres de la Ley 1269, en el capítulo II de los requisitos de aceptación y permanencia del reglamento para la regulación de Grupos Organizados, en el entendido que se busca un acercamiento social entre los Contadores, sus familiares e invitados, en la práctica de éstos deportes y en el uso compartido y equitativo de todas las áreas y activos para uso deportivo que el Colegio pone a disposición de los usuarios para estos fines, a saber: Tenis de mesa, Tenis de campo, Billar/Pool, Futbol, Gimnasio biomecánico, Cancha multiuso y cualquier otra área o disciplina que se active en el futuro. Artículo 2. Esta directriz es de observancia obligatoria para todos los usuarios sean estos contadores, familiares o visitantes de las Áreas Recreativas del Colegio. No se puede alegar el desconocimiento de la presente directriz para justificar su incumplimiento. Artículo 3: Las áreas y los activos para uso deportivo disponibles, serán utilizadas exclusivamente para la práctica de la disciplina correspondiente. Artículo 4: En todo momento se respetarán los lineamientos indicados en esta directriz, el Reglamento de Credenciales, el Reglamento General para Ingreso y Uso de las Instalaciones del Club del Contador Privado, y el Reglamento de Grupos Organizados. Por lo tanto, es obligatorio para los usuarios de las diferentes áreas el conocimiento de los mismos. Artículo 5: Es competencia del Director Ejecutivo del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, o de quien este disponga, supervisar la aplicación y cumplimiento de esta directriz y los Reglamentos, así como la resolución de los asuntos no previstos expresamente en el mismo, en conjunto con la Comisión de Deportes y la Junta Directiva, en caso de ser necesario. Artículo 6: Son obligaciones de los responsables de las áreas y sus activos para uso deportivo definidos en el Artículo 5: a. Velar por la conservación y buen uso de las instalaciones y sus activos de uso deportivo. b. Calendarizar y reservar en conjunto con la Comisión de Deportes las actividades que se lleven a cabo. c. Llevar un registro o rol de las reservaciones y la ocupación de las diferentes áreas y sus activos deportivos.

Artículo 7: Regulaciones y prohibiciones a los usuarios de las diferentes áreas: a. Para evitar accidentes y como medida de seguridad, sólo podrán utilizar las diferentes áreas deportivas aquellas personas que utilicen la correcta vestimenta, calzado e implementos aptos para cada una de las disciplinas. b. Durante el desarrollo de las actividades deportivas en cada área de juego, solo podrán permanecer jugadores, entrenadores y auxiliares que tengan participación directa en dichas actividades. El público espectador deberá permanecer en el área designada para ese propósito. c. Respetar a las autoridades de cada competencia o torneo en desarrollo. d. Cambiarse de indumentaria en las áreas habilitadas para dicho fin; se prohíbe terminantemente hacerlo en zonas públicas. e. Cada usuario deberá traer sus propios implementos deportivos requeridos para la práctica de su disciplina. Además, se responsabilizará por su cuido ya que el Colegio no será responsable por el deterioro o extravío de los mismos. f. No será permitido el uso continuo o acaparamiento las áreas o activos para uso deportivo por parte de los usuarios, por ello se deberá respetar el rol establecido en cada disciplina. g. En caso de que por dolo, negligencia o impericia se cause daño en las instalaciones y activos de uso deportivo de cualquiera de las diferentes disciplinas deportivas, el usuario será económicamente responsable h. Cada jugador es el único responsable de su estado de salud, y de las condiciones óptimas que le permitan practicar su disciplina deportiva. En consecuencia, el Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, queda eximido de toda responsabilidad por lesiones, o cualesquiera otros problemas de salud que los jugadores puedan sufrir durante o después de la práctica de su disciplina deportiva. DIRECTRICES ESPECÍFICAS 1. TENIS DE MESA Regulaciones y Responsabilidades 1.1 El área de tenis de mesa está disponible para todos los usuarios, en horarios de martes a viernes de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados y domingos de 6:00 a.m. a 4:00 p.m. 1.2 El Colegio dispone de 4 mesas de tenis de mesa, las cuales están numeradas del 1 al 4. Las mesas del 1 al 3 serán reservadas para el uso del grupo organizado y la escuelita de tenis de mesa, durante los días y horarios definidos para este grupo. La mesa #4 quedará libre para el uso de los usuarios no miembros del grupo, quienes deben registrarse con el funcionario delegado por

la dirección ejecutiva en el rol correspondiente. Estos usuarios podrán también hacer el uso de las mesas del 1 al 3, cuando no estén siendo utilizadas por el grupo organizado. 1.3 El grupo organizado tiene reservadas las mesas del 1 al 3 en los siguientes horarios: Viernes de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. Domingos de 10:00 a.m. a 2:00 p.m. 1.4 Cada partido se jugará a 5 sets, terminando cuando un jugador o equipo gane 3 de ellos. En cuanto termine cada juego, la mesa será cedida a los jugadores o equipo que indique el rol. 1.5 El Colegio pondrá a disposición raquetas, bolas, nets, para uso de los jugadores, los cuales los solicitarán a la Administración y firmarán al momento de recibirlos, comprometiéndose a su devolución y cobertura del costo, según lo dispuesto en el artículo 7 inciso g de esta directriz. 1.6 La comisión de Deportes coordinará con el grupo organizado la realización de los torneos oficiales de esta disciplina que se realicen en el Colegio y de hacer las reservaciones correspondientes del caso. 1.7 El Grupo Organizado procurará la integración y participación de los contadores, familiares e invitados que tenga interés en esta disciplina. 2. TENIS DE CAMPO Del procedimiento de reservaciones 2.1 Las canchas se podrán reservar por espacio de 1 hora, que darán inicio a la hora en punto. Cualquier colegiado, en forma personal, por vía telefónica, o por correo electrónico: recepcion@contador.co.cr o por medio de la persona que él designe, podrá hacer reservación de una cancha, cancelando la suma estipulada por la Junta directiva del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, para garantizar la reserva de la misma. 2.2 Las canchas podrán ser reservadas en la recepción del Colegio, de martes a domingo, en su horario habitual. 2.3 En caso que alguno de los jugadores conozca que no se hará uso de la cancha reservada el día siguiente, debe cancelarla y notificarlo al encargado de reservaciones antes de las 3:00 pm. De esta manera, el encargado de reservaciones podrá notificar la disponibilidad de la cancha a los colegiados que se han quedado sin reservación. 2.4 El encargado de reservaciones debe estar al tanto de los colegiados que han quedado sin posibilidad de reservar, para que les informe en caso de alguna cancelación.

2.5 Toda reservación debe indicar el nombre completo del jugador reservante, su número de carnet y número de la cancha. Queda expresamente prohibido a cualquier colegiado o persona designada por éste, reservar más de una cancha. 2.6 Los Colegiados podrán en un mismo acto reservar canchas en jornadas distintas (matutina, vespertina y/o nocturna), siempre y cuando éstas no sean en horario consecutivo, ya que un mismo colegiado o grupo de colegiados no podrá hacer uso de las canchas durante más de 1 hora. Esto aplica en el horario de 8 a.m. a 4:00 p.m., se excluye el horario de 6 a.m. a 8 a.m. 2.7 Las reservaciones no son transferibles. 2.8 Los fines de semana la cancha Nº2 será destinada al uso de la escuela de tenis desde las 7:00 a.m. hasta las 10:00 a.m. De las sanciones 2.9 El Colegiado o grupo de Colegiados que incumpla el procedimiento de reservaciones será sancionado por la Dirección Ejecutiva de la siguiente forma: a) 1era vez: amonestación escrita. b) 2da vez: impedimento de reservación durante una semana. c) 3era vez: impedimento de reservación durante dos semanas. 2.10 Igualmente se consideran sancionables, individual y colectivamente, las siguientes situaciones: el abuso en la cancelación de reservaciones, la no presentación en canchas debidamente reservadas, la simulación de contrincantes inexistentes para poder hacer una reservación, así como cualquier otra situación que la Dirección Ejecutiva considere inapropiada. 2.11 Las sanciones se aplicarán de forma mensual, es decir, al terminar el mes se borrará lo acumulado de sanción en el período. 2.12 En caso de ausencia de alguno de los jugadores a la hora de la reservación, el colegiado o usuario que estuviera usándola podrá continuar haciendo uso de la cancha siempre y cuando no exista un usuario con reservación anterior. Si transcurridos 10 minutos se mantiene la ausencia, cualquier colegiado podrá reclamar el uso de esa cancha por lo que resta de la hora. 2.13 El Colegiado que no ha jugado tiene prioridad para reclamar la cancha sobre los que ya jugaron, siempre y cuando el primero no tenga una reservación posterior inmediata. 2.14 En caso de lluvia que afecte la programación, se podrá solicitar a recepción se le aplique un crédito para otro día por el costo de alquiler de la cancha, siempre y cuando no haya transcurrido más de 30 minutos después de la hora reserva de la cancha. De la tarifa de reservación 2.15 La tarifa de la reservación por una hora de uso de las canchas es la que determine la Junta Directiva del Colegio. Dicha tarifa deberá ser pagada, en la recepción del Colegio o mediante

depósito bancario, y debe mediar obligatoriamente un recibo de dinero por ese rubro. No se podrán acumular los derechos de cancha para ser pagados mensualmente y la Junta Directiva podrá revisar las tarifas periódicamente. De los torneos internos 2.16 Anualmente, La Comisión de Deportes en coordinación con el Comité de Tenis organizará al menos de 2 a 3 torneos internos diurnos y en fines de semana, a fin de promover este deporte. El Comité de Tenis recibirá asistencia de los encargados de mantenimiento del área de tenis para la organización de dichas actividades. La totalidad de partidos para torneos diurnos se jugará exclusivamente los fines de semana que, previamente la Comisión de Deportes y el Comité de tenis señale. 2.17 Durante el desarrollo de los torneos diurnos se deberá dejar libres las canchas para el uso de los colegiados inscritos al torneo. La programación en invierno iniciará a partir de las 6:00 am y se programará el último partido a las 12:00 pm, y la programación en verano a partir de las 6:00 am y se programará el último partido a las 2:00 pm a. Los jugadores, previo acuerdo entre ellos, podrán adelantar partidos entre semana, siempre y cuando exista una razón calificada, comunicando previamente al Comité de Tenis y a los encargados del área de tenis, su voluntad y posteriormente el resultado, siempre y cuando cumplan con el procedimiento de reservación, para que no interfieran sus intereses con los de otros colegiados tenistas. Quien presida el Comité de Tenis será el encargado de resolver sobre las peticiones para cada caso. b. En caso de autorizarse dicho cambio, el partido adelantado gozará de una reservación de cancha por 2 horas consecutivas. 2.18 El Comité de Tenis en coordinación con la Comisión de Deportes, una vez al mes programará convivios entre los amantes del deporte, para incentivar la participación de más colegiados, familiares e invitados allegados al Colegio, mismo que serán comunicados en su momento, su programación será en un fin de semana al mes, para este evento mensual se tendrá disponibilidad de las canchas para dicho convivio. 3. BILLAR / POOL Regulaciones y Responsabilidades 3.1 El área de pool está disponible para el uso de todos los Colegiados sus familiares e invitados, en horarios de martes a viernes de 6:00 a.m. a 8:00 p.m., sábados y domingos de 6:00 a.m. a 4:00 p.m. 3.2 El Colegio dispone de 4 mesas de pool, las cuales están numeradas del 1 al 4. 3.2.1 Las mesas del 1 y 2 serán usadas prioritariamente por los contadores no miembros del grupo organizado de billar / pool, sus familiares e invitados, así como por los miembros del grupo organizado, cuando el rol de los no miembros lo permita.

3.2.2 La mesa 3 será reservada para el uso del grupo organizado, durante los días y horarios definidos para dicho grupo. Podrá ser utilizada por los contadores no miembros del grupo organizado, sus familiares e invitados, en las fechas y los horarios no reservados para el grupo. 3.2.3 La mesa 4 será reservada para el uso exclusivo del grupo organizado. 3.2.4 Los miembros del grupo organizado, podrán mantener su propio rol, durante los días y horarios definidos para este grupo. Los usuarios no miembros del grupo organizado deben registrarse con el funcionario delegado por la Dirección Ejecutiva en el rol correspondiente. 3.3 Para lo previsto en artículo 7 inciso g de esta directriz, el funcionario delegado de la Dirección Ejecutiva entregará y recibirá la mesa al usuario, asegurándose de que el paño no muestre daño alguno. 3.4 El grupo organizado tiene reservadas las mesas 3 y 4 en los siguientes horarios: Jueves de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. Viernes de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. Sábados de 12:00 m. a 4:00 p.m. 3.5 Es terminantemente prohibida la presencia de menores de 18 años dentro del salón de juego. 3.6 El uso de las mesas está limitado a un juego por pareja o equipo. En cuanto termine cada juego la mesa será cedida a los jugadores o equipo que indique el rol, con el fin de que las mismas sean disfrutadas por la mayor cantidad posible de usuarios. 3.7 La comisión de Deportes coordinará con el grupo organizado la realización de los torneos oficiales de esta disciplina que se realicen en el Colegio y de hacer las reservaciones correspondientes del caso, todo según lo previsto en el Reglamento y estatutos del campeonato. 3.8 El Grupo Organizado procurará la integración y participación de los contadores y familiares interesados en esta disciplina a fin de promover esta disciplina en El Colegio. 4. CANCHA ESTADIO DE FÚTBOL 4.1 El uso de la cancha lo establecerá la Comisión de Deportes para torneos oficiales de fútbol que se organicen, partidos amistosos y para el entrenamiento y competencias de la escuela de fútbol. Tendrá prioridad de uso de la cancha, las actividades organizadas directamente por la Administración y Junta Directiva. 4.2 El costo del uso y disfrute de la cancha estadio corre por cuenta del equipo invitado de acuerdo a lo establecido por la Junta Directiva, así como la cantidad de invitados autorizados para ingresar a las instalaciones deportivas y recreativas en cada encuentro programado. 4.3 El pago del uso de la cancha estadio se podrá realizar por cualquiera de los medios existentes, y tanto el comprobante de pago como la lista de jugadores y sus respectivos números de

identificación deben de hacerlos llegar a la Secretaría de Comisiones con dos días de anticipación al encuentro deportivo programado. 4.4 Los integrantes de los equipos invitados podrán disfrutar de las zonas verdes, ranchos, piscinas y áreas comerciales de acuerdo a los horarios establecidos por El Colegio. 4.5 En caso de que un partido no se pudiera realizar o se suspendiera por fuerza mayor antes del segundo tiempo, se podrá reprogramar si el equipo invitado así lo solicita, asimismo la no presentación a un partido por parte del equipo invitado será evaluada su reprogramación por parte de la Comisión de Deportes, en caso de que no medie justificación razonable no tendrá derecho a reintegro o reprogramación alguna. El Costo del arbitraje de la reprogramación será por cuenta de los equipos involucrados. 4.6 Para los encuentros amistosos, los equipos involucrados serán los encargados de contratar y asumir el costo del árbitro, el cual preferiblemente deberá pertenecer a alguna asociación de árbitros debidamente constituida. 4.7 Si un encuentro ya programado no se realiza por la no presentación de un equipo ya sea este interno o invitado y sin que medie razón de peso, adicionalmente a los establecido en el punto 4.6, será sancionado por la Dirección Ejecutiva con la no utilización de la cancha durante un mes, y de negarse a cancelar sumas de dinero pendientes por dicha programación, no le serán reprogramados nuevos encuentros. 4.8 El Colegio se exime de cualquier obligación económica con los equipos visitantes, salvo casos que sean atribuibles a La Institución o causas naturales. 4.9 El representante de cada equipo de futbol interno será el responsable del buen uso de los camerinos y la cancha estadio, comprometiéndose a velar porque estos no sufran ningún daño material por el mal uso. 5. GIMNASIO BIOMECÁNICO 5.1 El uso del gimnasio es exclusivo para contadores y familiares con carné; y se prohíbe el ingreso de instructores y entrenadores particulares a ejercer su práctica profesional. 5.2 Es terminantemente prohibida la presencia de menores de 15 años dentro de las instalaciones del gimnasio biomecánico. 5.3 Es obligatorio una vez utilizado, colocar todos los accesorios (tales como prensas para las pesas, ganchos de seguridad de las poleas, peso libre y mancuernas, entre otros) en el lugar asignado para cada equipo. 5.4 Es responsabilidad y obligación del usuario conocer e informar al instructor del gimnasio su estado de salud antes de someterse a una rutina de ejercicios, liberando así a la institución de cualquier responsabilidad por causa del desconocimiento del mismo.

5.5 El uso de las máquinas caminadoras es de un máximo de 20 minutos por persona; una vez transcurrido ese tiempo el instructor estará facultado para solicitar el equipo para otro usuario. 5.6 El uso de toalla grande para realizar la rutina de ejercicios es de carácter obligatorio. 5.7 Es obligación de los usuarios alternar las máquinas, para que las mismas puedan ser aprovechadas por la mayor cantidad de usuarios. El uso del equipo será coordinado por el instructor de ser necesario. 5.8 Si el usuario tiene alguna duda sobre la utilización de las máquinas, deberá solicitar asesoría al instructor. 5.9 Es terminantemente prohibido a los usuarios manipular el equipo de sonido, video y romana; el uso de estos activos está reservado exclusivamente para el instructor. 5.10 Está prohibido a los usuarios hacer ingreso al gimnasio biomecánico con bolsos, carteras, maletines, etc. 5.11 No se podrá hacer uso del peso libre, discos y mancuernas fuera del área definida para las mismas. 6. CANCHA MULTIUSO 6.1 La Cancha-Multiuso es de uso exclusivo para la práctica de deportes a saber: baloncesto, voleibol, futbol 5 y balonmano. 6.2 Se podrán llevar a cabo actividades sociales y culturales mediante la solicitud previa a la Dirección Ejecutiva, tanto para su calendarización y uso, introducción de mobiliario y equipo y otros artículos de acuerdo a su fin para el cual fue solicitada esta área. DIRECTRICES GENERALES PARA EL USO DE ÁREAS Y ACTIVOS PARA USO DEPORTIVO Aprobadas en Junta Directiva, Sesión N 3924-2018, celebrada el 14 de junio de 2018.