BASES QUE REGULAN LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSION SOCIAL EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN DE 22/05/2018 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2018, LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES, PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- El Ayuntamiento de va a proceder a la contratación laboral de personas desempleadas, según lo establecido en la Resolución de 22/05/2018 de la Dirección General de Programas de Empleo de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se convocan para el ejercicio 2018, las subvenciones a entidades locales, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social. La presente convocatoria está destinada a la realización de los Proyectos:, denominado MEJORA Y MANTENIMIENTO DE ESPACIOS Y EDIFICIOS PUBLICOS MUNICIPALES, COLEGIO PUBLICO E INSTITUTO, para el que se ha concedido la correspondiente subvención para la contratación del siguiente personal: - 28 trabajadores: Peones, a jornada completa, durante 6 meses. SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. A) Requisitos generales. A1. Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España, siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación. A2. No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo. A3. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. A4. No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad a la hora de la formalización del contrato. B) Requisitos específicos. 1º.- Las Contrataciones subvencionables deberán formalizarse con persona incluidas en algunos de los siguientes colectivos: 1
a) Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla La Mancha en la fecha de registro de la oferta, que hayan permanecido inscritos, al menos 12 dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha siempre que pertenezca a alguno de estos grupos: 1º. Demandantes de empleo no ocupados entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo. 2º. Demandantes de empleo, no ocupados menores de 25 años o mayores de 65 años, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean perceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo, cuando tuvieran responsabilidades familiares o cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo. 3º.- Demandantes de empleo no ocupados entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y hayan estado inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha. 4º.- Demandantes de empleo no ocupados que conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes b) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha del registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha. c) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, que estarán excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en la fecha del registro de la oferta; aunque sí deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas, en el momento de la contratación. Se reserva a este colectivo un mínimo del 15% de los contratos a celebrar con los colectivos incluidos en este apartado 1, salvo que no exista un número suficiente de mujeres para alcanzar dicho porcentaje. 2º.- Se reserva el 25% de la totalidad de los contratos subvencionados para personas en situación de exclusión social que, con anterioridad a su contratación, se encuentren 2
desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha. La Dirección Provincial de Bienestar Social remitirá al Ayuntamiento la relación de personas a la que hace referencia el párrafo anterior. C) Causas de Exclusión. 1. No figurar inscrito/a como demandante de empleo, no ocupado/a, en las Oficinas de Empleo de Castilla La Mancha en la fecha del registro de la oferta genérica de empleo en los términos establecidos en la base segunda de esta convocatoria, a excepción de las mujeres víctimas de violencia de género, que sí deberán estar desempleadas, no ocupadas, en el momento de la contratación. 2. En ningún caso se podrá contratar a más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir. 3. Presentar la instancia fuera del plazo establecido en la presente convocatoria. 4. No aportar, junto a la solicitud, toda la documentación requerida. 5. Falsedad documental y falta de veracidad en los datos aportados. TERCERA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. La solicitud, junto con la documentación requerida, se dirigirá al Alcaldes-Presidente y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de. El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido desde el 20 de junio al 29 de junio ambos inclusive, en horario de 8:30 a 14:00 horas. Las solicitudes se efectuarán mediante una instancia, acompañada de toda la documentación que a continuación se indica: 1. Fotocopia del D.N.I. o N.I.E. 2. Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar que se encuentren desempleados. 3. Certificado de periodos de inscripción 4. En el caso de que alguno miembro de la unidad familiar no está Inscrito como demandante de empleo y este desempleado deberá presentar una Declaración Jurada que ponga de manifiesto esta situación. 3
5. En el caso de miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que se encuentren estudiando y sean desempleados deberán aportar algún documento que acredite que estas cursando estudios ( Ej: Certificado de notas, matricula, carnet de estudiante, etc..) 6. Certificado de percibir o NO algún tipo de prestación o subsidio por desempleo de todos los miembros de la unidad familiar que estén desempleados. 7. En caso de mujeres víctimas de violencia de género, se acreditará mediante la aportación de la documentación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 1917/2008 (BOE de 10-12-2008): Sentencia condenatoria, resolución judicial, medidas cautelares, orden de protección o Informe del Ministerio Fiscal. 8. Los/las solicitantes que tengan reconocida la condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33 %, deberán presentar fotocopia compulsada del Certificado o Tarjeta expedido por el Centro Base, o por el organismo de la Comunidad Autónoma correspondiente reconociéndole tal discapacidad. Y deberán acreditar si perciben o no alguna prestación o pensión por la discapacidad acreditada. 9. Los miembros de la unidad familiar que trabajen por cuenta ajena, deberán aportar las últimas tres nóminas y en caso de trabajadores autónomos la última declaración del IRPF. 10. En caso de que los miembros de la unidad familiar cobren prestaciones, subsidios, pensiones o cualquier tipo de ayuda, deberán aportar la resolución de aprobación del órgano competente 11. Para la acreditación de situación de convivencia con personas dependientes, se deberá aportar Resolución de Bienestar Social en la que figure la condición de dependiente, unida al certificado de convivencia; o bien, certificado de Bienestar Social en el que se declare que el solicitante es reconocido como cuidador de persona dependiente. 12. Documentación acreditativa del importe de la hipoteca de primera vivienda (del domicilio ocupado y a nombre del solicitante o cónyuge) o alquiler. La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de las bases de la misma. CUARTA.- COMISIÓN DE SELECCIÓN. El órgano que efectuará la selección de los beneficiarios/as participantes en este Plan de Empleo será la Comisión Local de Empleo de este Ayuntamiento, cuyos miembros serán designados por Resolución de Alcaldía. La actuación de la Comisión Local de Empleo se ajustará estrictamente a las bases de la Convocatoria. No obstante la Comisión resolverá las dudas que surjan de su aplicación 4
y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases. QUINTA.- BAREMO DE PUNTUACIÓN. Teniendo en cuenta los criterios de la base segunda de la presente convocatoria, se procederá a la baremación de solicitudes de acuerdo a la siguiente puntuación: A) Renta per cápita de la unidad familiar. La renta per cápita de la unidad familiar se baremará de acuerdo a la siguiente tabla: RENTA FAMILIAR PUNTOS Ingresos cero 6 puntos Ingresos de 1 a 60 euros 5,5 puntos Ingresos de 61 a 120 euros 5 puntos Ingresos de 121 a 180 euros 4,5 puntos Ingresos de 181 a 240 euros 4 puntos Ingresos de 241 a 300 euros 3,5 puntos Ingresos de 301 a 360 euros 3 puntos Ingresos de 361 a 420 euros 2,5 puntos Ingresos de 421 a 480 euros 2 puntos Ingresos de 481 a 540 euros 1,5 puntos Ingresos de 541 a 600 euros 1 puntos Ingresos de 601 a 660 euros 0,5 puntos Más de 660 euros 0 puntos La renta per cápita de la unidad familiar se calculará de la siguiente forma: - Suma de los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar, divididos entre 12 ó 14 meses, en función de que la paga extraordinaria esté prorrateada o no. - A la suma de estos ingresos se le descontará el importe de la hipoteca de primera vivienda o alquiler a nombre del solicitante o cónyuge o persona con análoga relación de convivencia que se justificará con documentación acreditativa, esta cantidad se dividirá entre el número de miembros de la unidad familiar. - Las pensiones de alimentos a favor de los hijos se consideraran un ingreso más de la unidad familiar, o gasto a deducir, en caso contrario. 5
Cuestiones a tener en cuenta para la valoración de la renta per cápita. - Unidad Familiar o de Convivencia: aquella formada por la persona solicitante, y en su caso, quienes convivan con ella en una misma vivienda o alojamiento (se tendrá en cuenta las personas que consten en el padrón municipal), ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, ascendientes y descendientes con consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado y acogidos. Se estimará que una sola persona constituye unidad familiar, cuando esté empadronada sola en dicho domicilio y acredite expresamente que asume los gastos del domicilio ( documentos que acrediten que los gastos de suministros de la vivienda están a su nombre) Atendiendo a las circunstancias se podrá pedir Informe a la Policía Local para la comprobación efectiva de las personas que realmente y con habitualidad conviven en el domicilio del solicitante de que se trate a los efectos de que el cálculo de la Renta Per Cápita de la Unidad Familiar sea real y justo. - Cargas familiares: Hijos menores de 25 años que no obtengan ingresos económicos. Cónyuge o persona con análoga relación de convivencia que no obtenga ingresos económicos. B) Por cada miembro a cargo de la unidad familiar: se computará 1 punto por cada carga familiar. C) Personas que no hayan tenido relación laboral con el Ayuntamiento en el año 2018 ni que no hayan sido contratados por el Ayuntamiento con cargo al Plan Extraordinario de Empleo de la JCCM en el año 2017 y 2016: 5 puntos. D) Situación de convivencia con personas dependientes. La situación de personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que hayan estado fuera del 6
mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes siempre que, en ambos casos, hayan permanecido inscritas durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla la Mancha, se valorará con 1 punto. La acreditación de esta situación se efectuará exclusivamente mediante la aportación de la correspondiente resolución de Bienestar Social, en la que figure la condición de dependiente, unida al certificado de convivencia; o bien, mediante el certificado de Bienestar Social en el que se declare reconocido como cuidador al solicitante. E) Grado de discapacidad. Respecto a la discapacidad de los solicitantes, se baremará de la siguiente forma: GRADO DE DISCAPACIDAD Igual al 33% Del 33% al 66% Más del 66% PUNTOS 0,25 puntos 0,50 punto 0,75 puntos Una vez realizada la baremación, si dos o más aspirantes obtuvieran la misma puntuación, el orden se establecerá siguiendo los siguientes criterios: 1. En primer lugar se priorizará al aspirante con mayores cargas familiares. 2.-En segundo lugar se priorizará la mayor puntuación obtenida en el apartado relativo a la renta per cápita de la unidad familiar. 3. En tercer lugar se priorizará la mayor puntuación obtenida en el apartado relativo a periodo de desempleo. 4. En cuarto lugar se priorizará la mayor puntuación obtenida en el apartado relativo a discapacidad. 5. Por último y de persistir el empate se establecerá como criterio dirimente la mayor edad del candidato/a. SEXTA.- ADMISION DE ASPIRANTES Y RELACIÓN DE SELECCIONADOS Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la Resolución de Alcaldía aprobando la Lista de Admitidos y 7
Excluidos. Se indicarán las causas de exclusión que concurra, concediendo a los interesados un plazo de tres días hábiles para su subsanación. Transcurrido ese plazo se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la Lista Definitiva de Admitidos y Excluidos La Comisión Local de Empleo procederá a la baremación conforme a lo establecido en las bases de la presente convocatoria de los solicitantes admitidos. La propuesta de aspirantes seleccionados/as será elevada por la Comisión Local de Empleo al Alcalde-Presidente, quien la aprobará mediante Resolución que se hará pública en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, para la formalización de los contratos. Los/las seleccionados/as deberán manifestar su aceptación o renuncia al puesto de trabajo, entregando la documentación que les sea requerida por el Ayuntamiento a la mayor brevedad posible, a partir de la publicación del listado de seleccionados/as. SÉPTIMA.- TIPO DE CONTRATO, JORNADA Y RETRIBUCIONES La relación laboral será bajo la modalidad de contrato laboral de duración determinada, por obra o servicio determinado, con una duración de 6 meses. La jornada laboral será completa y la retribución bruta mensual de 858,60 incluida la parte proporcional de pagas extras. OCTAVA.- RÉGIMEN JURÍDICO La presente convocatoria se regirá por la legislación de aplicación, pudiendo interponer recursos contra los actos y decisiones del Tribunal Calificador, de conformidad con lo preceptuado en la Ley39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. a 6 de junio de 2018. EL ALCALDE Fdo.: José Luis Cabezas Delgado. 8
SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PLAN DE EMPLEO SUBVENCIONADO POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE DE CASTILLA -LA MANCHA 2018 (Resolución de 22/05/2018, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo). APELLIDOS: NOMBRE: N.I.F.: Nº TELÉFONO: DIRECCIÓN: C. POSTAL: LOCALIDAD: FECHA DE NACIMIENTO: GRADO DE DISCAPACIDAD ( en su caso): FECHA DE INSCRIPCIÓN OFICINA DE EMPLEO: Documentación a aportar: Fotocopia del D.N.I. o N.I.E. Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar que se encuentren desempleados. Certificado de periodos de inscripción. Certificado de percibir o NO algún tipo de prestación o subsidio por desempleo de todos los miembros de la unidad familiar. En el caso de que alguno miembros de la unidad familiar no está Inscrito como demandante de empleo y este desempleado deberá presentar una Declaración Jurada que ponga de manifiesto esta situación. En el caso de miembros de la unidad familiar mayores de 16 años que se encuentren estudiando y sean desempleados deberán aportar alguno documento que acredite que estas cursando estudios ( Ej: Certificado de notas, matricula, carnet de estudiante, etc..) 9
En caso de mujeres víctimas de violencia de género, se acreditará mediante la aportación de la documentación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 1917/2008 (BOE de 10-12-2008): Sentencia condenatoria, resolución judicial, medidas cautelares, orden de protección o Informe del Ministerio Fiscal. Los/las solicitantes que tengan reconocida la condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33 %, deberán presentar fotocopia compulsada del Certificado o Tarjeta expedido por el Centro Base, o por el organismo de la Comunidad Autónoma correspondiente reconociéndole tal discapacidad. Y deberán acreditar si perciben o no alguna prestación o pensión por la discapacidad acreditada. Los miembros de la unidad familiar que trabajen por cuenta ajena, deberán aportar las últimas tres nóminas y en caso de trabajadores autónomos la última declaración del IRPF. En caso de que los miembros de la unidad familiar cobren prestaciones, subsidios, pensiones o cualquier tipo de ayuda, deberán aportar la resolución de aprobación del órgano competente. Para la acreditación de situación de convivencia con personas dependientes, se deberá aportar Resolución de Bienestar Social en la que figure la condición de dependiente, unida al certificado de convivencia; o bien, certificado de Bienestar Social en el que se declare que el solicitante es reconocido como cuidador de persona dependiente. Documentación acreditativa del importe de la hipoteca de primera vivienda (del domicilio ocupado y a nombre del solicitante o cónyuge) o alquiler. Causas de exclusión. - No figurar inscrito/a como demandante de empleo, no ocupado/a, en las Oficinas de Empleo de Castilla La Mancha en la fecha del registro de la oferta genérica de empleo. - En ningún caso se podrá contratar a más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir. - Presentar la instancia fuera del plazo establecido en la presente convocatoria. - No aportar, junto a la solicitud, toda la documentación requerida. - Falsedad documental y falta de veracidad en los datos aportados., a de de 2.018 Firma del solicitante. DECLARACIÓN RESPONSABLE D. con DNI nº y domicilio en El abajo firmante DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD (Márquese lo que proceda): Que estoy inscrito/a como demandante de empleo, no ocupado/a, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en la oficina de empleo de. Que he cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y estoy inscrito/a como demandante de empleo, no ocupado/a, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en la oficina de empleo de. 10
Que estoy inscrito/a como demandante de empleo, no ocupado/a, en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezco a familias en las que ningún miembro esté empleado o que he estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidador/a de personas dependientes (siempre que, en ambos casos, hayan permanecido inscritas durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la del registro de la oferta en la oficina de empleo de ). Que son ciertos los datos que figuran en el presente documento, aceptando expresamente QUE EN CASO CONTRARIO SERÉ SANCIONADO/A CON LA EXCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO. Que concedo AUTORIZACION expresa, al Ayuntamiento de para comprobar y/o solicitar datos relativos a los requisitos/valoración/baremación de esta convocatoria a las distintas Administraciones Públicas. La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de las bases de la misma., a de de 2018 Firma del declarante AUTORIZACION DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR DEL SOLICITANTE D., con DNI nº y domicilio en El abajo firmante DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que concedo AUTORIZACION expresa, al Ayuntamiento de para comprobar y/o solicitar datos relativos a las prestaciones, subsidios, pensiones o cualquier tipo de ayuda de que perciba, a las distintas Administraciones Públicas., a de de 2018 11
Firma del declarante 12