ANÁLISIS DE LOS ASPECTOS LEGALES Y DE PROTECCIÓN DE LAS PATENTES

Documentos relacionados
PROPIEDAD INTELECTUAL COMO

Derechos de Autor. Sesión 4: La Propiedad Industrial en particular. Primera parte.

Objetivo: conocerá el marco jurídico respecto a las patentes en la propiedad industrial en México.

LA PROPIEDA INDUSTRIAL COMO HERRAMIENTA ESTRATÉGICA

La Protección de la innovación, la tecnología y situación actual en México

INVENCIONES MECÁNICAS Y ELÉCTRICAS

Derechos de autor. Sesión No.4 La propiedad Industrial en particular

REDACCIÓN DE PATENTES

Propiedad Intelectual Introducción

Mtra. Gisele Jouanen Octubre 2014

La Universidad Autónoma de Nuevo León tiene. La propiedad. intelectual en la UANL. Opinión

JOSÉ ENRIQUE CÁZARES AVILA LA OFICINA NACIONAL (IMPI) Y EL PROCEDIMIENTO DE CONCESION DE PATENTES

PROPIEDAD INTELECTUAL

Centro de Vinculación Universidad - Empresa

Derechos de autor. Sesión No.5 La propiedad Industrial en particular

BÚSQUEDA DE PATENTES

Propiedad Intelectual

Universidad Anáhuac Puebla. Segundo Ensayo Ley de Propiedad Industrial. Materia: Propiedad Industrial y Licencias. Profesor : Esteban Guevara Montiel

Juan Bataller Grau Catedrático de Derecho mercantil CEGEA Universidad Politécnica de Valencia

PROPIEDAD INDUSTRIAL

CARRERA DE ESPECIALIZACION EN BIOTECNOLOGIA INDUSTRIAL FCEyN-INTI. Introducción a la propiedad industrial. Docente a cargo: Lic.

Derecho informático. Derecho informático Sesión No. 8: Propiedad Intelectual y nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Parte I.

Denominación de la asignatura: Derecho de la Propiedad Industrial, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Secretos Industriales

Les damos una cordial bienvenida al

Corporación Empresarial del Oriente Antioqueño

MÓDULO IV Creaciones Nuevas y Figuras Afines. Diseños Industriales, Modelos de Utilidad y Circuitos Integrados. Dr. Manuel López Robles

LA PROPIEDAD INTELECTUAL COMO ESTRATEGIA PARA PROMOVER LA INNOVACIÓN (Innovación Agrícola)

Registro de la Propiedad Industrial

Patentes farmacéuticas y derecho a la salud. Taller sobre Comercio y Salud 5 y 6 de julio del 2006 Silvia Salazar Proinnova-Universidad de Costa Rica

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE REGISTROS EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA COORDINACIÓN DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA ABOGADO

POLÍTICA DE PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA DE TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO DEL CMM

DERECHOS DE OBTENTOR Y PATENTES

INTRODUCCIÓN A ASPECTOS BÁSICOS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL INVENCIONES Y CREACIONES INDUSTRIALES. Derecho de la Publicidad

TÍTULO VII PROPIEDAD INTELECTUAL CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 195. Objetivos

El Sistema de patentes en el Perú y el acceso a los recursos genéticos

Patentes y estrategias: mitos y verdades. Dario Gabriel Codner Secretaría de Innovación y Transferencia Tecnológica

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN LICENCIATURA EN DERECHO PROGRAMA DE ASIGNATURA

PATENTES DE INVENCION MODELOS DE UTILIDAD INDUSTRIALES

Jornada sobre aspectos legales de la I+D+i en el sector de la carretera

DISEÑOS INDUSTRIALES

PROPIEDAD INTELECTUAL (PI)

UNIVERSIDAD ANÁHUAC PUEBLA MATERIA: PROPIEDAD INDUSTRIAL Y LICENCIAS CATEDRÁTICO: ESTEBAN GUEVARA MONTIEL ALUMNOS : VANESSA MARTINEZ ORTIZ

06/11/2011 OEPM OEPM

TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INDUSTRIAL

TERCER SEMINARIO REGIONAL SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL PARA JUECES Y FISCALES DE AMÉRICA LATINA

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

Taller Marques i Dissenys

OFICINA DE TRANSFERENCIA DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN. Patentes en Ingeniería. Distintas formas de protección

CARTA DESCRIPTIVA (FORMATO MODELO EDUCATIVO UACJ VISIÓN 2020)

Temas selectos de derecho corporativo. Sesión 3: Patentes, marcas y derecho de autor

Patentes en Guatemala. Dirección Técnica

Nombre: Yesenia Aguilar Medina. Tema: Impacto del diseño en el medio ambiente. Profesor: Cabrera Lazarini José Guadalupe Octavio.

Patentes. Capital y protección intelectual 4to semestre Licenciatura en Gestión Tecnológica Docente: Nancy Maribel Vargas Adame

propiedad intelectual

Experiencia en México: evaluaciones de programas de apoyo a la innovación empresarial en México

I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN

Derechos de autor. Sesión No.7 La propiedad Industrial en particular

Objeto de estudio I. Introducción.

Módulo IV. Creaciones Nuevas y Figuras Afines Variedades Vegetales. Rodrigo Calderón Ponce

NORMATIVA SOBRE LA PROTECCIÓN DE RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.

Objetivos de aprendizaje

Sesión No. 4. Nombre: La Propiedad industrial en particular. Contextualización DERECHOS DE AUTOR

3ª Exhibición Regional de Prototipos

Protección de resultados en Ingeniería

MANUAL DEL INVESTIGADOR

DISEÑOS INDUSTRIALES, MODELOS DE UTILIDAD Y CIRCUITOS INTEGRADOS ING. EUGENIO PÉREZ PÉREZ

Propiedad Intelectual y Transferencia de Tecnología de la UAIM

LOS DISEÑOS INDUSTRIALES ING. CLAUDE GARCIA ORTIZ

PROPIEDAD INTELECTUAL. Curso Privado IV Dr. Ricardo Olivera García. Docente encargado del tema: Esc. Daniella Cianciarulo

Patentes, Marcas y Derecho de Autor

a un producto industrial?

En el capítulo de Contenido de la Iniciativa se hace una descripción de la iniciativa presentada por el legislador promovente.

DETERMINADOS ASPECTOS DE LAS LEGISLACIONES NACIONALES Y REGIONALES EN MATERIA DE PATENTES *

5.1 DIAGRAMA DE FLUJO... 8

Propiedad Intelectual y Gestión del Conocimiento: Experiencia en el Tecnológico de Costa Rica

ASPECTOS FISCALES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

El sistema de patentes de invención y de modelos de utilidad. Principios generales de protección internacional.

Docente a cargo: Lic. Fabián Biali

PROPIEDAD INDUSTRIAL

CARRERA DE ESPECIALIZACION EN BIOTECNOLOGIA INDUSTRIAL FCEyN-INTI. Introducción a la propiedad industrial. Docente a cargo: Lic.

Oficina de Transferencia de Tecnología. Consejo Superior de Investigaciones Científicas

Nombre de. la exposición. Fecha y sede

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

CURSO TALLER AVANZADO DE REDACCIÓN DE PATENTES Áreas Mecánica-Eléctrica y Diseños

Introducción a la Propiedad Derechos de Propiedad Industrial

Por qué proteger? Para qué proteger? Qué proteger?

Instituto Mexicano del Petróleo. I Taller Regional de Formación de Formadores en Propiedad Industrial: redacción de solicitudes de patentes

A quien esta dirigido el CATI?

Elaborado por: Vanessa Martínez Sosa

Qué es Propiedad Intelectual?

Capítulo 10 Propiedad Intelectual

TALLER DE PROPIEDAD INDUSTRIAL ELEMENTOS A TENER EN CUENTA EN LAS ACTIVIDADES DE EXPORTACION

Transcripción:

ANÁLISIS DE LOS ASPECTOS LEGALES Y DE PROTECCIÓN DE LAS PATENTES Miryam Gurrola Soto Escuela Superior de Ingeniería y Arquitectura, IPN mgurrola@ipn.mx Ivonne Yesenia Hernández González Escuela Superior de Ingeniería Química e Industrias Extractivas, IPN ivonneyeseniahg@yahoo.com.mx Resumen El objetivo de este trabajo es hacer una reflexión para comprender cómo se regula la propiedad industrial en México, en específico, el uso de las patentes, cuyo régimen legal ha permitido el desarrollo científico y tecnológico al proteger el conocimiento y las innovaciones, lo cual ha sido relevantes en el mundo y ha generado grandes beneficios en el progreso económico de las naciones industrializadas. La regulación de la propiedad industrial y protección de las patentes es fundamental para lograr un perfeccionamiento en su régimen actual, mismo que ha permitido la protección de los inventos, modelos de utilidad y secretos industriales, normatividad de la que también se han beneficiado las Instituciones Educativas para proteger el conocimiento y resultados de la investigación que se genera en sus recintos. Palabras clave: Inventos, Patentes, Propiedad Industrial. En la actualidad en la Escuela Superior de Ingeniería Química e Industrias Extractivas (ESIQIE) del Instituto Politécnico Nacional (IPN), se observa cada vez más diversos trabajos innovadores, así como sus mejoras continuas. En mucho de los casos estas mejoras y/o innovaciones se dejan a la deriva, no se tiende a proteger el trabajo ni de los docentes, ni de los estudiantes. Cabe mencionar que muchos de los casos, es por desconocimiento legal de cómo resguardar su trabajo. En consecuencia es conveniente prestar Ejemplar 18. Enero-Junio de 2018 1

atención a la difusión de los aspectos legales, así como a la protección de las patentes. La Propiedad Industrial ha sido tema relevante en las negociaciones y tratados comerciales de las últimas décadas, a tal grado que el intento constante de homologar las legislaciones de los países ha sido un movimiento destacado que ha tomado fuerza en la actualidad, pues es un hecho que la ciencia, la tecnología y la innovación están cada vez más globalizadas, por lo cual resulta obligatorio estudiar el tema dentro de las universidades y centros de investigación. El IPN es motor de las innovaciones y desarrollos científicos, por lo que se deben considerar los aspectos normativos de cómo regular dichas invenciones y así motivar a los futuros científicos para crear e innovar. Para comenzar, es necesario aclarar que para fines del presente artículo, sólo se analizarán los aspectos legales y de protección de las patentes. Aspectos Legales de la Propiedad Industrial Desde tiempos muy remotos, el ser humano ha tenido la necesidad y el interés por realizar inventos o mejoras respecto de las herramientas e instrumentos que le permitan, obtener alimento, vivienda y posteriormente una vida con mayores comodidades y desarrollo tecnológico, por tanto ha resultado necesario que se establezcan medios de regulación y de protección que salvaguarden dichos inventos. De acuerdo a Pérez (1999) los primeros privilegios que se otorgan con características similares a las patentes actuales se remonta al siglo XV en los principados alemanes, en estos nace como un derecho del inventor, cuya protección fundamental se otorga para proteger la invención de manera temporal con la finalidad de dar empuje al desarrollo industrial, por lo que se requería que fuera explotada, forzosamente dicha invención. Las patentes, según Pérez (1999) fueron tan importantes que se promulgó una primera ley en Estados Unidos de Norteamérica, el 10 de abril de 1790; este hecho, tuvo como resultado el surgimiento del derecho de propiedad industrial, cuyo instrumento jurídico, llamado patente, es uno de sus principales medios de regulación, y de tal importancia, que en la actualidad el derecho de propiedad intelectual e industrial son temas fundamentales en los acuerdos celebrados entre las naciones, como es el caso del Tratado de Libre Comercio con América del Norte, la Organización Mundial del Comercio o bien en la suscripción del Convenio de París en 1883, creado con la finalidad de proteger a los nacionales en el ámbito de la creatividad y la inventiva. La Propiedad Industrial pertenece al ámbito de los derechos de creación intelectual que a diferencia de los derechos de autor, se encuentra referido al campo de la industria y del comercio; teniendo como característica, que sirve para proteger a las personas tanto físicas como morales y que desean regular sus creaciones, ya sea como patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, o bien como secreto industrial, pudiendo distinguir sus productos o servicios a través de instrumentos como marcas o denominaciones de origen. 2

En México, el primer antecedente que se tiene de una reglamentación en esta materia es con la Ley sobre Derechos de Propiedad de los Inventores o Perfeccionadores de algún ramo de la industria, decretada el 7 de mayo de 1832 (Viñamata Paschkes, 1998). En la actualidad, es la Ley de la Propiedad Industrial, la que se encuentra vigente. En dicha ley, las patentes se definen de acuerdo al artículo 16, como: Las invenciones que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptible de aplicación industrial, en los términos de la Ley. Sin embargo, la misma ley establece cinco casos de excepciones a patentar: I. Los procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y propagación de plantas y animales; II. El material biológico y genético tal como se encuentra en la naturaleza; III. Las razas animales; IV. El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen, y V. Las variedades vegetales. Por su parte, los modelos de utilidad, de acuerdo con la misma Ley, artículo 28, se consideran los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad. En el caso de los diseños industriales, éstos comprenden, de acuerdo al artículo 32 de la Ley en comento, los dibujos industriales, que son toda combinación de figuras, líneas o colores que se incorporan a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio, y los modelos industriales, constituidos por toda forma tridimensional que sirva de tipo o patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial en cuanto no implique efectos técnicos. Por lo que refiere a los secretos industriales, el artículo 82 de la misma Ley refiere a la información de aplicación industrial o comercial que guarda una persona física o moral con carácter confidencial, que le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual haya adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencial; esta necesariamente deberá estar referida a la naturaleza, características o finalidades de los productos; a los métodos o proceso de producción; o a los medios o formas de distribución o comercialización de productos o prestación de servicios. Un ejemplo de patentes, se da en la industria farmacéutica, cuando se descubre algún nuevo medicamento o fórmula, el derecho se otorga por 20 años; asimismo, con relación a los secretos industriales está la fórmula con la cual se elabora el refresco Coca Cola o bien, en Google, este último con el uso de sus algoritmos de búsqueda; casos como estos, suelen haber con mucha frecuencia con el fin de mantener en secreto la información que se aplica y obtener así, una ventaja competitiva frente a los competidores. Relevancia de la Propiedad Industrial Con la globalización e integración económica, la liberalización de los mercados y la creciente competencia comercial originada por los avances científicos y tecnológicos en el campo de las telecomunicaciones, informática, robótica, 3

biotecnología, nanotecnología, medicina, las energías renovables y el transporte, son áreas que se identifican como unas de las principales transformaciones de las economías del mundo, que han dado origen a la relevancia de la Propiedad Industrial. Puesto que gracias al acelerado cambio tecnológico y surgimiento de las nuevas tecnologías, principalmente en las economías desarrolladas, quienes presionaron para incorporar el tema de la propiedad intelectual en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), lograron su regulación y su armonización del derecho en todos los países miembros. Como consecuencia la mayoría de los países y en especial los de América Latina, como señala Huerta, (2000), han comenzado desde hace varios años, a adoptar leyes que fortalecen la protección otorgada a la propiedad industrial, liberalizando los regímenes que controlan las inversiones y promueven las exportaciones y las innovaciones tecnológicas, equiparando dichos derechos y obligaciones con los países más industrializados; así como han logrado la regulación del comercio internacional de conformidad con lo establecido por la OMC. Es pertinente señalar que los principales cambios que se han realizado en México en materia de propiedad industrial, han sido el caso de las patentes y su regulación, al extender el plazo de vigencia de protección, que en la actualidad se otorga hasta por veinte años. Otro cambio importante en la regulación y otorgamiento de patentes, es el relativo a la protección de productos y procesos farmacéuticos e invenciones en materia viva, con las excepciones establecidas por la Ley, así como procedimientos biotecnológicos. De acuerdo con la Ley de la Propiedad Industrial en México, el otorgamiento de patentes, para productos químicos, agroquímicos, farmacoquímicos, y farmacéuticos, parece ser una tendencia en la regulación actual. Cabe señalar que el otorgamiento de patentes no sólo es un mecanismo de protección de derechos del inventor, sino que es también un mecanismo que pretende fomentar el desarrollo tecnológico y científico del país; lo anterior en virtud de que el invento necesariamente debe de tener una aplicación práctica y forzosa. Por lo que si la Propiedad Industrial, lleva a cabo su finalidad, promoverá y fomentará la actividad inventiva de aplicación industrial y las mejoras técnicas que tenderán a favorecer la creatividad de diseños y presentación de nuevos productos y servicios que demanda la sociedad y a su vez, puedan ser aplicados a otras tecnologías. Requisitos para otorgar una Patente De Acuerdo con Serrano (2000), las reglas de las patentes son básicamente tres: novedad, originalidad y aplicabilidad. El significado de novedad tiene que ver con que no se encuentre en estado de técnica; originalidad, es que se encuentre en un proceso creativo que no sea fácilmente deducido del estado de la técnica y finalmente que tenga una aplicabilidad, es decir que se pueda utilizar en el ámbito de la industria. Por consiguiente es necesario recordar que uno de los principales requisitos de otorgamiento de una patente, es precisamente que la misma al ser otorgada deberá de aplicarse y producirse en la industria. 4

Las patentes tendrán una vigencia de 20 años, mismos que serán improrrogables y los cuales comenzarán a contar a partir de la fecha en que se haya presentado la solicitud de otorgamiento de la patente ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Es importante resaltar que la Ley de la Propiedad Industrial, señala en su artículo 18 que la divulgación de una invención no afectará que se siga considerando como nueva cuando dentro de los doce meses previos a la fecha de presentación de la solicitud de patente o, en su caso de la prioridad reconocida, el inventor o su causahabiente hayan dado a conocer la invención, por cualquier medio de comunicación, por la puesta en práctica de la invención o porque la hayan exhibido en una exposición nacional o internacional. Esta situación es importante conocerla, ya que muchos investigadores, consideran que al publicitar su invención, alguien podrá obtenerla y la misma no podrá patentarse, sin embargo la misma Legislación permite su publicación sin que por ello se pierda la titularidad o el derecho sobre dicha invención; cabe observar que al final, su publicidad será importante para que la misma pueda aplicarse y en su caso explotarse. La misma Ley, en su artículo 19 indica en ocho fracciones lo que no se considera como invenciones, las cuales se enlistan a continuación: I. Los principios teóricos o científicos; II. Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aun cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre; III. Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos; IV. Los programas de computación; V. Las formas de presentación de información; VI. Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias; VII. Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico, aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales, y VIII. La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezcladas de productos conocidos, su variación de uso, de forma, de dimensiones o de materiales, salvo que en realidad se trate de su combinación o fusión de tal manera que no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o funciones características de las mismas sean modificadas para obtener un resultado industrial o un uso no obvio para un técnico en la materia. Finalmente, es conveniente resaltar que dentro de la Propiedad Intelectual, existen dos vertientes: la primera, tratada en el presente artículo alusiva a la propiedad industrial que comprende las patentes, modelos de utilidad, secretos industriales y diseños industriales, además de las marcas, avisos y nombres comerciales y denominación de origen, y la otra vertiente relativa a los Derechos de Autor, cuya regulación se específica precisamente en otra legislación denominada Ley Federal del Derecho de Autor. Conclusiones. La regulación de la Propiedad Industrial en México para la protección del conocimiento e inventiva, ha evolucionado hacia una normatividad acorde a los lineamientos internacionales. Además, la protección a través de los diversos instrumentos jurídicos, establece la legislación en materia de propiedad industrial, promueve e 5

incentiva la generación del desarrollo científico y tecnológico, expresado en los inventos, modelos de utilidad, secretos industriales y diseños industriales, resultado del trabajo investigativo. En conclusión, la intención de este artículo es divulgar primordialmente la importancia de dar justo valor a las actividades que se realizan y sean resguardadas dentro de las instituciones educativas; por añadidura, es relevante educar a los jóvenes a valorar y cuidar su trabajo. Referencias. Becerra Ramírez, M. (2000). Derecho de la Propiedad Intelectual. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM. Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. (27 de junio de 1991). Ley de la Propiedad Industrial. México: Diario Oficial. Huerta Casado, Y. (1998). El Tratado de Libre Comercio en Materia de Propiedad Intelectual y sus Repercusiones en América Latina. México: Instituto de Investigaciones Jurídica. UNAM. Jalife Daher, M. (1998). Comentarios A La Ley De La Propiedad Industrial. México: Mc Graw Hill. Pérez Miranda, R. (1999). Propiedad industrial y competencia en México (2 ed.). México: Porrúa. Serrano Migallón, F. (1992). La propiedad Industrial en México (3 ed.). México: Poarrúa. Viñamata Paschkes, C. (1998). La Propiedad Intelectual. México: Trillas. 6