PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN E IMPARTICIÓN DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN PARA PEONES

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Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN E IMPARTICIÓN DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN PARA PEONES DE LIMPIEZA DE DIFERENTES PROGRAMAS DE EMPLEO PRIMERO.- OBJETO DEL CONTRATO. El presente Pliego tiene por objeto regular la ejecución, gestión y justificación administrativa ante la Comunidad de Madrid de los dos cursos de formación que tienen que recibir los trabajadores contratados como Peones de limpieza dentro de la Orden de 23 de junio de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, de los siguientes programas: Programa de cualificación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años (2017) y Programa de cualificación profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración (2017). La formación se impartirá de manera independiente a los 2 grupos de trabajadores. Esto significa que toda la formación a impartir detallada en el apartado ANTECEDENTES, se deberá impartir a 2 grupos compuestos por 10 trabajadores cada uno. Además, y con el fin de escalonar la formación, no se iniciará la formación de un grupo hasta no haber finalizado la del otro, siempre que esto fuese posible por cuestión de fechas. La impartición de la formación está supeditada a que el Ayuntamiento de Guadarrama configure los dos grupos de trabajadores en las dos subvenciones concedidas por la Comunidad de Madrid. La empresa formadora deberá contar con la acreditación de la Comunidad de Madrid para impartir la formación de los siguientes certificados de profesionalidad y formación complementaria: - SSCM0108 Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales (150 horas). - SEAG0209 Limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales (130 horas). - Cocina doméstica (30,5 horas) - Acondicionamiento de camas, prendas de vestir y ropa de hogar (27 horas) SEGUNDO.- JUSTIFICACIÓN. ANTECEDENTES 1 de 12

El Ayuntamiento de Guadarrama ha sido beneficiario de dos subvenciones en relación con la Orden de 23 de junio de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, de los siguientes programas: Programa de cualificación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años (2017) y Programa de cualificación profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración (2017). El personal contratado debe realizar una formación relacionada con su experiencia profesional de 337,5 horas, que está financiada por la Comunidad de Madrid a razón de 8 /hora/alumno. En el caso de las personas contratadas con el perfil profesional de peones de limpieza (10 personas programa desempleados > 30 años y 10 personas programa desempleados jóvenes), tienen que recibir la siguiente formación (curso): - Certificado de profesionalidad SSCM0108 Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales (RD 1378/2009, de 28 e agosto) compuesto de los siguientes módulos formativos: - MF0972_1 Limpieza, tratamiento y mantenimiento de suelos, paredes y techos en edificios y locales (30 horas). - MF0996_1 Limpieza del mobiliario interior (30 horas) - MF1087_1: Limpieza de cristales en edificios y locales (30 horas). - MF1088_1: Técnicas y procedimientos de limpieza con utilización de maquinaria. (60 horas) - Certificado de profesionalidad SEAG0209 Limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales (RD 720/2011, de 20 de mayo) compuesto de los siguientes módulos formativos: - MF1313_1 Limpieza de espacios abiertos (50 horas). - MF1314_1 Limpieza en instalaciones y equipamientos industriales (80 horas) - MF1087_1: Limpieza de cristales en edificios y locales (30 horas). - MF1088_1: Técnicas y procedimientos de limpieza con utilización de maquinaria. (60 horas) - Cocina doméstica (30,5 horas) - Acondicionamiento de camas, prendas de vestir y ropa de hogar (27 horas) 2 de 12

OBJETIVOS PREVISTOS El objetivo es que los trabajadores contratados por el Ayuntamiento de Guadarrama como Peones de limpieza reciban una formación en los certificados de profesionalidad citados con anterioridad de la máxima calidad. TERCERO.- CONCRECIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS A REALIZAR EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN DEL CURSO 1.- DIRECCIÓN TÉCNICA La empresa adjudicataria deberá designar una Dirección Técnica para la ejecución del presente contrato que será responsable de su correcta ejecución sin perjuicio de la responsabilidad de la adjudicataria debiendo quedar claramente especificada en la documentación incluida en la Oferta. 2.- EJECUCIÓN DE LA GESTIÓN DE LOS CURSOS FORMATIVOS Tras la valoración de las propuestas y la adjudicación del contrato corresponderá a la empresa adjudicataria acometer la gestión y ejecución de los diferentes trámites de los cursos formativos a realizar, no siendo responsable el Ayuntamiento de Guadarrama de la gestión y presentación de dicha documentación ante el organismo gestor de los certificados de profesionalidad, la Comunidad de Madrid. La Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid tiene la competencia de regular los certificados de profesionalidad que se impartan, por lo que la empresa adjudicataria deberá aportar la documentación que así se estipule por dicha Consejería. A modo de relación no exhaustiva, dado que puede modificarse la normativa sobre seguimiento de los cursos, la 3 de 12

empresa adjudicataria entregará en tiempo y forma, como centro acreditado para impartir la formación, la siguiente documentación: - Solicitud de autorización de inicio. - Planificación didáctica (SEN-0a). - Programación didáctica (SEN-0b). - Planificación de la evaluación del aprendizaje (SEN-0c). - Comunicación de modificaciones vinculadas a proyecto formativo (SEN- 15). - Solicitud participación simultánea de dos docentes (SEN-17). - Informe de prueba práctica (SEN-27). - Informe de prueba teórica (SEN-28). - Ficha de alumno (SEN-5). - Relación global de alumnos participantes (SEN-9). - Partes de asistencia (SEN-12 o los que correspondan). - Archivo comprimido Gesalu. - Informe final de la entidad (SEN-22). - Informe de evaluación individualizado (SEN-24). - Acta de evaluación (SEN-25). - Certificación provisional (CP-9). - Y cuantos otros sean requeridos o exigidos por la D. G. de Formación para este tipo de cursos de certificados de profesionalidad. Por otro lado, y para cumplir con los requerimientos de la Orden reguladora, la entidad formadora deberá responsabilizarse del control de la asistencia de los alumnos y los docentes a través del Anexo V y Anexo V-bis de la Orden 17 de junio de 2016. Además, la empresa formadora deberá exigir a los trabajadores que realicen el curso la justificación de las faltas de asistencia. Las faltas de asistencia no 4 de 12

justificadas deberán ser informadas inmediatamente al Ayuntamiento de Guadarrama. La empresa formadora enviará por correo electrónico al Ayuntamiento de Guadarrama los Anexos V y V-bis escaneados con carácter semanal, con el fin de realizar un seguimiento de la realización del curso por parte de los trabajadores. Lugar de impartición de la formación Con el fin de mejorar los tiempos de desplazamiento de los alumnos, la formación deberá ser impartida en aulas acreditadas en la localidad de Guadarrama. El Ayuntamiento de Guadarrama podrá ceder, siempre y cuando tenga disponibilidad de espacios, si la empresa formadora así lo demanda, las instalaciones necesarias para la acreditación de la formación en la localidad de Guadarrama. En todo caso, la empresa formadora estará obligada a realizar todos los trámites de acreditación de las instalaciones, siendo la responsable de dotarla del mobiliario, herramientas y equipamiento necesarios. CUARTO.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA. Los licitadores deberán presentar su Propuesta Técnica en el Sobre "C" con la denominación de "Documentación Técnica para la CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN E IMPARTICIÓN DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN PARA PEONES DE LIMPIEZA DE DIFERENTES PROGRAMAS DE EMPLEO, con el siguiente contenido: A. Dirección Técnica. El director técnico deberá contar con titulación adecuada para responsabilizarse de la gestión de los cursos formativos. 5 de 12

Para ello deberá aportarse currículum vitae acreditado (es decir, con copia compulsada de los titulaciones y otros meritos que incluya). B. Propuesta de impartición del curso formativo. Memoria en la que se detalle cómo se va a realizar la impartición del curso formativo. Se deberá detallar aquellos medios, metodología, material didáctico, profesorado, etc. que se utilizará para lograr la máxima calidad de la formación. En la misma se detallará el lugar de impartición del curso y se documentará que las instalaciones están acreditadas o pueden realizarse los trámites de acreditación en un breve período de tiempo. También se detallará el material didáctico y personal que se va a utilizar (libros, medios didácticos, ropa de trabajo a utilizar por los alumnos, etc.). C. Propuesta de gestión del curso formativo. Memoria en la que se detalle cómo se va a realizar la gestión documental y administrativa de los cursos formativos. Documentación acreditativa de tener acreditados los siguientes certificados de profesionalidad: - SSCM0108 Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales (150 horas y SEAG0209 Limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales (130 horas). QUINTO.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. I.- Equipo de Trabajo La empresa adjudicataria aportará, para la ejecución del contrato, un equipo de trabajo con la titulación académica adecuada y los conocimientos necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato. Para justificarlo, habrá de incluirse en la propuesta presentada Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo con copia compulsada de su titulación académica. El equipo de trabajo ejecutor deberá contar con un Director Técnico que desarrollará las funciones de coordinador, dando debida cuenta de los trabajos en ejecución al Ayuntamiento de Guadarrama. La empresa adjudicataria deberá contar con el personal necesario para atender correctamente el servicio durante todo el período del contrato, y deberá cubrir las bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, accidentes, etc. que pueda causar dicho personal, entendiendo que los costes derivados de dichos conceptos estarán incluidos en el precio de la oferta. 6 de 12

El personal adscrito a los puestos de trabajo propuestos por el contratista dependerá exclusivamente del mismo, sin que se genere vinculación laboral ni funcionarial alguna con el Ayuntamiento de Guadarrama, que en ningún caso resultará responsable de las obligaciones contraídas entre el adjudicatario y su personal, aún cuando las sanciones o despidos que adopte sean como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento o interpretación del presente contrato. La empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento de todo lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como la normativa y reglamentación que le sea de aplicación en su caso y de Seguridad Social vigente en cada momento. La empresa adjudicataria deberá presentar una Evaluación de Riesgos Laborales de las tareas de cada uno de los puestos de trabajo, incluyendo una descripción detallada de los riesgos considerados y las medidas de prevención colectiva e individual a adoptar, y firmar el Proyecto Técnico de Funcionamiento del Centro. II. Gestión del curso formativo La adjudicación del Contrato implica asumir la gestión del curso de formación ante la Comunidad de Madrid durante todo el desarrollo del curso conforme al presente PPT y a la Oferta presentada y, en concreto, la propuesta de gestión del curso formativo contenido en la misma. La gestión del curso comprenderá, al menos, y en todo caso: 1. La gestión administrativa. 2. La gestión del desarrollo del curso. 3. La gestión del personal adscrito al Centro. El adjudicatario gestionará la totalidad del curso ocupándose de todos los aspectos organizativos y técnicos necesarios, siendo de su cuenta y cargo todos los gastos y pagos necesarios para la correcta impartición del mismo. La empresa adjudicataria asumirá la plena responsabilidad frente al Ayuntamiento de Guadarrama y frente a terceros por el desarrollo del curso formativo. A dichos efectos dispondrá de Pólizas de Seguros de Responsabilidad Civil de explotación mínima de 60.000,00 y un seguro de accidente colectivo para el curso que se realice. 7 de 12

La empresa adjudicataria, durante la duración de la gestión del curso, correrá con los gastos de personal, suministros, material didáctico, permisos, licencias, mercaderías, impuestos y demás gastos derivados de la gestión global del curso. Deberá disponer de las habilitaciones, licencias, etc., precisas para gestionar y realizar todas y cada una de las actividades previstas. III. Gastos de suministros, servicios e impuestos Serán por cuenta del adjudicatario los gastos que se originen por todos los conceptos que se devengaran o derivados por el uso, conservación y mantenimiento de instalaciones durante el período ofertado, a saber: autorizaciones administrativas, revisiones legales, licencias, tributos locales, autonómicos o estatales y cualesquiera otros gastos que resulten de aplicación en la forma y cuantía que resulten como suministro de electricidad, gas, agua, teléfono, comunicaciones, limpieza, desinfección y desinsectación del inmueble. IV. Obligaciones laborales y sociales Será de cuenta del adjudicatario contratar el personal necesario con la cualificación necesaria y suficiente para atender todos los servicios en todo momento. El adjudicatario tendrá el carácter de empresario totalmente autónomo e independiente respecto del Ayuntamiento de Guadarrama, plenamente responsable tanto frente a proveedores como a cualquier Administración u organismo público, en especial la Seguridad Social y la Administración Tributaria. Será asimismo responsable de cualquier otra obligación que pudiera derivarse de las relaciones laborales o de otra índole del personal que pudiera contratar para el desarrollo de su actividad empresarial, respondiendo así de toda clase de salarios, remuneraciones, seguros, subsidios, así como reclamaciones ante 8 de 12

los órganos del orden jurisdiccional social y sin que en ningún caso pueda entenderse o suponerse la existencia de relación alguna entre dicho personal y el Ayuntamiento de Guadarrama tras el período de gestión y sin que en el momento de la extinción del contrato estas partes hayan de subrogarse en el lugar del empresario. El empresario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Prevención de Riesgos Laborales y de coordinación de actividades empresariales en materia de Prevención de Riesgos. V. Conservación y reposición El adjudicatario queda obligado, a su costa y bajo su exclusiva responsabilidad, a mantener en todo momento en perfecto estado de conservación y limpieza todos los elementos e instalaciones del Centro donde se impartan los cursos. SEXTO.- FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO. FORMA DE EJECUCIÓN, COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO. I. Facultades del Ayuntamiento. El Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas de interpretación del presente PPT; la resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento; la modificación del contrato por razones de interés público; y acordar la resolución del contrato previa tramitación de expediente al efecto. El seguimiento y control de los trabajos corresponden al Ayuntamiento de Guadarrama a través de la Concejalía Delegada que, en todo caso, mantendrá el poder de policía necesario para asegurar la buena prestación del servicio. II. Forma de Ejecución. 9 de 12

El Ayuntamiento, para el correcto seguimiento del servicio, establecerá un calendario de reuniones con la empresa adjudicataria y/o su Dirección Técnica como responsable de la ejecución de las prestaciones del contrato. No obstante, el Ayuntamiento de Guadarrama podrá solicitar en cualquier momento la información que se estime oportuna sobre el estado de desarrollo del proyecto. SÉPTIMO.- DURACIÓN DEL CONTRATO. El contrato tendrá una duración estimada de 8 meses, finalizando una vez finalizados los cursos y se haga entrega a los alumnos de los correspondientes certificados de profesionalidad emitidos por la Comunidad de Madrid. OCTAVO.- INICIO DE LA IMPARTICIÓN DE LA FORMACIÓN Con el objeto de cumplir con las bases reguladoras de los Programas de desempleados de larga duración, el inicio de la impartición de la formación para el primer grupo (Desempleados de larga duración mayores de 30 años) deberá ser anterior al 15 de octubre de 2017. El inicio de la impartición de la formación para el segundo grupo (Desempleados de larga duración menores de 30 años) deberá ser en un período de 3 meses una vez iniciada la relación laboral con el Ayuntamiento de Guadarrama. La previsión de contratación de los trabajadores es en el mes de septiembre de 2017. NOVENO.- PRECIO DEL CONTRATO El presupuesto base de licitación asciende a una cuantía de 54.000,00 euros con cualquier tipo de impuesto incluido. Este es el precio de los dos cursos. El precio unitario de cada curso es de 27.000 euros, a razón del cálculo siguiente: 8 / alumno / hora: 8 x 10 alumnos x 337,5 horas. 10 de 12

El precio finalmente abonado estará relacionado con los días de asistencia de los alumnos a clase, siguiendo el cálculo de: 8 x alumno x nº horas de asistencia. DÉCIMO.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes aspectos de negociación: A) OFERTA ECONÓMICA: 75 puntos. En cualquier caso, se considerará oferta desproporcionada en relación a la oferta económica cualquier oferta que se encuentre en los supuestos contemplados en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos, RD 1098/2001, de 12 de octubre. B) CALIDAD DE LA GESTIÓN DEL CURSO: 25 puntos En este apartado se valorará la dirección técnica (titulación y experiencia del responsable técnico en la gestión de cursos de igual o similar naturaleza), la propuesta de impartición del curso formativo (calidad de la propuesta presentada en cuanto a los medios, metodología, material didáctico, profesorado, etc, y al lugar donde se impartirá el curso) y la gestión del curso formativo (calidad de la propuesta presentada en relación a la gestión del curso en coordinación con Ayuntamiento de Guadarrama y Comunidad de Madrid). 11 de 12

UNDÉCIMO.- REGIMEN SANCIONADOR. La Empresa adjudicataria será responsable ante terceros de los daños que pudieran producirse por el funcionamiento normal o anormal del servicio. El Ayuntamiento se reserva el derecho de resolver unilateralmente el contrato adjudicado del servicio y a ser resarcido de cuánto daño o perjuicio se le ocasione, en los supuestos de reiteración de Faltas GRAVE. Así como por las causas de resolución enumeradas de los artículos 223 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Si se produce incumplimiento por parte del contratista que origine perturbación en el servicio público grave y no reparable por otros medios y el Ayuntamiento no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca, debiendo el contratista someterse a las decisiones del funcionario o funcionarios que el Ayuntamiento haya nombrado para tal fin. Asimismo el contratista deberá abonar al Ayuntamiento los daños y perjuicios que efectivamente le haya ocasionado. Guadarrama, 20 de julio de 2017 EL TÉCNICO Fdo.: Francisco Teba Muñoz 12 de 12