Ciclo Formativo de Gestión Administrativa - Teleformación Curso 2014/2015

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Transcripción:

Curso 2014/2015 Estas páginas recogen los aspectos principales de la Formación Profesional en régimen de teleformación para el Ciclo Formativo de Gestión Administrativa. No dudes en consultar cualquier cuestión que no hayamos contemplado. 1

1. En qué consiste la teleformación? 2. Plataforma web. 3. Es obligatoria la asistencia a clase? 4. Organización de las tutorías. 5. Sistema de evaluación y calificación. 6. Convocatorias. 7. Promoción de 1º a 2º. 8. Módulo de FCT. 9. Convalidación de módulos. 10. Renuncia a convocatoria y renuncia a matrícula. ANEXO I: Horario de atención tutorial individual. ANEXO II: Calendario de tutorías colectivas, pruebas parciales y pruebas finales. ANEXO III: Criterios de calificación por módulos. Toda esta información queda supeditada a lo establecido en la ORDEN EDU/922/2010 y a la normativa que anualmente publique la Junta de Castilla y León. 2

1. En qué consiste la teleformación? Se trata de un método de enseñanza-aprendizaje on-line, no presencial, que permite a los alumn@s que no pueden asistir regularmente a clase cursar a distancia un ciclo formativo. En esta modalidad, se desarrolla el mismo currículo (plan de estudios) que en la modalidad presencial. Este régimen de enseñanza tiene la particularidad de ser modular y flexible: Modular, ya que la oferta es por módulos y cada alumno elige aquellos en los que se quiere matricular. A diferencia del resto de ciclos formativos de la modalidad de teleformación, los alumn@s no podrán matricularse de módulos de 1º y 2º de forma indistinta, sino que rige la norma establecida de promoción de curso establecida para el régimen presencial. Puedes ampliar información en el apartado Promoción de 1º a 2º. Flexible, ya que se desarrolla a través de una plataforma web. Las sesiones presenciales se reducen al mínimo; existen, por un lado, unas tutorías colectivas presenciales de carácter no obligatorio y, por otro, pruebas de evaluación presenciales de carácter obligatorio. 3

2. Plataforma web El curso se desarrolla a través de una plataforma web (fpdistancia.educa.jcyl.es), en la que se encuentran las unidades de trabajo de los diferentes módulos, actividades de autoevaluación, tareas, glosarios, enlaces a páginas de interés, foros,... y otros recursos que facilitan el desarrollo del curso. Así mismo, dispondrá de las herramientas necesarias para comunicarse con sus profesores y de información sobre el progreso de su aprendizaje. A esta plataforma se accede a través de un nombre de usuario y una contraseña que se facilitará a los alumn@s en la reunión de inicio de curso y/o a través de su correo electrónico. Las instrucciones para entrar en la plataforma están en http://www.educa.jcyl.es/otrasensenanzas/es/informacionusuarios/acceso-plataforma-fp-online En esta plataforma existe una guía para el alumn@ en la que se explica el contenido y manejo de la misma. 4

3. Es obligatoria la asistencia a clase? No, cada uno de los módulos cuenta con el apoyo de un profesor-tutor que se encarga de dinamizar el proceso de enseñanzaaprendizaje, aclarar dudas y atender los problemas que puedan surgir. Recuerda que el sistema de tutorización es on-line, a través de los foros y del correo electrónico de la plataforma. No es necesario acudir al centro, únicamente para la asistencia a las tutorías colectivas (de carácter no obligatorio) y para la realización de las pruebas de evaluación de carácter presencial. 5

4. Organización de las tutorías Como ya hemos señalado, el aprendizaje de los alumn@s será tutorizado por un profesor-tutor en cada uno de los módulos. Este proceso de atención tutorial se llevará a cabo de forma individual y colectiva. La atención tutorial individual se realizará en el horario de cada profesor (Anexo I) a través de la plataforma. La atención tutorial colectiva tendrá carácter presencial, pero no obligatoria, y se llevará a cabo en el centro educativo conforme calendario (Anexo II) 6

5. Sistema de evaluación y calificación La evaluación de cada uno de los módulos profesionales se realizará a través de pruebas de evaluación presenciales obligatorias, a excepción del módulo de Formación en Centros de Trabajo. A lo largo del curso, existen para cada uno de los módulos dos pruebas de evaluación parciales presenciales. Sin perjuicio de lo anterior, al terminar el desarrollo de cada módulo se realizará una prueba presencial de evaluación final de carácter global. Por lo tanto, en teleformación solamente existe una convocatoria anual para cada módulo. Primer parcial: febrero Segundo parcial: mayo Evaluación final: junio Calendario en Anexo II IMPORTANTE: NO EXISTE CONVOCATORIA DE SEPTIEMBRE SISTEMA DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE CADA MÓDULO PROFESIONAL (Anexo III) 7

6. Convocatorias 1. Cada módulo profesional podrá ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias ordinarias, excepto el de Formación en Centros de Trabajo que será evaluado en dos. 2. Para los módulos profesionales con cuatro convocatorias ordinarias, una vez agotadas las mismas, se podrán conceder un máximo de dos convocatorias extraordinarias cuando concurran causas de enfermedad, discapacidad, accidente, atención a familiares, trabajos puntuales o excepcionales u otras que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios. 3. La solicitud de la convocatoria extraordinaria se presentará en el centro educativo acompañada de los documentos que acrediten la concurrencia de alguna de las circunstancias señaladas en el apartado anterior. El director del centro remitirá dicha documentación a la Dirección Provincial de Educación quien será la encarga de resolver la concesión de dicha convocatoria extraordinaria. 8

7. Promoción de primero a segundo curso A diferencia del resto de ciclos formativos de teleformación, los alumn@s no podrán matricularse de módulos de 1º y 2º de forma indistinta, sino que rige la norma establecida para el régimen presencial. Es decir, que para promocionar de 1º a 2º el alumno ha de cumplir alguno de los siguientes requisitos: a) Que haya superado la totalidad de los módulos profesionales de primer curso. b) Que tenga pendiente de superar uno o dos módulos profesionales que en conjunto supongan un horario semanal que no exceda de siete horas lectivas y siempre que no estén asociados a unidades de competencias. Según el currículo del CFGM de Gestión Administrativa los módulos de primer curso no asociados a unidad de competencia son: FOL y Empresa y Administración, cuyo cómputo horario total son 6 horas semanales. Es decir, para promocionar de primer a segundo curso sólo podrá hacerse con uno de estos dos módulos suspensos o con ambos suspensos. 9

8. Módulo de FCT El módulo de FCT consiste en un programa formativo que, con carácter obligatorio, deben llevar a cabo los alumnos de Formación Profesional para la obtención del Título Profesional. Sus contenidos están organizados alrededor de actividades formativo-productivas propias del perfil profesional. Se desarrolla en las empresas y complementa la formación ya adquirida mediante el conocimiento de los procesos productivos reales, donde el alumnado puede observar y desempeñar las actividades y funciones propias de los distintos puestos de trabajo de una profesión. El alumnado es orientado y asesorado por los profesores-tutores del centro educativo y por los tutores del centro de trabajo designados por las empresas colaboradoras. CUÁNDO REALIZAR EL MÓDULO DE FCT? Se realizará en las mismas condiciones que las establecidas para el régimen presencial (Resolución de 12 de junio de 2014), es decir, se realiza en régimen de alternancia durante el segundo curso. Las primeras 29 semanas del curso se desarrolla dos días a la semana (mediados de septiembre mediados de mayo) y las últimas 4 semanas del curso (mediados de mayo mediados de junio) se desarrolla a lo largo de cinco días a la semana. Se puede establecer, excepcionalmente, una distribución diferente siempre que exista causa justificada para ello y sea autorizado por la Dirección Provincial. DÓNDE REALIZAR EL MÓDULO DE FCT? a) Con carácter general, se realizará en empresas o instituciones localizadas en la localidad del centro educativo. b) Excepcionalidad(*): Localidades cercanas al centro educativo. El entorno del domicilio del alumnado. Empresas o instituciones ubicadas en otras Comunidades Autónomas. (*) Estas situaciones deberán estar justificadas y contar con la autorización de la Dirección Provincial de Educación de Palencia o de la Dirección General de FP, dependiendo de cada caso. 10

EXENCIÓN DEL MÓDULO DE FCT Podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de FCT por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que el alumnado acredite una experiencia profesional, relacionada con los estudios respectivos, correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año. La experiencia laboral se acreditará de la forma siguiente: a) En el caso de trabajadores/as por cuenta ajena, mediante la siguiente documentación: 1. Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que ha desarrollado dicha actividad. (Según modelo establecido en el Anexo I) 2. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad laboral a la que estuviera afiliado el alumno, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación. b) En el caso de trabajadores/as por cuenta propia, mediante la siguiente documentación: 1. Certificado de alta en el censo de obligados tributarios con una antigüedad mínima de un año o cualquier medio de prueba admitido en derecho. 2. Declaración responsable del interesado que contemple la descripción de la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en que ésta se ha realizado. 3. Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los periodos de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial Correspondiente. c) En el caso de trabajadores/as voluntarios o becarios: Mediante certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a éstas. En el caso concreto de los voluntarios esta acreditación se realizará en los términos de la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado y la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del Voluntariado de Castilla y León. 11

9. Convalidación de módulos 1. PLAZO: Quienes deseen solicitar el reconocimiento de la convalidación de módulos profesionales lo harán en del 15 al 31 de octubre. No obstante, cuando el hecho causante de la convalidación se produzca en un momento posterior, podrá solicitarse a lo largo del curso. 2. MODELO DE SOLICITUD: La solicitud de convalidación se realizará mediante escrito del interesado dirigido al Director del centro, formalizado en el modelo de instancia establecido al efecto (descargable en la web del Instituto). La solicitud irá acompañada de la fotocopia NIF o NIE, de la documentación acreditativa de los estudios cursados. Se presentará una solicitud por módulo objeto de convalidación. 3. LUGAR PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Las solicitudes se presentarán en la Secretaría del Centro, personalmente o mediante carta dirigida a: IES Virgen de la Calle. A/A: Secretaría. Ctra. Santander s/n. 34003. Palencia. 4. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Solicitud de convalidación (recuerda que has de presentar una solicitud por módulo objeto de convalidación), acompañada de la siguiente documentación: Fotocopia del DNI/NIE Certificación académica oficial de los estudios aportados, expedida por un centro oficial (original o fotocopia compulsada) En el caso de estudios universitarios, además de la certificación académica de los estudios cursados han de aportase los programas de las asignaturas sellados por la universidad (original o fotocopia compulsada) En el caso de convalidaciones de los módulos de idiomas a través de titulaciones de la Escuela Oficial de Idiomas, la certificación del nivel de estudios cursados expedida por la Escuela Oficial de Idiomas. En el caso de la convalidación del módulo de FOL-plan LOE con el módulo de FOL-plan LOGSE, además de la certificación 12

académica de los estudios cursados ha de acreditarse formación para el desempeño de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales expedida de acuerdo con el RD 39/1997. 5. RESOLUCIÓN DE LA CONVALIDACIÓN: El director del centro reconocerá o desestimará la convalidación que proceda, comunicándoselo al interesado. Cuando se trate de convalidaciones sobre las que el Director del Centro no tiene competencia, se procederá a su envío al Ministerio de Educación. El alumnado será informado de esta circunstancia. El Ministerio de Educación comunicará la resolución de la convalidación al alumno, quien presentará copia de la resolución en el centro en el que se encuentre matriculado para su reconocimiento por el director del mismo. 13

10. Renuncia a convocatoria y renuncia a matrícula RENUNCIA A CONVOCATORIA (anular convocatoria): 1. A fin de no agotar las convocatorias ordinarias de evaluación, el alumno podrá solicitar renuncia a la convocatoria de algunos y/o todos los módulos en los que se encentre matriculado alegando los motivos de la misma. 2. La renuncia a todas las convocatorias anuales de todos los módulos profesionales surtirá los mismos efectos que la renuncia a la matrícula. 3. La solicitud de renuncia a la convocatoria se presentará por escrito en la Secretaría del Instituto, junto con la documentación acreditativa de los motivos alegados, con una antelación mínima de un mes a la celebración de la prueba presencial final de carácter global (fecha del examen final del módulo para el que se solicita la renuncia). 4. Los alumnos podrán renunciar a la convocatoria ordinaria de evaluación hasta en dos ocasiones. RENUNCIA A MATRÍCULA (darse de baja): 1. La renuncia a matrícula supondrá causar baja en todos los módulos profesionales en que esté matriculado el alumno y por consiguiente no será evaluado en la convocatoria anual correspondientes al curso académico. Así mismo, implica que el alumno que quiera volver a cursas estas enseñanzas tendrá que presentar solicitud de admisión. 2. Podrá solicitarse por el alumnado al director del centro y se presentará dentro del primer trimestre del curso escolar. 14

Anexo I: Horario de tutorías individuales Pendiente de elaboración para el curso 2014-2015 15

Anexo II: Tutorías colectivas, pruebas parciales y prueba final 1º Pendiente de elaboración para el curso 2014-2015 16

Anexo II: Tutorías colectivas, pruebas parciales y prueba final 2º Pendiente de elaboración para el curso 2014-2015 17

Anexo III: Sistema de evaluación y calificación de cada módulo profesional Pendiente de elaboración para el curso 2014-2015 18