Asesoría y otros servicios de inversión Pierino Stucchi López Raygada Defensor del Inversionista Superintendencia del Mercado de Valores del Perú Guayaquil, 16 de abril de 2013
Temas 1.- Introducción 2.- Tratamiento en la regulación del mercado de valores 3.- Consideraciones finales
1.- Introducción
La alineación objeto-finalidad en el inversionista En los mercados reales, un ciudadano (consumidor) puede vincular el objeto de una transacción con su finalidad personal o familiar, debido a que la información disponible y la educación estándar usualmente le permiten lograr tal alineación. En los mercados de valores, esta alineación puede ser mejor lograda con asesoría idónea, más aun si se trata de un pequeño inversionista. A mayor complejidad de producto, la alineación objeto finalidad presenta mayores retos.
La alineación objeto-finalidad en el inversionista El reto es reconocer la finalidad de la inversión del ciudadano (consumidor) y determinar su perfil como inversionista, a efectos de que pueda tomar una decisión informada, consciente y libre. Se debe recordar permanentemente que los pequeños inversionistas, en tanto personas naturales, pueden ejercer su racionalidad de forma distinta.
JB2 Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) FUNCIONES REGULACIÓN SUPERVISIÓN ESTUDIO Y PROMOCIÓN Dirigida a: Reglamentos Directivas, Manuales, etc. A los participantes en los mercados Actuales o potenciales emisores e inversionistas Público en general
Diapositiva 6 JB2 Como haces el enlace de la diapositiva anterior a esta... José Bezada; 15/04/2013
Objetivos estratégicos de la SMV
Objetivos estratégicos de la SMV
Objetivos estratégicos de la SMV
2.- Tratamiento en la regulación del mercado de valores
A. Intermediarios financieros Agentes de intermediación, categoría que incluye a sociedades agentes de bolsa y sociedades intermediarias de valores (con perfeccionamiento reglamentario en 2012). Sociedades administradoras de fondos, categoría que incluye a las sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión en valores y sociedades de fondos de inversión (con perfeccionamiento reglamentario en 2013).
B. Capacidad técnica de los representantes y promotores Agentes de intermediación, son responsables de la evaluación y capacitación periódica de sus representantes, quienes desarrollan en su nombre actos relacionados al ejercicio de sus funciones. Sociedades administradoras de fondos mutuos, son responsables de verificar que sus promotores cuenten con la suficiente capacidad para realizar sus labores. Evaluación periódica por una universidad
C. Normas de conducta en relación con sus clientes De modo general, deberán: - Comportarse con diligencia y transparencia en interés de sus clientes y en defensa de la integridad del mercado. - Organizarse de forma que se reduzcan al mínimo los riesgos de conflictos de interés y, en situación de conflicto, dar prioridad a los intereses de sus clientes, sin privilegiar a ninguno de ellos.
C. Normas de conducta en relación con sus clientes - Cuidar los intereses de los clientes como si fueran propios. - Asegurarse de que disponen de toda la información necesaria sobre sus clientes y manteniéndolos siempre adecuadamente informados (cfr. Artículo 16-A de la LMV). - Respetar los siguientes principios, los cuales vinculan también a quienes actúen en su nombre:
C. Normas de conducta en relación con sus clientes Principio de Información: - De sus clientes: procurar la obtención de información sobre su situación financiera, experiencia, objetivos de inversión y aquella que resulte necesaria para brindar un óptimo servicio. - Para sus clientes: brindarles toda la información de la que dispongan para la toma de decisiones y la obligatoria (verdadera, suficiente y oportuna). Deben enfatizar los riesgos y los costos de los servicios.
D. Validación de acceso de profesionales - Las personas que tengan a su cargo la dirección y administración de una entidad autorizada a participar en el mercado de valores deben gozar de solvencia moral; y, tener experiencia y/o conocimiento de este mercado en grado compatible con las funciones a desempeñar.
E. Adecuación de los productos financieros a los clientes - Los Agentes de intermediación determinan el perfil del cliente y su experiencia (ficha de registro). - Las Sociedades administradoras de fondos ofrecen toda información que pueda ser relevante para la adopción de sus decisiones de inversión; e, informan sobre los atributos de rentabilidad y riesgo que caracterizan a las inversiones.
F. Asesoría en materia de inversiones - Los Agentes de intermediación se encuentran facultados, entre otros, para asesorar a los inversionistas en el mercado de valores. - Las Sociedades administradoras de fondos, tal como sus nombres revelan, se dedican, propiamente, a administrar los fondos integrados por los aportes de sus clientes. - El servicio de asesoramiento financiero, individualmente considerado, no se encuentra sujeto a un régimen especial de autorización o registro.
G. Cláusulas de idoneidad: protección del consumidor Aplicables a todos los prestadores de servicios de inversión: 1.- Deber de idoneidad: obligación de brindar un servicio idóneo al consumidor. 2.- Derecho a la información del consumidor: garantiza que sea informado debidamente; y, que no se le entregue información falsa, insuficiente o que lo induzca a error.
3.- Consideraciones finales
En relación con la regulación y su perfeccionamiento 1.- Principio de necesidad 2.- Principio de subsidiariedad 3.- Principio de idoneidad 4.- Principio de proporcionalidad 5.- Principio de participación
Temas 1.- Introducción 2.- Tratamiento en la regulación del mercado de valores 3.- Consideraciones finales
Asesoría y otros servicios de inversión Pierino Stucchi López Raygada Defensor del Inversionista Superintendencia del Mercado de Valores del Perú Guayaquil, 16 de abril de 2013