CONDICIONES TERCERA SUBASTA DE MAIZ AMARILLO 2011 I. Parámetros 1. Contingente anual: 2.040.000 toneladas. 2. Contingente estacional de maíz amarillo toneladas. para la tercera subasta: 609.000 3. Vigencia del contingente estacional: Hasta el 30 de noviembre de 2011. 4. Producción nacional a adquirir subasta: 87.000 toneladas. para el contingente estacional de la tercera 5. Índice Base de Subasta Agropecuaria (IBSA): 7.0 6. 7. 8. Período de compras de la producción nacional a adquirir: Entre el 15 de junio y hasta el 31 de agosto de 2011. Las equivalencias para efectos de la acreditación son las siguientes: - Una unidad de sorgoo equivale a una unidad de maíz amarillo. - Una unidad de yuca seca equivale a una unidad de maíz amarillo. - Dos unidades de yuca fresca equivalen a una unidadd de maíz amarillo. Los participantes de la tercera subasta autorizan el levantamiento de la reserva bursátil, con el fin de permitir al Ministerio y a la Bolsa Mercantil de Colombia BMC, la publicación de la informaciónn relacionada con los compromisos de los adjudicatarios. 9. El límite máximo de 20%. producción nacional a adquirir por cada oferente es el II. Requisitos Participarán en la tercera subasta de maíz amarillo del 2011, los solicitantes que se inscriban ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Diligenciar el formulario de registro de importadores y procesadores de materias primas agropecuarias, disponible en la página de Internet www.minagricultura.gov.co del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 2. Las personas jurídicas adjuntarán el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido con una anterioridad no mayor a treinta días calendario. 3. Anexar Registro Único Tributario (RUT). 4. Presentar certificación expedida por el Fondo de Fomento Parafiscal de Cereales, en el que conste que el solicitante no se encuentra en mora en el pago de la contribución parafiscal. El registro al que se refiere el presente numeral será válido por un año calendario, antes de cuyo vencimiento deberá ser renovado mediante el cumplimiento de los requisitos mencionados. 5. Podrán inscribirse los productores procesadores de maíz amarillo, sorgo y yuca industrial, entendiéndose por tales a las personas naturales o jurídicas que cultivan dicha materia prima y la consumen directamente en su proceso productivo agroindustrial, siempre y cuando cumplan con los anteriores requisitos. III. Condiciones de cumplimiento Los adjudicatarios deben cumplir con las siguientes condiciones: 1. El precio de compra al productor: Precio de paridad. 2. El porcentaje de preferencia arancelaria a transferir al agricultor es del 18%. 3. El precio del sorgo es el 93% del precio de paridad del maíz amarillo. 4. Las compras realizadas bajo la modalidad de forward, tendrán un plazo para el ingreso a planta del producto hasta el 30 de noviembre de 2011 5. Acreditar ante la Bolsa Mercantil de Colombia, las compras que realicen de maíz amarillo, sorgo y yuca industrial producida y recolectada en territorio colombiano en el periodo comprendido entre el 15 de junio y hasta el 31 de agosto de 2011 Las compras deben realizarse en el marco de los mecanismos establecidos para tal fin en el MAC y de acuerdo con el Convenio 011 de 2004, suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Mercantil de Colombia.
6. El Adjudicatario deberá demostrar que como mínimo el 80% de las compras de maíz amarillo de producción nacional que realizó en cumplimiento del compromiso de la subasta, fue transformado por él, entendiéndose como transformación el proceso que modifica las características físicas y/o química del grano, (no aplica limpieza o secamiento). La demostración por parte del adjudicatario deberá realizarse ante la BMC como máximo dentro de los treinta (30) días siguientes al cierre del periodo de compras directas ó con forwards, definido en la presente subasta. 7. Para el caso de las compras que el adjudicatario realice a través de intermediarios, el adjudicatario deberá suscribir contrato de mandato con este y presentar copia de los mismos a la Bolsa, dichos contratos deberán establecer la siguientes obligaciones: Las obligaciones de los intermediarios frente al proceso de comercialización con los agricultores en cumplimiento de la Subasta, entre otras deberá precisar que el precio a pagar a los agricultores será el precio de paridad, el plazo y la forma de pago, los descuentos a aplicar. La obligación del intermediario frente a la Bolsa Mercantil de Colombia como supervisor de la subasta, por lo que deberá permitir el ingreso a sus instalaciones a los funcionarios que esta delegue y suministrar la información y documentación soporte de la adquisición del maíz amarillo, sorgo y/o yuca correspondiente a las compras presentadas por el mandatario o adjudicatario de la subasta. Igualmente, se obliga a presentar el listado de agricultores con número de documento de identidad, número de factura o documento equivalente, cantidad, demostración del pago del precio de paridad y documento de pesaje que registre el volumen comprado. La presentación ante la Bolsa de los mandatos deberá realizarse dentro del periodo de compras y el listado de productores como máximo dentro de los diez (10) días siguientes al cierre del periodo de compras directas ó con forwards. El adjudicatario es responsable ante la Bolsa Mercantil de Colombia por las compras realizadas por sus intermediarios. 8. En cumplimiento del compromiso adquirido en la subasta, el adjudicatario no podrá vender el producto al mismo proveedor al que se lo compró, sólo lo puede vender a un agente de la cadena que transforme directamente en sus instalaciones maíz amarillo, sorgo y/o yuca.
9. Las negociaciones deberán realizarse en el marco de los mecanismos establecidos para tal fin en el MAC y de acuerdo con el Convenio 011 de 2004, suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Nacional Agropecuaria hoy Bolsa Mercantil de Colombia. 10. Informar a la Bolsa Mercantil de Colombia, como máximo dentro de los treinta (30) días siguientes al cierre del periodo de compras directas ó con forwards, el consumo final del maíz amarillo, sorgo y yuca industrial que fue adquirido en cumplimiento del compromiso de compra de la producción nacional. La Bolsa Mercantil de Colombia realizará la verificación de la información aportada por los adjudicatarios, por lo cual se deberá permitir el ingreso a las instalaciones y suministrar la documentación soporte como facturas, tiquetes de báscula, remisiones, análisis de laboratorio, comprobantes de pago e información adicional, para evidenciar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la subasta al igual que la veracidad de la información presentada. En caso de no entrega de la documentación solicitada por la Bolsa ó que la misma no sea cierta; la Bolsa dictaminará el incumplimiento de la subasta por parte del adjudicatario. IV. Términos 1. El plazo máximo para la inscripción de participantes ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural es el 27 de junio de 2011 en la Oficina de Correspondencia del Ministerio, ubicada en la Carrera 8 No. 13 31, Piso 5, Edificio Bancol antes de las 4:00 pm. 2. La publicación de la lista de participantes inscritos ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en la página web del Ministerio, será el 1 de julio de 2011 3. La tercera subasta de maíz amarillo de 2011 se realizará el 13 de julio de 2011. 4. Plazo máximo para presentación de mandatos en el Departamento de Operaciones de la Bolsa: 5 de julio de 2011. 5. Plazo máximo para presentación de ofertas en el Departamento de Operaciones de la Bolsa: 11 de julio de 2011.
CONDICIONES TERCERA SUBASTA DE MAÍZ AMARILLO 2011. En razón a que el último día para la inscripción de participantes de la tercera subasta de maíz amarillo 2011, ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural corresponde a un día festivo, el Ministerio acogiéndose a la Ley 4 de 1913 informa que el plazo máximo vencee el 28 de junio de 2011. Por lo anterior, damos alcance al Boletín Informativo No. 2011 en lo relacionado con el mencionado plazo así: 392 del 17 de junio de El plazo máximo para la inscripción de participantes ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural es el 28 de junio de 2011 en la Oficina de Correspondencia del Ministerio, ubicada en la Carrera 8 No. 13 31, Piso 5, Edificio Bancol antes de las 4:00 pm. Cordial saludo,