Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual. Consultas resueltas

Documentos relacionados
Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual. Consultas resueltas

Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual. Consultas resueltas

Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual. Consultas resueltas

Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual. Consultas resueltas

Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual

Biblioteca de la Asamblea Legislativa Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios Unidad de Referencia Virtual

Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual. Consultas resueltas

PROYECTO DE ACUERDO REFORMA DE ARTÍCULO 103 DEL REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE ACUERDO

Biblioteca de la Asamblea Legislativa. Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios. Unidad de Referencia Virtual. Consultas resueltas

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA CAPITULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN

Procedimiento Legislativo

MECANISMOS DE REFORMA CONSTITUCIONAL DERECHO COMPARADO INTERNACIONAL

PROCEDIMIENTO PARA LA CELEBRACIÓN DE SESIONES DE CONSEJO DE DEPARTAMENTO A TRAVÉS DE MEDIOS TELEMÁTICOS.

1.2. Los aspirantes deben registrarse y participar en el proceso, en los términos de estos lineamientos y la convocatoria de la elección.

CONSEJO. Centésima octava Reunión NOTA SOBRE LAS REGLAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LA ELECCIÓN PARA LOS CARGOS DE DIRECTOR GENERAL

MC/INF/307. Original: inglés 5 de julio de 2012 CENTÉSIMA PRIMERA REUNIÓN NOTA SOBRE LAS REGLAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LA

AÑO I - 01 SÁBADO 01 DE SEPTIEMBRE DE 2018 MARTES 18 DE DICIEMBRE DE 2018 PERMANENTE GACETA NO. 02

Capítulo I: Del Tribunal Electoral y los Fiscales Electorales

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

Acto Legislativo No. 01 de 2007

CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN

GUIA DE PETICIÓN DE CAMBIO DE JORNADA ESCOLAR PARA EL CURSO 2008/09: JORNADA CONTINUADA

REGLAMENTO DE ASAMBLEAS DEL COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

Artículo 1 REGLAMENTO DE DELIBERACIONES. Artículo 1

DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE FORMACION Y SANCION DE LAS LEYES FORMACION Y SANCION DE LAS LEYES

RGLAMENTO DE ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

Aprobado en sesión de Junta Directiva, el día 21 de marzo del 2018 Ratificado en Asamblea General Extraordinaria FEUNED el día 24 de Marzo del 2018.

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES AL CLAUSTRO

REGLAMENTO DEL CONSEJO SUPERIOR *

FONDO DE EMPLEADOS GRUPO ACCIONPLUS REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO C A P I T U L O DISPOSICIONES GENERALES

ANEXO III. 1. Mesas electorales Ubicación

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

INFORME INTEGRADO. Reforma al Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

REGLAMENTO DE JUNTA DIRECTIVA

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

Dirección Asuntos Jurídicos

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE PANDUIT DE COSTA RICA LTDA Y AFINES. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA San José, Costa Rica ******** DIVISIÓN LEGISLATIVA DEPARTAMENTO DE ARCHIVO, INVESTIGACIÓN Y TRÁMITE

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

EL PODER LEGISLATIVO El trámite de formación y sanción de las leyes. Jorge Alejandro Amaya

PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

Consejo Económico y Social

ASAMBLEA LEGISLATIVA. De la República de Costa Rica

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS

Elecciones Colegiales Convocatoria para los cargos de Vicedecano, Secretario y Tesorero

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley

PROCESO ELECTORAL ACUERDO NÚMERO 36 2/MAYO/2006

REGLAMENTO DE ELECCIONES

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA REFORMA AL ARTÍCULO Nº 168 DE LA LEY Nº 7052: LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA

Resoluciones e Interpretaciones de la Presidencia Asamblea Legislativa

REGLAMENTO ELECTORAL (ANEXO 2 RRI)

Universidad Estatal a Distancia Tribunal Electoral Universitario. Procedimiento para traslado, ubicación y custodia del material electoral.

ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.

ANEXO FOTOGRAFICO. Elecciones de Congreso en Colombia Circunscripción Internacional Votaciones y Escrutinio de Venezuela

REGLAMENTO PARA LAS SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

REGLAMENTO ESPECIAL DE SESIONES, ACTAS Y DEBATES DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS

TÍTULO I: DE LA JUNTA DE CENTRO DE LA FACULTAD DE DERECHO

AMPA. Isabel la Católica Propuesta cambio jornada y posición del AMPA

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE COPROPIETARIOS

REGLAMENTO DE ASAMBLEA

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO DIRECTIVO TÍTULO PRIMERO DE LA INTEGRACIÓN CAPÍTULO ÚNICO

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO. Capítulo I PARTICIPACIÓN EN LA REUNIÓN DE LOS ESTADOS PARTES. Artículo 1. Participación en la Reunión de los Estados Partes

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Y DE LOS CAPÍTULOS ESTATALES DEL COLEGIO MEXICANO DE NUTRIÓLOGOS, A.C.

REGULAMENTO ELECTORAL GENERAL PARA LA ELECCIÓN DE COMISIONES EN LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ENXEÑEIROS DE CAMIÑOS, CANAIS E PORTOS DA UNIVERSIDADE

Asociación Solidarista de Trabajadores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y Afines. Reglamento de Elecciones

RESOLUCIÓN 1 (I) El CONSEJO de MINISTROS de RELACIONES EXTERIORES, VISTO El inciso 1) del artículo 30 del Tratado de Montevideo 1980, RESUELVE:

I Disposiciones Generales

INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR UNIDAD TÉCNICA DE ORGANIZACIÓN Y MÉTODOS

CONSEJO DE ADMINISTRACION. ACUERDO NÚMERO 002 DE 2015 ( Febrero 15 ) REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DELEGADOS

EL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ACADÉMICO

REGLAMENTO DE ASAMBLEA NACIONAL SCOUTS DE ARGENTINA ASOCIACIÓN CIVIL

ASOCIACIÓN MEXICANA DE ÓRGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA EN INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

CORPORACiÓN CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ECOPETROL BOGOTÁ RESOLUCION No Aprobada el día 29 de enero del año 2014 en Acta No.

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ

REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

OBSERVACIONES GENERALES.-

PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014

No EL DIRECTORIO LEGISLATIVO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA

Reglamento de la Asamblea General de Accionistas de ISAGEN

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A

I.- La autonomía local: la potestad de organización, la potestad reglamentaria y la suficiencia financiera de los entes locales.

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017

Transcripción:

Biblioteca de la Asamblea Legislativa Área de Orientación al Usuario y Gestión de Servicios Unidad de Referencia Virtual Consultas resueltas Votaciones legislativas Elaborado por: MSC. Esteban Chaverri Valverde Encargado Unidad de Referencia Virtual Supervisado por: Licda. Elizabeth Cruz Saiz Jefa de Área Revisión jurídica: Mauricio Camacho Masís CEDIL Revisión filológica: Clara Zárate Sánchez Autorizado por: Licda. Edith Paniagua Hidalgo Directora Noviembre 2016

Consultas resueltas Votaciones legislativas 1. Cuántos tipos de votaciones se pueden realizar en la Asamblea Legislativa? Con base en el artículo 99 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (RAL), hay tres tipos de votación: ordinaria, nominal y secreta (Asamblea Legislativa, 1994, art. 99). 2. Cuándo se utiliza cada tipo de votación? El uso de cada tipo de votación se regula en el artículo 101 del RAL: ARTICULO 101.- Uso de las votaciones La votación que comúnmente usará la Asamblea será la ordinaria, sólo cuando lo soliciten uno o más diputados y así lo acuerde la Asamblea, por mayoría absoluta de los votos de los presentes, será nominal. Deberán resolverse en votación secreta, solo los casos de acusaciones y suspensiones de funcionarios, votos de censura, compatibilidad del cargo de diputado con otras funciones y la concesión de honores. (Asamblea Legislativa, 1994, art. 101).

3. En qué consiste la votación ordinaria? En el artículo 100 del RAL, se encuentra una definición sobre este tipo de votación: Artículo 100.-Votación ordinaria. En la votación ordinaria, los diputados expresarán su voto afirmativo poniéndose de pie, y el negativo, permaneciendo sentados; mientras la Secretaría cuenta los votos, los votantes conservarán su respectiva posición. En el caso especial de los asuntos definitivos que se sometan a votación, será necesario, para efectos del acta, que se consigne la aprobación o el rechazo del asunto en virtud del total de votos obtenidos, tanto a favor como en contra, y se registrará el nombre completo de cada legislador y legisladora junto con su respectiva votación individual. (Así reformado mediante acuerdo N 6586-15-16 aprobado mediante sesión ordinaria N 44 del 27 de julio del 2015) (Asamblea Legislativa, 1994, art. 100). 4. En qué consiste la votación nominal? El artículo 102 del RAL establece la manera en que se debe llevar a cabo este tipo de votación: Artículo 102.-Votación nominal En la votación nominal, cada diputado expresará su voto afirmativo con la palabra "sí" y el negativo con

la palabra "no". La Secretaría recibirá los votos, los cuales se consignarán en el acta, con la especificación del nombre de cada votante. En el caso especial de los asuntos definitivos que se sometan a votación, será necesario, para efectos del acta, que se consigne la aprobación o el rechazo del asunto en virtud del total de votos obtenidos, tanto a favor como en contra, y se registrará el nombre completo de cada legislador y legisladora junto con su respectiva votación individual. (Así reformado mediante acuerdo N 6586-15-16 aprobado mediante sesión ordinaria N 44 del 27 de julio del 2015) (Asamblea Legislativa, 1994, art. 102). 5. En qué consiste la votación secreta? La definición y el procedimiento para llevar a cabo este tipo de votación, se establece en el artículo 103 del RAL: ARTÍCULO 103.- Votación secreta En la votación secreta, los diputados emitirán sus votos por medio de bolas blancas y negras; las primeras indicarán el voto afirmativo y las segundas, el negativo. Cada diputado escogerá y depositará una bola en la urna correspondiente, de la cual la Secretaría extraerá todas las bolas depositadas, para verificar si su número corresponde con el de los diputados votantes. El Directorio efectuará el escrutinio y la Secretaría anunciará el resultado a la Asamblea. (Asamblea Legislativa, 1994, art. 103).

6. Hay alguna excepción en la votación secreta? El artículo 104 del RAL establece algunas excepciones para la votación secreta: ARTÍCULO 104.- Excepciones en la votación secreta Cuando se trate de una votación secreta no se admitirá ninguna moción para que se vote en forma ordinaria o nominal; tampoco se admitirá ninguna solicitud para que se exprese o se consigne en el acta la forma en que votó el diputado. (Asamblea Legislativa, 1994, art. 104). 7. Durante una votación, los diputados y las diputadas pueden retirarse del recinto donde se esté votando? Durante un proceso de votación, las diputadas y los diputados no pueden retirarse del recinto donde se está realizando tal actividad. Así lo establece el artículo 105 del RAL: Artículo 105.- Imposibilidad del retiro en el momento de la votación Ningún diputado que haya estado en la discusión de un asunto puede retirarse cuando vaya a procederse a su votación; además está obligado a dar su voto, afirmativo o negativo. La inobservancia de esta disposición acarreará la pérdida de la dieta correspondiente a la sesión en que se produzca. (Asamblea Legislativa, 1994, art. 105).

8. Qué pasa si una votación termina empatada? El procedimiento a seguir en caso de empate, se establece en el artículo 106 del RAL, cuyo texto es el siguiente: Artículo 106.- Empate en las votaciones Cuando hubiere empate en la votación de una moción, de acuerdo o de otra disposición de la Asamblea, así como en la de un proyecto de ley, ya sea en general o en detalle, será puesto el asunto de nuevo en discusión, y si resultare otro empate en la segunda votación, se tendrá entonces por desechado el asunto sobre el cual versó la votación, el que se archivará sin más trámite. (Asamblea Legislativa, 1994, art. 106). Referencias bibliográficas Asamblea Legislativa. (1994). Reglamento de la Asamblea Legislativa [Versión digital]. Costa Rica: Asamblea Legislativa. ecuperado de: http://www.asamblea.go.cr/ca/sitepages/reglamento%20general%20d e%20la%20asamblea%20legislativa.aspx