OFICINA NACIONAL DE DESARROLLO INTEGRAL DEL CONTROL INTERNO IMPLEMENTACION DEL CONTROL INTERNO EN HONDURAS

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Transcripción:

OFICINA NACIONAL DE DESARROLLO INTEGRAL DEL CONTROL INTERNO IMPLEMENTACION DEL CONTROL INTERNO EN HONDURAS

ANTECEDENTES En Honduras el Control Interno se percibía como responsabilidad del Tribunal Superior de Cuentas y en cierta medida, de las Unidades de Auditoría Interna de las Instituciones del Estado. El Tribunal Superior de Cuentas, según su Artículo 222 Reformado de la Constitución de la República, es el Ente Rector del Sistema de Control de los Recursos Públicos, con Autonomía funcional y administrativa, sometido solamente a la Constitución y las leyes y representa al Congreso Nacional de la República de Honduras en el ámbito de Auditoría Externa del Estado. 2

ANTECEDENTES Por su parte, el Poder Ejecutivo y según el Articulo 245 de la Constitución de la República, establece que el Presidente de la República es el responsable de la Administración de la Hacienda Pública. Sin embargo, hasta el año 2007 no existía una Política de Estado de Control Interno, que comprometiera a cada uno de los servidores públicos en la administración de los recursos públicos. El Control Interno es responsabilidad de la Máxima Autoridad Ejecutiva de cada institución Pública o Privada, aplicable a Honduras y cualquier otro país del mundo, según las normas internacionales de Control Interno. 3

ANTECEDENTES En Honduras, se crea mediante Decreto PCM-26-2007, la Oficina Nacional de Desarrollo Integral del Control Interno (ONADICI), como el Ente Técnico especializado del Poder Ejecutivo, que informa directamente a la Presidencia de la República. 4

OBJETIVO Y FUNCIONES DE ONADICI OBJETIVO Asegurar razonablemente, la efectividad del proceso de control interno institucional, en procura del logro de una gestión de la Hacienda Pública eficaz, eficiente, responsable, transparente y proba, en el marco de la Constitución y Leyes de la República e instrumentos que las desarrollan. 5

PRINCIPALES FUNCIONES DE ONADICI 1. Desarrollo de NormativasTécnicas de Control Interno 2. Promover la transparencia y rendición de cuentas en las Instituciones 3. Evaluar la efectividad del Control Interno Institucional, informando a la Presidencia de la República, Máxima Autoridad Institucional y Tribunal Superior de Cuentas 4. Asesorar al Presidente de la República para la toma de decisiones 5. Asesorar a la Máxima Autoridad Ejecutiva de las instituciones, en el proceso de implementación de Control Interno 6. Dar seguimiento a los procesos de implementación de CII 7. Mantener un sistema de registro automatizado e información de los resultados de la gestión pública 8. Capacitar y asesorar a todos los funcionarios públicos 6

IMPLEMENTACION DEL CONTROL INTERNO EN LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO ONADICI, es el órgano técnico especializado del Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de la Presidencia, encargado del desarrollo integral de la función del Control Interno Institucional, en cumplimiento del marco de creación y la Política Gubernamental del Control Interno, emitida por el Presidente de la República, como responsable de la administración pública. 7

IMPLEMENTACION DEL CONTROL INTERNO EN LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO Para efectos de una interrelación y compromiso con el control interno y externo, entre los dos Poderes del Estado, el Poder Legislativo representado por el Tribunal Superior de Cuentas y el Poder Ejecutivo representado por ONADICI, se crea el Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos (SINACORP), como ente responsable de la implementación del Control Interno, en las instituciones del Estado. 8

IMPLEMENTACION DEL CONTROL INTERNO EN LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO ONADICI, crea las Guías de Control Interno, Normas y Procedimientos de carácter general bajo el estándar internacional del Informe COSO (Commitee of Sponsoring Organization) para que sean aplicadas con carácter obligatorio por las autoridades de las diferentes instituciones gubernamentales en Honduras. 9

IMPLEMENTACION DEL CONTROL INTERNO EN LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO Con el fin de dar cumplimiento y procurando la eficacia en la aplicación del Marco Rector de Auditoría Interna y las Guías Técnicas de Control Interno, se emiten Acuerdos Administrativos, en apoyo a la implementación del CII. 10

PROCESO DE IMPLEMENTACION DEL CII EN LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO 1. Máxima Autoridad Política Institucional Comité de Control Interno Juramentación de Comités de CII 1. Gerencia Administrativa 2. Áreas Operativas Administrativas 4. Recursos Humanos 5. Asesoría Legal 6. Unidad de Informática 7. Auditoría Interna 11

CONTROL INTERNO EN LAS UNIDADES DE AUDITORIA INTERNA Organización y Funcionamiento Plan General y Plan Operativo Anual 12

PROCESO DE SELECCIÓN JEFE/DIRECTOR UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA 1. La Máxima Autoridad Ejecutiva, envía a ONADICI oficio solicitando iniciar el Proceso de Selección del Jefe/Director de la Unidad de Auditoría Interna de la Institución. 2. ONADICI, contesta mediante oficio con los requisitos mínimos requeridos para iniciar el concurso publico. 3. La Máxima Autoridad Ejecutiva, publica el concurso en un diario de circulación nacional. 4. ONADICI, nombra una Comisión Evaluadora para regular el proceso de selección. 5. ONADICI, envía una terna de los mejores candidatos, al Tribunal Superior de Cuentas solicitando la No Objeción del Proceso. 6. El Pleno del Tribunal Superior de Cuentas, revisa y envía a ONADICI la No Objeción del proceso solicitado. 7. ONADICI, remite mediante oficio a la Máxima Autoridad Ejecutiva, la terna ganadora del proceso. 8. La Máxima Autoridad Ejecutiva, selecciona y nombra de la terna el Jefe/Director de la Unidad de Auditoría Interna, notificando a ONADICI y eltribunal Superior de Cuentas. 9. ONADICI, envía un oficio a los concursantes del proceso con copia al Pleno del Tribunal Superior de Cuentas y Máxima Autoridad Ejecutiva, notificando el nombramiento del Jefe/Director de la Unidad de Auditoria Interna de la Institución. 10. Listado de concursantes. 13

ALIANZAS ESTRATEGICAS NACIONALES 1. Tribunal Superior de Cuentas (TSC) 2. Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) 3. Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) 4. Organizaciones No Gubernamentales (ONG) INTERNACIONALES 5. Convenio con Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado de Guanajuato 6. Apoyo Banco Mundial 7. Apoyo Banco Interamericano de Desarrollo (BID) 14

INTEGRACION DEL CONTROL INTERNO Evaluación y Gestión de Riesgos Ambiente de Control Actividades de Control Monitoreo y Seguimiento Información y Comunicación 15

OFICINA NACIONAL DE DESARROLLO INTEGRAL DEL CONTROL INTERNO El establecimiento del control interno, más que una obligación, debe ser un estilo de vida de los funcionarios públicos, en busca de la transparencia y rendición de cuentas