Introducción MEDIDAS COMERCIALES CORRECTIVAS Y NEGOCIACIONES EN CURSO Es posible otorgar protección comercial superior a la de las consolidaciones arancelarias? Si, pero... Solo a través de medidas antidumping derechos compensatorios medidas de salvaguardia Transparencia 2 Introducción Medidas antidumping : derechos antidumping y compromisos de precios Las medidas compensatorias: derechos compensatorios y compromisos Las medidas de salvaguardia: incrementos de los aranceles y los contingentes de importación Antidumping y Compensatorios: a medida del exportador Aplicación no es discrecional Antidumping y compensatorios SOLO cuando a) Importaciones objeto de dumping o están subvencionadas y b) Existe daño importante a rama de producción nacional que produce un producto similar c) Existe relación causal entre a) y b) Salvaguardia: talle único para todos los exportadores Transparencia 3 Transparencia 4 Salvaguardia: no hay prácticas desleales Medidas de urgencia. Evolución imprevista Aumento importaciones causa daño grave ( grave > importante ) a rama de producción nacional que produce productos similares o directamente competidores Investigación obligatoria a) dumping, subsidio, aumento importaciones b) daño y c) relación causal Transparencia 5 Transparencia 6 1
Qué ocurre si no se siguen las normas? Investigación sujeta a prescripciones procesales y sustantivas detalladas Resultado investigación fundamentado, publicado y notificado Investigación y resultado: sujetos a revisión multilateral Puede impugnarse la investigación y la medida empleando los procedimientos judiciales nacionales el sistema de solución de diferencias de la OMC, o ambos Revisión multilateral. Si se constata incumplimiento Revocar o poner medida en conformidad con el Acuerdo pertinente Reembolsar cualquier derecho pagado Transparencia 7 Transparencia 8 Que es Dumping? LOS PRECIOS INTERNOS PUEDEN DESECHARSE COMO BASE DEL VN... Dumping: exportación de un producto a un precio inferior a su valor normal Valor normal : precio a que se vende el producto en el mercado interno del país de exportación Transparencia 9 El P.S. no se vendió No es objeto de ventas en COCN (curso de operaciones comerciales normales) Las ventas no permiten una comparación adecuada Países sin economía de mercado (Nota al Artículo VI.1, párrafo 2) Bajo volumen Situación especial de mercado Subvenciones: gobierno Cuando se aplican derechos compensatorios? contribución financiera beneficio específica (a empresa/s o rama/s de producción) Derechos compensatorios? prohibida (exportación o previene importaciones) recurrible (causen un daño a una rama de producción nacional) Transparencia 10 Que es Daño? (antidumping y compensatorios) Tres modalidades de daño importante daño actual amenaza de daño (clara e inminente) y retraso importante en creación rama producción nacional Transparencia 11 2
Que es daño? (Salvaguardias) Determinación Daño? Daño grave : menoscabo general significativo de la situación de la rama de producción nacional Dos modalidades daño grave (ACTUAL) y amenaza de daño grave pero claro e inminente Factores económicos que es necesario investigar (v.g.) aumento significativo volumen importaciones su repercusión sobre la rama de producción nacional (precios, beneficios, productividad, producción, capacidad instalada, ventas, existencias, empleo, salarios, flujo de caja) Transparencia 12 Transparencia 13 Rama de producción nacional? Criterio cuantitativo productores cuya producción conjunta constituya una proporción importante de la producción total Criterio cualitativo Antidumping y compensatorios: producto similar (idéntico, igual en todos los aspectos, cuando no exista: características muy parecidas) Compensación? Dumping y Subvenciones No Prácticas comerciales desleales (distorsionan la competitividad real de los exportadores) Precios bajos no reflejan más eficiencia sino capacidad de transferir rentas (dumping) o transferir costos privados al Estado/sociedad (subsidios) Salvaguardia Compensación Si Salvaguardias: productos similares o directamente competidores (con respecto a la mercancía importada) Transparencia 14 Transparencia 15 Investigaciones: Requisitos Comunes Objetividad Transparencia Derecho Defensa Explicación adecuada resultados Investigaciones: antidumping y compensatorios INICIACION solicitud rama de producción nacional afectada (>50% producción total), o excepcionalmente de oficio Solo si hay pruebas suficientes: dumping + daño + relación causal Final anticipado: sin demora cuando - margen de minimis (dumping < 2%, compensatorios < 1% precio exportación ) Transparencia 16 - Volumen importaciones insignificante (< 3%, salvo que: Σ (3%) 9%) Transparencia 17 3
Investigación: antidumping Plazo de investigación: 1año (Circunstancias espec: 18 meses) Una vez iniciada la investigación, cuestionarios a los exportadores, importadores y productores nacionales medidas provisionales? Sí, pero ( 4 a 6 meses) para evitar la posibilidad de que se agrave daño durante investigación Imposición de medidas provisionales: supeditada a determinación preliminar positiva de la existencia dumping + daño + relación causal Forma de las medidas provisionales?: derecho provisional ( margen de dumping), o depósito en efectivo, o fianza que garantice el pago del derecho provisional no antes 60 días de iniciada la investigación Transparencia 18 Transparencia 19 Compromisos? Podrá darse por terminada investigación si exportador asume voluntariamente compromisos de precios o eliminar subsidio Compromisos margen de dumping y solo después autoridad haya formulado determinación preliminar Si investigación continúa y resultado negativo: compromiso se extingue Derechos definitivos: supeditada a: determinacion definitiva de dumping (subsidio) + daño + relación causal margen dumping Aplicación retroactiva? NO Duración de la medida? 5 Años Extinción automática, SALVO QUE. Transparencia 20 Transparencia 21 Prórroga? SI, PERO.. sobre la base de una nueva investigación que determine que, si la medida se suprime, continúa dumping y daño Cantidad prórrogas posibles? indefinida Posibilidad re-examen antes 5 años? SI, a petición de parte o de oficio si existen pruebas de una modificación de las circunstancias. Derecho a re-embolso Tiempo de Examen? Máximo 12 meses Trato especial y diferenciado: Antidumping ANTIDUMPING (Art. 15) tener particularmente en cuenta especial situación de PED Explorar soluciones constructivas ANTES de aplicar la medida Transparencia 22 Transparencia 23 4
Trato especial y diferenciado: ASCM Sub. Prohibidos Exportación - Anexo VII No sujetos - Demás 8 ãnos MEDIDAS PROVISIONALES? SOLO SI Sub. Recurribles Compensatorios Sustitución Importaciones - PMA 18 ãnos - Demás PED 5 ãnos Solo x desplazamiento en el mercado PED que concede Permitidas (para acompañar) programa privatizaciones De minimis valor 2% (3% p PED Anexo VII) volumen 4% (Salvo que Σ PED 9%) Transparencia 24 circunstancias críticas y para evitar perjuicio difícilmente reparable determinación preliminar positiva de existencia de un daño (o amenaza de) grave causado por importaciones objeto de investigación deberán adoptar la forma de incrementos de los aranceles (no cuotas) duración máxima: 200 días Transparencia 25 MEDIDAS DEFINITIVAS: Determinación definitiva positiva de la existencia de daño (o amenaza de ) grave causado por las importaciones objeto de investigación Hay, otros factores causan daño? separar y distinguir efectos Limite de aplicación? Prevenir, reparar daño grave (atribuido a importaciones) y facilitar ajuste Si medida es una cuota cantidad importaciones no se reducirá por debajo nivel medio importaciones realizadas en últimos 3 años Transparencia 26 Antes de la imposición: dar oportunidades adecuadas de celebración de consultas Duración máxima? 4 años (incluido el período durante el que se hayan aplicado medidas preliminares) Prórroga? Sí... PERO (hasta 4 años) Nueva investigación y pruebas de que la rama de producción en proceso de reajuste Por que proceso reajuste? respiro temporal para adaptarse Transparencia 27 Medidas duran mas de 1 año? obligación de reducir protección progresivamente, a intervalos regulares, durante el período de aplicación NO pueden volver a aplicarse al mismo producto hasta que transcurra un período igual a aquél durante el cual se hayan aplicado pero período mínimo de no aplicación 2 años Salvaguardias: Trato especial y diferenciado para PED Como usuarios Prórrogas: 6 años. Total 10 años (4 + 6) Período de espera para volver a aplicar a mismo producto: (- 50%) Como afectados Sólo se les puede aplicar cuando sus exportaciones 3% (salvo que: Σ PED 9%) Transparencia 28 Transparencia 29 5
Salvaguardias: Compensación necesaria? Qué pasa si se incumplen las normas? SI Salvaguardias Fair Trade Modificación unilateral de concesiones comerciales Cuanto? Nivel concesiones equivalente Cuando? Después de 3 años Inobservancia de estas prescripciones puede impugnarse mediante procedimientos judiciales internos y/o el sistema de solución de diferencias de la OMC Si en la OMC se constata que una medida es incompatible con los Acuerdos, se recomienda al Miembro afectado que: --- Ponga su medida en conformidad con el Acuerdo Las investigaciones para imponer medidas correctivas deben realizarse de conformidad con los Acuerdos; si no, sus resultados no son duraderos Slide 32 Transparencia 30 DDA: Negociaciones sobre las Normas DDA: Mandato DMD Paras. 28-29 Antidumping Subvenciones y Medidas Compensatorias Subvenciones a la Pesca Acuerdos Comerciales Regionales (Salvaguardias no están incluidas en el mandato) A la luz de la experiencia y de la creciente aplicación de estos instrumentos por los Miembros Objetivo: negociaciones encaminadas a aclarar y mejorar las disciplinas Preservando al mismo tiempo los conceptos y principios básicos y la eficacia de estos Acuerdos, y de sus instrumentos y objetivos Teniendo en cuenta las necesidades de los países en desarrollo y menos adelantados Transparencia 31 Transparencia 32 6