PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS (Expte.: 02/2011/32L) 1.- OBJETO DEL CONTRATO Servicio de limpieza, aseo, adecentamiento y decoro del Centro de F.P.O. de Cartuja sito en C/ José M. Mesa García, 2 (Granada). 2.- PERSONAL MÍNIMO DE LIMPIEZA En las prescripciones relativas a: El número de horas. El número mínimo de personal de limpieza. Se observará el Anexo I del presente Pliego de Prescripciones Técnicas. 3.- EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS El desarrollo de la actividad de limpieza se realizará en días laborables. Los horarios concretos de trabajo deberán adaptarse a las necesidades funcionales del Centro, entre las que cabe destacar: - Las instalaciones están abiertas de 8 a 21 horas. - La limpieza de despachos y oficinas deben concentrarse en horario de tarde. - La limpieza en aulas y talleres debe concentrarse en horario no lectivo, de 8 a 9 h., de 13 a 16 h. y de 20 a 21 h. Se dispondrá de un retén de limpiadoras de lunes a viernes, en horario de 8 a 21 horas. La empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario para la adecuada prestación del servicio, personal que será sustituido en las mismas condiciones en caso de vacaciones, enfermedad y, en general, cuando se produzca cualquier incidencia que impida la prestación del servicio, debiendo comunicar dichas sustituciones al coordinador designado por la Administración. 1
4.- DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS OBJETO DE CONTRATACION 4.1.- ASPIRADO, BARRIDO Y FREGADO DE PAVIMENTOS Este servicio se efectuará diariamente tanto en vestíbulos y pasillos, como en las aulas taller. La limpieza de vestíbulos, pasillos, aulas y talleres consistirá en fregado en días alternos, y limpieza de muebles, ceniceros, papeleras y barrido de suelos diariamente. En todas las dependencias destinadas a oficinas o despachos, se efectuará igual limpieza, pero una vez al día. El porche, entrada y vestíbulos de recepción, se limpiarán dos veces al día siendo una de ellas con fregado integral. En estas zonas de entrada, incluyendo la zona de patio, se barrerá diariamente, con limpieza de polvo en puertas de entrada. 4.2.- LIMPIEZA DEL POLVO DEL MOBILIARIO. Diariamente, se efectuará la limpieza del mobiliario, con abrillantamiento y pulimento de aquellos elementos que lo necesiten por su constitución. 4.3.- LIMPIEZA DE SERVICIOS Y ASEOS. Diariamente se limpiarán todos los servicios, incluyéndose el aseo de los talleres de automoción, efectuando colocación de papel en aquellos que se venga haciendo habitualmente. 4.4.- LIMPIEZA Y FREGADO DE ESCALERAS. Las escaleras se barrerán y fregarán diariamente. 4.5.- LIMPIEZA DE ROTULO DE FACHADA. El rótulo de fachada se limpiará, al menos, quincenalmente 2
4.6.- PULIMENTADO Y ABRILLANTADO DE HERRAJES. Los pomos y tiradores en puertas, así como toda la carpintería metálica en cierres de aluminio, se limpiarán y abrillantarán quincenalmente, en todos aquellos elementos que lo requieran. 4.7.- LIMPIEZA DE CUADROS Y PUERTAS. Se refiere a la limpieza de polvo tanto en cuadros, como puertas de paso, en toda su superficie y cantos. 4.8.- LIMPIEZA DE PATIOS, RAMPAS, ACERAS Y PASILLOS EXTERIORES. El patio de entrada al centro, en toda su extensión, se barrerá diariamente. Las rampas de acceso a talleres, se barrerán y fregarán semanalmente. Las aceras de la fachada principal, serán barridas y fregadas semanalmente. El resto de las aceras y el pasillo posterior al edificio, que hace de patio, se barrerá y fregarán quincenalmente. 4.9.- LIMPIEZA DE CRISTALES. Los cristales de ventanas y puertas, tanto interior y exteriormente, se limpiarán diariamente. Esta limpieza de cristales de ventanas y puertas, tanto interior como exteriormente, se efectuará en horario de mañana, por persona especializada (cristalero). 4.10.- ABRILLANTADO DE PAVIMENTOS. Dos veces al año se abrillantarán los suelos de todos los pasillos, zona de administración y vestíbulo de entrada. 4.11.- LIMPIEZA EXTERIOR DE VENTANAS. Cada quince días, se hará limpieza de las partes exteriores de los alféizares de ventanas en la totalidad del edificio. 4.12.- LIMPIEZA DE PUNTOS DE LUZ. 3
En talleres, se limpiarán todos los puntos de luz dos veces al año. En el resto del edificio, su limpieza se efectuará mensualmente. 4.13.- LIMPIEZA DE PARAMENTOS Y TECHOS EN TALLERES. Las paredes y techos de todos los talleres que tiene el centro se limpiarán de polvo dos veces al año. 4.14.- LIMPIEZA DE CABINAS EN TALLERES. Dos veces al año, se efectuará limpieza integral, en la totalidad de la superficie que componen todas las cabinas, armarios y demás elementos metálicos de todos los talleres. 4.15.- LIMPIEZA DE CANALONES Y SUMIDEROS. En el mes de marzo y septiembre se limpiarán todos los canalones y sumideros y cubiertas y terrazas. 4.16.- LIMPIEZA DE TERRENOS. Mensualmente, se limpiarán de papeles, hojas o cualquier otra suciedad análoga, las zonas ajardinadas del entorno del Centro. 4.17.- LIMPIEZA DE PERSIANAS. Mensualmente, se efectuará limpieza de todas las persianas que existen en el centro. 4.18.- LIMPIEZA DE OTRAS DEPENDENCIAS. Mensualmente, se hará limpieza del cuarto de calderas, almacenes de talleres, almacén general y pequeñas casetas de almacenamiento y cuadro de luces de talleres, así como local que se ubica debajo de la escalera, en planta baja. También se limpiarán las plantas y demás elementos de decoración que puedan existir. 4.19.- LIMPIEZA DE PARAMENTOS Y TECHOS. En todas las dependencias que no sean talleres, se efectuará limpieza de polvo en 4
paredes de forma integral cada quince días. 4.20.- EXTERIORES. Se cuidará la limpieza de exteriores de la urbanización, inmediata a la entrada, y en concreto los posibles desperdicios donde se colocan los cubos de basura para su recogida por los servicios municipales, así como los propios cubos. 5.- EMERGENCIAS, IMPREVISTOS Y OBRAS. El contratista se responsabilizará de las recogidas de aguas, en caso de inundación. Se limpiarán de inmediato las manchas, cuando se produzcan como consecuencia de accidentes, obras o cualquier otra causa. 6.- TRATAMIENTOS ESPECÍFICOS DE LIMPIEZA A) Los muebles lavables se fregarán aplicando una fina capa de producto neutro protector que evite que la suciedad se adhiera a ellos. B) Los suelos duros y porosos, como son mármol, terrazo baldosas o similar, se tratarán con selladores en base agua de carácter neutro, convirtiéndose así en una superficie impermeable y homogénea en la que la suciedad no penetre y sea de fácil remoción. C) El abrillantado de los suelos duros y porosos, se realizará con emulsiones antideslizantes y autobrillantes. D) Los suelos lisos u homogéneos de goma, sintasol y similares, se tratarán inicialmente, con selladores en base agua de carácter neutro, previo fregado mecánico a fondo. E) El fregado de techos y paredes, si fuesen lavables, se hará con cepillos suaves y una solución detergente neutra tibia. F) A los muebles de madera se les aplicará periódicamente una cera especial que mantengan sus condiciones originales. G) El mantenimiento del suelo liso u homogéneo de goma, sintasol o similar, se hará mediante barrido húmedo en toda la superficie y un abrillantado seco con maquina. 5
H) En ningún caso se utilizarán en suelo liso u homogéneo de goma, sintasol y similar, disolventes en estado puro o productos básicos que puedan dañar el pavimento. I) Los cristales y espejos se limpiaran con lava cristales de goma y desengrasante especial. 7.- FORMA DE PRESENTACIÓN DEL PERSONAL DE LIMPIEZA El personal de limpieza irá identificado convenientemente, durante la realización de su tarea. El personal de limpieza vestirá la indumentaria y material adecuados para su protección, y en los procesos de limpieza que así lo requieran, mascarillas, guantes de goma, etc; conforme a la legalidad, y aunque voluntariamente estuvieran dispuestos a rechazar su uso. 8.- PRECAUCIONES DOCUMENTALES DURANTE LAS LABORES DE LIMPIEZA A) Cualquier cambio de ubicación de la documentación administrativa o archivos con el de facilitar el personal de limpieza sus labores, deberá ser previamente comunicado al coordinador designado por la Administración para dicha oficina. B) El personal de limpieza podrá retirar como basura, sin autorización expresa del coordinador designado por la Administración para dicha oficina, cualquier papel que presente alguna de los siguientes rasgos: - Que se encuentre en papeleras o ceniceros. - Que carezca de escritura, planimetrías o signo alguno (es decir que se trate de un papel en blanco). - Que no se encuentre en contenedores destinados a otros fines. C) La limpieza de armarios, archivos, estantes o similares que: 6
- Mantenga elementos de cierre, aunque éstos no se encuentren activados. - O tengan puertas sin cierre. Sólo podrá ser acometida en su exterior. 9.- MATERIAL Y MAQUINARIA Todos los productos, materiales, útiles de limpieza y maquinaria a emplear correrán por cuenta de la empresa adjudicataria (inclusive el vestuario del personal dedicado a dicha actividad, el jabón, el papel higiénico y el papel toalla, que deban reponerse en las zonas de aseo). Material y maquinaria mínimos de limpieza en cada establecimiento Tres carros completos de accesorios que incluyan mopa, cepillo, recogedor, tres cubos completos con fregona y escurridor, escobillas y estropajos. Bolsas de basura: 10 grandes, 25 pequeñas y 5 bolsas para destructoras Bayetas multiusos para las diferentes zonas a limpiar. 1 litro de líquido absorbente de polvo (liquido de mopa). 1 litro de limpiamuebles neutro. 1 litro de quitatintas ecológico. 1 litro de detergente ecológico. 5 litros de desinfectante ecológico. 1 aspirador de polvo. 1 aspiradora de agua. 1 enceradora 10.- CONTROL EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El órgano de contratación podrá exigir al contratista, en cualquier momento, que le remita los TC1 y TC2 así como copia de los contratos, de los trabajadores afectos al servicio. 11.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN ORDEN AL PERSONAL A SU SERVICIO 7
Ejecutar directamente el contrato, no pudiendo subcontratar la realización parcial de la prestación objeto del contrato. El personal encargado de la realización del servicio dependerá exclusivamente del contratista, quién será responsable de todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario, con arreglo a la legislación laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo vigente en cada momento, referidas al personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda establecerse vínculo alguno entre Administración y dicho personal. En ningún caso el personal afecto al servicio podrá esgrimir derecho alguno en relación con la Administración contratante, ni exigirle responsabilidad de ninguna clase como consecuencia de las relaciones existentes entre el adjudicatario y sus trabajadores, aún en el supuesto de que las medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación y otros efectos del contrato. El aumento o disminución del número inicial de trabajadores deberá contar con la aprobación expresa de esta Dirección Provincial y, de no hacerlo, podrá dar lugar a la rescisión del contrato con pérdida de la fianza y de las retenciones practicadas. 12.- REPRESENTACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EN LAS TAREAS DE LIMPIEZA. La dirección del servicio de limpieza estará a cargo del Director del Centro de F.P.O., o persona que la Administración Pública contratante designe. Éste será responsable del seguimiento de la ejecución del contrato. Sus funciones serán, con carácter general, las derivadas de la comprobación y vigilancia de la correcta ejecución del contrato, y en especial, las que le asigne el órgano contratante. Para el cumplimiento de estos fines, el contratista facilitará al director del servicio la visita y examen de cualquier proceso o fase del servicio, así como los medios necesarios para esta labor. El director del servicio inspeccionará la realización de los trabajos objeto del contrato, subscribiendo mensualmente un parte de limpieza y mantenimiento en el que hará constar la calidad del servicio. La coordinación con el adjudicatario estará a cargo del titular del puesto de trabajo del Negociado de Inversiones de la Delegación Provincial de Empleo, al objeto de mantener las relaciones que con motivo del desarrollo de los trabajos previstos en el centro se establezcan entre la Administración y el adjudicatario. 8
El coordinador del contrato podrá dictarle al contratista las instrucciones necesarias para mejorar el servicio, que deberán ser aceptadas por éste siempre que no supongan un coste económico para él. El contratista estará obligado a corregir de forma inmediata las irregularidades o incorrecciones en la prestación del servicio que el coordinador le manifieste. Tres actos de incumplimiento podrán ser causa de resolución del contrato con pérdida de la garantía. 13.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución del contrato, será de 12 meses, contados a partir del día siguiente al de la firma del contrato. 14.- PRECIO Y FORMA DE PAGO El precio del contrato, sin perjuicio de lo estipulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, no podrá sobrepasar la cantidad de setenta mil euros (70.000,00 ), excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. La forma de pago será la estipulada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del que forma parte, como documento contractual, el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Cada certificación deberá ir acompañada de una ficha de control en la que se detallen para cada edificio o sede, aquellos trabajos de frecuencia superior a quincenal, que hayan sido realizados en el mes correspondiente. Granada, a 2 de diciembre de 2011 LA DIRECTORA PROVINCIAL Fdo.: Marina Martín Jiménez 9
ANEXO I CATEGORIA HORAS DIARIAS 1 Especialista en limpieza de cristales 3 2 Limpiadores/as 7 1 Limpiador/a 4 10
ANEXO II: RELACION DE PERSONAL DE LIMPIEZA TRABAJADORA CATEGORIA ANTIGÜEDAD CONTRATO HORAS SEMANALES COCOFR Especialista 03/03/2003 200 15 MAMARO Limpiadora 01/11/1999 200 35 MEJIYO Limpiadora 01/11/1999 200 35 SILORA Limpiadora 10/09/2008 501 20 11