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Transcripción:

28922 Miércoles 5 oclubre 1988 BOE núm. 239 Artículos 18 a 24 de la Orden de 4 de abril de 1986 sobre fomento del asociacionismo cooperativo de la juventud agraria. Orden de 30 de septiembre de 1982 sobre ayudas para facilitar la asistencia a cursos breves de capacitación agraria dirigidos a familias e Instituciones sin fines de lucro. Orden de 10 de julio de 1972 por la que se regula el procedimiento y condiciones para la concesión de subvenciones a jóvenes de los Planes de Extensión Agraria para el establecimiento de tareas de Empresa. 2. Asimismo, quedan derogadas todas las normas contenidas en los Reales Decretos que acuerdan actuaciones al amparo de lo dispuesto en el título IV del libro tercero de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, en zonas de ordenación de explotaciones, por las que se conceden ayudas y estímulos a las explotaciones agrarias. 3. Igualmente quedan derogadas todas las normas que amparen lineas de ayudas que resulten afectadas por el Real Decreto 808/1987 de 19 de junio y, por la presente Orden. ' 23082 DlSPOSICION FINAL La presente disposición entrará en vigor el día 26 de diciembre de 1988. Madrid, 1 de oclubre de 1988. ROMERO HERRERA limos. Sres. Subsecretario, Secretario general técnico, Directores generales, Presidentes y Directores de Organismos Autónomos. RESOLl)CJON de 23 de septiembre de 1988, de la Dirección General de la Producción Agraria. por la que se regula la tramitación de solicitud de inscripción en el Registro de Fertilizantes y Afines. La experiencia obtenida en el registro de productos fertilizantes y afines ha demostrado que es necesario una renovación en la tramitación de dichas solicitudes para garantizar el necesario nivel de eficacia en el funcionamiento del Registro Oficial de Fertilizantes y Afines por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el Retl Decreto 72/1988, de? ~e febrero, en su artículo 8. 0 o en el artículo 3. o de la Orden de 14 de Julio de 1988. Esta Dirección General ha resuelto: Artículo unico.para efectuar los trámites de registro e inscripción en el Registro de Fertilizantes y Afines de la Dirección General de la Producción Agraria, las solicitudes deberán presentarse de acuerdo con el modelo normalizado (FI) que figura en el anejo 11 a la presente Resolución, y en la forma y con la documentación que se determina en el anejo 1. Madrid, 23 de septiembre de 1988.EI Director general, Julio Blanco GÓmez. ANEJO 1 Instrucciones para la presentación de solicitudes de inscripción en el Registro de Fertilizantes y Afines l. Las solicitudes de inscripción en el Registro se efectuarán en el formulario oficial normalizado (FI), que figura como anejo 11 a la presente Resolución. 2. Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación: a) Declaración de las características fisicoquímicas y composición del producto, expedida por su fabricante o formulador.. b) Certi~icado de!1~4lisis original y cuatro copias, según Jos metodos oficl~les de anal.ls!s españoles o una traducción adaptada a la forma normalizada del mismo, con expresión del contenido de cada uno de los elementos que determinan la riqueza garantizada en la forma y orden Q!!e indica el articulo 4 del Real Decreto 72/1988, de 5 de febrero, y el articulo 2 de la Orden de 14 de julio de 1988. c! Meml?ria técnica, que deberá estar. redactada en la lengua ~spanola.~fictal del ~stado y firmada por el titular de la inscripción. La mformaclon conteolda sobre ensayos y experiencias realizados que puedan servir para la constatación de su eficacia agronómica deberá ser avalada por personas o instituciones competentes. d) Proyecto de etiqueta, que deberá cumplir las prescripciones del artículo 7 del Real Decreto 72/1988, de 5 de febrero. En el caso de productos envasados en la forma en que se han de suministrar al usuario se confeccionará segun las siguientes instrucciones: l. Area principal. Croquis de tamaño natural normalizado UNEA4, en el que aparezcan: Nombre comercial del producto. Grupo de producto~ Riquezas garantizadas con el nombre y contenido del elemento correspondiente, en porcentaje en peso, sobre peso total. En líquidos se podrán indicar, opcionalmente a continuación, el equivalente en peso/ volumen sobre muestra natural. Compost, enmiendas, turbas y otros productos orgánicos, la materia orgánica en porcentaje en peso sobre materia seca. Contenido o peso neto del envase. Número de inscripción en el Registro de Fertilizantes y Afines de la Dirección General de la Producción Agraria. Nombre y dirección del titular de la inscripción)' fabricante. Opcionalmente se podrá incluir marcas, logotipos nombre del distribuidor u otros datos. ' 2. Area de información. Los interesados, bajo la responsabilidad del encargado de la comercialización, podrán poner la indicación de las dosis y condiciones de uso que mejor convengan al tipo de suelo y de cultivo en los que vaya a utilizarse el producto, de acuerdo con la información de la memoria técnica del apartado e). Dichas indicaciones deberán ir claramente separadas de las menciones obligatorias de etiquetado a que se refiere el punto anterior. 3. Las solicitudes deberán ser firmadas por el titular de la inscripción y en el caso de tratarse de personas fisicas, en lugar del sello de la Entidad, se hará constar el numero del DNI del solicitante. Un ejemplar de la documentación de solicitud se devolverá al interesado, con el sello de recepción, como justificante de su presentación. 4. Las solicitudes y la documentación que, se~un el apartado 2 debe acompañarles, deberán presentarse en quliltuphcado ejemplar, en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en las Direcciones Provinciales del mismo.

BOE núm. 239 Miércoles 5 octubre 1988 28923 ANEJO 11 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION Dirección General de la Producción Agraria Subdirección GueraJ de Producción Vqetal Fl Formulario Oficial de Inscripción en el Registro de Fertilizantes y Afines Titular de la inscripción: 1 I I I I I 1::IIJ I I I I I IIIIJJ:JJII N? I CaUe o plaza: Población: Provincia: D.P. Fabricante: Domicilio: Nación: DATOS DE IDENTlFICACION DEL PRODUCTO. Nombre comercial: [ I I I I \ \ I 1m \ \ I I \ \ \ \ I \ I I I \ \ I I \ I I I I \ I I \ \ b Grupo A. 1 Abono Mineral: N, P, K, Ca, Mg, S 2 Abono Mineral: N, P, K. Ca, Mg, S + Microelementos 3 Abono Mineral: N, P, K + Microelementos B Abono Orgánico: C Abono Organomineral D Abono especial E Correctores F Enmiendas minerales tj G Enmiendas orgánicas c Presentación: Sólido cristalizado «granulado «otras formas Líquido Gas '. d Aplicación: Al suelo D A la planta D Ilmo. Sr. Director General de la Producción Agraria:

28Y24 Miércoles 5 octubre 1988 BOE numo 239 e RJqueDS garantizad..,: Nitrógeno (N) 'l. p/p 'T. p/v FOSFORO (P,O,) 'l. p/p." p/v nitrieo Soluble en alda amoniacal Soluble ea agua. dtn.to ureieo Soluble ea 4cido dtrlco org'nico TOrAL de sinlesis orgád.ica cilloamídico POTASIO (K,O) TOrAL Soluble en agua TOrAL Azu'", (S) Cob... (Cn) Calcio (Ca) Hierro (Fe) Magnesio (Mg) Manganeso (Mn) Boro (B) Molibdeno (Mo) Cobalto (Co) Zinc (Zn) Materia orgánica (sobre materia seca. (s.m.s.) Acidos hlimicos Acidos fúlvicos Cenizas Otros principios activos, Densidad Humedad ('l.) Cloro OSI O NO Sustancias fitotóxicas O SI O NO. g Limitaciones de uso: Olras apllcadones (dlsllnta de 'ertillzanle)

BOE núm. 239 Miércoles 5 octubre 1988 28925 b Documentos que se adjuntan: i. Primeras materias ('lo) que ~ntl'1ld en su fabricación en peso: J Forma de envasado y contenido de los envases: k Cultivos y fines para los que se recomienda. (Se enumerani cada uno de ellos): I Modo de emplfo: Epoca de apliclldón: DiJudón (canddad de producto por Ha): Fonna de.pucadón: Plazo de espel'll: m COndldo... apedales de Ipllcadón y mlnejo: Precaudo...de empleo: Ad..rtendu: Fecha, nrml y..110 del dlnllr:

28926 Miércoles 5 octubre 1988 BOE oúm. 239 Informe solicitado. t 1 Informe J AUlorizado con f«ha: N? de registro: El Jefe de la Sección: MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS 23083 REAL DECRETO 1132/1988. de 30 de septiembre. por el que se modifica la oferta de empleo publico para 1988. apmhada por el Rea! Decreto 235/1988. de 18 de marzo. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, por Real Decreto 235/1988, de 18 de marzo, se aprobó la oferta de empleo público para 1988, incluyendo 58 vacantes dotadas del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea. Al objeto de atender a las necesidades derivadas del fuerte incremento del tráfico aéreo, así como la puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones y equipos, se hace preciso proceder a la ampliación de dicha oferta, habida cuenta de la especial preparación que conlleva la plena operatividad del Controlador de la Circulación Aérea. En su virtud, a propuesta del Ministro para las_ Administraciones Públicas, con el informe favorable de la Comisión Superior de PersonaJ y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de septiembre de 1988, DISPONGO, Artículo 1. 0 Las 58 vacantes del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea previstas en el Real Decreto 235/1988, de 18 de marzo, por el que se aprobó la oferta de empleo público para dicho año, se amplían hasta 120 plazas. Art. 2. 0 Mediante convocatoria extraordinaria se convocarán las plazas resultantes de esta ampliación, así como las no cubiertas, si las hubiere, en la convocatoria aprobada por la Resolución de 28 de marlo de 1988, de la Secretaria de Estado para la Administración Pública. DlSPOSICION FINAL El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo dia de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid a 30 de septiembre de 1988. JUAN CARLOS R. El Ministro para las Administraciones Públicas. JOAQUIN ALMUNIA AMANN