TRAMITACION TELEMATICA DE UNA SLNC Y SRL



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Transcripción:

TRAMITACION TELEMATICA DE UNA SLNC Y SRL Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 1

1 CONCEPTO Desde el año 2003 la normativa que regula las sociedades limitadas ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de la Sociedad Limitada de Nueva Empresa (SLNE) por medios telemáticos, evitando así desplazamientos al emprendedor y produciendo un ahorro sustancial de tiempos y costes (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio). Esta posibilidad se extiende en el año 2006 a las Sociedades de Responsabilidad Limitada en general (Real Decreto 1332/2006, de 21 de noviembre). Para ello el emprendedor deberá dirigirse a los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) en los que se le asesorará en todo lo relacionado con la definición de su proyecto empresarial y se le permitirá iniciar los trámites de constitución y puesta en marcha del mismo por medios telemáticos. El Sistema de Tramitación Telemática (STT) del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) es un sistema informático de tramitación de expedientes electrónicos que, a través del Documento Único Electrónico (DUE), llevará a cabo el intercambio de la documentación necesaria para la creación de empresas. 1.1 VENTAJAS DE LA TRAMITACION TELEMATICA La tramitación telemática ofrece mayor agilidad a la hora de crear una empresa que la tramitación presencial. Además requiere menos desplazamientos a los distintos organismos. La tramitación telemática implica a los diferentes organismos competentes en la creación de una empresa permitiendo la comunicación entre ellos y acelerando la creación de la misma. Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 2

1.2 RECOMENDACIONES PARA CREAR UNA EMPRESA Cuando una persona decide comenzar una actividad empresarial, lo primero que tiene es una idea. Esa idea puede ser buena, pero lo importante para que el resultado sea positivo es utilizar el tiempo necesario para que su inversión económica llegue a buen puerto. Antes de crear una nueva empresa debemos pararnos en: a) Análisis previo: Con objetividad, realismo, buscando la máxima información sobre nuestra idea b) Análisis del mercado Está en crecimiento? Es un sector innovador? Mucha competencia? c) Necesidades administrativas d) Ubicación: Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 3

Zonas comerciales, precio de los locales, facilidad de acceso e) Recursos humanos Contratos de trabajo, convenios, seguridad social f) Necesidades de financiación: créditos, prestamos g) Forma jurídica: Sociedad limitada, sociedad anónima, cooperativa Qué nos interesa? h) Necesidades de apertura Permisos, impuestos, licencias municipales i) Seguros: qué y como asegurar. j) Plan de negocio. La elección de la forma jurídica es tan solo una parte de la definición de la empresa. 1.3 TIPOS DE EMPRESA En la actualidad pueden tramitarse telemáticamente dos tipos de sociedades: a) Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL o SRL) Mediante Real Decreto 1332/2006, de 21 de noviembre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la constitución y puesta en marcha de sociedades de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática. b) Sociedad Limitada de Nueva Empresa Mediante la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, modificada por la Ley 7/2003, de 1 de abril, de la Sociedad Limitada Nueva Empresa. La tramitación telemática permite al futuro empresario realizar una reserva de dominio en Internet para su empresa. Esta reserva podrá hacerse en el momento de constitución de la empresa o con posterioridad a su constitución. Para más información consulte la reserva de dominio. Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 4

2 COMO REALIZAR EL TRÁMITE 2.1 PROCEDIMIENTO Con el procedimiento telemático, el emprendedor sólo tiene que ir presencialmente al PAIT y al Notario, evitando así desplazarse para realizar el resto de los trámites y sin necesidad de utilizar formularios en papel. Será el Sistema de Tramitación Telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (STT-CIRCE) el que realizará los siguientes pasos: Paso 01 - Cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE) Paso 02 - Reserva de la Denominación Social (Sólo SLNE) Paso 03 - Otorgamiento de la Escritura de constitución Paso 04 - Solicitud del NIF provisional Paso 05 - Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Paso 06 - Inscripción en el Registro Mercantil Provincial (RMP) Paso 07 - Trámites en la Seguridad Social Paso 08 Expedición de la Escritura inscrita Paso 09 - Solicitud del CIF definitivo 1) PASO 01 CUMPLIMENTACION DEL DOCUMENTO UNICO ELECTRONICO (DUE) Una vez que el emprendedor ha sido informado de cómo poner en marcha su iniciativa empresarial y si decide constituir su sociedad de manera telemática, el primer paso es la cumplimentación del DUE con todos los datos necesarios para la tramitación. Para ello, el emprendedor deberá suministrar la información necesaria para que el técnico del PAIT cumplimente el DUE aportando la documentación que se le exija. La cumplimentación del DUE se realizará con el Programa de Ayuda a la Cumplimentación del DUE (PACDUE). Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 5

Entre las funcionalidades del DUE se incluyen la incorporación de la denominación social (1) y la elección de la cita con el notario elegido para el otorgamiento de la escritura pública de constitución de la sociedad. Igualmente, el emprendedor puede realizar la reserva del dominio de Internet de su nueva empresa, trámite que se lleva a cabo con Red.es. Además, el emprendedor podrá optar por un paquete de servicios de presencia en Internet bajo el dominio que acaba de reservar. Este paquete de servicios consiste básicamente en una página web y una serie de cuentas de correo electrónico. Asimismo, el nuevo emprendedor deberá elegir la forma de pago o el aplazamiento (esto último sólo es posible para SLNE) del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en su modalidad de Operaciones Societarias (ITP/AJD). La cita con el notario se obtiene de forma inmediata mediante una comunicación en tiempo real con el sistema de la Agenda Notarial, obteniéndose los datos del notario y la fecha y hora de la cita, los cuales se reflejarán en el DUE. Una vez enviado el DUE al STT-CIRCE, la próxima visita del emprendedor será al notario para el otorgamiento de la escritura de constitución. El Documento Único Electrónico una vez cumplimentado, inicia la tramitación telemática. A partir de este momento, el sistema de tramitación telemática (STT-CIRCE) envía a cada organismo interviniente en el proceso vía Internet, la parte del DUE que le corresponde para realizar el trámite de su competencia, dándose los pasos que a continuación se detallan. En este punto, y en el caso de que la sociedad a constituir fuera a desarrollar una actividad encuadrada en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar, el sistema recabaría de la Dirección General de Marina Mercante los datos correspondientes a la embarcación elegida como Centro de Trabajo, y de la Secretaría General de Pesca los datos de la correspondiente Licencia de Pesca. 2) Paso 02 - Reserva de la Denominación Social (Sólo SLNE) El STT-CIRCE solicita la reserva de la Denominación Social al Registro Mercantil Central (RMC). El RMC en respuesta a dicha solicitud, envía al STT-CIRCE, la Certificación de la Denominación Social y la factura de la misma. Hay que señalar aquí, que en la modalidad de tramitación presencial (no telemática) el trámite de reserva de la Denominación Social se realiza siempre telemáticamente a través del Portal CIRCE Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 6

(www.circe.es) mediante una conexión online al Registro Mercantil Central (RMC). En el caso de la SRL, en el PAIT se hará constar la denominación social reservada con arreglo a lo establecido en los artículos 410 y 412 del Reglamento del Registro Mercantil. En el caso de haber obtenido telemáticamente la certificación de la denominación social, a través del procedimiento previsto en el artículo 140.4 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, modificado por la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, el notario que obtuvo dicha certificación remitirá ésta telemáticamente y con su firma electrónica al PAIT ante el que el interesado deba iniciar los trámites de constitución de la sociedad. 3) Paso 03 - Otorgamiento de la Escritura de constitución El STT-CIRCE envía los datos del DUE firmados electrónicamente al notario (en el caso de la SLNE también se envía la certificación de la denominación social y su factura). El emprendedor acude al notario según la cita concertada en el PAIT aportando el certificado de desembolso del capital social (si es una SRL el certificado de la denominación social si la ha obtenido directamente del RMC) y se procede al otorgamiento de la escritura pública de la sociedad. 4) Paso 04 Solicitud del CIF provisional. El notario envía, a través del STT-CIRCE, la escritura a la Administración Tributaria solicitando el CIF provisional. Cuando la Administración Tributaria recibe la escritura y la petición del notario firmada electrónicamente, procesa la información y envía el CIF provisional al STT-CIRCE. En este mismo punto se realiza el envío de la Declaración Censal a la Administración Tributaria competente. 5) Paso 05 - Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados De acuerdo con la opción que haya elegido el emprendedor en el PAIT, se realiza la petición liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ante la Comunidad Autónoma competente en la gestión de dicho Impuesto (en el caso de la SLNE es obligatorio conceder el aplazamiento si así lo solicita el interesado). La Comunidad Autónoma envía al STT-CIRCE, el certificado del pago o de aplazamiento firmado electrónicamente. Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 7

6) Paso 06 Inscripción en el RMP. Con el CIF asignado y el pago o aplazamiento del ITP/AJD realizado, el STT-CIRCE remite al Registro Mercantil Provincial (RMP) correspondiente el certificado de la Denominación Social y el certificado del pago o aplazamiento del ITP/AJD. (El envío de la copia simple de la escritura al STT-CIRCE fue realizado por el notario en el Paso 3). El Registrador Mercantil correspondiente comprueba los datos de la escritura, realiza la calificación de la misma, efectúa, si procede, la inscripción y devuelve los datos de la resolución de inscripción firmados electrónicamente al STT-CIRCE, los cuales se reenvían al notario. 7) Paso 07 - Trámites en la Seguridad Social Los trámites de Seguridad Social se ponen en marcha a través del STT- CIRCE una vez que el notario otorga la escritura y se recibe el CIF provisional de la Administración Tributaria. El DUE se envía a la Tesorería General de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina (TGSS/ISM), para generar los Códigos de Cuenta de Cotización, afiliar en su caso y dar de alta a los socios y a los trabajadores de la empresa, si los hubiere. La TGSS/ISM devuelve al STT-CIRCE los Códigos de Cuenta de Cotización; si procede, los Números de Afiliación de socios y trabajadores y, por último, dará de alta a los mismos. Hay que señalar, que el PACDUE, mencionado en el Paso 1, realiza un pre-encuadramiento en el Régimen de Seguridad Social correspondiente en función de los datos introducidos en el DUE facilitando considerablemente la realización de los trámites que competen a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Instituto Social de la Marina (TGSS/ISM). 8) Paso 08 Expedición de la Escritura inscrita El notario recibe la información del Registro Mercantil Provincial e incorpora a la matriz de la escritura los datos de la resolución de inscripción registral remitidos por el RMP correspondiente. 9) Paso 09 Solicitud del CIF definitivo de la sociedad. El notario solicita el CIF definitivo, para lo cual enviará la copia autorizada de la Escritura. Esta solicitud es enviada a la Administración Tributaria a través del STT-CIRCE. La confirmación del CIF definitivo será remitida al CIRCE mediante un acuse simple de recibo. La recepción de este acuse de recibo finaliza el proceso de creación de la Nueva Empresa. La sociedad será notificada por parte de la Administración Tributaria que además remitirá su CIF definitivo al domicilio fiscal de la sociedad. Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 8

(1) Sólo para la SLNE; para la SRL es necesario que el emprendedor lleve al PAIT el certificado de la denominación social bien en papel o bien que el notario autorizante de la escritura la envíe telemáticamente al PAIT. 3 DATOS Y DOCUMENTACION NECESARIA La documentación que el emprendedor debe llevar al PAIT para proceder a la tramitación telemática de la constitución y puesta en marcha de su proyecto empresarial es la siguiente: Fotocopia y original del DNI de todos los socios y trabajadores. Fotocopia y original de la Tarjeta de la Seguridad Social de todos los socios y trabajadores, u otro documento que acredite el número de afiliación a la Seguridad social. Otros datos a tener en cuenta Epígrafe AE (Actividades Económicas). Datos del domicilio de la empresa y de la actividad empresarial (incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, código postal y teléfono). Porcentajes de participación en el capital social y, en su caso, indicación de la condición de administradores. Para adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: base de cotización elegida y Mutua de AT-EP. Número de cuenta bancaria para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en caso de aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial). Tarjeta bancaria para realizar el pago de la certificación del RMC y del RMP en el caso de elegir este tipo de sistema de pago Casos particulares: Justificante del pago realizado (con anterioridad a la tramitación) al RMC (Registro Mercantil Central) de 13,94 por la obtención de la denominación social, si se elige esta opción Extranjeros sin DNI: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia. Socios extranjeros capitalistas (sin residencia ni actividad en la empresa) tienen que aportar el NIE por asuntos económicos. Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 9

Socios casados: DNI o NIE del cónyuge y régimen del matimonio Para contratación de trabajadores: contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la Seguridad Social. 4 NORMATIVA 4.1.1 Ley SLNE. Ley 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada 4.1.2 Regulación de la Tramitación Telemática. Real Decreto 682/2003, de 7 de junio, por el que se regula el sistema de tramitación telemática a que se refiere el artículo 134 y la disposición adicional octava de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada 4.1.3 Estatutos Sociales Orientativos. Orden JUS/1445/2003, 4 de junio, por la que se aprueban los Estatutos orientativos de la sociedad limitada Nueva Empresa 4.1.4 Asignación del ID-CIRCE. Orden ECO/1371/2003, de 30 de mayo, por la que se regula el procedimiento de asignación del código ID-CIRCE que permite la identificación de la sociedad limitada Nueva Empresa y su solicitud en los procesos de tramitación no telemática 4.1.5 Orden Ventanilla Única Empresarial. Orden PRE/2491/2003, de 3 de septiembre, por la que se regulan las prescripciones tecnológica de los sistemas de información de los Centros de Ventanilla Única Empresarial a que se refiere la disposición adicional octava de la Ley 2/1995, de Sociedades de Responsabilidad Limitada 4.1.6 Fichero Documento Único Electrónico - DUE. Orden ECO/1686/2003, de 12 de junio, de creación del fichero de tratamiento automatizado de datos de carácter personal "Documento Único Electrónico (DUE)" del Ministerio de Economía Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 10

4.1.7 Instrucción D.G. de los Registros y del Notariado. Instrucción de 30 de mayo de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en relación a la entrada en vigor de la Ley 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada nueva empresa. 4.1.8 Contabilidad Simplificada. Real Decreto 296/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el régimen simplificado de la contabilidad 4.1.9 Corrección de errores Contabilidad Simplificada. Corrección de errores del Real Decreto 296/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el régimen simplificado de la contabilidad 4.1.10 Cambio denominación social SLNE Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad 4.1.11 Ley SLNE. Ley 30/2005 de 29 de diciembre, por la que se modifica el apartado 5 de la disposición adicional octava de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada 4.1.12 Ley SRL REAL DECRETO 1332/2006, de 21 de noviembre, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la constitución y puesta en marcha de sociedades de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática. 5 DEFINICION DEL PAIT Los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) son oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas, (Ley 30/2006 de 29 de diciembre) así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio). También podrían realizar funciones de PAIT los centros de Ventanilla Única Empresariales (VUE). Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 11

Para que una entidad pueda constituirse en PAIT, deberá firmar previamente un convenio con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. El PAIT tiene una doble misión: Prestar servicios presénciales de información y asesoramiento a los emprendedores en la definición y tramitación telemática de sus iniciativas empresariales, así como durante los primeros años de actividad de la sociedad limitada Nueva Empresa. Iniciar el trámite administrativo de constitución de la sociedad a través del Documento Único Electrónico (DUE). 5.1 SERVICIOS QUE PRESTA UN PAIT Los servicios que prestará un PAIT con carácter gratuito son los siguientes: En su labor de asesoramiento e información al emprendedor: Deberá informar sobre todo lo relacionado con la creación de empresas, siendo una de las fuentes principales de información y servicios, el Portal PYME. Elaboración/tutorización del Plan de Empresa interactivo de la DGPYME que permita mostrar la viabilidad de la idea empresarial. Utilización de otras herramientas de diagnóstico que la DGPYME ponga a disposición de los emprendedores con la misma finalidad. Información y asesoramiento sobre temática empresarial general: o o o o o Financiación. Fiscalidad. Programas de ayudas públicas. Contratación laboral y Seguridad social. Innovación empresarial. En cuanto al trámite administrativo de constitución de la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE): Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 12

Cumplimentar el DUE e iniciar su tramitación telemática. Realizar la solicitud del código ID-CIRCE y la reserva de la denominación social cuando así lo solicite un emprendedor que opte por la tramitación presencial. Guardar toda la documentación que aporte el emprendedor para llevar a cabo la cumplimentación del DUE y su posterior tramitación. En cuanto a la Ley Orgánica de Protección de Datos, el PAIT deberá observar una serie de obligaciones referidas al uso correcto de los datos, su no divulgación a terceros y la adopción de las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos. 5.2 BUSQUEDA Y DIRECCIONES EN LAS CASTILLA LA MANCHA 1) ALBACETE: Delegación de Industria y Tecnología Albacete Organismo: Dirección General de Promoción Empresarial de Castilla La Mancha Dirección: C/ Mayor, 46 Código Postal: 02071 Municipio: ALBACETE Provincia: ALBACETE Teléfono: 967557743 Email: jlmoreno@jccm.es Horario: LUNES A VIERNES DE 9:00 A 15:00 H AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. EMPLEO Y FORMACIÓN Organismo: AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Dirección: C/ CARMEN, 4 Código Postal: 02005 Municipio: ALBACETE Provincia: ALBACETE Teléfono: 967193001 Email: AEDL.AB@AMIALBACETE.COM Horario: L-X-V DE 9:00 A 14:00 H, M-J (PREVIA CITA) AJE ALBACETE Organismo: AJE ALBACETE Dirección: C/ RIOS ROSAS 15, ENTREPLANTA, APARTADO 617 Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 13

Código Postal: 2004 Municipio: ALBACETE Provincia: ALBACETE Teléfono: 967609090 Email: MIREYA-AJEALBACETE@AJECLM.COM Horario: LUNES A VIERNES (MAÑANAS DE 8:00 A 15:00 H, TARDES DE 16:30 A 19:30 H) 2) CIUDAD REAL Delegación de Industria y Tecnología Ciudad Real Organismo: Dirección General de Promoción Empresarial de Castilla La Mancha Dirección: C/ Alarcos, 21 Código Postal: 13004 Municipio: CIUDAD REAL Provincia: CIUDAD REAL Teléfono: 926271291 Email: jhidalgo@jccm.es Horario: LUNES A VIERNES DE 9:00 A 15:00 H AJE CIUDAD REAL Organismo: AJE CIUDAD REAL Dirección: C/ Carmen, 14 Código Postal: 13003 Municipio: CIUDAD REAL Provincia: CIUDAD REAL Teléfono: 926232394 Email: ajecr@cim.es Horario: LUNES A JUEVES (MAÑANAS DE 8:00 A 15:00 H, TARDES DE 16:30 A 19:30 H). VIERNES DE 8:00 A 15:00 H VUE CIUDAD REAL Organismo: VUE CIUDAD REAL Dirección: C/ LANZA, 2 Código Postal: 13001 Municipio: CIUDAD REAL Provincia: CIUDAD REAL Teléfono: 926271768 Email: CIUDADREAL@VENTANILLAEMPRESARIAL.ORG Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 14

Horario: LUNES A JUEVES (MAÑANAS DE 9:00 A 14.00 H; TARDES DE 16:30 A 19:00 H). V DE 9:00 A 14:00 H URL: http://www.ventanillaempresarial.org/vuciudadreal.htm ACIME Organismo: ACIME (ASOCIACIÓN DE MUJERES EMPRESARIAS Y PROFESIONALES DE CIUDAD REAL) Dirección: C/ GENERAL AGUILERA, 2, 3º B Código Postal: 13001 Municipio: CIUDAD REAL Provincia: CIUDAD REAL Teléfono: 926200410 Email: ACIMEEMPRESARIAS@YAHOO.ES Horario: LUNES A VIERNES (MAÑANAS DE 8:00 A 15:00 H, TARDES DE 16:30 A 19:30 H) CEEI CIUDAD REAL Organismo: CEEI CIUDAD REAL Dirección: C/ LANZA 2, 2ª PLANTA Código Postal: 13004 Municipio: CIUDAD REAL Provincia: CIUDAD REAL Teléfono: 926273034 Email: MROQUE@CEEICR.ES Horario: LUNES A JUEVES (MAÑANAS DE 9:00 A 14:30 H, TARDES DE 16:30 A 19:00 H). VIERNES DE 9:00 A 14:30 H AYUNTAMIENTO DE LA SOLANA Organismo: AYUNTAMIENTO DE LA SOLANA Dirección: C/ CARDENAL MONESCILLO, 23 Código Postal: 13240 Municipio: SOLANA (LA) Provincia: CIUDAD REAL Teléfono: 926634448 Email: ADLSOLANA@INFONEGOCIO.COM Horario: LUNES A VIERNES DE 8:00 A 15:00 H 3) CUENCA Delegación de Industria y Tecnología Cuenca Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 15

Organismo: Dirección General de Promoción Empresarial de Castilla La Mancha Dirección: Glorieta González Palencia, 2 Código Postal: 16071 Municipio: CUENCA Provincia: CUENCA Teléfono: 969178840 Email: alejandrof@jccm.es Horario: LUNES A VIERNES DE 9:00 A 15:00 H 4) GUADALAJARA Delegación de Industria y Tecnología Guadalajara Organismo: Dirección General de Promoción Empresarial de Castilla La Mancha Dirección: C/ Federico García Lorca, 14 Código Postal: 19071 Municipio: GUADALAJARA Provincia: GUADALAJARA Teléfono: 949887824 Email: sbaeza@jccm.es Horario: LUNES A VIERNES DE 9:00 A 15:00 H 5) TOLEDO DELEGACIÓN DE INDUSTRIA Y TECNOLOGÍA TOLEDO Organismo: Dirección General de Promoción Empresarial de Castilla La Mancha Dirección: AV. DE FRANCIA, 2 Código Postal: 45071 Municipio: TOLEDO Provincia: TOLEDO Teléfono: 925267885 Email: JCRODRIGUEZ@JCCM.ES Horario: LUNES A VIERNES DE 9:00 A 15:00 H FEDETO TOLEDO Organismo: FEDETO (FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS TOLEDANOS) Dirección: Pº DE RECAREDO, 1 Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 16

Código Postal: 45002 Municipio: TOLEDO Provincia: TOLEDO Teléfono: 925228710 Email: JAVIERRASO@FEDETO.ES Horario: LUNES A VIERNES (MAÑANAS DE 8:00 A 15:00 H, TARDES DE 16:30 A 19:30 H) URL: http://www.fedeto.es FEDETO TALAVERA DE LA REINA Organismo: FEDETO (FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS TOLEDANOS) Dirección: C/ MESONES, 38 Código Postal: 45600 Municipio: TALAVERA DE LA REINA Provincia: TOLEDO Teléfono: 925824560 Email: O.HIDALGO@FEDETO.ES Horario: LUNES A VIERNES (MAÑANAS DE 8:00 A 15:00 H, TARDES DE 16:30 A 19:30 H) URL: http://www.fedeto.es VUE TOLEDO Organismo: VUE TOLEDO Dirección: AV. REYES CATÓLICOS, S/N Código Postal: 45002 Municipio: TOLEDO Provincia: TOLEDO Teléfono: 925283070 Email: CPITA@VUE.ES Horario: LUNES A JUEVES (MAÑANAS DE 8:30 A 14:30 H, TARDES 16:00 A 18:00 H). VIERNES DE 8:30 A 14:30 H URL: HTTP://WWW.VENTANILLAEMPRESARIAL.ORG/VUTOLEDO.HTM ANTENA LOCAL ILLESCAS - LA SAGRA ALTA Organismo: CÁMARA DE COMERCIO DE TOLEDO Dirección: PZ. MAYOR, 1 Código Postal: 45200 Municipio: ILLESCAS Provincia: TOLEDO Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 17

Teléfono: 925512116 Email: ANTENAILLESCAS@CAMARATOLEDO.COM Horario: LUNES A JUEVES (MAÑANAS DE 8:30 A 14:30 H, TARDES DE 16:00 A 18:00 H). VIERNES DE 8:30 A 14:30 H ANTENA LOCAL MADRIDEJOS - LA MANCHA Organismo: CÁMARA DE COMERCIO DE TOLEDO Dirección: ANTIGUA CTRA. MADRID-CÁDIZ, 2 Código Postal: 45710 Municipio: MADRIDEJOS Provincia: TOLEDO Teléfono: 925461651 Email: ANTENAMADRIDEJOS@CAMARATOLEDO.COM Horario: LUNES A VIERNES DE 8:30 A 14:30 H DELEGACIÓN DE TALAVERA DE LA REINA Organismo: CÁMARA DE COMERCIO DE TOLEDO Dirección: PZ. DEL CARDENAL TENORIO, 4 Código Postal: 45600 Municipio: TALAVERA DE LA REINA Provincia: TOLEDO Teléfono: 925822561 Email: YDIAZV@CAMARATOLEDO.COM Horario: LUNES A JUEVES (MAÑANAS DE 8:30 A 14:30 H, TARDES DE 16:00 A 18:00 H). VIERNES DE 8:30 A 14:30 H DELEGACIÓN DE VILLACAÑAS Organismo: CÁMARA DE COMERCIO DE TOLEDO Dirección: C/ TIREZ, 16 Código Postal: 45860 Municipio: VILLACAÑAS Provincia: TOLEDO Teléfono: 925200600 Email: ARODELGOL@CAMARATOLEDO.COM Horario: LUNES A VIERNES DE 8:30 A 14:30 H FEDETO QUINTANAR DE LA ORDEN Organismo: FEDETO (FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS TOLEDANOS) Dirección: C/ YESARES, 23 Código Postal: 45800 Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 18

Municipio: QUINTANAR DE LA ORDEN Provincia: TOLEDO Teléfono: 925564258 Email: FEDETOQUINTANAR@FEDETO.ES Horario: INFORMACIÓN NO DISPONIBLE FEDETO ILLESCAS Organismo: FEDETO (FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS TOLEDANOS) Dirección: PZ. HERMANOS FERNÁNDEZ CRIADO, 5 Código Postal: 45200 Municipio: ILLESCAS Provincia: TOLEDO Teléfono: 925532334 Email: FEDETOILLESCAS@FEDETO.ES Horario: INFORMACIÓN NO DISPONIBLE ANTENA LOCAL SONSECA - LA SISLA Organismo: CÁMARA DE COMERCIO DE TOLEDO Dirección: C/ SANTA ANA, 1 Código Postal: 45100 Municipio: SONSECA Provincia: TOLEDO Teléfono: 925381706 Email: ANTENASONSECA@CAMARATOLEDO.COM Horario: LUNES A VIERNES DE 8:30 A 14:30 H 6 PREGUNTAS MAS FRECUENTES a) Pregunta: Se puede acceder a la capitalización del paro con esta sociedad? Gracias Respuesta: No se puede capitalizar el paro para constituir una SLNE. Solo es posible para la constitución de Sociedades Laborales, Cooperativas y trabajadores autónomos. (Ley 45/2002, de 12 de diciembre. Disposición transitoria cuarta). No obstante recomendamos consultar directamente en la oficina del INEM. Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 19

b) Pregunta: Los extranjeros pueden constituir una SLNE? Respuesta: SI. Siempre y cuando estén en posesión del NIE Comunitario, o del Nie y el permiso de trabajo por cuenta propia. Si en sus países de origen sólo se utiliza un apellido, la denominación social estará formada por su nombre y su único apellido seguidos del código alfanumérico ID- CIRCE. c) Pregunta: Debe el capital social estar íntegramente desembolsado desde el otorgamiento de la escritura, o es posible pactar desembolsos aplazados? Respuesta: El capital social de la empresa, deberá ser desembolsado en su totalidad antes de pasar por notario. d) Pregunta: QUEREMOS CONSTITUIR UNA SNLE CON CINCO SOCIOS, NINGUNO DE ELLOS CON PARTICIPACION MAYOR AL 25%. 1ª EL SOCIO ADMINISTRADOR NO ESTARA REMUNERADO. DEBE DE DARSE O ESTAR DADO DE ALTA EN EL REGIMEN DE AUTONOMO?. HABRÁ UN TRABAJADOR POR CUENTA AJENA SO SOCIO, A PARTE ES OBLIGATORIO QUE HAYA UN SOCIO-TRABAJADOR? Respuesta: Con esta forma jurídica, el administrador es obligatoriamente uno de los socios de la empresa, por lo que tendría que estar dado de alta, aunque su régimen dependerá entre otras cosas del capital social aportado. e) Pregunta: como puedo conseguir el DUE Respuesta: El documento único electrónico (DUE), es un documento que está integrado en el software del que disponen los puntos de tramitación, (P.A.I.T.) y es manejado por un técnico de este centro. Por tanto, no es un documento que vaya a estar disponible en la red Internet para todo el público. Este documento será cumplimentado en el PAIT al que el emprendedor acuda para crear la Sociedad Limitada Nueva Empresa, si opta por tramitar esta forma jurídica por el procedimiento telemático. f) Pregunta: 1º) La cifra de capital social debe estar íntegramente desembolsada desde el otorgamiento de la escritura, o es posible pactar desembolsos aplazados? Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 20

2º) Puede administrar una Sociedad Nueva Empresa una persona que no reúna la condición de socio? Y una persona jurídica? Respuesta: El capital social debe estar desembolsado íntegramente antes de pasar por notario. Para se administrador de esta forma jurídica es condición obligatoria ser socio de la misma. Una persona jurídica no puede ser socio de esta forma jurídica. g) Pregunta: Otro compañero y yo estamos valorando la posibilidad de montar un estudio de arquitectura, y la forma jurídica que hemos elegido es la de Sociedad de Responsabilidad Limitada. Al ser una actividad de tipo profesional, Hacienda dice que dicha sociedad debe de ir al Régimen de Transparencia Fiscal. Si hacemos una SLNE, también deberíamos ir al Régimen de Transparencia Fiscal? Respuesta: La transparencia fiscal para las sociedades de profesionales fue eliminada por la Ley 46/2002 de 18 de diciembre, de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la renta de No Residentes. (BOE nº 303 de 19 de diciembre de 2002) h) Pregunta: Está publicado el Reglamento que regule la llevanza de la contabilidad simplificada de la S.L.N.E. a que hace referencia el artículo 141 de la Ley de S.L.N.E.? Respuesta: Sí, el régimen simplificado de la contabilidad está regulado por el Real Decreto 296/2004, de 20 de febrero (BOE de 27 de febrero de 2004) i) Pregunta: Los dos únicos socios de una SLNE familiar, que son administradores solidarios y poseen el 50% del capital, pueden darse de alta en el Régimen General como trabajadores por cuenta ajena de su SLNE? Respuesta: No, dado que el capital social de la SLNE está repartido al 50% entre los dos únicos socios y que ambos ejercen la administración de la misma, deberán estar de alta y cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (de conformidad con lo dispuesto en la D.A 27ª del texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. j) Pregunta: Las SLNE son aptas para crear un negocio de hostelería? Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 21

Respuesta: La SLNE puede tener como objeto social todas o alguna de las siguientes actividades: agrícola, ganadera, forestal, pesquera, industrial, de construcción, comercial, turística, de transportes, de comunicaciones, de intermediación, de profesionales o de servicios en general. Por lo tanto, la actividad de hostelería puede realizarse mediante la constitución de una SLNE. Sólo están excluidas aquéllas actividades para las cuales se exija la forma de una sociedad anónima, aquéllas cuyo ejercicio implique objeto único y exclusivo y aquéllas sociedades a las que resulte de aplicación el régimen de las sociedades patrimoniales regulado en el capítulo VI del título VIII de la ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades. k) Pregunta: Cuatro promotores estamos interesados en constituir una SLNE. Hemos intentado, sin éxito, averiguar si hay alguna obligación para los socios de darse de alta como autónomos. Uno como mínimo? Todos? Tengan en cuenta que todos ya trabajamos por cuenta ajena para otras empresas / instituciones. Nuestra confusión se agranda cuando hablamos del régimen de la seguridad social que debemos seguir (General, RETA, etc.). Que inconvenientes y ventajas tendría para nosotros ser autónomos a la vez que trabajadores por cuenta ajena? Muchísimas gracias por una pronta respuesta Respuesta: Con esta forma jurídica, el administrador de la Sociedad obligatoriamente es uno de los socios, con lo que al menos uno de estos tiene que estar dado de alta en la Seguridad Social, y aunque lo más probable es que esté en el Régimen de Autónomos, esto dependerá entre otras cosas del Capital Social aportado. No obstante, es compatible con estar cotizando por otro régimen. Puede consultar toda la información en www.circe.es l) Pregunta: La SLNE tiene un plazo de duración? Respuesta: NO. La SLNE tiene duración indefinida salvo que los socios decidan otra cosa en los estatutos sociales. Los estatutos sociales orientativos aprobados por el Ministerio de Justicia, permiten la opción de constituir la sociedad por tiempo indefinido o determinado. m) Pregunta: Dónde hay que solicitar el ID-CIRCE? Respuesta: Si se utiliza el procedimiento de constitución presencial, el ID- CIRCE deberá solicitarse en las páginas web www.circe.es o www.ipyme.org o en cualquier Punto de Asesoramiento e Inicio de Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 22

Tramitación (PAIT). Una vez que se tenga el ID-CIRCE, se procederá a solicitar la denominación social en el Registro Mercantil Central por los procedimientos habituales. Si se utiliza el procedimiento telemático, el ID-CIRCE debe solicitarse en un PAIT y desde allí procederán a solicitar la denominación social. n) Pregunta: Es posible la transformación de una Sociedad Limitada a una Sociedad Limitada Nueva Empresa? Respuesta: La Ley que regula la SLNE no regula esta transformación. o) Pregunta: Puede haber SLNE de un único socio? Respuesta: SI. Son las SLNE Unipersonales pero cada persona sólo puede constituir una. El socio único de una SLNE Unipersonal no podrá constituir otra, aunque si podrá ser socio de otras SLNE que no sean unipersonales y nada le impide ser socio único de una Sociedad Limitada ordinaria p) Pregunta: La SLNE puede celebrar una Junta con carácter Universal? Respuesta: SI. La Junta General estará válidamente constituida para tratar cualquier asunto, sin necesidad de convocatoria previa, siempre que estén presentes, o representados, todos los socios y todos ellos acepten por unanimidad la celebración de la misma así como el correspondiente orden del día. q) Pregunta: Se entiende que un medio fehaciente de convocar la Junta de socios de la SLNE puede ser solicitar su convocatoria por medios telemáticos en los PAIT, en concreto, una Cámara de Comercio, como Entidad de Derecho Público y tercero imparcial? Respuesta: La convocatoria de la Junta General de una SLNE podrá realizarse por cualquiera de las formas previstas en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y, además, mediante correo certificado con acuse de recibo al domicilio señalado a tal efecto por los socios, por procedimientos telemáticos que hagan posible al socio el conocimiento de la convocatoria, a través de la acreditación fehaciente del envío de mensaje electrónico de la convocatoria o por el acuse de recibo del socio. r) Pregunta: Cuando se constituye el capital social los socios obligatoriamente deben hacer aportaciones iguales, o pueden tener distinta participación social? Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 23

Respuesta: No es necesario que las participaciones de cada socio sean iguales s) Pregunta: La Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) se rige también por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (LSRL)? Respuesta: SI. La SLNE es una especialidad de la Sociedad Limitada (SL) y se rige por el capítulo XII de la LSRL. En todo aquello que no esté expresamente regulado en ese capítulo se aplicará lo establecido con carácter general para todas las SL en la LSRL. Técnico en Orientación para el empleo y autoempleo 24