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Transcripción:

NOTA: ESTE PROYECTO SE ENCUENTRA EN PROCESO DE REVISIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Y ESTÁ SUJETO A MODIFICACIONES DE FORMA CUANDO ASÍ LO AMERITE. ADEMÁS, ESTÁ PENDIENTE QUE SE LE ASIGNE COMISIÓN PARA LA PUBLICACIÓN. PROYECTO DE LEY AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDA DE PARAISO PARA QUE CAMBIE USO ESPECIFICO DE UNA FINCA A VARIOS USOS DE FIN PUBLICO. EXPEDIENTE No. 20.372 ASAMBLEA LEGISLATIVA: La Municipalidad de Paraíso es propietaria registral de la finca inscrita bajo el folio real matrícula inscrito en el Partido de Cartago: Finca 180582-000, que se describe así: Naturaleza: Terreno inculto para construir un cementerio municipal. Situada en el Distrito Uno, Paraíso, Cantón Dos Paraíso de la Provincia de Cartago. Linderos: Norte: Alba Vargas Alfaro, Sur: Resto de la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso, Este: Resto de la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso, Oeste: Resto de la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso. Plano: 633509-2000. Mide: Veinte mil metros cuadrados, y fue comprada mediante la ley número 7556, código presupuestario 130 926 730 223 27 242 31 37, descripción: para compra de terreno de cementerio de Paraíso y por un monto de 10.000.000.00 millones de colones. Los estudios relativos al uso del terreno por parte de la Municipalidad demuestran que el área utilizable para construir el cementerio es menor, por esto, el resto de la finca queda sin la posibilidad de que la Municipalidad lo utilice para otros fines de uso público. El interés de la Municipalidad es ampliar el uso de dicha

finca, dándole otros usos con fines públicos muy necesarios para la comunidad de Paraíso. El Concejo Municipal de Paraíso por su parte, en la sesión ordinaria número SETENTA del 28 de febrero del año 2017, conoce y aprueba el artículo 09, el cual literalmente dice: ARTÍCULO 09: Se conoce moción propuesta por la regidora propietaria Ivannia Solano Vega la cual dice: MOCION DE LA REGIDORA IVANNIA SOLANO VEGA Razonamiento: Señoras y señores Regidores: Hace algunos años cuando aún eran legales las partidas específicas, por medio de ellas se adquirieron dos hectáreas de terreno, compradas lógicamente con fondos públicos, para la ubicación del nuevo camposanto de esta comunidad, ya que el cementerio actual estaba saturado. El tiempo ha transcurrido y esos terrenos que en su totalidad iban a ser dispuestos para ese menester bien pudieron haberse ocupado para diferentes fines, tanto que podemos demostrar que una hectárea de terreno es suficiente para construir el camposanto y siendo que en la actualidad el Código Municipal en su artículo 62, permite el traspaso de terrenos entre instituciones públicas, me permito mocionar a sabiendas que con diez mil metros cuadrados las necesidades del nuevo camposanto estarían satisfechas; es en razón de lo anterior que solicito a mis compañeros y compañeras regidoras valorar la presente moción ya que todos estaremos de acuerdo que nuestro cantón cada día requiere de más servicios y de mayor

calidad y para ello debemos de facilitar a todas las instituciones las herramientas para que nuestro cantón no quede en el rezago. Se y comprendo de que existen dudas, las cuales son razonables, sobre la disposición de estos terrenos por haberse comprado los mismos para un fin específico, sin embargo para que no queda ninguna duda debe consultársele al departamento legal de la Contraloría General de la República, si se pueden disponer los mismos conforme nosotros lo hemos acordado, en caso de que la respuesta fuese negativa, procédase entonces a presentar por medio de nuestro diputado el señor Jorge Rodríguez Araya un proyecto de ley para la desafectación de dicho terreno en dicho proyecto si es que hay que presentarlo este Concejo Municipal dispone que diez mil metros cuadrados serán para la construcción del nuevo camposanto, cinco mil metros cuadrados para la construcción de la Nueva Escuela de Música y los cinco mil metros restantes para la construcción del Hospital Geriátrico. Por lo anterior mocionó para que: PRIMERO: De los terrenos propiedad de esta Municipalidad y que se localizan en la propiedad de la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso, se dispongan como a continuación se describe: 10.000.00 metros cuadrados para el nuevo camposanto. 5.000.00 metros cuadrados para la Nueva Escuela de Música. 5.000.00 metros cuadrados para el Hospital Geriátrico. SEGUNDO: Se proceda a consultar al departamento legal de la Contraloría General de la República si el procedimiento está a derecho. TERCERO: Este Concejo Municipal disponga presentar un proyecto de ley de desafectación de los terrenos en caso de la Contraloría General de la República considerara que el traspaso no puede hacerse sino media una ley. CUARTO: El Concejo Municipal declare firme, irrevocable y definitivamente aprobado este acuerdo, el cual surtirá efecto legal en el momento que se

pronuncie la Contraloría General de la República o bien se apruebe el proyecto de ley si el mismo es necesario. QUINTO: Se trata de blindar la presente moción para no inducir a error al Concejo Municipal porque queda establecido en la moción que este acuerdo no podrá ser ejecutado sino se cumple con lo antes dispuesto. SEXTO: La Asesoría Legal de este Concejo Municipal proceda de inmediato a realizar la consulta a la Contraloría General de la República, explicando cómo se obtuvo el terreno y que se pretende. SETIMO: Este Concejo autorice al Alcalde municipal a firmar las escrituras correspondientes, si la moción procede a derecho, moral y éticamente. OCTAVO: Se de por enterado el pueblo paraiseño de que esta moción es aprobada bajo los supuestos ya enumerados y que la Administración Activa tome nota de que solamente con la autorización de la Contraloría General de la República o bien mediante ley los terrenos serán destinados para los fines propuestos. NOVENO: Tanto las autoridades de la Escuela de Música, como los interesados en el Hospital Geriátrico, tengan entendido que este Concejo Municipal les dona los terrenos pero para ello se debe cumplir con lo señalado en líneas anteriores, reitero: 1- consulta a la Contraloría General de la República ó 2- Proyecto de ley de desafectación. En todo caso queda autorizada la Administración Activa para proceder bajo los preceptos enumerados, para que luego no se argumente que se han dispuesto de terrenos con limitaciones, pues como es sabido por todos, el bien fue adquirido con fondos públicos y el artículo 62 del Código Municipal nos faculta para tomar estos acuerdos. Sin embargo para que todo esté dentro del marco legal es imperativo realizar la consulta, y repito, en caso de que la misma resulte negativa, autorícese a la Administración Activa para que junto al departamento de Secretaría certifique la

presente moción y la envié al diputado Rodríguez Araya en la eventualidad de que haya que presentar un proyecto de ley para su desafectación, y en el caso de que no exista oposición de la Contraloría General de la República autorícese a la Administración Activa a proceder con los traspasos correspondientes. A la presente moción se le dispensa del trámite de comisión, por contener la misma todos los pasos legales a realizar y en razón de ello el acuerdo es firme, irrevocable y definitivamente aprobado. SE ACUERDA CON CINCO VOTOS POSITIVOS (DAMARIS SOLANO CASTILLO, XIOMARA SANCHEZ MEZA, IVANNIA SOLANO VEGA, NELSON MOYA MOYA Y ROBERTO SOLANO AVENDAÑO) Y DOS NEGATIVOS (SONIA LUCIA MATA COTO, WILLIAM SOLANO DURAN) APROBAR LA MOCION PRESENTADA POR LA REGIDORA IVANNIA SOLANO VEGA. COMUNIQUESE. (Ver copia adjunto) Por las razones anteriores y con el deseo de aprovechar al ciento por ciento un terreno que por ley sólo podrá aprovecharse para construir un cementerio, someto a la discusión y aprobación de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PARAISO PARA QUE CAMBIE USO ESPECIFICO DE UNA FINCA A VARIOS USOS DE FIN PÚBLICO. ARTÍCULO 1.- Autorícese a la Municipalidad de Paraíso, cédula jurídica número 3-014-042086, a cambiar el destino exclusivo de cementerio otorgado al inmueble de su propiedad, mismo que está libre de gravámenes y anotaciones, inscrito en el Partido de Cartago: Finca 180582-000, que se describe así: Naturaleza: Terreno inculto para construir un cementerio municipal. Situada en el Distrito Uno, Paraíso, Cantón Dos Paraíso de la Provincia de Cartago. Linderos: Norte: Alba Vargas Alfaro, Sur: Resto de la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso, Este: Resto de la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso, Oeste: Resto de la Junta Administrativa del Liceo de Paraíso. Plano: 633509-2000. Mide: Veinte mil metros cuadrados, los cuales se distribuirán de la siguiente manera: para la construcción de un cementerio municipal, diez mil metros cuadrados, para una escuela de música cinco mil metros cuadrados y para un hospital geriátrico cinco mil metros cuadrados, además debe programarse la construcción de: calles públicas, áreas verdes, zonas de parqueos, casetas de seguridad, aceras y rampas para el cumplimiento de la ley 7600. Rige a partir de su publicación. Jorge Rodríguez Araya DIPUTADO