LICITACION PÚBLICA Nº 597/2016 ADQUISICIÓN DE 70,000 LUMINARIAS VIALES CONSULTAS Y RESPUESTAS

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Transcripción:

Montevideo 09 de mayo de 2017 LICITACION PÚBLICA Nº 597/2016 ADQUISICIÓN DE 70,000 LUMINARIAS VIALES CONSULTAS Y RESPUESTAS Consulta 19: Articulo Nº10: PRECIO, en el formulario de Cotización Nº1 se solicita cotizar componentes de cotización obligatoria que no corresponden a la cotización Nº1 como Modulo de control y concentrador, se puede corregir el Articulo Nº10? Se confeccionó nuevo formulario de cotización, ver pliego Consulta 159: Establecimiento permanente: Dado que nuestra empresa está constituida en la República Popular China, y el proyecto por la modalidad de pago es a varios años, interpretamos que es necesario que nos inscribamos como Establecimiento Permanente y tributar los impuestos a la renta y otros que correspondan en la ROU, es correcta nuestra interpretación? Para la presentación de la oferta alcanza que establezcan datos de la empresa extranjera, teléfono y domicilio legal en Uruguay a dichos efectos. La Intendencia de Montevideo dará un número de registro provisorio, (art. 28 del Pliego Particular de Condiciones).

Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el RUPE (Registro Único de Proveedores Estatales), como empresa extranjera. Se adjunta link con el instructivo de la documentación y datos que se debe subir para Inscripción a RUPE (Sociedades y Asociaciones Extranjeras (español)) https://www.comprasestatales.gub.uy/wps/wcm/connect/pvcompras/78557921- d843-4396-ba0f-6aeb56d936d6/rupe_ins_07_empresas_extranjeras.pdf? MOD=AJPERES Consulta 175: Pliego no.597/2016 artículo 10, Requisito Obligatorio Formulario de Cotización nº 1 y Formulario de Cotización nº 2 Podrían aclararnos los formularios de oferta para las ofertas 1 y 2 respectivamente? En el documento se describe que el artículo 5 está sujeto a la oferta 2. Este artículo cuenta con controladores. En los formularios de las ofertas 1 y 2, el precio de cada unidad incluye el controlador? Ya que los controladores están sujetos al artículo 5, la oferta 2 es confusa. Les rogamos su aclaración o enmienda. Ver nuevo formulario de cotización, pliego modificado al 07/04/2017 Consulta 191: El Anexo 2 del Pliego (Formulario Presentación de la Empresa), se puede modificar para adaptarlo a nuestra situación?, ya que al ser una empresa español no tenemos el RUT ni domicilio constituido en Montevideo aún, podríamos poner el domicilio fiscal de España y la Identificación Fiscal Extranjera de la empresa? Ver respuesta Consulta 159. Consulta 197: En la modalidad de cotización B) Condición DAP, calle Marcelino Sosa., se consulta: Es correcto que se pueda facturar a la Intendencia de Montevideo las luminarias dentro del recinto portuario del puerto de Montevideo, realizando la importación la Intendencia de Montevideo de conformidad con la normativa vigente (Los Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad y/o exoneración tributaria en las importaciones, extremo que debe ser validado en cada caso por el Poder Ejecutivo a través de una resolución, habitualmente emitida a través del Ministerio de Economía y

Finanzas, de conformidad a lo establecido en el artículo 581 de la ley 17.296 del 21 de febrero de 2001. La exoneración debe ser tramitada por la Intendencia, y debe ingresarse a los sistemas informáticos de DNA y DGI para que se traduzcan en la práctica de los sistemas de gestión. La Intendencia deberá realizar todos los trámites ante el Poder Ejecutivo, Ministerio de Economía y Finanzas, para obtener la resolución que reconozca la exoneración, acreditando que el objeto del embarque es para el alumbrado público departamental, efectuando a su nombre el despacho aduanero desde el recinto portuario)? La cotización y facturación debe ser condición DAP de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Pliego Particular de Condiciones. La Intendencia de Montevideo gestiona la exoneración tributaria y se puede hacer el despacho dentro del recinto portuario. Consulta 198: Es correcto que la facturación de los servicios de instalación, fletes internos y demás que correspondan, en plaza? Ver artículo 10, para item 7, cotización plaza. Consulta 201: En el punto 2 de la Memoria Descriptiva se establecen los plazos de entrega a partir de la Resolución de adjudicación. Se consulta, si es correcto interpretar que se refiere a la resolución firme y después de su pasaje por el Tribunal de Cuentas? Se encuentra previsto en artículo 2, apartado d) cómputos de los plazos de entregas para cotizaciones plaza y no plaza, y en articulo 19 (Perfeccionamiento del Contrato) del Pliego Particular de Condiciones. Consulta 215: Es posible acreditar la compra del Pliego por una empresa subcontratista presentado en la oferta como tal, o es necesario a tales efectos la integración como empresa consorciada? El adquirente de pliego debe ser la empresa que presente la oferta, en caso de consorcio puede adquirir el pliego cualquiera de las empresas que lo integren.

Consulta 216: Confirmar que la interpretación sea la correcta: es posible que solo una de las empresas consorciadas verifique los requerimientos económicos financieros y los activos líquidos y acceso al crédito, con independencia de su participación en el consorcio, en tanto se pacte en el mismo la solidaridad de las obligaciones. Ver anexo 4, 2.2 Antecedentes económico-financieros Consulta 217: Confirmar que la interpretación sea la correcta: es posible que solo verifique los requerimientos económicos financieros y los activos líquidos y acceso al crédito, lo sea una empresa subcontratista en tanto se pacte con la misma la solidaridad de las obligaciones en lo atinente al suficiente financiamiento de la inversión. La empresa subcontratista no es adjudicataria Consulta 222: Es correcto interpretar que no se podrá ceder sin consentimiento de la IMM, referido al contrato, pero no al crédito emergente del mismo? La cesión de créditos es un procedimiento habitual para la Intendencia de Montevideo. De acuerdo al Digesto Municipal en todas las cesiones de contratos y de créditos en que la Intendencia sea la parte cedida, corresponderá la aplicación de los artículos R.1010, R.1011 y R.1012.- Se deberá cumplir con un conjunto de requisitos preestablecidos que el oferente conoce previo a presentar su oferta, los mismos se pueden ver en la página web de la Intendencia de Montevideo: http://www.montevideo.gub.uy/tramites-y-tributos/solicitud/cesion-decreditos Consulta 238: Cesión de créditos emergentes del contrato. Dado que el potencial oferente pretende solicitar financiamiento con agentes financieros para poder cumplir con el objeto de la licitación, es fundamental poder ceder a los agentes financieros los créditos contra la Intendencia emergentes del contrato para el repago de la deuda. Sin embargo, el Pliego de Condiciones Particulares en su

artículo 26 y la normativa allí citada, establecen limitaciones a la cesión de los créditos de la Intendencia que podría no otorgarse. En función de lo anterior, solicitamos que se incluya en el Pliego de Condiciones Particulares la autorización de la Intendencia y su consentimiento y aceptación a cualquier futura cesión de créditos que realice el adjudicatario a favor de los agentes financieros o bancos de plaza, permitiendo así tener asegurada la posibilidad del adjudicatario de ceder sin limitaciones los créditos emergentes del contrato. Ver respuesta a consulta 222.- Consulta 283: Establecimiento permanente: Dado que nuestro proveedor de las luminarias es una empresa constituida en la Rep. Pop. China y vuestro proyecto por su modalidad de pago es a varios años, entendemos que es necesario que se inscriba como "Establecimiento Permanente" y tributar los impuestos a la renta y otros que correspondan en Uruguay. Pueden aclarar por favor si es correcta nuestra interpretación? Para la presentación de la oferta alcanza que establezcan datos de la empresa extranjera, teléfono y domicilio legal en Uruguay a dichos efectos. La Intendencia de Montevideo dará un número de registro provisorio, (art. 28 del Pliego Particular de Condiciones).- Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el RUPE (Registro Único de Proveedores Estatales), como empresa extranjera. Se adjunta link con el instructivo de la documentación y datos que se debe subir para Inscripción a RUPE (Sociedades y Asociaciones Extranjeras (español/ ingles)) https://www.comprasestatales.gub.uy/wps/wcm/connect/pvcompras/78557921-d843-4396-ba0f-6aeb56d936d6/rupe_ins_07_empresas_extranjeras.pdf?mod=ajperes