SITUACIÓN ACTUAL DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA.

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DESAYUNO FISCAL: SITUACIÓN ACTUAL DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA. Barcelona, 14 de marzo de 2018

. INDICE DEL DESAYUNO FISCAL A. Precios de transferencia. Cuestiones generales. B. Obligaciones de documentación B/1. Análisis funcional. B/2. Análisis económico. -Métodos -Ejemplos B/3. Modelo 232 C. Las regularizaciones practicadas por la Inspección. C/1. Las cuestiones comprobadas por la Inspección de los Tributos. C/2. Ajustes primarios y secundarios. C/3. Sanciones. C/4. Fin de la Inspección. C/5. Procedimiento amistoso/ APAs 2

Precios de transferencia. Cuestiones generales A. EL PROCEDIMIENTO INSPECTOR. CUESTIONES GENERALES A/

A. Concepto Los precios de transferencia son los precios a los cuales una empresa transfiere bienes materiales o intangibles, o presta servicios a empresas vinculadas. Ejemplos: Marruecos Irlanda España Fabricante Distribuidor mayorista Distribuidor minorista 4 Clientes finales

A. Ejemplos MARRUECOS IRLANDA ESPAÑA CONSOLIDADO VENTAS (+) 1.100 1.150 1.500 1.500 COSTE DE VENTAS (-) -800-1.100-1.150-800 MARGEN BRUTO (=) 300 50 350 700 GASTOS OPERATIVOS (-) -100-10 -140-250 MARGEN NETO (=) 200 40 210 450 (x tipo de gravamen) 35,00% 12,50% 25,00% IMPUESTO SOBRE BENEFICIOS (-) -70-5 -53-128 BENEFICIO NETO (=) 130 35 157 322 MARRUECOS IRLANDA ESPAÑA CONSOLIDADO VENTAS (+) 950 1.300 1.500 1.500 COSTE DE VENTAS (-) -800-950 -1.300-800 MARGEN BRUTO (=) 150 350 200 700 GASTOS OPERATIVOS (-) -100-10 -140-250 MARGEN NETO (=) 50 340 60 450 (x tipo de gravamen) 35,00% 12,50% 25,00% IMPUESTO SOBRE BENEFICIOS (-) -18-43 -15-76 BENEFICIO NETO (=) 32 297 45 374 TIPO MEDIO EFECTIVO 28,45% TIPO MEDIO EFECTIVO 16,88% 5

A. Problemática en los precios de transferencia 65%delcomerciomundialserealizaentreempresasdeunmismogrupo(OMC). PérdidasglobalesderecaudaciónenelámbitodelISdeentreel4%yel10%,i.e.100a 240milmillonesde$anuales(OCDEplanBEPS). Creciente aumento de los recursos empleados por las autoridades fiscales para el control de las operaciones vinculadas y evitar la elusión fiscal internacional. Importancia de tener preparada documentación que soporte la política de precios de transferencia de las operaciones nacionales e internacionales. 6

PRECIOS DE TRANSFERENCIA Aspectos prácticos de la documentación A. EL PROCEDIMIENTO INSPECTOR. CUESTIONES GENERALES B/

B. Documentación de precios de transferencia 1. ANÁLISIS FUNCIONAL 2. ANÁLISIS ECONÓMICO Ambos análisis están relacionados: las remuneraciones justificadas en el análisis económico deben estar correlacionadas con las funciones, activos utilizados y riesgos asumidos por las entidades que llevan a cabo las operaciones vinculadas. Por tanto, puede considerarse el análisis funcional como la base del análisis económico. 8

B. El análisis funcional Es una metodología en la que se identifican las funciones, los riesgos, y los activos de las entidades que intervienen en las operaciones vinculadas. El objetivo es organizar dichos indicadores entre las entidades que realizan las operaciones vinculadas. El análisis funcional es útil para: Evaluar la contribución en los beneficios de las partes involucradas en las operaciones vinculadas; Seleccionar el método de valoración de precios de transferencia; Determinar los criterios para la búsqueda de comparables; y Identificar la necesidad de segmentación de la información financiera de las partes analizadas. 9

B. Caracterización de las entidades 10

B. Análisis de comparabilidad 1. Determinar los años incluidos en el análisis; 2. Elección de la tested party y identificación de los factores de comparabilidad más importantes; 3. Revisión de la existencia de comparables internos; 4. Determinar fuentes de información sobre comparables externos; 5. Selección del método de valoración más adecuado; 6. Identificación de los potenciales comparables revisando que cumplen con los factores de comparabilidad previamente identificados; 7. Determinación y aplicación de ajustes de comparabilidad; 8. Análisis de los datos obtenidos y determinación del rango de plena competencia. 11

B. Métodos de valoración 12

B. Actividades y métodos de valoración asociados 13

B. Bases de datos más utilizadas AMADEUS de Bureau Van Dijk(empresas europeas); SABI de Bureau Van Dijk(empresas españolas y portuguesas); ORBIS de Bureau Van Dijk(mundial); ONESOURCE de Thomson Reuters(mundial); LOANCONNECTOR de Thomson Reuters(operaciones financieras); KTMINE(cesión de intangibles); INTANGIBLE SPRING(cesión de intangibles). 14

B. Ejemplo de búsqueda de comparables (bases de datos SABI) 15

B. Ejemplo de búsqueda de comparables - resultados 16

B. Valoración de las prestaciones de servicios entre partes vinculadas aspectos claves Efectividad de la prestación: acreditar su realización. Benefit test: los servicios deben producir una ventaja o utilidad para el receptor (requisito para su deducibilidad): Deben ser servicios por los que una empresa independiente hubiera querido pagar o desarrollar por sus propios medios(willingness-to-pay-rule); No deben ser servicios duplicativos; No facturar shareholder costs. Añadir un margen arm s length. Métodos de cargo: Preferentemente, se realizará un cargo directo cuando sea posible determinar el coste del servicio prestado y el beneficiario directo del mismo; En caso contrario, repartir el precio global de los servicios entre los destinatarios mediante reglas de reparto (allocation keys) basadas en criterios de razonabilidad. 17

B. Modelo 232 Con la entrada en vigor del modelo 232 se produce un traslado de la información de operaciones vinculadas des del modelo 200 al mencionado modelo 232. La presentación se realizará durante el undécimo mes posterior a la conclusión del periodo impositivo. 18

Las regularizaciones practicadas por la Administración A. EL PROCEDIMIENTO INSPECTOR. CUESTIONES GENERALES C/

C. Las regularizaciones practicadas por la Inspección. C/1. Las cuestiones comprobadas por la Inspección de los Tributos. C/2. Ajustes primarios y secundarios. C/3. Sanciones. c/4. Fin de la Inspección. c/5. Procedimiento amistoso/ APAs 20

C. Las cuestiones comprobadas por la Inspección de los Tributos Comprobaciones más comunes: Precio de venta de las mercancías. Margen aplicado a las prestaciones de servicios. Restructuraciones empresariales Intereses de préstamos. Prestaciones de servicios de socios profesionales.

C. Prestaciones de servicios de socios profesionales Safe Harbour Másdel75%delosingresosdelaentidaddebenprocederdelejerciciodeactividades profesionales y contar con los medios materiales y humanos adecuados para el desarrollo de la actividad. La retribución de todos los socios profesionales por la prestación de servicios a la entidadnodebeserinferioral75porcientodelresultadoprevioaladeduccióndelas retribuciones de la totalidad de los socios profesionales por la prestación de sus servicios. Las retribuciones de cada uno de los socios profesionales deben: Determinarse en función de la contribución efectuada por ellos, debiendo constar por escrito los criterios cualitativos y cuantitativos aplicables; No ser inferiores a 1,5 veces el salario medio de los asalariados de la entidad que cumplan funciones análogas. En ausencia de estos últimos, la cuantía de las retribuciones no podrá ser inferiora5veceseliprem. 22

C. Prestaciones de servicios de socios profesionales - ejemplo RESULTADO DE LA SOCIEDAD Ingresos 1.000.000 Gastos generales 300.000 Resultado de la sociedad antes del salario Salario mínimo de los socios (700.000 * 75%) 700.000 525.000 Se cumplirá el safeharbour cuando el salario de los socios sea superior a 525.000 Salario medio trabajadores con funciones análogas (100.000 *1,5) 150.000 IPREM (6.390,14 *5) 31.950,72 23

C. Prestaciones de servicios de socios profesionales En la práctica, la Administración entiende que la sociedad que presta servicios profesionales debe aportar valor añadido al servicio, sin embargo, no especifica qué tipo de valor añadido y acaba imputando el 100% del beneficio al socio profesional (o como máximo atribuye un 5% del beneficio a la sociedad) sin respetar la literalidad del safe harbour establecido por la ley. Cuando el socio perciba rendimientos tanto por servicios profesionales como por su condición de administrador, sólo los primeros se calificarán de actividades profesionales. Los rendimientos por su condición de administrador se consideran rendimientos del trabajo personal y no se consideran como operación vinculada segúnlaleydelis. 24

C. Alcance de los ajustes Corrección de la valoración de las operaciones vinculadas. Pueden afectar a: Impuesto sobre Sociedades.(IS). Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.(IRPF). Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.(IRNR). Vinculación de la Administración con la valoración en lo que respecta al resto de personas o entidades vinculadas. No determinará la tributación de una renta superior a la efectivamente derivada de la operación para el conjunto de las personas o entidades que la hubieran realizado. 25

C. Tipos de ajustes de precios de transferencia (OCDE) Ajustes practicados por el obligado tributario Ajustes practicados por la Autoridad Fiscal (1ª jurisdicción) Ajustes practicados por la Autoridad Fiscal (2ª jurisdicción) Ajuste compensatorio (compensating adjustment) Ajuste primario (primary adjustment) Ajuste correspondiente (corresponding adjustment) Realizado por el propio contribuyente en la declaración o en la contabilidad, mediante el cual valora una operación vinculada por un precio, que en su opinión, es de mercado aunque el precio realmente acordado entre empresas sea distinto. Ajuste que realiza la primera jurisdicción fiscal a la primera de las partes vinculadas examinada Ajuste secundario (secondary adjustment) Ajuste que realizan algunas Autoridades Fiscales, conforme a sus normas antiabusointernas para recoger los efectos fiscales de la contrapartida del ajuste primario (la parte no pagada / pagada en exceso) Ajuste que realizan las Autoridades Fiscales en la segunda jurisdicción fiscal a la otra parte vinculada con la que se realizó la operación. 26

C. Tipos de ajustes. Ejemplos. Ajustes practicados por el obligado tributario Ajuste compensatorio (compensating adjustment) Ajustes practicados por la Autoridad Fiscal (1ª jurisdicción) Ajuste primario (primary adjustment) + Ingreso Precio recibido = 80 Valor normal de mercado = 100 80 A 100% Resultado contable = 500 Ajuste compensatorio= 20 Base imponible = 520 100% Precio recibido = 80 Valor normal de mercado = 100 Resultado contable = 500 Ajuste compensatorio= 20 Base imponible = 520 + Gasto B Precio pagado = 80 Valor normal de mercado = 100 Resultado contable = 300 Ajuste compensatorio= -20 Base imponible = 280 Ajuste hecho por el contribuyente Implícito en la LIS Valor razonable en la contabilidad (interpretación AEAT) Ajuste hecho por Autoridades Fiscales Implícito en la LIS Recogido en los CDI 27

C. Tipos de ajustes. Ejemplos. Ajustes practicados por la Autoridad Fiscal (2ª jurisdicción) + Ingreso Precio recibido = 80 Valor normal de mercado = 100 80 + Gasto Ajuste correspondiente (corresponding adjustment) A B Resultado contable = 500 Ajuste compensatorio= 20 Base imponible = 520 Precio pagado = 80 Valor normal de mercado = 100 Resultado contable = 300 Ajuste compensatorio= -20 Base imponible = 280 Ajustes secundarios practicados por la Autoridad Fiscal (En función de las normativa de cada país) OBJETIVO: Tratamiento fiscal de la renta puesta de manifiesto como consecuencia de un ajuste primario en materia de operaciones vinculadas. Adoptará la forma de: Dividendos presuntos Aportaciones presuntas de fondos propios Préstamos Por lo tanto, las diferencias se pueden producir: A favor del socio A favor de la sociedad Ajuste realizado por la autoridad fiscal Implícito en la LIS Valor razonable en la contabilidad (interpretación AEAT) 28

C. Tipos de ajustes. Ejemplos. Ajustes secundarios practicados por la Autoridad Fiscal (En función de las normativa de cada país) Diferencia a favor del socio único Ajustes secundarios practicados por la Autoridad Fiscal (En función de las normativa de cada país) Diferencia a favor de la sociedad +Gasto = 20 A 100 Compras (60x) a Tesorería (57x) 80 a Dividendo(7xx) 20 +Ingreso = 20 A 80 Tesorería (57x) 20 Inversiones fras (240) a Ventas (70x) 100 80 100 100% 80 Dividendo = 20 80 100 100% 80 Aportación a fondos propios= 20 +Ingreso = 20 B 80 Tesorería (57x) 20 Reservas (11x) a Ventas (70x) 100 + Gasto = 20 B 100 Compras (60x) a Tesorería (57x) 80 a Aportaciones de socio(118) 20 29

Obligaciones de documentación. Sanciones. C. INSPECCIONES LABORALES C/

C. Conductas sancionables por la Inspección: No determinación de las operaciones vinculadas Incorrecta valoración por su valor de mercado a través de los métodos establecidos. Incorrecta confección de la documentación reglamentariamente exigida y que avala el valor de mercado asignado a las operaciones. OmisióndeconsignacióndelvalordemercadoenlasdeclaracionesdelIS,IRPFoIRNR 31

C. Sanciones por ausencia de documentación o incorrecta / incompleta Ausencia de documentación o información incompleta, inexacta o falsa La Inspección ha realizado ajuste? SI NO Infracción con sanción del 15% del importe del ajuste Infracción con sanción de 1.000 por dato o 10.000 por conjunto de datos omitidos LÍMITES / INCOMPATIBILIDADES Incompatible con sanciones LGT (191, 192, 193 i 196. Excepción: resistencia y obstrucción) LÍMITES / INCOMPATIBILIDADES Limitado al menorimporte de: 10% del importe conjunto de las operaciones sujetas a IS, IRPF o IRNR 1% INCN 32

C. Ejemplos 33

Fin de la Inspección C. INSPECCIONES LABORALES C/

C. Fin de la Inspección Procedimiento inspector (18-27 meses) Conformidad Disconformidad Con acuerdo Apertura de los plazos de pago: Notif.: 1-15: 20 mes posterior Notif.: 16-31: 5 del 2º mes posterior Apertura de los plazos de impugnación: 1 mes desde la notificación. Recurso de reposición o Reclamación Económico Administrativa (REA). 35

C. Fin de la Inspección 36

Procedimiento amistoso A. EL PROCEDIMIENTO INSPECTOR. CUESTIONES GENERALES C/

C. Procedimiento amistoso: Tax rulings y APAs Tax ruling: Según Comisión Europea: cualquier comunicación u otros instrumentos o recursos de efectos similares empleados por el Estado miembro o en su nombre en relación con la interpretación o aplicación de la legislación fiscal. Según OCDE: Cualquier asesoramiento, información y compromiso garantía proporcionado por una autoridad fiscal a in contribuyente o grupo de contribuyentes con respecto a su situación fiscal, en la que tiene derecho a confiar. Advance tax rulings(atrs): Supone la determinación de las consecuencias fiscales de una transacción determinada, propuesta por el particular. Concreción sobre cómo / si una determinada ley o práctica administrativa, afecta a la transacción consultada por el contribuyente, teniendo en cuenta su situación de hecho y de derecho. Advance pricing arrangements (APAs): Son Acuerdos previos en materia de precios de transferencia. Se dictan con anterioridad a que se realicen las operaciones o las actividades transfronterizas o a la presentación de la declaración tributaria que cubra el periodo en que la transacción / conjunto de transacciones tuvieron lugar. 38

C. Procedimiento amistoso: APAs Fase I: Previa a la presentación - Determinación duración APA - Unilateral / Bilateral - Calendario de desarrollo Fase II: Presentación de solicitud - Descripción actividades negocio - Estructura del contribuyente - Transacciones relevantes - Comparables - Condiciones económicas - Propuesta de política de precios - Descripción del método de valoración propuesto - Principio de plena competencia APAs: Fases del procedimiento Fase III: Evaluación y negociación - Respuesta inicial - Hechos Método de precios Resultados - Experto independiente - Decisión Fase IV: Presentación de documentación - Precisa, hechos reales - Cálculos correctos - Aplicación consistente - Revisiones futuras Fase V: Renovación, actualización y ajustes 39 - Hechos - Asunciones críticas - Cálculos

C. APAs: Ventajas y desventajas Ventajas Desventajas Evita disputas prolongadas Otorga certeza Consideración más objetiva Flexibilidad Aplicación retroactiva Examen previo de los hechos/confidencialidad. Elevados costes para la presentación de la solicitud y preparación de la documentación Efectos potenciales sobre los años anteriores Intercambio de información

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