REPÚBLICA DE EL SALVADOR CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA UNIDAD TÉCNICA DE EVALUACIÓN

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A N T E C E D E N T E S:

Transcripción:

REPÚBLICA DE EL SALVADOR CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA UNIDAD TÉCNICA DE EVALUACIÓN CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES EVALUACIÓN NO PRESENCIAL II-2011. Responsables: Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura Lic. Tito Edmundo Zelada Mejía Presidente Consejales Propietarios Licda. Marina de Jesús Marenco de Torrento Lic. Jorge Alfonso Quinteros Hernández Lic. Luis Enrique Campos Díaz Lic. Santos Cecilio Treminio Salmerón Lic. Manuel Francisco Martínez Lic. Alcides Salvador Funes Teos

INFORME EJECUTIVO PROCESO EVALUATIVO NO PRESENCIAL II-2011 PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 30 DE JUNIO DE 2011. El Consejo Nacional de la Judicatura a través de su Unidad Técnica de Evaluación, en cumplimiento al artículo 64 de la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura, el Reglamento de de dicha Ley, el Manual de Evaluación de Jueces y Magistrados de Cámara de Segunda Instancia, y Guía de Actuaciones de la Unidad, realizó la evaluación de la actividad judicial desarrollada por Jueces y Magistrados de Cámara de Segunda Instancia del período comprendido de enero a junio de 2011; Evaluación II-2011, acordada por el Pleno del Consejo, en la Sesión número cinco, de fecha dos de febrero del dos mil once, aprobándola, bajo la modalidad de Evaluación No Presencial, que comprende los aspectos relacionados con los criterios 6 y 8 del Manual de Evaluación de Jueces y Magistrados de Cámara de Segunda Instancia; dicho proceso evaluativo, fue desarrollado desde el mes de Septiembre hasta el mes de Diciembre de 2011, mediante la información recibida del trabajo realizado por dichos funcionarios judiciales, de su respectiva gestión en el período antes indicado, de conformidad con los criterios de evaluación relacionados. El criterio 6 de evaluación, está compuesto por 3 subcriterios: La remisión correcta y en plazo oportuno de los Informes de Gestión, tanto para actividades de evaluación presencial como no presencial y, el aprovechamiento de capacitación y actualización de conocimientos en la Escuela de Capacitación Judicial; la asistencia a eventos de formación dentro del deber de capacitación. El criterio 8 el cual está compuesto por 2 subcriterios: La eficiencia judicial, a la que hace referencia al Artículo 68 de la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura, tanto la producción judicial (la mayor cantidad de procesos o expedientes resueltos), como el tiempo de respuesta, la mayor celeridad en resolver (tardar menos tiempo en resolver los procesos o expedientes); en estricto sentido, se refiere a la cantidad de procesos iniciados, concluidos y los que en total se quedan en trámite al final de cada uno de los meses. La escala de puntuación establecida, es de 100 puntos, distribuidos de la siguiente manera: FORMA EN QUE SE ADMINISTRA EL TRIBUNAL FORMA EN QUE SE ADMINISTRA JUSTICIA 20 PUNTOS 80 PUNTOS 2

Los criterios de evaluación aplicados en el presente proceso, como ya se dijo anteriormente, son el 6 y 8 contenidos y ponderados en el Manual antes referido, y establecidos por la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura; los cuales se detallan a continuación: FORMA EN QUE SE ADMINISTRA EL TRIBUNAL: 20.00 % CRITERIO SEXTO. 20 % OTRAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS OBJETO DE EVALUACIÓN: CAPACITACION E INFORMES DE GESTIÓN. Artículo 67 Literal f) 6.1 Remisión en plazo oportuno de los informes de gestión. 4.00 % 6.2 Remisión correcta al CNJ de los informes de gestión solicitados. 8.00 % 6.3 Asistencia y aprovechamiento de actividades de capacitación judicial y actualización de conocimientos, en el periodo evaluado. 8.00 % FORMA EN QUE SE ADMINISTRA JUSTICIA: 80.00 % CRITERIO OCTAVO. 80.00 % EFICIENCIA JUDICIAL. Artículo 68 Literal b) y Literal c) 8.1 Producción 40.00 % 8.2 Tiempo de Respuesta. 40.00 % La calificación dependerá del número total de puntos obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, de conformidad a la escala de rendimiento establecida en el Manual de Evaluación de Magistrados y Jueces, la cual se detalla a continuación: ESCALA DE RENDIMIENTO EXCELENTE SATISFACTORIO MERITO SATISFACTORIO NO SATISFACTORIO CON 100 % PUNTOS MAYOR DEL 90% Y MENOR DEL 100% PUNTOS DEL 60% AL 90% PUNTOS MENOR DE 60% PUNTOS 3

Los resultados que a continuación se detallan, es un logro alcanzado, mediante el sistema de evaluación, que ha sido reforzado con la implementación y puesta en marcha del nuevo Manual de Evaluación de Jueces y Magistrados de Cámaras de Segunda Instancia, aprobado por el Honorable Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, el 24 de Noviembre de 2010, el cual ha permitido obtener información sobre la situación actual de las sedes judiciales, así como la calificación de idoneidad de los funcionarios evaluados; bajo criterios de medición; esto con la finalidad de contribuir al fortalecimiento y desarrollo de la Carrera Judicial, y coadyuvar a la conquista de una accesible, pronta y cumplida administración de justicia. 4

EVALUACIÓN NO PRESENCIAL II-2011 I. SEDES JUDICIALES EVALUADAS Los equipos de evaluadores, organizados por especialidad, Procesaron los datos de 571 sedes judiciales, distribuidas de la siguiente manera: 28 Cámaras de Segunda Instancia; 221 Juzgados de Primera Instancia; y 322 Juzgados de Paz. La Evaluación No Presencial II-2011 inició el día 12 de Septiembre de 2011 y finalizó el día dos de Diciembre del mismo año. 5

DISTRIBUCIÓN DE LAS SEDES JUDICIALES No. SEDES JUDICIALES 5 CAMARAS DE LO PENAL 1 CAMARA ESPECIALIZADA DE LO PENAL 7 CAMARAS DE SEGUNDA INSTANCIA MIXTAS 1 CAMARA DE TRANSITO 3 CAMARAS DE MENORES 5 CAMARAS DE LO CIVIL 2 CAMARAS DE LO LABORAL 3 CAMARAS DE FAMILIA 1 CAMARA ESPECIALIZADA DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 46 JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN 3 JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE INSTRUCCIÓN 21 TRIBUNALES DE SENTENCIA 3 JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE SENTENCIA 10 JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y EJECUCION DE LA PENA 23 JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA MIXTOS 1 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA MILLITAR 9 JUZGADOS DE TRANSITO 20 JUZGADOS DE MENORES 5 JUZGADOS DE EJECUCION DE MEDIDAS AL MENOR 26 JUZGADOS DE LO CIVIL 5 JUZGADOS DE LO MERCANTIL 4 JUZGADOS DE MENOR CUANTIA 9 JUZGADOS DE LO LABORAL 22 JUZGADOS DE FAMILIA 11 JUZGADOS DE LO CIVIL Y MERCANTIL 3 JUZGADOS ESPECIALIZADOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 322 JUZGADOS DE PAZ 571 TOTAL DE SEDES JUDICIALES 6

II. FUNCIONARIOS EVALUADOS 705 fue el número de funcionarios evaluados, divididos en 59 Magistrados de Cámara de Segunda Instancia, 294 Jueces de Primera Instancia y 352 Jueces de Paz. Del total de funcionarios evaluados, 597 fueron evaluados en su calidad de Propietarios, 51 en su calidad de Suplentes, 49 en su calidad de Interinos y 8 en su calidad de en funciones. TOTAL DE FUNCIONARIOS EVALUADOS. EVALUACIÓN NO PRESENCIAL II-2011 294 352 59 MAGISTRADOS DE CÁMARAS DE SEGUNDA INSTANCIA JUECES DE PRIMERA INSTANCIA JUECES DE PAZ TOTAL DE FUNCIONARIOS EVALUADOS. EVALUACIÓN NO PRESENCIAL II-2011. 597 51 49 8 PROPIETARIOS SUPLENTES INTERINOS EN FUNCIONES 7

III. RESULTADOS OBTENIDOS EXCELENCIA 143 Funcionarios evaluados obtuvieron la Excelencia, por haber alcanzado la totalidad de los puntos asignados en cada uno de los criterios de evaluación. SATISFACTORIO CON MÉRITO 261 Funcionarios evaluados obtuvieron la nota de Satisfactorio con Mérito, por haber alcanzado el rango de puntuación mayor de 90 % puntos y menor de 100 % puntos, ubicándose en esta escala la mayoría de funcionarios evaluados, distinguiendo niveles mínimos de señalamientos en su labor Administrativa y Judicial. SATISFACTORIO 257 Funcionarios evaluados obtuvieron el resultado de Satisfactorio, que indica un trabajo razonable, aunque con observaciones. NO SATISFACTORIO 44 Funcionarios evaluados que obtuvieron el resultado de No Satisfactorio, de conformidad al siguiente detalle: - 5 JUECES DE FAMILIA; - 16 JUECES DE LO CIVIL; - 2 JUECES DE SENTENCIA; - 3 JUECES DE LO MERCANTIL; - 2 JUECES DE INSTRUCCIÓN; - 5 MAGISTRADOS DE CÁMARAS MIXTAS; - 6 JUECES DE PRIMERA INSTANCIA MIXTOS; - 3 JUECES DE LO LABORAL; - 2 JUECES DE PAZ. 8

RESULTADOS OBTENIDOS. EVALUACIÓN NO PRESENCIAL II-2011 NO SATISFACTORIO, 44, 6% EXCELENTE, 143, 20% SATISFACTORIO 257 36% SATISFACTORIO CON MÉRITO, 261, 38% 9

CONCLUSIONES FINALES Al finalizar la Evaluación No Presencial II-2011, concerniente al procesamiento de datos de los informes de gestión recibidos de las 571 Sedes Judiciales actualmente existentes, resultaron 705 Funcionarios Judiciales evaluados, entre Propietarios, Suplentes, Interinos y en Funciones; de los cuales 143 funcionarios evaluados, obtuvieron calificación de EXCELENTE, es decir 100% de puntaje obtenido y que por tal razón, de mantenerse posicionados en ese rango, en las subsiguientes evaluaciones, quedan registrados como funcionarios aptos para que el Consejo Nacional de la Judicatura los tome en cuenta en sus propuestas ante la Corte Suprema de Justicia para ascensos, o cualquier otra promoción a que diere lugar. Por otro lado, 44 obtuvieron calificación de NO SATISFACTORIO, con menos del 60% de puntaje obtenido; en ese sentido, serán tomados en cuenta por el Consejo Nacional de la Judicatura, para ser incluidos en programas de capacitación, a desarrollarse en la Escuela de Capacitación Judicial. El presente proceso evaluativo fue desarrollado mediante la modalidad de Evaluación No Presencial, durante el periodo de septiembre a diciembre 2011 y comprendió la gestión judicial de los meses de enero a junio 2011. La evaluación No presencial tiene como parámetros evaluativos en la Administración del Tribunal: Otras actividades administrativas objeto de evaluación: Informes Únicos de Gestión y Capacitación de conformidad al Manual de Evaluación de Jueces y Magistrados de Cámara de Segunda Instancia, fundamentado en el artículo 67 literal f) de la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura; y en la Administración de Justicia: Eficiencia Judicial: Producción y Tiempos de Respuesta de conformidad al criterio octavo del Manual de Evaluación de Jueces y Magistrados de Cámara de Segunda Instancia, con fundamento en el artículo 68 literales b) y c) de la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura. Se cumplió totalmente el objetivo de la evaluación que era evaluar a todos los funcionarios de las 571 sedes judiciales, existentes hasta el 30 de junio del 2011. Es necesario subrayar que en esta evaluación, por primera vez se evaluaron a las Juezas y Jueces Especializados de la Niñez y Adolescencia; y a la Magistrada y Magistrado Especializados de la Niñez y Adolescencia, quienes fungen como tales desde el día uno de enero del presente año. En ese contexto se evaluaron 705 Funcionarios Judiciales que actuaron en sus calidades de Propietarios, Suplentes, Interinos y en funciones. 10

En la sustanciación de procesos, se advirtió en algunas sedes judiciales, exceso en sus tiempos de respuesta, en la depuración de algunos procesos, lo cual se traduce en el incumplimiento de los tiempos ciclos establecidos por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, situación que no fue desvirtuada en los casos en que se presentaron alegaciones. Con la entrada en vigencia de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia se crearon 3 Juzgados Especializados de Niñez y Adolescencia y 1 Cámara Especializada de Niñez y Adolescencia, advirtiéndose en el caso de los Juzgados, dificultades en el cálculo del subcriterio 8.1, respecto a su producción, ya que, ellos recibieron todos los expedientes que se encontraban en sede del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (ISNA) antes de la entrada en vigencia de la Ley en referencia; por lo que se les consideró, que dichos expedientes no se encontraban en condiciones de disponibilidad para poderlos resolver, pues se requiere de requerimiento de la Procuraduría General de la República para promover el proceso respectivo y así quedó justificado los bajos niveles de producción que se advertían en sus respectivos informes de gestión y que incidian en el bajo porcentaje que reflejaba sus resultados evaluativos. En el presente proceso evaluativo, 44 funcionarios obtuvieron una escala de rendimiento de no satisfactorio, cantidad que representa el 6% de la totalidad de funcionarios evaluados; en ello se destaca el incumplimiento de tiempos de respuesta de los procesos y diligencias sometidos a su conocimiento; consecuentemente, hubo exceso en los tiempos ciclos correspondientes, lo que repercute en la administración de justicia al no cumplirse el anhelo de la ciudadanía, de una pronta y cumplida justicia. EN LAS SEDES JUDICIALES DE TRANSITO, SE DESTACA LO SIGUIENTE: Con base a los informes de gestión y las nóminas de personal de los juzgados de Tránsito, de lo Laboral y de lo Mercantil de San Salvador, se determina que la carga laboral de los Juzgados de Tránsito, es ostensiblemente baja respecto a la carga de los Juzgados de lo Laboral y Mercantil, tal como se colige de la información sobre los procesos resueltos por las sedes involucradas y que se pone a disposición, de conformidad al siguiente detalle: 11

SEDES PROCESOS RESUELTOS 1º DE LO MERCANTIL 615 2º DE LO MERCANTIL 569 3º DE LO MERCANTIL 428 4º DE LO MERCANTIL 546 5º DE LO MERCANTIL 643 1º DE TRANSITO 182 2º DE TRANSITO 122 3º DE TRANSITO 125 4º DE TRANSITO 102 1º DE LO LABORAL 422 2º DE LO LABORAL 480 3º DE LO LABORAL 450 4º DE LO LABORAL 417 5º DE LO LABORAL 438 Asimismo, con las nóminas de personal enviadas por cada una de las sedes judiciales se advierte que las de Tránsito conservan su plantilla completa de colaboradores judiciales; sin embargo las sedes de lo Mercantil y de lo Laboral disponen de menos colaboradores, no obstante tener más carga laboral. Por lo tanto hay una significativa desproporción entre el recurso humano y la carga de trabajo. EN LAS SEDES JUDICIALES DE MENORES, SE DESTACA LO SIGUIENTE: La sede judicial con mayor Carga Laboral Disponible fue el Juzgado 2º de Menores de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, cuya carga laboral disponible fue de 148 expedientes, observándose, que de dicha carga únicamente resolvió 47 expedientes en el semestre, resultando no acorde a la cantidad de expedientes que tuvo a su disponibilidad para resolver. Otra de las sedes judiciales con mayor Carga Laboral Disponible fue el Juzgado de Menores de San Miguel, Departamento de San Miguel, cuya carga laboral disponible fue de 132 12

expedientes, de los cuales resolvió 175 expedientes, sobrepasando su carga laboral disponible. La sede con menos carga laboral disponible, fue el Juzgado de Menores de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, que en el semestre evaluado, contaba con 27 expedientes disponibles, resolviendo en dicho semestre 43 expedientes, sobrepasando su carga laboral disponible. EN LAS SEDES JUDICIALES DE MENOR CUANTÍA, SE DESTACA LO SIGUIENTE: Los Juzgados Primero y Segundo de Menor Cuantía, de San Salvador, en la actualidad aún se encuentran realizando la depuración de los procesos que tenían asignados, hasta el 30 de Junio de 2010, con la normativa del Código de Procedimientos Civiles derogado, para lo cual tienen un plazo de dos años, por Decreto emitido por la Corte Suprema de Justicia, plazo que vence hasta el día 30 de Junio del presente año; y partiendo de la cantidad de procesos disponibles con la que contaban hasta el día 30 de Junio de 2011, y que la producción media que han reflejado en cada semestre evaluado por dos funcionarios, no es la adecuada, se considera que únicamente cumplirían con la meta de depuración, 3 jueces. EN LAS SEDES JUDICIALES DE PRIMERA INSTANCIA MIXTOS, SE DESTACA LO SIGUIENTE: De los 23 Juzgados de Primera Instancia Mixtos, que están distribuidos a nivel nacional, algunos de ellos, están sobrecargados de trabajo, ya que en la actualidad, los señores Jueces de ésos Juzgados, están conociendo la Normativa Procesal Civil y Mercantil, el Código de Procedimientos Civiles derogado, las Normativas del Código Procesal Penal derogado y el nuevo Código Procesal Penal y en algunos de ellos conocen hasta materia Laboral; por lo que no se cumple con la especialización de los Funcionarios en una materia determinada; así como también ya se cumplieron los objetivos que existían al momento de su creación, y siendo que las Leyes son cambiantes también las competencias de los Funcionarios deben modificarse. 13

EN LAS SEDES JUDICIALES DE LO CIVIL, SE DESTACA LO SIGUIENTE: La celeridad para resolver la carga laboral reportada a Junio/2010, también se advierte que disminuyó; ya que los 10 Juzgados de lo Civil referidos en el párrafo anterior, no cumplieron con la Razonabilidad de los tiempos de respuesta, conforme a los tiempos ciclos establecidos para los diferentes procesos de su competencia, por lo que no obtuvieron el porcentaje asignado a este subcriterio. EN LAS SEDES CIVILES Y MERCANTILES, SE DESTACA LO SIGUIENTE: Han cumplido en su mayoría con los parámetros establecidos en los Criterios 6 y 8 del Manual de Evaluación, obteniendo notas de EXCELENTE los 3 Juzgados de esta materia, con sede en Santa Ana. 14

RECOMENDACIONES Las presentes recomendaciones, se encuentran orientadas a la búsqueda del mejoramiento de las actividades de Administración de Justicia y Administración del Tribunal, y son el resultado obtenido de la Evaluación No Presencial II-2011, detalladas por materias, siendo las siguientes: En atención a la disparidad de las cargas de trabajo percibidas en las sedes judiciales a nivel nacional, especialmente en sedes de Paz se recomienda una redistribución de las competencias en razón del territorio y materia. En cuanto a la sobrecarga laboral de las sedes Especializadas en materia penal, se recomienda incrementar Tribunales de Instrucción, Sentencia y Cámara Especializada. EN LAS SEDES JUDICIALES DE TRANSITO, SE RECOMIENDA: Ante la desproporción de recurso humano y carga de trabajo que se ha determinado en las sedes judiciales de Tránsito, Laboral y Mercantil, es necesario implementar una redistribución equitativa de colaboradores entre las sedes antes indicadas, en proporción a su carga de trabajo. EN LAS SEDES JUDICIALES DE LO CIVIL, SE RECOMIENDA LO SIGUIENTE: A cada uno de los Juzgados de lo Civil, que están conociendo de procesos conforme el Código de Procedimientos Civiles derogado, se recomienda exigírseles un Plan Laboral de todos los procesos y diligencias, a fin de cumplir su mandato dentro del plazo establecido, en beneficio de una pronta y cumplida justicia. Una redistribución de las competencias en razón del territorio y materia, para Juzgados de lo Civil, creando sedes de lo Laboral en Cabeceras que lo ameritan, tales como: en la Unión, Usulután, Zacatecoluca, Ahuachapán. Buscar mecanismos legales que coadyuven en Juzgados de lo Civil que conocen de la anterior normativa Procesal Civil, a dar por finalizadas los diferentes tipos de Diligencias 15

que reportan en trámite, ante la falta de interés de las partes para dar por terminadas definitivamente las mismas, por la imposibilidad de aplicación de la Caducidad de la Instancia. Se recomienda dar cumplimiento a la Ley de la Carrera Judicial, en lo referente a la irresponsabilidad de algunos funcionarios judiciales de no asistir a las capacitaciones a que son convocados por la Escuela de Capacitación Judicial. EN LAS SEDES JUDICIALES DE FAMILIA, SE RECOMIENDA LO SIGUIENTE: Se recomienda que los Juzgados de Familia de San Miguel, se haga efectiva su conversión en Juzgados Pluripersonales, y se concretice el nombramiento de los Jueces Pluripersonales que corresponden a cada uno de ellos, y así evitar el desbalance que existe en cuanto a los procesos ingresados en cada una de estas sedes judiciales; de igual forma se recomienda para los juzgados de familia de Apopa y San Marcos. En cuanto al incumplimiento de los tiempos de respuesta observados en los Juzgados de familia señalados, se le recomienda a la Honorable Corte Suprema de Justicia ejercer un control disciplinario efectivo para que cumplan con las obligaciones establecidas en el artículo 22 de la Ley de la Carrera Judicial. EN LAS SEDES DE PAZ, SE RECOMIENDA LO SIGUIENTE: Por la excesiva carga laboral con que cuentan los señores Jueces de los Juzgados Primero y Segundo de Paz de de Mejicanos, Juzgado de Paz de San Juan Opico, Juzgados Primero y Segundo de Paz de Colón, Juzgado de Paz de La Libertad (Puerto de La Libertad), Juzgado de Paz de Tonacatepeque y Juzgado de Paz de Cuscatancingo, se recomienda la creación de otro Juzgado de Paz en cada Municipio, a efecto de dinamizar el trabajo y ofrecer una mejor Administración de Justicia al usuario. Es necesario que la Corte Suprema de Justicia implemente en la Ciudad de San Miguel, un mecanismo que garantice una distribución equitativa de la carga de trabajo de los Juzgados Primero y Segundo de Familia; Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Paz; Primero, Segundo y Tercero de Instrucción y Tribunales Primero y Segundo de Sentencia. 16