BASES PARA LA CONVOCATORIA Y SELECCIÓN DE PERSONAL PARA EL SERVICIO DE LA ESCUELA DE VERANO Y CAMPAMENTO URBANO DEL AYUNTAMIENTO DE ARJONILLA.

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Transcripción:

BASES PARA LA CONVOCATORIA Y SELECCIÓN PERSONAL PARA EL SERVICIO LA ESCUELA VERANO Y CAMPAMENTO URBANO L AYUNTAMIENTO ARJONILLA. PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria. Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de selección de personal para la cobertura de 4 plazas de MONITOR/A OCIO Y TIEMPO LIBRE vinculadas a la ESCUELA VERANO Y AL CAMPAMENTO URBANO, del Ayuntamiento de Arjonilla. para la temporada de 2.018 La jornada de trabajo será de 3 horas diarias de lunes a viernes, tanto en la Escuela de Verano como en el Campamento Urbano. El horario será de 10h a 13h, pudiendo ser modificado por las necesidades del servicio. SEGUNDA.- Requisitos de los/as aspirantes. La selección de personal se realizará mediante convocatoria pública que consistirá en la difusión de las plazas ofertadas en los términos establecidos en estas Bases. Se tendrán en cuenta los siguientes requisitos generales, conforme a lo establecido en el art. 56 del RDL 5/2015 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: a) Tener nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en la mencionada ley para el caso de nacionales de otros Estados. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto solicitado. c) Tener cumplidos 18 años. d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado absoluta o especialmente para empleos o

cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares. e) Encontrarse en situación de desempleo o inscrito como demandante de empleo en las oficinas del SAE (Servicio Andaluz de Empleo). TERCERA.- Requisitos específicos. Serán requisitos específicos para optar a la presente convocatoria: a) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. b) Estar en posesión del diploma de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre, con una duración mínima de 150 horas, expedido por una escuela oficial reconocida por cualquier Comunidad Autónoma. c) No constar en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, con información penal, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 26/2015 de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Todos los requisitos exigidos deberán poseerse antes del plazo de finalización de solicitudes y acreditarse debidamente. CUARTA.- Solicitudes y documentación a presentar 4.1. Solicitudes Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Arjonilla en horario de 9 a 14 horas, o en los términos señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas e irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arjonilla.

El plazo de presentación de solicitudes, así como de la documentación necesaria, comenzará el día 8 de mayo de 2018 y finalizará el 31 de mayo de 2018. 4.2. Documentación a presentar Los/as aspirantes deberán aportar junto con la solicitud (Anexo I) y con carácter obligatorio, los siguientes documentos: - Fotocopia del DNI o equivalente. - Informe original de la Vida Laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida (título de Enseñanza Secundaria Obligatoria y del Título de Monitor de Ocio y Tiempo Libre). - Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, del Ministerio de Justicia. - Currículum Vitae, con fotografía, en el que debe constar la formación (especificar horas de duración) y experiencia profesional (especificar meses de contratación), relacionada con la actividad para la que se convocan las plazas. Será acompañado de fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados. Los méritos no justificados suficientemente mediante la presentación de documentos, a que hace alusión este apartado, no se valorarán ni serán tenidos en cuenta por la Comisión de Selección. No será necesario compulsar las fotocopias siempre que se acompañe a la solicitud la declaración jurada de que las mismas son fiel reflejo de los documentos originales; no obstante, tanto la Comisión de Selección en cualquier momento del proceso, como el Ayuntamiento, a la terminación del mismo, podrá requerir de los candidatos los originales de los documentos presentados.

QUINTA.- Valoración del Currículum La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado de valoración de currículum será de 10 puntos según el siguiente baremo: Experiencia: Se valorará hasta un máximo de 3,5 puntos. Por haber prestado servicios como monitor/a de campamentos urbanos o escuelas de verano de 10 días hasta un mes de duración : - 0,5 puntos por cada campamento o escuela de verano organizado por una Administración pública. - 0,2 puntos por cada campamento o escuela de verano organizado por instituciones privadas. Por haber prestado servicios como monitor/a en campamentos urbanos o escuelas de verano en períodos iguales o superiores a un mes: - 0,5 puntos por campamentos o escuelas de verano organizados por una Administración Pública. - 0,2 puntos por campamentos o escuelas de verano organizados por instituciones privadas. Formación: Se valorará hasta un máximo de 4,5 puntos a) Cursos: Se valorarán hasta un máximo de 2,5 puntos. Por la realización de cursos de perfeccionamiento, jornadas o seminarios válidos para el puesto de trabajo, impartidos por Organismos Oficiales, Organizaciones Sindicales o Instituciones Privadas, debidamente autorizadas, valorándose en función de la duración a razón 0,01 puntos por hora de formación. (Aquellos cursos en cuyos certificados no se especifique el número de horas lectivas se puntuarán como 0,05 puntos el curso completo).

b) Otras Titulaciones: Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos. Titulación superior a la exigida en la convocatoria y relacionada con el puesto de trabajo. Se valorará con 2 puntos las titulaciones de Grado, Licenciatura o diplomatura relacionadas con el ámbito social, juvenil o deportivo. Técnico Superior, titulaciones federativas, TASOC, TAFAD con 1 punto. Técnico de Grado Medio con 0,5 puntos, de poseer varios títulos, sólo se tendrá en cuenta el superior. c) Otros: Máximo 2 puntos Certificación de estar inscrito en SAE (Sistema Andaluz de Empleo ) como demandante de empleo : 0,5 puntos. Certificación de empadronamiento en el municipio de Arjonilla 0,5 puntos por año (máximo 1,5 puntos). SEXTA.- COMISIÓN SELECCIÓN La Comisión de selección estará compuesta por los siguientes miembros: - Presidente: Técnica de Juventud del Ayuntamiento de Arjonilla. - Secretario: Funcionario/a del Ayuntamiento de Arjonilla. - Vocal: Funcionario/a del Ayuntamiento de Arjonilla. Les corresponde a la Comisión el desarrollo y calificación de los méritos alegados a que se hace referencia en estas bases. La Comisión queda facultada para resolver cuantas dudas y demás

circunstancias e incidencias se planteen durante el proceso selectivo, así como tomar los acuerdos que procedan en orden a la cobertura de las plazas convocadas. SÉPTIMA.- ADMISIÓN ASPIRANTES Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se procederá a la aprobación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, concediéndose en la misma un plazo de cinco días hábiles durante los cuales los/as excluidos/as podrán subsanar la falta de documentación y formular reclamaciones contra la lista provisional. Si en la resolución de la lista provisional no hubiere ningún aspirante excluido ni se hubiera formulado reclamación alguna se considerará ésta lista como definitiva. Si en cualquier momento posterior a la aprobación de las listas definitivas, o incluso durante la baremación de los méritos alegados, se advirtiera en las solicitudes de los/as aspirantes inexactitud o falsedad que fuera causa de expulsión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá la exclusión definitiva del proceso selectivo. OCTAVA.- RECLAMACIONES Examinadas, en su caso, las reclamaciones presentadas y una vez resueltas, se procederá a deshacer los posibles empates que se pudieran producir. En caso de empate, se dará prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional; si persistiera, se procederá al desempate dando prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en el apartado de formación y finalmente en caso de continuar el empate, se dará prioridad al aspirante de mayor edad.

A continuación, la Comisión de Selección elevará la correspondiente propuesta a la Alcaldía, a fin de que sea dictada la oportuna Resolución Definitiva de la convocatoria. NOVENA.- NORMA FINAL Los/as aspirantes, por el hecho de participar en la presente convocatoria, se someten a las bases de la misma y su desarrollo, así como a las decisiones que adopten los órganos de valoración, sin perjuicio de los recursos que procedan. Arjonilla, 8 de Mayo 2018

ANEXO I MOLO SOLICITUD D/Dª, natural de, vecino /a de, con domicilio en, Nº, DNI., y teléfono.., por medio del presente escrito, y dentro del plazo establecido. EXPONE Que enterado/a de la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Arjonilla, relativa al proceso selectivo para la contratación de monitores/as de ocio y tiempo libre, y estimando reunir todos y cada uno de los requisitos fijados por la misma, manifiesta participar en dicha selección, aceptando íntegramente el contenido de dichas bases y comprometiéndose al cumplimiento estricto de las mismas. Declarando, además de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, no se encuentra inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni incurre en causa de incompatibilidad para ser contratado. Se acompaña la solicitud de la siguiente documentación: - Fotocopia DNI. - Fotocopia compulsada del título de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre. - Fotocopia compulsada del título de Graduado en ESO, Graduado en EGB o título superior. - Curriculum Vitae, acompañado de fotocopia de los documentos acreditativos, declarando bajo juramento que son copias reales de los documentos originales) Por todo ello solicita ser admitido/a al procedimiento de selección y contratación convocado por el Ayuntamiento de Arjonilla. Arjonilla,.. de 2018