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Detalle del documento: I. Condiciones generales.------------------------pág. 3 II. Definiciones.------------------------------------Pág. 7 III. Tabla de precios.-------------------------------pág. 8 IV. Gastos no imputables a GESFIM, SL.------Pág. 9 V. Seguro de R.C.--------------------------------Pág. 10 Condiciones Generales de Contratación de los servicios ofrecidos por Gestión Financiera Muñoz, S.L. 2

I. CONDICIONES GENERALES: DATOS EMPRESA: Gestión Financiera Muñoz, S.L., es una sociedad mercantil, que está constituida bajo la forma de responsabilidad limitada, provista de C.I.F. B-82594193, con domicilio en la calle Espartinas, nº 4 Bajo B de Madrid, C.P. 28.001, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo: 15.050, Libro: 0, Folio: 204, Sección: 8, Hoja M- 251155, inscripción 4., en adelante: GESFIM, SL. La actividad que desarrolla GESFIM, SL, es la de prestación de servicios de intermediación en la concesión de préstamos personales, préstamos hipotecarios, pólizas de crédito, línea de descuento, etc. (cualquier tipo de producto que haya en el mercado nacional o internacional, dentro de las posibilidades de cada cliente), como intermediario financiero independiente, entre entidades, entidades financieras, prestamistas e inversores (ya sean profesionales o no), en adelante ENTIDAD, que desean conceder financiación a personas físicas y jurídicas, que precisen la concesión de créditos o prestamos, ya sean personales, hipotecarios o cualquier otro producto financiero disponible en el mercado nacional o internacional. Todos estos productos, en el presente documento, se unificarán en una sola palabra: PRESTAMO. MARCO LEGISLATIVO APLICABLE: A estos efectos, GESFIM, SL, ejerce su actividad conforme y cumpliendo la Ley 2/2009 de 31 de marzo y R.D. 106/2011 de 28 de enero. ESTIPULACIONES Y DATOS DE INTERES GENERAL DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS: Los servicios ofrecidos por GESFIM, SL, están dirigidos a toda persona jurídica y física mayor de edad, en adelante CLIENTE. La consulta realizada por el cliente a GESFIM, SL es gratuita. 3

El CLIENTE dispondrá de toda la información relativa a las condiciones de los servicios solicitados, como mínimo 5 días antes de la firma del contrato. Si el PRESTAMO se refiere a reunificación de deudas, dispondrá de la pertinente documentación, al menos 15 días antes. No obstante, el CLIENTE podrá optar por firmar antes de la finalización de los plazos indicados el oportuno contrato, si así lo considerase conveniente para sus intereses. GESFIM, SL se compromete a estudiar y buscar entre los productos que se ofrecen en el mercado, los que mejor se adapten a las necesidades de los clientes, de conformidad con la información proporcionada por éstos a GESFIM, SL, y de acuerdo a sus necesidades, presentándole siempre que sea posible, al menos, tres ofertas vinculantes de entidades de crédito u otras empresas financieras, sobre cuyas condiciones jurídicas y económicas les asesorará. Estas ofertas llevaran especificado los conceptos básicos del PRESTAMO: cantidad, finalidad, plazo de duración del préstamo, importe aproximado de las cuotas, tipo de interés aplicable, intereses moratorios, comisión de apertura, de cancelación, etc. No obstante, en el supuesto que, tras el estudio de la información facilitada por el cliente, no fuera posible presentarle tres ofertas vinculantes, debido a las condiciones del mercado financiero, o a las propias del cliente solicitante, éste podrá desistir del contrato sin coste económico alguno, o bien aceptar la oferta que se le propone, en los términos indicados en el contrato. El CLIENTE, únicamente tendrá que abonar los honorarios previamente establecidos, si firma la propuesta que le presenta GESFIM, SL. El importe de los honorarios que EL CLIENTE debe abonar a GESFIM, SL por su labor de intermediación financiera, tras haber elegido, entre los productos que se oferten en el mercado, los que mejor se adaptan a lo solicitado por el cliente y a sus necesidades, variará en función del importe del préstamo y de las dificultades para su obtención. No obstante, en cualquier caso, no superará un 10 % del principal del PRESTAMO, más los impuestos correspondientes, estableciéndose un mínimo de 4.000, más impuestos, por el concepto de intermediación financiera. 4

En función del importe del PRESTAMO contratado finalmente, si el porcentaje pactado no superara la cantidad mínima estipulada, el importe de la factura será de 4.000, mas los impuestos correspondientes. Los mencionados honorarios deberán abonarse, siempre y cuando se suscriba finalmente por el CLIENTE, la propuesta u oferta vinculante que le presente GESFIM, SL. GESFIM, SL no percibe ningún tipo de comisión por la tramitación del expediente de PRESTAMO por parte de la ENTIDAD que lo apruebe, únicamente percibe los honorarios estipulados directamente del solicitante del PRESTAMO. Dentro de los honorarios mencionados, no estarán nunca incluidos, las cantidades correspondientes a los gastos que se devenguen en concepto de Notaría, Registro, Impuestos, Gestoría, etc., así como los servicios y productos que puedan ser necesarios contratar durante la tramitación del crédito o préstamo, como por ejemplo seguros, tasación, o cualquier otro, que tendrán que ser abonados por el CLIENTE, previamente. En el supuesto de que el cliente decidiera no firmar la propuesta realizada por GESFIM, SL, no le tendrá que abonar a esta mercantil, cantidad alguna, siendo todos los servicios prestados hasta ese momento totalmente gratuitos. Los honorarios serán abonados a GESFIM, SL, en el mismo acto y momento de la firma del nuevo PRESTAMO, a través de cheque bancario, ingreso en la cuenta que se le indique a tal efecto, o en efectivo metálico, aportando y entregando en ese momento GESFIM, SL la oportuna factura. El cliente podrá rescindir el contrato de intermediación suscrito con GESFIM, SL, dentro de los catorce días naturales siguientes a la firma del mismo, sin alegación de causa alguna y sin penalización, remitiendo a GESFIM, SL el correspondiente requerimiento fehaciente, dentro del plazo indicado a la dirección de, GESTION FINANCIERA MUÑOZ, S.L., calle Espartinas nº 4, Bajo B, CP 28.001 de Madrid, siempre y cuando no se hubiera firmado el contrato de PRESTAMO propuesto por GESFIM, SL y aceptado por el CLIENTE. 5

Por otro lado, GESFIM, SL podrá resolver el contrato una vez haya estudiado y visto a su juicio, la imposibilidad de encontrar una solución en el mercado, que se ajuste a los requerimientos y necesidades del cliente, notificándoselo a éste por escrito, correo electrónico, fax o correo ordinario. En cualquier momento, el interesado o futuro CLIENTE, podrá guardar o imprimir estas condiciones y se aconseja al usuario hacerlo. Las presentes condiciones están redactadas en castellano, y se encuentran sometidas a la legislación española vigente. Para cualquier tipo de controversia derivada de la utilización de los servicios o información ofrecida, las partes, con la aceptación de éstas Condiciones, se someterán a los Tribunales y Juzgados competentes de Madrid Capital, dejando constancia, de que GESFIM, SL no está suscrita a ningún sistema de resolución extrajudicial de conflictos. Advertencia sobre otros gastos ajenos a GESFIM, SL: Además del precio pactado por los honorarios de GESFIM, SL, el cliente debe saber que pueden existir otros gastos o impuestos repercutibles al mismo, propios de la concesión del PRESTAMO o de su tramitación, que el CLIENTE debe satisfacer a la ENTIDAD directamente y que no constituyen parte de los honorarios de GESFIM, SL, tales como; Tasaciones inmobiliarias en caso de préstamos con garantía hipotecaria; comisiones bancarias de apertura y constitución de los créditos; aranceles notariales en caso de pólizas de crédito o escritura públicas; derechos de registro, tasas e impuestos locales o autonómicos. En todo caso, GESFIM, SL, una vez aprobado el PRESTAMO por la ENTIDAD, facilitara información desglosada de estos gastos, por conceptos e importes distintos de sus honorarios, que será firmada por el cliente, en señal de recepción y aceptación, y pagada por este último directamente a los organismos, entidades o administraciones, públicas o privadas, frente a las que se devenguen. Así consta como medio de publicidad que se insertará en lugar visible dentro de la oficina de GESFIM, SL y accesible en En Madrid a 10 de mayo de 2011. 6

II. DEFINICIONES: GESFIM, SL: Gestión Financiera Muñoz, S.L., es una sociedad mercantil, que está constituida bajo la forma de responsabilidad limitada, provista de C.I.F. B-82594193, con domicilio en la Calle Espartinas, nº 4 Bajo B de Madrid, C.P. 28.001, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo: 15.050, Libro: 0, Folio: 204, Sección: 8, Hoja M-251155, inscripción 4., Teléfono de Oficina: +34 91.304.82.07, Fax: +34 91.436.00.45 y correo electrónico: gesfim@gesfim.com PRESTAMO: Englobado en este documento, los siguientes conceptos: créditos, prestamos, ya sean personales, hipotecarios o cualquier otro producto financiero disponible en el mercado nacional o internacional, así como pólizas de crédito, línea de descuento, etc. ENTIDAD: Todo tipo de entidades, sociedades, entidades financieras, prestamistas e inversores (ya sean profesionales o no), que desean conceder financiación. CLIENTE: Toda persona jurídica y física mayor de edad. 7

III. TARIFA DE PRECIOS: HONORARIOS DE GESFIM, SL: CONCEPTO Intermediación en la concesión de un PRESTAMO (Ver definición de PRESTAMO). EUROS / PORCENTAJE Un máximo del 10 % del principal del préstamo y un mínimo de 4.000 Petición de Nota simple del Registro 20 Petición de pre-tasación (por la empresa Euroval) 150 Obtener informe detallado de una empresa 90 Obtener información de ASNEF (con la autorización firmada del cliente) * Todos los conceptos indicados, se han calculado, sin IVA, y se facturarán incrementando el IVA correspondiente. 50 8

IV. GASTOS NO IMPUTABLES A GESFIM, SL: No serán gastos imputables a GESFIM, SL, los siguientes conceptos: Notaria. Hacienda. Registro. Gestoría de la ENTIDAD, o del CLIENTE. Tasaciones. Notas simples. Comisiones bancarias. Comisión de apertura. Seguros (Vida, hogar, etc.). Planes de pensiones. E.T.C. Estos importes se le concretarán y especificarán al cliente, con la suficiente antelación, ya que estos gastos dependen de terceras personas o entidades. 9

VII. SEGURO DE R.C.: GESFIM, SL, de conformidad a lo dispuesto a la Ley 2/2009 de 31 de marza y R.D. 106/2011 de 28 de enero, ha suscrito un seguro de Responsabilidad Civil, por importe de 300.000,00, con la compañía de Seguros: UNION ALCOYANA, póliza nº 23379. 10