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Transcripción:

SANTA ROSA, 4 de junio de 2013 VISTO: El Expediente 543/12, caratulado: Pautas generales para el desarrollo de la Función Investigación en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas ; y CONSIDERANDO: Que a fs.1/2 el Decano de la Facultad solicita a la Secretaría de Ciencia, Técnica, Investigación y Posgrado la elaboración de una propuesta de proyecto integrador que impulse la Función Investigación en esta Facultad; Que en la nota mencionada el Decano de la Facultad enumera una serie de ítems que deben ser considerados en este proyecto: Equipos de investigación consolidados y en formación; Financiación de proyectos de investigación; Programas de becas, y Constitución de centros de investigación; Que a esos efectos, en esa Secretaría se ha realizado un relevamiento de los antecedentes vinculados con reglamentación para programas y proyectos y de las decisiones adoptadas respecto de líneas prioritarias de investigación, tanto a nivel de Rectorado como de esta Facultad; Que de esta búsqueda, es importante destacar que existen dos líneas de resoluciones; por un lado las reglamentaciones y por otro las áreas prioritarias a seleccionar; Que siguiendo los lineamientos del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2003, el Rectorado aprobó un programa de promoción para investigación en Áreas Prioritarias de Investigación en el Ámbito de la Universidad, con financiamiento independiente del presupuesto de las Facultades. Esta modalidad fue renovada por sucesivas resoluciones anuales hasta que, en el año 2005 se suspendieron, teniendo en cuenta la vigencia de los Proyectos de Investigación Científica y Tecnológica Orientados (PICTO) impulsados por la Agencia Nacional de Promoción Científica, Tecnológica y de Innovación en forma conjunta con la UNLPam; Que estas convocatorias por la Agencia Nacional de Promoción Científica, Tecnológica y de Innovación tienen por objetivo promover la actividad científica y tecnológica en áreas de investigación y desarrollo, definidas de común acuerdo con la propuesta de la UNLPam; Que en la Facultad de Ciencias Económicas, se había fijado un orden de prioridades para proyectos de investigación por Resolución nº 131/1995 del Consejo Res. 106/13 1

Directivo; Que en las Bases y Objetivos del Estatuto de la UNLPam se expresa que esta Institución contribuye al desarrollo de la cultura ( ) mediante los estudios, la investigación científica y tecnológica y la creación artística ; Que en la Universidad Nacional de La Pampa, la resolución Nº 088/2002CS establece que cada Unidad Académica reglamente la presentación de proyectos de investigación, en el marco de sus pautas generales expuestas en el anexo I de la mencionada resolución; Que para cumplir con la función de investigación, se otorga a los proyectos de investigación aprobados por evaluación externa en las distintas Unidades Académicas, un presupuesto para su funcionamiento (Resolución nº 079/03 CS); Que asimismo, a los efectos de promocionar la formación de jóvenes investigadores, la UNLPam tiene un programa de becas que se rige actualmente por la resolución 264/12, y establece los siguientes subprogramas: a) becas para la Iniciación en Investigación (para estudiantes de la UNLPam), b) becas de Perfeccionamiento en Investigación, (para docentes y graduados de la UNLPam), c) becas de Posgrado para iniciar Doctorados y Maestrías, (para docentes de la UNLPam) y d) becas de Posgrado para finalizar Doctorados y Maestrías (para docentes de la UNLPam); Que la Universidad Nacional de La Pampa realiza desde el año 1996 las Jornadas de Ciencia y Técnica, aprobadas por la Resolución CS N 112/95, que organiza la Secretaría de Investigación y Posgrado con una periodicidad bianual, para que los investigadores de la UNPam expongan los avances de sus proyectos y se logre con ello la transferencia de los conocimientos obtenidos en el proceso de investigación; Que, con el fin de aportar un espacio para la difusión de la producción de los docentes/investigadores, desde el año 2011 (Resolución nº 138/11CD) se edita en la Facultad la revista Perspectivas de las ciencias económicas y jurídicas con artículos evaluados externamente por evaluadores de la Base de Datos del Programa de Incentivos del Ministerio de Educación de la Nación; Que a los efectos de impulsar la Función Investigación en la Facultad, se realiza desde el año 2011 un encuentro bianual Jornada de Investigación- programada para Res. 106/13 2

organizarse en el año en que no se realiza la de la Universidad (Resolución nº 155/11CD); Que dentro de sus funciones sustantivas y transversales, la Universidad aborda temas y problemas de investigación relevantes, en función de su compromiso social y par su resolución se plantea un abordaje caracterizado por la amplitud disciplinar, en correspondencia con la exigencias actuales (Plan Estratégico de la UNLPam 2011-2015 Resolución nº 269/11); Que en el año 2011, la Universidad Nacional de la Pampa aprobó por Resolución 025 CS, el Programa de Evaluación Institucional de la Función Investigación y Desarrollo, el cual se lleva adelante en conjunto entre esta Universidad y la Secretaría de Articulación Científico-Tecnológica, a través de la Subsecretaría de Evaluación Institucional del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva; Que luego de un proceso de diagnóstico interno de la UNLPam, se elaboró un documento base para la Función Investigación que fue minuciosamente evaluado por evaluadores externos, los que además- visitaron la Universidad y tuvieron encuentros con las autoridades, investigadores y becarios de todas las Facultades; Que en la visita de los evaluadores externos a esta Facultad, dos temas quedaron en evidencia: es importante la producción científica sostenida y relacionada con la docencia y con el Medio, por lo que Centros o Institutos de Investigación más líneas temáticas prioritarias dan significación para la función investigación; Que en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas la función investigación se desarrolla en el ámbito de la Secretaría de Ciencia, Técnica, Investigación y Posgrado, pero la normativa vigente no incluye políticas de promoción de la Función; Que por lo expuesto, y dados los cambios de envergadura que se están promoviendo en el contexto social local y regional- y las recomendaciones expuestas para la Función en esta Facultad por los evaluadores externos de la Función Investigación, es necesario definir las políticas generales para el desarrollo de esta función en la Facultad; Que ingresado el Proyecto de Resolución en Sesión, se remite a la Comisión de Asuntos Académicos, Legales y Presupuestarios para su análisis; Que la Comisión emite despacho introduciendo modificaciones en el Proyecto y recomienda su aprobación; Que puesto a consideración el Despacho en Sesión del día de la fecha, se aprueba Res. 106/13 3

por unanimidad; Por ello: EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS R E S U E L V E: Artículo 1º.- Apruébense las POLÍTICAS GENERALES PARA EL DESARROLLO DE LA FUNCIÓN INVESTIGACIÓN EN LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y JURÍDICAS las que, como Anexo 1, forman parte de la presente Resolución Artículo 2º.- Regístrese. Comuníquese. Pase a conocimiento de las Secretarías Académica; Administrativa y de Ciencia, Técnica, Investigación y Posgrado y, por su intermedio, a los interesados. Cumplido, archívese. Res. 106/13 4

ANEXO I Políticas generales para el desarrollo de la Función Investigación en la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas Se establecen como políticas generales para el desarrollo de la I+D+i en esta Facultad, complementarias de los programas de la UNLPam o de los que obtienen financiamiento externo, las que se detallan a continuación: - Creación de un programa interno de la Facultad: que permita priorizar la formación de una masa crítica de investigadores, fomentar la interdisciplinariedad y el desarrollo de proyectos con impacto en la resolución de problemas regionales, que impulsen cambios normativos, sociales, económicos y/o educativos. - Formación, perfeccionamiento y consolidación de los equipos de investigación: para ello es necesario: a) que los equipos consolidados y/ o en formación logren un mayor fortalecimiento, orientando sus investigaciones hacia problemáticas locales y regionales, e incentivando su participación en financiamientos externos. Para tal fin, también debe impulsarse el aumento de categorizaciones que permitan a los docentes de la Facultad la dirección y/o co-dirección de proyectos (categorías en el Programa de Incentivos I, II y III). b) incentivar la participación de jóvenes docentes, graduados y estudiantes, para que a través de la guía que directores con experticia en investigación-, recorran un proceso formativo hacia su inserción en la investigación científica. c) promocionar la formación de posgrado con Ayudas Económicas o becas, precisando su alcance y ampliando la oferta hacia la realización de doctorados en Universidades de reconocida trayectoria nacional; esto es, con acreditación de CONEAU y correspondiente validación nacional. - Creación de Centros: a los efectos de concentrar el desarrollo de los proyectos de investigación, es necesario contar con organismos específicos, en los cuales los investigadores con los antecedentes científicos puedan dirigir y orientar el desarrollo de actividades de I+D+i, que permitan crecer en equipos consolidados y acceder a financiamientos externos. - Difusión: propiciar la transferencia de conocimientos a la comunidad con una sostenida divulgación de las producciones científicas logradas por los equipos de investigación de la Facultad. Res. 106/13 5