Extracto: OPERACIÓN DE TESORERÍA POR DE EUROS PARA EL 2018

Documentos relacionados
Extracto: OPERACIÓN DE TESORERÍA 2017 POR IMPORTE DE ,00 EUROS.

PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGULARÁN LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE TESORERÍA POR PLAZO DE UNA AÑO POR IMPORTE DE ,00.

Antecedentes de Hecho

Código Seguro de Verificación IV6U6PPTHEXC3KETW77XDYRSEU Fecha 08/05/ :13:31

En relación la concertación de una segunda operación de tesorería dentro del presente ejercicio 2014, emite el siguiente INFORME:

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE YECLA PLIEGO REGULADOR DE LA CONTRATACIÓN DE OPERACIÓN DE CRÉDITO PARA LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES DEL PRESUPUESTO 2018

Primero.- Habilitación legal.

C/ Sindicalista Luis Cobos, 2, Planta 2 Antiguo Edificio de Bomberos Algeciras

3.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION Y ADJUDICACION:

Las Entidades Financieras que presentan oferta son las siguientes:

Los licitadores podrán optar por uno, varios o la totalidad de los lotes que se configuran a continuación:

Ayuntamiento de Autol

Ayuntamiento de la Villa de Daganzo (Madrid)

AYUNTAMIENTO DE ALCUBILLA DE AVELLANEDA Alcubilla de Avellaneda (Soria)

ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE LA GUIJARROSA Avda. Molino Blanco, LA GUIJARROSA (Córdoba) Telf.: Fax:

Ayuntamiento de Mota del Cuervo

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA SOBRE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO Y AUTORIZACIÓN DE DISPOSICIÓN DE GASTO

^# EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO (Valladolid)

Nº de verificación:

JFH/ Propuesta Contratación adjudicación negociado sin publicidad PROPUESTA DEL NEGOCIADO DE CONTRATACIÓN

EXTRACTO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA DE GOBIERNO EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 9 DE OCTUBRE DE 2014.

CONTRATO ADMINISTRATIVO

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ

INSTRUCCIONES INTERNAS POR LAS QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE LA EMPRESA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CCASTILLA LAMANCHA, S.A.

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR EL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DEL SERVICIO DE BAR EN LA CASETA MUNICIPAL.

PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGULARÁN LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE TESORERÍA PARA EL PERIODO 2015 POR IMPORTE DE ,00.

1.- OBJETO Y DURACIÓN DEL CONTRATO.

Este contrato tiene por objeto la contratación del suministro en régimen de arrendamiento de vallas durante la cabalgata de Reyes Magos 2016.

EMTUSA Huelva- Pliego Concurso de Auditoría

PLIEGO RECTOR DE LA CONTRATACION DE UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO A LARGO PLAZO TITULO PRELIMINAR

AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE VILLA DE ANDORRA (Teruel)

AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE VILLA DE ANDORRA (Teruel)

PARA CELEBRACIÓN DE BAUTIZOS, COMUNIONES Y

CONTRATO ADMINISTRATIVO

Nº 2018/ /539: 2018, - BASES RECTORAS DE CONTRATO MENOR ASUNTO:

INFORME DE INTERVENCIÓN

PLIEGO REGULADOR DE LA CONTRATACIÓN DE OPERACIÓN DE CRÉDITO PARA LA FINANCIACIÓN DEL CRÉDITO ADICIONAL 4/2013

INFORME DEL DEPARTAMENTO DE INTERVENCIÓN MUNICIPAL Nº

Con fecha 19 de julio de 2016 la Alcaldía Presidencia ha dictado el Decreto nº 1593, cuyo contenido literal se reproduce a continuación:

Objeto del contrato: Suministro del material de oficina serigrafiado y material de papelería que figura en el pliego de prescripciones técnicas

de publicidad habilitados para ello en las instalaciones de las Fiestas de San Buenaventura

PRIMERA.-OBJETO DEL CONTRATO.-

LA SECRETARIA GENERAL,

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR

Ayuntamiento. ANUNCIO. Relativo a licitación de venta de viviendas en San Gil

El Pleno de la Diputación Provincial de Zaragoza, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 27 de Diciembre de 2011, acordó:

Excmo. Ayuntamiento de la Ciudad de Arucas

Los licitadores podrán optar por uno, varios o la totalidad de los lotes que se configuran a continuación: PLAZO AMORTIZACION LIQUIDACIÓN Y PAGOS

CONTRATO ADMINISTRATIVO

CLAUSULAS. 1.- Objeto.

Las cláusulas técnicas de la licitación se encuentran adjuntas (anexo D), al presente documento.

CLASIFICACION PROPOSICIONES CANON 19, 15 12, 61 RENTING 25 PAGO CL 15

CALENDARIO EN MATERIA PRESUPUESTARIA

1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro.

AYUNTAMIENTO DE PALOMEQUE

RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA

1º. OBJETO, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.

AYUNTAMIENTO DE GRANADA TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONTRATOS PÚBLICOS DE GRANADA

CIRCULAR DE LA FEMP CLM.

PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACION DE UNA OPERACIÓN DE PRESTAMO PARA EJERCICIO 2010

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO DE PARTICIPACIÓN MUNICIPAL LOCALIZADA EN EL ÁMBITO DE GUZURMENDI MASTIETAS III

Los licitadores podrán optar por uno, varios o la totalidad de los lotes que se configuran a continuación:

PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACION DE UNA OPERACION DE TESORERÍA POR IMPORTE DE 500

ASFALTADO DE VARIAS ZONAS DEL MUNICIPIO E INSTALACIÓN DE BADENES. Actuaciones concretas a realizar por el adjudicatario:

DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE CONTRATO PRIVADO S E R E Ú N E N

Pliego de Cláusulas Administrativas

R E Ú N E N. Dicha adjudicación fue aprobada por Decreto de Alcaldía de fecha 17 de noviembre de 2014, según se desprende de los siguientes

CONTRATO ADMINISTRATIVO. En Palencia, a veintiocho de marzo de dos mil diecisiete. REUNIDOS: El Sr. Alcalde D. Alfonso Palanca Rebolleda, en nombre y

ANEXO I REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN. D/Dª., con D.N.I. nº, domicilio social en

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE PALENCIA POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO

AJUNTAMENT DE NÀQUERA (València)

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE PALENCIA POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO

Código CPV: Material de publicidad

a) Respecto a los expedientes referidos a contratos menores iniciados antes de la entrada en vigor de la LCSP2017.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA REF.:

Presupuesto General del ejercicio 2010

REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS DE LA DUPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR

AYUNTAMIENTO DE PELABRAVO Ronda Cilla S/N PELABRAVO (SALAMANCA)

PLIEGO REGULADOR DE LA CONTRATACIÓN DE OPERACIÓN DE CRÉDITO PARA LA FINANCIACIÓN DE INVERSIONES DEL PRESUPUESTO 2018

PLIEGO DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR EL SERVICIO DE BARRA PARA LOS CARNAVALES DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO 2018

LISTA DE CONTROL - CONTRATACIÓN PÚBLICA /MODERACIÓN DE COSTES

Ayuntamiento de Olías del Rey (Toledo)

Código CPV: Trabajos de pavimentación y revestimiento de suelos

Las ofertas se presentarán en el plazo y por el medio indicado en el anuncio publicado en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Sevilla.

Entitat Municipau. d Aubèrt

ANTECEDENTES DE HECHO

INFORME ECONÓMICO FINANCIERO. 1.- Bases utilizadas para la evaluación de los ingresos.

1. Condiciones Generales:

Los cazadores deberán estar provistos de toda la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad,

ÓRGANO CONTRATANTE: AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE ANDALUCÍA INFORMACIÓN: //

Ejercicio Importe TOTAL ) En letra: Prestación Servicio en dependencias administrativas.

ORDEN POR LA QUE SE ADJUDICA EL CONTRATO QUE SE CITA

ÍNDICE A) PASOS PREVIOS: FIJACIÓN DE LOS TERMINOS DE LA LICITACIÓN

DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 2009, DEL ILMO. SR. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LOS MODELOS

Transcripción:

Extracto: OPERACIÓN DE TESORERÍA POR 1500000 DE EUROS PARA EL 2018.- El documento consta de un total de 10 página/s. Página 1 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC A la vista del informe de la Tesorería Municipal y la Intervención Municipal, se acuerda adoptar el siguiente: Antecedentes de hecho 1.- El Ayuntamiento de Puertollano tiene previsto contratar una operación de tesorería, por importe de un millón quinientos mil euros (1.500.000 euros), articulada como una cuenta de crédito, para cubrir déficit de liquidez en la Tesorería Municipal durante el 2018. Esta falta de liquidez se está produciendo por el descenso en los ingresos, que no han sido acompañado de medidas para su mantenimiento (subida de impuestos y tasas). Así como, la necesidad de cumplir con el periodo medio de pago impuesto por la normativa vigente, tener que hacer frente a compromisos de incrementos salariales, etc. Este déficit en la liquidez se están solventando mediante solicitudes de anticipos a la Diputación Provincial, de los impuestos que recauda vía delegación de este Ayuntamiento. Pero además esta vía resulta insuficiente por lo que se hace necesario concertar operaciones de crédito a corto plazo. Asimismo se informa que en el último trimestre del año, será necesario concertar nuevas operaciones para poder renovar las existentes. 2.- Este Ayuntamiento cuenta con presupuesto aprobado el 25/01/2018, por acuerdo de Pleno y en vigor para el 2018. 3.- La liquidación del Presupuesto de 2017 (último ejercicio liquidado), fue aprobada mediante Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 1

Decreto Alcaldía-Presidencia número 2018/847, de 28/02/2018. En base a los datos de la liquidación, los recursos liquidados del ejercicio 2016, ascienden a: El documento consta de un total de 10 página/s. Página 2 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC 4.- Por esta Tesorería se ha elaborado el Pliego de condiciones, que se incluye en este informe, a los efectos de aprobación, con el contenido siguiente: PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE TESORERÍA POR IMPORTE DE UN MILLÓN Y MEDIO DE EUROS (1.500.000 EUROS) 1.- OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato consiste en la concertación de operación de crédito a corto plazo por importe de un millón quinientos mil euros (1.500.000 euros) para atender necesidades de la tesorería municipal, cuyas características se detallan en este pliego. 2.- Naturaleza del contrato. 2.1 La Operación de crédito es un contrato excluido del Texto Refundido de la Ley del Contrato de las Administraciones Públicas. No obstante los actos de preparación y adjudicación se rigen por los principios establecidos en dicha norma. Capítulo 1 22.509.021,40 Capítulo 2 847.849,74 Capítulo 3 5.968.784,40 Capítulo 4 10.874.254,41 Capítulo 5 487.702,70 TOTAL 40.687.612,65 2.2 En lo no previsto en el presente pliego de cláusulas administrativas, regirán las disposiciones de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado el 18 de abril; Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Púbico y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Legislación Mercantil o civil sobre préstamos solo regirá en cuanto a los efectos y extinción del Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 2

contrato. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en cuanto al articulado que esté ya en vigor. El documento consta de un total de 10 página/s. Página 3 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC 2.3 El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver cualquier controversia que surja entre las partes en la ejecución del contrato, y con renuncia a su propio fuero, se someten a los Juzgados y Tribunales de Puertollano, respecto de cualquier incidencia que pudiera resultar del presente contrato. Los actos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del contrato serán impugnables ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que sea competente para conocer los actos dictados por el Ayuntamiento de Puertollano. 3. CONDICIONES MÍNIMAS EXIGIDAS Las condiciones mínimas de la Póliza de crédito por importe de 1.500.000,00 euros serán: 1.- Finalidad: Cubrir déficit transitorio de la tesorería. 2.- Importe: 1.500.000,00 de euros. 3.- Modalidad: cuenta de crédito. 4.- Plazo duración máxima: Un año desde la fecha de formalización. 5.- Tipo de interés: (a proponer por la Entidad financiera sobre tipo de referencia más diferencial) 6.- Comisiones: Sin comisiones de apertura, cancelación, saldos no disposición o cualquier otra. Quedando excluida la oferta que establezca cualquier tipo de comisiones. 7.- Disposición: plena a la firma de la póliza. 8.- Tipo de referencia: Euribor trimestral. 9.- Interés variable a ofertar: Euribor a 3 meses + margen trimestral en puntos). No se admite oferta a interés fijo, quedando excluida la oferta. 10.-Revisión del tipo de interés: trimestral. 11.-Cuotas: una cuota de amortización, con posibilidad de amortizaciones parciales. 12.-Fianzas a depositar por Licitadores: ninguna 13.-Pago intereses: trimestrales. 14.-Intervención de la operación fedatario público municipal (Secretaría del Ayuntamiento). 15.- Procedimiento de selección negociado sin publicidad. 16.- Autorización expresa por pliego a los licitadores a consultar CIRBE, Central Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 3

El documento consta de un total de 10 página/s. Página 4 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC de información de riesgos del Banco de España. 17.- La oferta debe ser conforme con el principio de prudencia financiera establecido en la Resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera vigente en el momento del acuerdo de inicio de la licitación. Quedando fuera de la licitación, la oferta que no sea conforme a las disposiciones recogidas en la mencionada Resolución. Este Ayuntamiento no está acogido a ningún Fondo de Financiación de las entidades locales. 18.- Se admitirán ofertas por importe inferior a 1.500.000,00 de euros. Por ello las Entidades Financieras deberán especificar en su proposiciones las condiciones ofertadas por tramos, en caso de que las mismas varíen en función de la cuantía adjudicada. 3.1. Finalidad de la operación: Cobertura de déficit transitorio de Tesorería. 3.2. Importe nominal máximo de la operación: 1.500.000,00 euros. No obstante, se admitirán ofertas por un importe inferior. El Ayuntamiento podrá adjudicar a la entidad financiera un importe menor del inicialmente ofertado por ésta hasta cubrir el total licitado. Por ello, las Entidades Financieras deberán especificar en su proposiciones las condiciones ofertadas por tramos. 3.3. Instrumentación: Para el seguimiento de la operación se procederá a la apertura de una cuenta de crédito. Esta cuenta de crédito, objeto de la presente operación, deberá estar abierta y plenamente operativa a disposición del Ayuntamiento de formalización de la operación. Puertollano al día siguiente de la 3.4. Amortización: La operación se concierta por el plazo de UN AÑO. Posibilidad de cancelación anticipada del crédito en cualquier momento de la vigencia de la operación, sin comisiones. 3.5. CRÉDITO PARA ABONO INTERESES. Para el ejercicio 2018, deberá certificarse por la Intervención Municipal la existencia de crédito suficiente para hacer frente al abono de los intereses, según el siguiente detalles: Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 4

RETENCIONES DE CRÉDITO PARA OPERACIONES DE TESORERÍA El documento consta de un total de 10 página/s. Página 5 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC NOTA: 4. ENTREGAS La operación tendrá la consideración de cuenta de crédito. Los intereses se cargaran en la propia cuenta de crédito, siempre y cuando ello no implique la superación del límite máximo autorizado de disposición. En este último caso, los intereses se cargarán en la cuenta ordinaria que el Ayuntamiento mantenga abierta en la Entidad, previa comunicación a la Tesorería Municipal con la antelación suficiente. De no realizarse esta notificación no se admitirán la liquidación de intereses de demora por falta de saldo. 5.- ADJUDICACIÓN Para la adjudicación de este contrato se atenderá exclusivamente al menor precio ofrecido por los licitadores, es decir, a la oferta u ofertas más ventajosas desde el punto de vista estrictamente económico. FECHA IMPORTE CONTRATACIÓN TIPO INTERES IMPORTE UN AÑO 1.175.000,00 15/12/17 EUR+0,50 9.047,50 1.175.000,00 15/12/17 EUR+0,44 9.047,50 2.000.000,00 15/12/17 0 0 1.500.000,00 0 EUR+0,8 11.850,00 TOTAL RC 29.945,00 La adjudicación se realizará a favor de aquella entidad o entidades cuya oferta se entienda más favorable para los intereses del Ayuntamiento, hasta completar el importe de 1.500.000 de euros. La propuesta será motivada. En caso de empate se atenderá al menor tipo de interés en caso de descubierto, si persistiera a la entidad con mayor número de oficinas operativas en la ciudad, de continuar el empate se resolverá por sorteo. 6. EXPOSICIÓN Y PUBLICIDAD. Si el euribor aumentase debería contemplarse modificación de crédito para incremento de intereses. Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 5

El presente Pliego se remitirá a todas las entidades bancarias con sucursal abierta en la ciudad de Puertollano, exponiéndose desde el día de su aprobación y hasta la fecha final de presentación de ofertas en el Tablón de Anuncios y, en su caso, perfil del contratante de este Ayuntamiento, para cualquier otra entidad que resulte interesada pueda presentar su oferta. 7. Presentación de las Proposiciones. El documento consta de un total de 10 página/s. Página 6 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado y firmado por el licitador o persona que la represente en la Oficina de Atención al Ciudadano (Casa de Baños) de Paseo de San Gregorio, s/n, dirigidas a: SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE PUERTOLLANO. OPERACIÓN DE TESORERÍA 2018. DPTO. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. El plazo de presentación de las proposiciones finalizará a las 14,00 horas del día 20 DE ABRIL DE 2018. 8. MODELO DE PROPOSICIÓN. La proposición se presentará debidamente firmada y fechada, y se formulará conforme al modelo que se adjunta. Se presentará a máquina y o se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores, tachaduras que impidan conocer claramente lo que la administración considere fundamental para considerar la oferta. MODELO, en representación de, cuyo NIF es, con domicilio en, calle, número, y DNI, enterado y aceptando en su integridad las condiciones que regulan la contratación de una OPERACIÓN DE TESORERÍA con el Excmo. Ayuntamiento de Puertollano por importe máximo de 1.500.000,00 euros, oferta las condiciones recogidas en el pliego que rigen la contratación: Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 6

NUMERO DE OFICINAS OPERATIVAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL, (a efectos de empate en oferta económica): OFERTA 1. Importe ofertado. Tipo de interés Margen sobre euribor a tres meses + puntos porcentuales. El documento consta de un total de 10 página/s. Página 7 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC Tipo interés en caso de descubierto: % Otros gastos: especificar. OFERTA 2. Importe ofertado. Tipo de interés Margen sobre euribor a tres meses + puntos porcentuales. Tipo interés en caso de descubierto: % Otros gastos: especificar. (AÑADIR OTRO PARA MÁS TRAMOS OFERTADOS.) 9. APERTURA Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. La apertura de las proposiciones tendrá lugar en la Sala de reuniones de la tercera planta del Excmo. Ayuntamiento de Puertollano, en la fecha y hora que se indicará a las entidades presentadas. Este acto tendrá carácter público y se realizará ante la Mesa de Contratación nombrada a los efectos de selección de la oferta más ventajosa. La concertación de esta Operación de Tesorería deberá acordarse previo informe de la Intervención a que hace referencia el artículo 52.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el que se analizará, especialmente, la capacidad de la entidad local para hacer frente en el tiempo a las obligaciones que de aquellas se deriven para ésta, así como la fiscalización del presente pliego, todo ello bajo la observancia del principio de prudencia financiera. FUNDAMENTOS DE DERECHO. I. El artículo 4 de la Ley de Contratos del Sector Público, en su apartado 1, letra l, excluye del ámbito de la citada Ley los contratos relacionados con la instrumentación de operaciones financieras de cualquier modalidad. II Las operaciones de crédito a concertar por las Entidades Locales se encuentran reguladas en el Capítulo VII del título I del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La posibilidad legal de acudir a la concertación de operaciones de crédito a corto plazo para la atención de necesidades transitorias de tesorería prevista en el artículo 51 aparece refrendada en el artículo 199, Capítulo Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 7

II del Título VI, del mismo cuerpo legal facultando a las entidades locales a la concertación de operaciones de tesorería para cubrir déficits temporales de liquidez derivados de las diferencias de vencimientos de sus pagos e ingresos en el marco jurídico referido al inicio. Asimismo, el artículo 2.1f) recoge entre los recursos de las Haciendas Locales el producto de las operaciones de crédito El documento consta de un total de 10 página/s. Página 8 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC III El artículo 51 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido regulador de las Haciendas Locales, señala que las Entidades Locales pueden concertar, con cualesquiera entidades financieras, operaciones de Tesorería para cubrir deficits temporales de liquidez derivados de las diferencias de vencimientos de pagos e ingresos, siempre que sean por plazo no superior a un año y, en su conjunto, no superen el 30 % de sus ingresos liquidados por operaciones corrientes en el último ejercicio liquidado. Respecto al límite del plazo, señalar que la disposición adicional 73ª de la Ley 17/2012 de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado, ha dejado sin efecto desde el día 1 de enero de 2013, y con carácter indefinido, el apartado tres del artículo 14 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, que obligaba a las Corporaciones Locales a cancelar sus operaciones de tesorería a 31 de diciembre de cada ejercicio. Por tanto, la operación proyectada tendrá una vigencia de un año, a contar desde la formalización de la misma. Respecto al límite de su importe decir que el conjunto total de las operaciones vivas de esta naturaleza no puede sobrepasar el 30 % de los recursos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio inmediatamente anterior, salvo que la operación haya de realizarse en el primer semestre del año sin que se haya producido la liquidación del Presupuesto del ejercicio anterior, en cuyo caso se tomará en consideración la liquidación del ejercicio anterior a este último. El importe de los recursos liquidado por operaciones corrientes en el ejercicio 2017 asciende a la cantidad de 40.687.612.65 EUROS, por lo que el limite cuantitativo para la contratación de operaciones de este tipo es de: LIMITE 12.206.283,80 euros. 40.687.612,65 30,00% 12.206.283,80 Actualmente el Ayuntamiento de Puertollano dispone de las siguientes operaciones concertadas cuya deuda viva a la fecha asciende a: ENTIDAD IMPORTE FECHA GLOBALCAJA 1.175.000 15/12/2017 GLOBALCAJA 2.000.000 15/12/2017 NUMERO POLIZA ES83 3190 2050 1920 1840 9421 ES81 3190 2050 1745 8616 5328 CUENTA ASOCIADA ES83 3190 2050 1920 1840 9421 ES83 3190 2050 1920 1840 9421 Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 8

CAIXABANK 1.175.000 15/12/2017 ES58 3190 2050 1145 8615 9925 ES83 3190 2050 1920 1840 9421 OPERACIÓN CRÉDITO PROYECTADA 1.500.000 El documento consta de un total de 10 página/s. Página 9 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC TOTAL OPERACIONES EXISTENTES 5.850.000 Y por lo tanto el importe de la operación proyectada 1.500.000,00 euros y la las operaciones vivas 4.350.000,00 euros, total 5.850.000, menor que 12.206.283,80 euros. IV. Para la concertación de cualquiera de las modalidades de crédito previstas en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se requerirá que la Corporación disponga de presupuesto aprobado para ejercicio en curso, extremos que deberá ser justificado en el momento de suscribir el contrato que sustenta la operación, en este caso aporbado el 25/1/2018. V. Respecto al régimen de autorizaciones, inicialmente, las operaciones de crédito a corto plazo no están sujetas a régimen de autorizaciones y tutela financiera, según se infiere del artículo 53 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. VI. En cuanto a la competencia, corresponde a la Presidenta de la Corporación, previo informe de la Interventora, la concertación de estas operaciones a corto plazo siempre que el importe acumulado de las operaciones vivas de esta naturaleza, incluida la nueva operación no supere el 15 % de los recursos corrientes liquidados en el ejercicio anterior. Superado dicho limite, la aprobación corresponde al Pleno de la Corporación, que deberá adoptar el acuerdo por mayoría absoluta cuanto el importe de la operación supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto. El 15 % del importe de los recursos corriente liquidados en el ejercicio 2017, es: TOTAL PRESUPUESTO LIQUIDADO 2017 40.687.613,65 15,00% 6.103.142,05 Por tanto las operaciones vivas y la proyectado 5.850.000,00 euros, es inferior a 6.103.142,05, límite de competencia Alcaldía. Por lo tanto corresponde a la Alcaldesa la aprobación de la misma. Por todo lo expuesto, desde esta Tesorería se eleva a la Alcaldía la propuesta siguiente: Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 9

PRIMERO: Aprobar el Pliego de condiciones que regulan la contratación de una operación de Tesorería por importe de 1.500.000,00 euros, para atender necesidades transitorias de tesorería, según lo expuesto en informe de tesorería municipal. SEGUNDO: El presente Pliego, una vez aprobado se remitirá a todas las entidades financieras que mantienen sucursal abierta en la ciudad de Puertollano, exponiéndose ese mismo día y hasta la fecha final de presentación de ofertas en Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y el perfil del contratante. El documento consta de un total de 10 página/s. Página 10 de 10. Código de Verificación Electrónica (CVE) YuVEdon2MjmJqdGQFccC LA ALCALDESA LA TESORERA, M. Carmen Canales Duque. (firma electrónica) DOY FE, EL SECRETARIO GENERAL Sede electrónica https://www.puertollano.es/sede-electronica Página 10