JUZGADO DE MENORES DE LA PROVINCIA DE TOLEDO 1
I.- LA PLANTA JUDICIAL En la provincia de Toledo, está constituido un Juzgado de Menores, con sede en la capital y servido por un Magistrado. El Juzgado se creo con anterioridad al año 21. II.- PLANTILLA ORGÁNICA A 31.12.4 JUEZ: A la fecha indicada, el Magistrado era titular. SECRETARIO JUDICIAL: A 31 de diciembre de 24 la plaza está ocupada por un Secretario titular. PERSONAL COLABORADOR: Cuerpo de Gestión Procesal: 1 Cuerpo de Tramitación Procesal: 1 Cuerpo de Auxilio Judicial: 1 III.- ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD EN LOS ÚLTIMOS CUATRO AÑOS 1.- INGRESO Y COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE ENTRADA La evolución de la carga de trabajo de los Juzgados de Menores debe analizarse teniendo en cuenta que en 21, año de entrada en vigor de la Ley Orgánica reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor, los Juzgados recibieron un elevado número de asuntos de los Juzgados de Instrucción y de lo Penal, por aplicación del régimen transitorio, por lo que los datos relativos a esa anualidad deben considerarse excepcionales. El módulo de entrada vigente, computado hasta octubre de 23 era de 45 asuntos, a partir de esa fecha se sitúa en 65 asuntos y se considera que un Juzgado de Menores está al límite de su capacidad cuando sobre un registro general de 65 asuntos al menos en 45 asuntos hay escrito de alegaciones del Fiscal y en 35 de las piezas abiertas se ha dado inicio formal al procedimiento. 2
Partiendo de estos indicadores, los datos estadísticos tenidos en cuenta han sido, para el trienio 21-23 el número de expedientes de reforma registrados, y para el año 24 el numero de asuntos totales registrados para el modulo de entrada y el promedio entre expedientes de reforma, escritos de alegaciones recibidos de Fiscalía y piezas de responsabilidad civil con efectiva tramitación, para saber si el Juzgado esta al limite de la carga de trabajo. Únicamente en este último año se dispone de esta información estadística. Todos los años el Juzgado ha superado el modulo de entrada de asuntos, en el último año en un +17%. En los cuatro años no se ha mantenido estabilidad en el ingreso de expedientes, siendo irregular y fluctuante su registro. ASUNTOS REGISTRADOS Y COMPARACION CON EL MÓDULO DE ENTRADA 1.2 1. 1.36 8 681 831 755 65 6 4 2 21 22 23 24 Módulo aplicable 2.- ASUNTOS RESUELTOS: A) EVOLUCIÓN DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA 3
El volumen de asuntos resueltos del Juzgado de Menores presenta una tendencia irregular en estos años. Resultando superior en los años 22 y 24, que ha superado lo resuelto en el año anterior en un 21,2% ASUNTOS RESUELTOS 544 768 876 931 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1. 21 22 23 24 B) COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE RESOLUCIÓN El módulo de trabajo está fijado para este tipo de órganos en 1.32 horas/punto. Como se aprecia en el gráfico siempre ha sido inferior, y en más de un 5% como mínimo, manteniéndose estable en los últimos tres años. MÓDULO DE TRABAJO (Términos porcentuales) -2-4 -6-8 -72,2-55,19-56,4-57,41 21 22 23 24 3.- ASUNTOS PENDIENTES: MEDIA DEL JUZGADO 4
El volumen de asuntos pendientes presenta una línea descendente, reduciéndose de manera importante en el año 24, en un 53,5% respecto del año 21. ASUNTOS PENDIENTES 6 5 4 3 576 381 444 268 2 1 21 22 23 24 4.- OTRAS VARIABLES DE LITIGIOSIDAD A.- EVOLUCION DEL TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA EN MESES El tiempo de respuesta en meses se obtiene a través de dos variables: el número de asuntos resueltos en un año y el número de asuntos pendientes al final de esa anualidad. Este dato proyecta el número de meses que tarda en resolverse un asunto si las circunstancias de la anualidad que se toma como referencia de los asuntos resueltos no varían sustancialmente. El Juzgado de Menores de Toledo en coherencia con los cuadros anteriores presenta un mejor tiempo de respuesta en el año 24, con el tiempo medio de respuesta que ha sufrido las variaciones que se exponen en el siguiente gráfico. 5
TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA 15 11,65 1 5 4,78 6,36 3,17 21 22 23 24 B.- TASA DE RESOLUCIÓN La tasa de resolución indica la relación entre los asuntos resueltos en un determinado periodo y los asuntos registrados en el mismo. Cuando alcanza valores superiores a 1, indica que se está resolviendo más de lo que se ingresa, es decir, que se está reduciendo la pendencia. En el Juzgado de Menores de Toledo se aprecian diferencias entre todos los años, presentando una mejor situación los años 22 y 24, en que se ha resulto más de lo ingresado. Juzgados de Menores,53,92 1,23 24 23 1,29 22 21 C.- TASA DE PENDENCIA Este concepto indica la relación entre los asuntos pendientes al final de un periodo y los resueltos durante ese periodo, de modo que es más favorable cuanto menor sea su valor. La pendencia ha descendido notablemente en el año 24. 6
EVOLUCIÓN DE LA TASA DE PENDENCIA: JUZGADOS DE MENORES 1,2 1,8,6,4,2 1,6,43,58,29 21 22 23 24 D.- TASA DE CONGESTIÓN Este dato se obtiene a partir de tres variables: los asuntos pendientes al inicio de un periodo, los registrados y los terminados durante ese mismo periodo. Refleja una situación más favorable cuanto menor es el valor resultante. En coherencia con las anteriores tasas la situación ha mejorado en el año 24. Juzgados de Menores 1,29 24 1,58 1,43 23 22 2,6 21 IV. INFRAESTRUCTURAS Sede: Independiente, c/ Avda. Gral Villalba nº 3 Edificio Europa. Grado de satisfacción: Alto. 7
V.- MAPA DE SERVICIOS JUDICIALES Y MEDIOS MATERIALES Situación actual Servicios Comunes: SI. Servicio de Orientación Jurídica en sede judicial: NO Servicio de Atención a la Victima: NO Oficina de Averiguación patrimonial: NO Oficina de peritación: NO Los Servicios no dan asistencia al Juzgado de Menores. Instituto e Medicina Legal: SI, presta servicio al Juzgado. Fiscalía de Menores: 2, para Protección Civil y Reforma Penal, con la sede en el mismo edificio. Centros: Ninguno en la Provincia. Es necesario trasladar a otras Provincias de la Comunidad. Equipos psicosociales: 1 Psicólogo, 1 Trabajador Social, 1 Educador. Salas de Vistas: Exclusiva. No hay local para la detención de los menores. Aplicación informática de gestión procesal: SI, Aplicación de Menores del año 2, anticuada. Archivos judiciales: grado de aplicación del RD 937/23: ninguna. Necesidades Nuevos equipos informáticos. Equipo de grabación audiovisual. Dotación de un local en el edificio para los menores detenidos. 8