DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO Presidente de la Sección Instructora

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Transcripción:

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL VERSIÓN N 0572 Ciudad de México, a 4 de julio de 2017 DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO Presidente de la Sección Instructora DIPUTADO JUAN PABLO PIÑA KURCZYN (PAN) Integrante de la Sección Instructora Entrevista concedida a los representantes de los medios de información, en el Palacio Legislativo de San Lázaro DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Resolución de mero trámite para el sólo efecto de dar por terminado el presente procedimiento de declaración de procedencia, en concordancia a lo acordado en el Congreso local de Veracruz que decretó el desafuero de la ya ex diputada Eva Felicitas Cadena. PREGUNTA.- Con esto puede ser detenida, ya sea por autoridades federales o locales, verdad, diputado? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Ahorita que ya no tiene fuero, desde luego que las autoridades están en condiciones de ejercitar acción penal en contra de ella. PREGUNTA.- Y aquí solamente le dieron carpetazo en San Lázaro, qué pasó con ustedes, solamente conocieron la certificación de que le quitaron el fuero allá? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- No se trata de dar carpetazo; nosotros fuimos muy responsables, obtuvimos una copia certificada del dictamen emitido por el Congreso local de Veracruz, lo anexamos al expediente, constatamos, desde luego, en virtud de esa copia certificada, que el Pleno del Congreso de Veracruz aprobó el

2 desafuero de la ex diputada y, obviamente, habrá que recordar que el fuero sigue al cargo. Y nosotros lo único que hicimos es dar por terminado el procedimiento porque se declara sin materia; si la señora ya no tiene fuero, es absurdo e ilógico que sigamos con un procedimiento para desaforar. PREGUNTA.- Diputado, el Congreso local trabajó más rápido que el Congreso federal para el desafuero de la diputada? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Nosotros a partir de que nos turnaron, no dejamos de observar los términos que establecen el procedimiento para un asunto de esta naturaleza. Al parecer en Veracruz llegó antes la solicitud de desafuero. PREGUNTA.- Diputado, por qué delito le quitan el fuero allá y si es lo mismo que aquí? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Es por el delito previsto en el artículo 15 de la Ley General de Delitos Electorales, es exactamente lo mismo que aquí se tramitó. PREGUNTA.- Ese delito amerita cárcel o puede estar en su domicilio? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- No está señalado como un delito que amerite prisión preventiva oficiosa y ya será cuestión, en su momento, si se ejercita acción penal y, en su momento, lo que determine el juez de control para efecto de qué es lo que pasa en relación a su libertad, si la va afrontar el proceso en libertad o lo va afrontar privada de la libertad. Eso depende ya de las autoridades, tanto de procuración de justicia como de administración de justicia. PREGUNTA.- Es un delito del fuero común o federal por el que el Congreso le quita el fuero? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Es que en el estado de Veracruz no hay delitos del fuero común en materia electoral, está derogado todo el capítulo relativo a los delitos en materia electoral para dar pauta y estar contemplándose exclusivamente en la Ley General de Delitos Electorales.

3 El procedimiento y la determinación que asumió el Congreso de Veracruz política y jurídicamente deben responder a ellos, en torno a ese procedimiento. PREGUNTA.- Pero, entonces, esta denuncia por la que le retiraron el fuero, a quién corresponde? Hasta donde sabemos no se había interpuesto una denuncia local por el mismo delito que presentó la Fepade. DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Ante nosotros estaba solventada y se solventa la competencia para conocerlo por parte de nosotros, porque se trata de un delito, así, se trata de un delito del orden federal reservado para la Procuraduría General de la República, en este caso para la Fepade, se reúnen los requisitos de procedibilidad y estaban en el trámite correcto. Si un trámite diverso se realizó en el estado de Veracruz, bueno, jurídica y políticamente ellos tendrán que responder. PREGUNTA.- En este delito hay dos culpables: el que dio el dinero y el que recibió e dinero. Al que dio el dinero también lo van a procesar, lo van a llamar? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Eso es tema de la investigación que tenga que realizar la Procuraduría General de la República. Acuérdense que a nosotros lo único que nos corresponde es determinar si ha lugar, o no ha lugar, a proceder penalmente en contra del funcionario público dotado de fuero. Eso escapa totalmente a nosotros. PREGUNTA.- Entonces, la Sección Instructora se declara sin materia. DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- El procedimiento en relación a este asunto en concreto, se declara sin materia, por obvias razones. PREGUNTA.- Es impugnable el desafuero que se le siguió, ella puede impugnar allá en el Congreso local o ya no se puede impugnar? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- No, la determinación es firme. Recuerden que todas las determinaciones que asume la Sección

4 Instructora en este tipo de asuntos, son inimpugnables, no admiten ningún recurso. PREGUNTA.- La obtención de evidencia es legal? Es decir, el video es legal, o puede impugnarse? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Fue tomado en consideración por el Congreso de Veracruz. Bueno, todo el trámite que realiza la Sección Instructora no se puede impugnar. Eso ya es cuestión de defensa pero ante los tribunales. PREGUNTA.- El caso de Tarek Abdala cómo va, diputado? Ya le respondieron? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- No, sigue pendiente. Nosotros, con toda oportunidad, le giramos el oficio al Juzgado Quinto de Distrito en materia penal, para que nos informara del resultado final del amparo, situación que no ha acontecido al día de hoy. Tenemos conocimiento por ustedes mismos, por los medios de comunicación, que la Procuraduría General de la República interpuso un recurso de revisión, porque le fue concedido el amparo que solicitó el diputado Tarek Abdala. PREGUNTA.- No hay plazo para responderles? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- No, no hay plazo, eso depende de la cargas de trabajo. Ahora ya el asunto debe estar en un Tribunal Colegiado en materia penal y depende de las cargas de trabajo del tribunal que esté conociendo. PREGUNTA.- Pero no ha muerto este caso? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- No, no, estamos pendientes exclusivamente a que nos remitan esa información y, en consecuencia, habrá el dictamen correspondiente. PREGUNTA.- Diputado, entonces el jueves ya no va a haber llamado a la Sección aquí? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Ya se acabó.

5 PREGUNTA.- Es decir que ya está muerto? DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Ya se acabó. PREGUNTA.- Si nos regala una opinión sobre la encuesta del INEGI donde revela cuanto ha costado la corrupción. DIPUTADO RICARDO RAMÍREZ NIETO.- Ese es un tema totalmente aparte; pero le pediría a mi compañero Juan Pablo que también participe. Adelante. DIPUTADO JUAN PABLO PIÑA KURCZYN.- Nada más quiero aclarar que la Fepade puede detener a Eva Cadena. Con esta resolución del Congreso local, queda retirada, no tiene protección y la Fepade la puede detener y, por supuesto, es un delito que su penalidad amerita prisión. Muchísimas gracias. -- ooooo --