EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL 1
LEGISLACIÓN APLICABLE Ø LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (Art. 4, 17, 23, 29, 41, 47). Ø CONVENIO 155 DE LA OIT (Art. 16.3: obligación de lo empleadores a suministrar a sus trabajadores ropas y equipos de protección apropiados, a fin de prevenir los riesgos de accidentes, o de efectos perjudiciales para su salud.) Ø R.D 1407/1992, condiciones constructivas de los EPIs R.D 159/1995 es una modificación del anterior Ø R.D 773/1997, condiciones de uso de los EPIs 2
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS 1.- Definición de EPI: Se entiende por equipo de protección individual cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador, para que le proteja de uno o varios riesgos, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. 3
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS 2.- Se excluye de lo anterior: a) Ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén destinados a proteger la salud o integridad física. b) Los equipos de los servicios de socorro y salvamento. c) Los EPIs de los militares, policías y personas de los servicios de mantenimiento del orden. d) Los EPIs de los medios de transporte por carretera e) El material de deporte. f) El material de autodefensa o de disuasión. g) Los aparatos portátiles para detección y señalización de los riesgos y de los factores de molestia 4
Constituye la última barrera entre el riesgo y el trabajador. Sólo debe ser utilizada cuando no haya sido posible el control total del riesgo mediante sistemas colectivos de protección, o bien como medio de actuación o escape en situaciones de emergencia. La protección personal debe ser considerada una técnica complementaria y no sustitutiva de la protección colectiva, ya que no actúa sobre el origen del riesgo sino únicamente sobre las consecuencias que en el trabajador tendría la manifestación del mismo. 5
IMPLANTACIÓN DEL USO DE LOS EPI S Antes de implantar el uso de un determinado equipo de protección individual deben analizarse una serie de aspectos con objeto de que la selección del mismo sea adecuada en cuanto al riesgo que debe proteger y a la aceptación por los trabajadores que han de usarlo. Análisis de riesgos Análisis de riesgos en cada puesto de trabajo y evaluación de aquellos que no puedan ser eliminados parcial o totalmente.
Necesidad de uso Condicionantes técnicos: Imposibilidad de instalar protección colectiva. Existencia de un riesgo residual tras haber instalado una protección colectiva. Condicionantes económicos: Repercusión de la protección colectiva en el ritmo de la producción. Elevado costo de instalación de la protección colectiva en situaciones de riesgo que se presentan muy ocasionalmente o en situaciones de riesgo de escasa entidad.
Definición del riesgo Definición y valoración del riesgo frente al cual queremos proteger al trabajador delimitando claramente sus características: Forma del riesgo. Parte del cuerpo a la que puede afectar. Frecuencia de aparición del mismo. Nivel del riesgo, etc. Selección Grado necesario de protección frente al riesgo. Grado de protección que ofrece el equipo. Evitar que interfiera en el proceso productivo. Evitar que generen nuevos riesgos o incrementen los existentes. Valorar la existencia de varios riesgos que harían necesario el uso de varios EPI S. Es fundamental la consulta y participación de los trabajadores en la selección de los Equipos de Protección Individual.
Convencimiento Convencer a la Dirección de la Empresa de la necesidad de su implantación y a los trabajadores de la necesidad de su utilización. Normalización de uso Elaboración de una normativa interna que regule la utilización de los equipos de protección individual. Para ello se deberá informar de manera clara y concreta sobre: En qué zonas de la empresa o en qué tipo de operaciones es preceptivo el uso de un determinado EPI. Instrucciones para su correcto uso. Limitaciones de uso, caso de que las hubiera. Instrucciones de almacenamiento, limpieza, conservación,... Fecha o plazo de caducidad del EPI o sus componentes si la tuvieran o criterios de detección del final de su vida útil cuando los hubiere.
Distribución Distribución de los equipos de protección individual entre los usuarios, informándoles de las características de dichos equipos, utilización, mantenimiento, etc.. Se debe tener en cuenta que los equipos de protección individual son de uso personal. Entrenamiento Los trabajadores deben ser entrenados sobre como y cuando deben colocarse los equipos de protección individual. Supervisión de uso Seguimiento sobre la utilización de los EPI s, prestando especial atención a los problemas que puedan presentarse sobre su uso, correcta forma de utilización y exigencia de utilización.
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS (I) Lista indicativa y no exhaustiva de EPIs 1.- PROTECTORES DE CABEZA: 2.- PROTECTORES DEL OIDO 3.- PROTECTORES DE LOS OJOS Y DE LA CARA 4.- PROTECCIÓN PARA LAS VÍAS RESPIRATORIAS 5.- PROTECTORES DE MANOS Y BRAZOS 11
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS 6.- PROTECTORES DE PIES Y PIERNAS: - Calzado de seguridad. - Calzado de protección. - Calzado de trabajo. - Calzado y cubrecalzado de protección contra el calor - Calzado y cubrecalzado de protección contra el frío. - Calzado frente a la electricidad. - Calzado de protección contra las motosierras - Protectores amovibles del empeine. - Polainas - Suelas amovibles (antitérmicas, antiperforación y antitranspiración) - Rodilleras. 12
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS 7.- PROTECTORAS DE LA PIEL - Cremas de protección. 8.- PROTECTORES DEL TRONCO Y EL ABDOMEN - Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, proyecciones de metales en fusión) - Chalecos, chaquetas y mandiles de protecciones contra las agresiones químicas. - Chalecos termógenos. - Chalecos salvavidas - Mandiles de protección contra rayos X. - Cinturones de sujeción del tronco - Fajas y cinturones antivibraciones 13
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS 9.- PROTECCIÓN TOTAL DEL CUERPO - Equipos de protección contra caídas en altura - Dispositivos anticaídas deslizantes. - Arneses. - Cinturones de sujeción - Dispositivos anticaídas con amortiguador - Ropa de protección - Ropa de protección contra agresiones mecánicas (perforaciones, cortes) - Ropa de protección contra las agresiones químicas -Ropa de protección contra proyecciones de metales en fusión y radiaciones infrarrojas - Ropa de protección contra fuentes de calor intenso o estrés térmico - Ropa de protección contra bajas temperaturas - Ropa de protección contra contaminación radiactiva - Ropa antipolvo. - Ropa antigás - Ropa y accesorios (brazaletes, guantes) de señalización (retrorreflectantes, fluorescentes). 14
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS Art 3.- Obligaciones generales del empresario: Determinar los puestos de trabajo en los que se deba recurrir a los EPI. Elegir los EPI, manteniendo en la empresa la información pertinente sobre ellos. Proporcionarlos gratuitamente a los trabajadores, reponiéndolos cuando sea necesario. Velar por su correcta utilización. Asegurar su mantenimiento 15
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS Art 5.- Condiciones que deben reunir los EPI. 1.- Los EPI proporcionarán una protección eficaz, sin ocasionar riesgos adicionales. Deberán: a) Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo. b) Tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de salud del trabajador. c) Adecuarse al portador. 2.- Cuando haya que utilizar varios EPI simultáneamente, éstos deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia. 3.- Los EPI deberán reunir los requisitos legales en lo referente a su diseño y fabricación 16
R.D 1407/92 CONDICIONES CONSTRUCTIVAS DE LOS EPIS CATEGORÍA I CATEGORÍA II CATEGORÍA III - Diseño simple - Cubren riesgos mínimos - El usuario puede percibir efectos nocivos a tiempo y sin peligro Autocertificados por el fabricante No enmarcables en la categoría I por diseño ni en la categoría III por magnitud de riesgo. Certificados tras superar el examen CE de tipo - Diseño complejo - Cubren riesgos graves o de efectos perjudiciales en el tiempo no obvios para el ususario Certificados tras superar el examen CE de tipo y someter la producción a control de calidad (producto final o producción vigilada) Marcado CE Marcado CE Marcado CE + el nº del ONC del sistema de calidad 17
R.D 1407/92 CONDICIONES CONSTRUCTIVAS DE LOS EPIS MARCADO CE CE + XXXX CE = EPI categoria I y II CE + XXXX = EPI categoria III XXXX = código de 4 dígitos identificativos, en el ámbito de la UE, del organismo que lleva a cabo el control de aseguramiento de calidad de la producción 18
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS QUÉ DEBE ACOMPAÑAR A UN EQUIPO DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL? - FOLLETO INFORMATIVO - MARCADO CE 19
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS FOLLETO INFORMATIVO: 1.- Nombre y dirección del fabricante. 2.- Instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, revisión y desinfección. 3.- Rendimientos alcanzados en los exámenes técnicos. 4.- Accesorios que se puedan utilizar en los EPIs y características de las piezas de repuesto adecuadas. 5.- Clases de protección adecuadas. 6.- Fecha o plazo de caducidad de los EPIs o de algunos de sus componentes. 7.- Tipos de embalaje adecuado para transportar los EPIs 20
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS Art 7.- Utilización y mantenimiento de los EPI. El uso y el mantenimiento de los EPI se harán según las instrucciones del fabricante. Las condiciones de utilización se determinarán en función de : - gravedad del riesgo - el tiempo o frecuencia de exposición al riesgo - las condiciones del puesto de trabajo - las prestaciones del propio equipo - los riesgos adicionales del propio equipo Sólo en casos excepcionales un EPI podrá ser utilizado por más de una persona. Para ello, deberán adoptarse las medidas higiénicas adecuadas 21
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS Art 8.- Obligaciones en materia de información y formación. El empresario deberá formar e informar a sus trabajadores sobre la aplicación de este Real Decreto. Deberá informarles, previamente al uso de los equipos, de para qué sirven y en qué condiciones deben utilizarse. Organizará sesiones de entrenamiento para el uso de los EPI (de especial complejidad) 22
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS Art 9.- Consulta y participación de los trabajadores. A este Reglamento le afecta lo establecido en el punto 2 del Art. 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en lo referente a consulta y participación de los trabajadores Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y salud en la empresa. 23
R.D 773/1997 CONDICIONES DE USO DE LOS EPIS Art 10.- Obligaciones de los trabajadores. Los trabajadores deberán: a) Utilizar y cuidar correctamente los EPI. b) Colocar el EPI después de su utilización en el lugar indicado para ello. c) Informar a su superior de los defectos, daños o anomalías que se detecten. 24
PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS Riesgos: - Caídas en altura Normas generales: Normas armonizadas -Sistemas de protección individual contra caídas (UNE EN 363:2009) (Sistemas de retención, sujeción, acceso mediante cuerda, anticaídas y salvamento) -Instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje (UNE EN 365:2005). 25
Normas de equipos: -Dispositivos de prensión del cuerpo: Arnés anticaídas (UNE EN 361:2002).[único válido en un sistema anticaídas] Arnés de asiento (UNE EN 813:2009). Cinturón de sujeción y retención (UNE EN 358:2000) -Subsistemas de conexión anticaídas: Dispositivo anticaídas: deslizante sobre línea de anclaje (UNE EN 353-2:2002), retráctil (UNE EN 360:2002) Absorbedor de energía (UNE EN 355:2002) -Otros: conectores (EN 362:2005), elementos de amarre (UNE EN 354:2011, de sujeción UNE EN 358:2000), dispositivos de regulación de cuerda (UNE EN 12841:2007), cuerdas semiestáticas (Tipo A UNE EN 1891:1999), dispositivos de anclaje (Clase B y E de UNE EN 795:1997+A1:2001). 26
Sistemas de Protección contra caídas en altura Las clases de protección contra caídas son las siguientes: SISTEMAS ANTICAIDAS: paran la caída después de que la persona haya caído. Es decir, la persona cae pero no llega al suelo. Ej: puntos de anclaje, líneas de seguridad... 27
Sistemas de Protección contra caídas en altura SISTEMAS DE SUJECIÓN o RETENCIÓN: ayudan a evitar las caídas proporcionando soporte al trabajador mientras trabaja sin desplazamiento. Es decir, el trabajador no dispone de cuerda suficiente para llegar a caer. Ej: sistemas de posicionamiento fijo para limpiar ventanas, cinturones para instaladores de cables... 28
Sistemas de Protección contra caídas en altura SISTEMAS DE PROTECCIÓN PARA ESCALAR: protegen al trabajador mientras sube o baja. Ej: sistemas de seguridad para escaleras... 29
Ejemplo de marcado (de un arnés anticaídas) 30
PROTECCIÓN DE LA CABEZA Riesgos: - Mecánicos: impacto por caída de objetos, choques, atrapamiento lateral. - Otros: eléctricos, térmicos. - Uso industrial general UNE EN 397:1995 + A1:2000, Cascos de protección para la industria (cascos de seguridad) Los cascos de protección para la industria están previstos, fundamentalmente, para proporcionar protección al usuario contra objetos que pudieran caer y las lesiones del cerebro y fracturas de cráneo consiguientes. 31
UNE EN 812:1998 + A1:2002, Cascos contra golpes para la industria. Los cascos de protección contra choques están destinados a proteger al usuario de los mismos de los efectos de golpes de su cabeza contra objetos duros e inmóviles, lo suficientemente fuertes como para provocar laceraciones u otras lesiones superficiales. No están destinados a proteger de los efectos derivados de la caída o proyección de objetos ni de cargas suspendidas o en movimiento. UNE EN 14052:2006, Cascos de altas prestaciones para la industria Los cascos de altas prestaciones para la industria, tal y como se especifican en esta norma europea, están destinados a proporcionar al usuario una protección contra la caída de objetos y los impactos fuera de la cima, así como contra las lesiones cerebrales, las fracturas del cráneo y las lesiones del cuello que resulten de ellos. 32
Aplicaciones especiales - UNE EN 443:2009, Cascos para la lucha contra el fuego en los edificios y otras estructuras - UNE EN 50365:2003, Cascos eléctricamente aislantes para uso en instalaciones de baja tensión 33
Marcado CE: para EPI de categoría III, además el nº de identificación del ON que controla el sistema de garantía de calidad de la fabricación del EPI - Moldeado o impreso en el casco: Marcado en los cascos 34
Marcado en los cascos -Marcado de los requisitos opcionales satisfechos (moldeados, impresos o en etiqueta autoadhesiva): 35
PROTECCIÓN DE PIÉS Y PIERNAS Riesgo: Daños producidos en el pie por agentes físicos o químicos. Normas armonizadas de requisitos aplicables: Calzado para uso profesional: UNE-EN ISO 20345:2005, UNE-EN ISO 20346:2005, UNE-EN ISO 20346:2005 Resistente al corte por sierra de cadena: UNE-EN ISO 17249:2005 Protector frente a productos químicos: UNE-EN 13832-2:2007, UNE-EN 13832-3:2007 Para bomberos: UNE-EN 15090:2007 Aislante de la electricidad para trabajos en baja tensión: UNE-EN 50321:2000 Riesgos térmicos y salpicaduras de metal fundido: UNE-EN ISO 20349:2010 Calzado para motociclistas: EN 13634:2010 36
Calzado de seguridad para uso profesional: es el que incorpora elementos de protección destinados a proteger al usuario de las lesiones que pudieran provocar los accidentes, en aquellos sectores de trabajo para los que el calzado ha sido concebido, y que está equipado por topes diseñados para ofrecer protección frente al impacto cuando se ensaye con un nivel de energía de 200 J. Calzado de protección de uso profesional: es el que incorpora elementos de protección destinados a proteger al usuario de las lesiones que pudieran provocar los accidentes, en aquellos sectores de trabajo para los que el calzado ha sido concebido, y que está equipado por topes diseñados para ofrecer protección frente al impacto cuando se ensaye con un nivel de energía de 100 J. 37
Calzado de trabajo de uso profesional: es el que incorpora elementos de protección destinados a proteger al usuario de lesiones que pudieran provocar los accidentes, en aquellos sectores de trabajo para los que el calzado ha sido concebido, sin llevar topes de protección contra impactos en la zona de la puntera. 38
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PROTECTORES DE OJOS Y CARA LOS PROTECTORES OCULARES DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR LA NORMA EN 166 - Gafas de montura universal. - Gafas de montura integral (uni o biocular). - Gafas de montura cazoletas. - Pantallas faciales - Pantallas para soldadura 41
PROTECTORES DE OJOS Y CARA LOS PROTECTORES OCULARES DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR LA NORMA EN 166 Filtros para soldadura: EN 169. Filtros ultravioleta: EN 170 Filtro solar: EN 172. Filtro para Infrarrojos: EN 171. 42
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PROTECTORES DEL OÍDO 44
PROTECTORES DEL OÍDO LOS PROTECTORES DEL OIDO DEBEN DE CUMPLIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR LA NORMA EN 352-1,2 Y EN 458 - Protectores auditivos tipo tapones - Protectores auditivos desechables o reutilizables. - Protectores auditivos tipo orejeras, con arnés de cabeza, bajo la barbilla o la nuca - Cascos antiruido. - Protectores auditivos acoplables a los cascos de protección para la industria 45
PROTECTORES DEL OÍDO 46
GUANTES DE PROTECCIÓN La norma europea EN 420 es una norma de referencia para ser utilizada en las Normas Europeas específicas relativas o aplicables a los guantes de protección. Esto significa que la norma EN 420 no puede aplicarse por si sola para certificar o autocertificar Guantes de Protección. 47
LOS GUANTES DE PROTECCIÓN DEBEN DE CUMPLIR LAS SIGUIENTES NORMAS: Guantes de protección contra riesgos mecánicos: EN 388 Guantes de protección contra cortes: EN 1082 Guantes de protección contra productos químicos y microorganismos: EN 374-1,-2,-3 Guantes de protección médica: EN 455 Guantes de protección contra riesgos térmicos para uso en ambientes de temperatura 50< T< 100 ºC: EN 407(riesgos térmicos), EN 348(impacto de salpicaduras), EN 366(fuente de calor radiante), EN 367(transmisión de calor por exposición a la llama), EN 702(calor por contacto) Guantes de protección contra riesgos térmicos para uso en ambientes de temperatura > 100ºC, igual al anterior más EN 366. Guantes contra agresiones de origen eléctrico 48
Algodón: Confortable, absorbe la transpiración. Fibras sintéticas: Mayor duración que el algodón, diferentes características que las hacen óptimas para la fabricación de grupos diferentes de guantes. Kevlar: Fibra de paraaramida muy resistente al corte y al fuego. Spectra o Dyneema: Fibra de polietileno de alta densidad muy resistente al corte. Látex natural: Excelente flexibilidad y resistencia al desgarro. Buena resistencia a numerosos ácidos y acetonas. Su mayor problema es el riesgo de alergia. No proporciona buenos resultados con aceites, grasas, ni derivados de hidrocarburos. Neopreno: Resistencia química polivalente, excepto para disolventes clorados y aromáticos. Nitrilo: Muy resistente a la abrasión y perforación y a los hidrocarburos y sus derivados, no da buen resultado con los disolventes que contienen acetonas ni productos orgánicos nitrogenados. PVC: Alcohol de polivinilo, buena resistencia a ácidos, bases e hidrocarburos, aunque reducida resistencia mecánica. No apropiado para disolventes aromáticos, clorados o que contengan acetonas. 49
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ROPA DE PROTECCIÓN La norma europea EN 340 es una norma de referencia para ser utilizada con las Normas Europeas específicas relativas o aplicables al vestuario de protección. Esto significa que la norma EN 340 no puede aplicarse por si sola para certificar o autocertificar Vestuario de Protección Protección contra el frío: 5 > T amb> -50 ºC: EN 342 Protección contra el frío: Tamb < -50 ºC Protección contra el mal tiempo: EN 343 Protección contra productos químicos líquidos: EN 465 Vestuario de protección de alta visibilidad: EN 471, 343 Riesgo de atrapamiento por piezas de máquinas en movimiento: EN 510 Protección contra el calor y las llamas industriales: EN 531, 366, 367, 373, 532 Propiedades electrostáticas. Resistividad superficial: EN 1149 52
Protección de vías respiratorias Los equipos de protección personal de las vías respiratorias tienen como misión hacer que el trabajador que desarrolla su actividad en un ambiente contaminado y/o con deficiencia de oxígeno, pueda disponer para su respiración de aire en condiciones apropiadas. Los distintos ambientes nocivos a que puede verse sometido un trabajador pueden clasificarse como sigue: Deficiencia de oxígeno. Deficiencia de oxígeno y contaminantes tóxicos, pudiendo encontrarse éstos en estado gaseoso, gaseoso y partículas o partículas. Contaminantes tóxicos ya sean en estado gaseoso, gaseoso y partículas o partículas. Técnicamente se pueden clasificar en equipos dependientes e independientes del medio ambiente. 53
Equipos dependientes del medio ambiente Utilizan el aire ambiente y lo purifican, es decir, retienen o transforman los contaminantes para que el aire respirable sea inocuo. Un equipo de estas características tiene dos partes claramente diferenciadas: El adaptador facial El filtro Los equipos de protección respiratoria filtrantes no proporcionan oxígeno y no deben utilizarse en atmósferas deficientes en oxígeno que contengan menos del 19,5% en volumen 54
El adaptador facial El adaptador facial tiene la misión de crear un espacio herméticamente cerrado alrededor de las vías respiratorias, de forma que el único acceso del aire a ellas sea a través del filtro. Existen tres tipos de adaptadores faciales: Mascara Mascarilla Boquilla Los adaptadores faciales deben tener una serie de propiedades que se les exige a la hora de certificar su calidad; las principales son las siguientes: Máxima hermeticidad. Materiales de fabricación adecuados. Visibilidad máxima en máscaras. Máximo confort de utilización. 55
El filtro Los filtros tienen la misión de purificar el aire que pasa a su través, eliminando o minimizando su contaminación. Se pueden clasificar en tres clases: Filtros mecánicos Filtros químicos Filtros mixtos Los filtros se clasifican en categorías según dos propiedades fundamentales: La resistencia al paso del aire Su permeabilidad al contaminante Otra característica de los filtros es su vida media, que es el tiempo que tarda un filtro en alcanzar la máxima penetración admisible para una concentración conocida. 56
Equipos independientes del medio ambiente Son equipos que aíslan al usuario del entorno y proporcionan aire limpio de una fuente no contaminada. Proporcionan protección tanto para atmósferas contaminadas como para la deficiencia de oxígeno. Se fundamentan en el suministro de un gas no contaminado respirable (aire u oxígeno). Existen dos tipos: Equipos de línea de aire que aportan aire respirable a través de una manguera, requieren un compresor, junto con sistemas de filtración y acondicionamiento del aire para proporcionar calidad respirable. Las principales ventajas de estos equipos son la comodidad para el usuario y la cantidad prácticamente ilimitada de aire disponible. Equipos autónomos, que llevan incorporada la fuente de aire respirable, aportan el aire respirable desde unas botellas de aire comprimido que se llevan a la espalda. 57
PROTECTORES DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS Mascarillas autofiltrantes para partículas EN 149 Mascarillas autofiltrantes para gases y vapores EN 405 Mascarillas EN 140 Filtros contra gases y filtros mixtos EN 141 Filtros contra partículas EN 143 Filtros especiales AX para gases y filtros combinados contra compuestos orgánicos de bajo punto de ebullición EN 173 Filtros especiales SX contra compuestos nombrados específicamente de bajo punto de ebullición EN 372 Máscaras EN 136, 148-1,-2,-3. 58
PROTECTORES DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS MASCARILLAS AUTOFILTRANTES PARA PARTÍCULAS: Clasificación : (FFP1, FFP2, FFP3) CLASE PROTECCION CONTRA LIMITES DE UTILIZACIÓN FFP1 Partículas Hasta 4 veces el TLV FFP2 Partículas Hasta 10veces el TLV FFP3 Partículas Hasta 50 veces el TLV TLV: Valor Límite de exposición 59
PROTECTORES DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS Código de color Tipo de filtro Campo de aplicación principal AX A B E K CO Hg NO Reactor P Gases y vapores de compuestos orgánicos con puntos de ebullición < 65ºC Gases y compuestos de vapores orgánicos con punto de ebullición > 65ºC Gases y vapores inorgánicos, por ej cloro, sulfuro de hidrógeno, cianuro de hidrógeno Dióxido de sulfuro, cloruro de hidrógeno Amoníaco Monóxido de carbono Vapor de mercurio Gases nitrosos incluyendo el monóxido de nitrógeno Yodo radiactivo incluyendo yoduro de metilo radiactivo Partículas 60
PROTECTORES DE LAS VÍAS RESPIRATORIAS 61