CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS para la contratación de un servicio de transporte de menores en vehículos adaptados para el programa de TERAPIA ECUESTRE: EL CABALLO EDUCA, del Servicio de Educación del Área de Educación, Participación Ciudadana y del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla para el año 2018. 1. DESTINATARIOS Menores de los centros específicos de educación especial de Sevilla, con discapacidad psíquica, física, sensorial, psicológica, del lenguaje y/o del aprendizaje, como por ejemplo: parálisis cerebral, retrasos madurativos con problemas motóricos, autismo, síndrome de Down, que realizan los Programas Educativos organizados por el Servicio de Educación. 2.- NÚMERO Y TIPO DE AUTOBUSES QUE SE PRECISAN Para este servicio se precisarán el siguiente número y tipo de autobuses: - 33 autobuses adaptados con las siguientes características: o Los autobuses deben estar adaptados para transportar, al menos, 6-7 sillas de ruedas y aproximadamente entre unas 20 y 30 personas. o Cada día se utilizará 1 autobús que recogerá a dos centros educativos a diferentes horas según el siguiente esquema: 1º.- 9:15-9:30 horas recogidas de los escolares del Centro Educativo 1 y traslado a las instalaciones donde se realice la Terapia Ecuestre. 2º.- Vuelta a Sevilla y a las 10:45-11:00 horas recogida de los Escolares del Centro Educativo 2 y traslado a las instalaciones donde se realice la Terapia Ecuestre. 3º.- 11:30 11:45 horas recogida de los Escolares del Centro educativo 1 en las instalaciones donde se realice la Terapia Ecuestre y traslado a su Centro. 4º.- Vuelta a las instalaciones donde se realice la Terapia Ecuestre. 5º.- 13:15 horas recogida de los Escolares del Centro Educativo 2 en las instalaciones donde se realice la Terapia Ecuestre y traslado a su Centro. o Dicho recorrido se realizará 3 días por semana. Observaciones Página 1/5
o La distancia recorrida para cada uno de estos servicios tendrá una distancia máxima de 25 kilómetros del término municipal de Sevilla. o La empresa adjudicataria designará un responsable-encargado den realizar la subida y bajada de los escolares a los autobuses así como de la fijación de las sillas de ruedas en los mismos. o Los vehículos adaptados a utilizar en la prestación del servicio deberán cumplir con las condiciones técnicas que exigen las disposiciones reguladoras del transporte colectivo que rigen para el transporte de personas de necesidades especiales que se desplazan en sillas de ruedas o con movilidad reducida, teniendo en cuenta que dichos autobuses tienen que tener los mecanismos de anclaje necesarios y los respectivos cinturones de seguridad en todas las plazas restantes. 3.- COMPOSICIÓN DEL SERVICIO: - Todos los servicios se realizarán en horario de mañana, comprendido entre las 9:15 h. y las 14:00 de lunes a viernes, con excepción de dos/tres servicios que se realizarán en horario de tarde, comprendido entre las 16:30 y las 21 horas. - Los días, horas y lugares de recogida definitivos, serán comunicados por el Servicio de Educación con al menos 5 días de antelación. - La recogida y finalización de los servicios de menores se realizará en los centros específicos de Educación Especial de Sevilla participantes del programa. 4.- PRESUPUESTO MÁXIMO DE CONTRATACIÓN El importe máximo de contratación asciende a la cantidad total de 8.910 euros (NUEVE MIL TRECIENTOS CINCUENTA euros) IVA incluido, con el siguiente desglose: 8.100 Euros de Base Imponible y 810 Euros del 10% de IVA, TOTAL 8.910 Euros. En el presupuesto presentado se debe especificar el precio por servicio. 5.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Para los criterios de adjudicación se tendrá en cuenta la oferta económica más ventajosa a los intereses municipales, siempre que la empresa propuesta cumpla los requisitos exigidos y entregue la documentación solicitada. Observaciones Página 2/5
Se considerará la oferta más ventajosa la que realice el mayor porcentaje de baja único y global respecto al importe total. De las ofertas aceptadas se valorará con mayor puntuación, aquélla que realice la mejor oferta económica. El resto de ofertas se valorarán de manera inversamente proporcional. La baja global obtenida sobre el precio máximo de licitación podrá redundar en un mayor número de autobuses, en caso de ser necesarios. De esta manera el importe de adjudicación coincide con el importe de licitación. En caso de igualdad en la puntuación se tendrá en cuenta las condiciones para la mejor prestación del servicio, la garantía de la prestación del servicio, el tiempo de respuesta para sustituciones del vehículo en caso de avería y los medios materiales y humanos que se pongan a su disposición, menor emisiones de CO2 y utilización de energías alternativas. 6.- CARACTERÍSTICAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS AUTOBUSES: La empresa propuesta como adjudicataria, deberá presentar en un plazo de tres días: - Relación de matrículas de los vehículos que con carácter principal o suplente se pretende dedicar a la prestación de este servicio, y que cumplen con lo establecido en el Real Decreto 443/2001 de 27 de Abril. - Copia de la correspondiente Autorización de transporte público regular de uso especial para escolares. - Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos, acreditativa de que los vehículos en que ha de realizarse el transporte cumple con lo previsto en el R.D. 443/01, con relación a lo dispuesto en el R.D. 2042/94, de 14 de octubre. - Póliza de seguro de responsabilidad civil ilimitada o en su defecto de 50 millones de euros, y recibo actualizado, que cubra los daños y perjuicios que puedan llegar a sufrir los viajeros transportados en cada vehículo adscrito al servicio. - Los originales de las pólizas y los recibos de los seguros obligatorios. 7.- FUNCIONAMIENTO, COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO: La empresa adjudicataria debe garantizar la realización de los servicios contratados y a cumplir los horarios establecidos por el Servicio de Educación, y a comunicar a los Centros Educativos los retrasos que se puedan ocasionar en la prestación del servicio. Observaciones Página 3/5
Para ello, el Servicio de Educación facilitará el nombre y teléfono de las personas de contacto en el centro educativo. El conductor del autobús, en representación de la empresa adjudicataria, será el encargado de firmar, con carácter previo a la realización del servicio, un parte de incidencias en el que se refleje adecuadamente cualquier variación o alteración en la prestación del servicio, sobre todo del horario establecido por el Servicio de Educación. Dicho parte será presentado y firmado a su vez, por el profesor responsable de los alumnos, el cual lo remitirá al Técnico responsable del programa. En ningún caso podrá alterarse la prestación del servicio en cuanto a variación en los horarios a cubrir por los autobuses sin la previa autorización del Servicio de Educación. 8.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: 8.1. El contratista responderá de todos los daños y perjuicios causados al Ayuntamiento de Sevilla dentro del proceso contractual y a él imputables. 8.2. El contratista será responsable de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores y métodos inadecuados utilizados en la ejecución de las mismas, debiendo indemnizar en este caso al Ayuntamiento y/o a terceros perjudicados. 8.3. El adjudicatario deberá realizar directamente la explotación del servicio no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente la explotación, ni hacer uso en sus relaciones comerciales, laborales, o cualquier otra, del nombre del Centro, ni del Ayuntamiento, sin autorización expresa. 8.4. Para la coordinación de las relaciones de trabajo entre el Servicio de Educación y la empresa adjudicataria, ésta designará un representante que será su interlocutor válido. Será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal propio que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato. 8.5. Todos los gastos de carácter social y los relativos a tributos del referido personal, serán por cuenta del adjudicatario. 8.6. El personal que por su cuenta aporte el adjudicatario, no podrá tener vinculación alguna con el Ayuntamiento, por lo que no tendrá relación alguna con el mismo. El adjudicatario, de quien depende única y exclusivamente todo el personal, tendrá todos los derechos y obligaciones sobre dicho personal, con arreglo a la legislación vigente y aquella que en lo sucesivo pueda promulgarse. Observaciones Página 4/5
8.7. En ningún caso, la parte contratante resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido. 8.8. El adjudicatario dotará a su personal de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con el mismo toda la legislación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Igualmente es competencia del adjudicatario, la formación de su personal. 9.- FACTURACIÓN La facturación se realizará a la finalización de todos los servicios, por los servicios efectivos realizados especificando el Programa para el que fue realizado, el día, el centro educativo, y destino realizado. La factura será conformada por el Técnico de Educación responsable de la actividad o Programa a los que haga referencia dicha factura. En Sevilla, a la fecha indicada en el pie de firma del documento El Técnico de Educación Víctor Pardilla Marcos El Jefe de Negociado de Educación José Antonio Góngora Venegas Observaciones Página 5/5