Partes del Plan: A. Investigación del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de supuestas infracciones del derecho laboral en Guatemala (compromisos 1 al 9) B. Aplicación de las órdenes judiciales en materia laboral por los juzgados (compromisos 10 al 13) C. Disposiciones generales (compromisos 14 al 18)
A. Investigación del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de supuestas infracciones del derecho laboral en Guatemala (compromisos 1 al 9) 1. Acuerdo interinstitucional para intercambio de información. Convenio MINTRAB, MINECO y SAT. 2. Asistencia policial a los inspectores de trabajo.
3. Asignación de recursos para aplicación del derecho laboral por parte del Ministerio de Trabajo (contratación de 100 inspectores), 5 abogados para la asesoría jurídica, inauguración de la delegación metropolitana, asignación de inspectores a lugares de mayor incidencia de violaciones, capacitación, nuevos vehículos. 4. Facultad sancionatoria. 5. Plazos estandarizados para la IGT.
6. Cumplimiento de normativa laboral por las empresas 29-89. Inspecciones continuas, conforme Acuerdo Ministerial 243-2013. 7. Cumplimiento de normativa laboral por las empresas 29-89. Procedimiento de calificación, Acuerdo Gubernativo 253-2013, Reformas al Reglamento de la Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, AG533-89.
8. Cumplimiento de la ley laboral en casos de cierre irregular de una empresa 29-89: -Acuerdo Ministerial 111-2013, Instructivo para atender todos aquellos casos donde exista denuncia o conocimiento de un cierre o disolución en proceso o un cierre o disolución inminente de una empresa o centro de trabajo sin el respectivo pago de las prestaciones laborales; -Acuerdo Ministerial 160-2013, Instructivo para la convocatoria del Grupo de Reacción Inmediata GRI- ante un posible caso de un cierre de empresa que reciben los beneficios otorgados por el Decreto 29-89.
9.Sustitución del patrono. Preparar criterios para determinación provisional de sustitución patronal en perjuicio de los trabajadores. Instructivo sobre unificación de criterios para la aplicación del artículo 23 del Código de Trabajo, de la Inspección General de Trabajo del 10 de junio de 2013.
B. Aplicación de las órdenes judiciales en materia laboral por los juzgados 10. Sistema para fiscalizar el cumplimiento de las órdenes judiciales. Sistema de Gestión de Tribunales http://www.oj.gob.gt/estadisticalaboral/ http://www.oj.gob.gt/consultasoj/index.aspx
11. Verificación del cumplimiento patronal de las órdenes judiciales Unidad de Verificación (Acuerdo No. 26-2012) Practicar los actos de reinstalación y demás diligencias especiales en materia laboral ordenados por los órganos jurisdiccionales en el lugar que corresponda, según el mandamiento girado, la notificación impresa y la ruta asignada por el Director.
12. Fiscalización de la ejecución de las órdenes judiciales en materia laboral por los juzgados Revisión de juzgados Procedimientos disciplinarios
13. Aplicación de los artículos 209, 379 y 380 del Código de Trabajo Protección a trabajadores en la constitución de sindicatos y planteamiento de conflictos colectivos - Capacitación - Aplicación efectiva de la ley penal
C. Disposiciones Generales 14. Transparencia y coordinación tripartita para la implementación del Plan de Ejecución Órgano Tripartito C144
15. Publicación de estadísticas y datos sobre la aplicación del derecho laboral Cifras de inspección Información recabada en el Sistema de Gestión de Tribunales
16. Verificación de la implementación del Plan de Ejecución 17. Acompañamiento y cooperación de los Estados Unidos en implementación del Plan de Ejecución
18. Disposiciones finales Prórroga Sigue el proceso, por incumplimiento del Plan, particularmente el punto 4.4 Terminación
1. Seguimiento de la investigación de los 58 casos de asesinatos de sindicalistas y los demás casos denunciados. 2. Expedito enjuiciamiento y condena de los autores materiales e intelectuales de los crímenes para asegurar que la impunidad no sea tolerada. 3. Fortalecer los mecanismos de prevención, protección y reacción en contra de amenazas y atentados en contra de líderes sindicales, trabajadores sindicalizados y otros que estén tratando de organizarse en sindicatos.
4. Promover la participación directa de las víctimas y de las organizaciones sindicales a lo largo de las etapas de la investigación criminal y del proceso penal. 5. El gobierno debe tomar acciones urgentes, en consulta con los mandantes tripartitos, para proponer enmiendas al código de Trabajo y a las demás leyes pertinentes que incorporen las enmiendas propuestas desde larga data por los órganos de control de la OIT. 6. Inspección de Trabajo: Reformas legislativas que permitirán a la Inspección General de Trabajo cumplir con su mandato de velar de manera efectiva por la aplicación de la legislación laboral. *
7. Con el fin de fortalecer el Estado de Derecho en Guatemala, es importante y urgente que las sentencias de los tribunales laborales sean cumplidas y ejecutadas. 8. Se requiere tomar medidas para el fortalecimiento de las instituciones del Estado, entre otras el Ministerio de Trabajo Y Previsión Social, el Ministerio Publico, la Unidad Especializada en Derechos Humanos del Ministerio de Gobernación, el Poder Judicial, el Poder Legislativo, la Procuraduría de Derechos Humanos así como los interlocutores sociales, en materia de libertad sindical y negociación colectiva y respecto de las cuestiones relacionadas con el dialogo social. 9. Una importante campaña de sensibilización sobre la libertad sindical y el derecho humano al trabajo, a la organización de los trabajadores y de los empleadores, debe iniciarse en todo el país.
10. Propuesta de Reformas al Organismo Judicial: -Reformar el Decreto 41-99, del Congreso de la Republica, ley de la carrera judicial, incluyendo una sanción especifica que aplicará la junta disciplinaria de la carrera judicial a los jueces laborales cuando estos incurran en negligencia en la ejecución de las órdenes de reinstalación de trabajadores despedidos ilegalmente o de otras resoluciones. -Implementación de nuevos procedimientos éticos y disciplinarios para los jueces y magistrados laborales. -Mejorar la capacitación y el control profesional de los jueces, abogados y otros funcionarios implicados en la administración de justicia laboral, incluyendo un programa intensivo y permanente de capacitación sobre normas internacionales de trabajo
11. La oficina de la OIT en Guatemala deberá fortalecerse y apoyar a los mandantes tripartitos a fin de aplicar la Hoja de Ruta. Se anima a la comunidad internacional a que facilite los recursos necesarios para que la OIT pueda proporcionar el apoyo y la asistencia necesarios. ***