SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA

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1 Julio 04, 2014 SEMINARIO - TALLER REGULACIONES SOBRE RIESGOS LABORALES CONFEDERACION PATRONAL DOMINICANA Autor: Ing. Rafael Marranzini Especialista en Seguridad e Higiene Industrial, Gestion de Riesgos y Medio Ambiente

2 Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto , del 17 de octubre 2006

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4 Qué es el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo? Esun instrumento normativo que: Organiza las responsabilidades de empleadores y trabajadores en materia de seguridad y salud. Traza directrices para la gestión de la seguridad y salud en las empresas, estableciendo los qué? y para qué? Establece las responsabilidades del sector regulador (Ministerio de Trabajo, bajo la Dirección General de Higiene y Seguridad Industrial).

5 Objetivo General Regular las condiciones en las que deben desarrollarse las actividades productivas en el ámbito nacional con la finalidad de prevenir o controlar los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales o profesionales, así como el daño a las instalaciones y los procesos.

6 Contexto legal de la seguridad y salud en el trabajo Constitución de la República Dominicana. Convenios Internacionales Ratificados por el país (C-167 sobre seguridad y salud en la construcción, C 170 convenios sobre la seguridad en la utilización de los productos químicos, C-187 convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo y C-171 sobre el trabajo nocturno). Leyes (Código de Trabajo 16-92, Ley ). Reglamento

7 Contexto legal de la seguridad y salud en el trabajo (Cont) Constitución de la República Dominicana en el Art. 62 Derecho al Trabajo establece: El trabajo es un derecho, un deber y una función social que se ejerce con protección y asistencia del Estado. Es finalidad esencial del Estado fomentar el empleo digno y remunerado. Los poderes públicos promoverán el diálogo y la concertación entre trabajadores, empleadores y el Estado. Párrafo 8 de este artículo indica: Es obligación de todo empleador garantizar a sus trabajadores condiciones de seguridad, salubridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas para promover la creación de instancias integradas por empleadores y trabajadores.

8 Contexto legal de la seguridad y salud en el trabajo (Cont) Ley que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, creado en el 2001 y que esta regulado por los siguientes organismos estatales: Consejo Nacional de la Seguridad Social(CNSS) Tesorería de la Seguridad Social Superintendencia de Pensiones Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales Dirección de Información de Defensa del Asegurado Seguro Nacional de Salud

9 Contexto legal de la seguridad y salud en el trabajo (Cont) Ley Código de Trabajo: El Código de Trabajo es la ley laboral de la Republica Dominicana, que tiene por objetivo fundamental regular los derechos y obligaciones de los empleados y trabajadores.

10 8 Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo 7 capítulo 17 artículos 2 Resoluciones complementarias

11 Capitulo I: Objetivo El Reglamento regulara las condiciones en la que deben desarrollarse las actividades productivas en el ámbito nacional, con la finalidad de prevenir los accidentes y los daños a la salud que sean consecuencia del trabajo. Contiene el ámbito de aplicación de acuerdo al Código de Trabajo Definiciones de conceptos claves

12 Capitulo II: Vigilancia y Cumplimiento Contiene las funciones de la Dirección General de Higiene y Seguridad Industrial (DGHSI) Órgano técnico del Ministerio de Trabajo con cuatro funciones sustantivas: Regulación Vigilancia/control Investigación Divulgación

13 Capitulo III: Derecho y Obligaciones de los Trabajadores Derecho: Participación Recibir formación e información sobre los riesgos de su tarea de forma gratuita Interrumpir la actividad que entraña riesgo grave o inminente a la salud y seguridad Obligaciones: Cumplir con lineamientos y procedimientos de la empresa Usar adecuadamente herramientas, sustancias, equipos, etc Informar sobre cualquier situación de potencial riesgo a la salud y seguridad

14 Capitulo III: Derecho y Obligaciones de los Empleadores Derecho Proteger a los trabajadores frente a los riesgos laborales. Formular por escrito la política de seguridad y salud en el trabajo, la cual deberá ser difundida en la empresa, con el objetivo de que sea conocida por todos los trabajadores Evitar los riesgos en su origen y proporcionar las instrucciones requeridas sobre las medidas de prevención. Obligaciones Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio, en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Garantizar que los trabajadores tengan conocimiento de las informaciones provistas por los fabricantes, importadores y suplidores para que la utilización y manipulación de la maquinaria, equipos, productos, materias primas y útiles de trabajo se produzca sin riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. Controlar los riesgos que no se puedan evitar desde el punto vista técnico. Tomar en cuenta la evolución tecnológica en relación a la prevención. Proporcionar, sin ningún costo para el trabajador, los equipos de protección individual adecuados. Tomar medidas de control ante cualquier riesgo que haya sido identificado. Adaptar el trabajo a la persona Prever la disponibilidad de un servicio de medicina en el trabajo, dentro de la empresa o mediante acuerdos con un organismo exterior. Garantizar a los trabajadores a su servicio, la vigilancia periódica de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes al

15 Capitulo IV: Registro de Proveedores de Servicios de SST Los programas de Seguridad y Salud en el trabajo, serán realizados por proveedores de servicios de seguridad y salud en el trabajo, registrados por el Ministerio de Trabajo, de acuerdo al procedimiento de registro y certificación establecido mediante Resolución Ministerial.

16 Capitulo V: Obligaciones Fabricantes, Importadores y Suplidores Aplica a: Maquinarias, equipos, productos químicos y útiles de trabajo: Se debe garantizar que estos no constituyan una fuente de peligro para el trabajador, siempre que estén instalados y utilizados en las condiciones, forma y para los fines recomendados por ellos. Deben proveer las informaciones necesarias para el manejo de químicos.

17 Capitulo VI: Infracciones y Sanciones Las violaciones al presente Reglamento y a las Resoluciones que lo complementan serán sancionadas conforme a lo previsto en el Libro Octavo del Código de Trabajo, desde el articulo 712 al 724.

18 Capitulo VII: Disposiciones Generales Artículo 17. El presente Reglamento deroga el Decreto No. 807, del 30 de diciembre del 1966 y cualquier otra disposición contraria. El presente Decreto será complementado por las Resoluciones que dicte el Secretario de Estado de Trabajo, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 420 del Código de Trabajo de la República Dominicana

19 Comité Mixtos de Seguridad y Salud en el Trabajo

20 Comité Mixtos de Seguridad y Salud en el Trabajo Con el Objetivo de impulsar y monitorear su programa de Seguridad y Salud en, el Trabajo toda empresa con 15 o más trabajadores formará un comité mixto de seguridad y salud y aquellas que tengan un número menor tendrán un coordinador de seguridad y salud. Deberá definirse claramente: El número de personas que forman el comité. Los integrantes del comité Los procedimientos de actuación y las recomendaciones Las funciones y los deberes del comité. Las reuniones y las actas.

21 1 Acta Constitutiva El acta constitutiva a utilizar para la formación y registro de los comités de Seguridad y Salud en el Trabajo será el acta oficial establecida por el Ministerio de Trabajo y en caso de cambios de los miembros del comité o reestructuración del mismo debe ser llenada nuevamente.

22 2 Cuantas Personas deben formar el Comité? El número de personas dependerá de las dimensiones del lugar de trabajo y los distintos lugares donde se realicen las tareas laborales. Deben elegirse por lo menos dos personas que representen a cada sector en el comité y la empresa deberá contar con los servicios de un técnico en prevención de riesgos laborales o seguridad y salud en el Trabajo como asesor del mismo.

23 3 Quienes deben ser miembros del Comité? El requisito fundamental es ser parte de los sectores que se representan y ser elegido por dicho sector. Es decir, la gerencia escoge a sus representantes, igualmente los trabajadores y trabajadoras escogen a los suyos. Todas las personas integrantes al comité deben estar realmente interesadas en las cuestiones de seguridad y salud; deben tener la capacidad y voluntad de colaborar con otras personas y estar deseosas de participar, de forma activa, en el mantenimiento y la aplicación de unas condiciones de trabajo seguras y saludables.

24 4 Procedimientos de Recomendaciones y Actuaciones Agenda de trabajo Propuesta de mejoramiento Toma de decisiones Reuniones periódicas (Mensual) Enviar las actas a la DGHSI

25 Funciones y Deberes Fomentar la cultura de seguridad Participar en los diferentes elementos de SST Participar en las investigaciones de A-I Ser motivador Participar en las inspecciones de seguridad

26 RETOS Y DESAFIOS DE LA DGHSI

27 Aveces las minutas son truqueadas. 1 Un organismo rector con debilidad en el ejercicio de sus funciones frente a una cultura de bajos niveles de observancia y cumplimiento de las normativas en materia de SST. No todos los comité envían de forma regular las minutas de las actividades del comité. Muchos comité envían las minutas repetidas.

28 2 Desempeño en el monitoreo y vigilancia. Apoyo a la implementación al sistema de gestion de seguridad y salud así como a la definición del programa de SST. Divulgación del R y los convenios ratificados de la OIT en materia de SSL Evaluación de riesgos a las empresas

29 3 Revisión y actualización del R en base a necesidades actuales de las empresas y del país hacia una cultura de SST. Medios técnicos y logísticos para el cumplimiento. Reconocimiento a las buenas prácticas a través del Premio Nacional de SST.

30 Incrementar cumplimiento con el programa de SST- entrega por personal certificado? Competencia y capacitación de los técnicos de la DGHSI. Programa de visitas, inspección y auditoria. Fortalecimiento del CONSSO para que cumpla el rol por la cual fue creado.

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32 Ing. Angel Rafael Marranzini

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