Acuerdo No. 005 de 2012 (Consejo Académico), sobre las políticas de movilidad estudiantil

Documentos relacionados
CONSEJO ACADÉMICO ACUERDO No. 010 Noviembre 04 de 2009

Mediante la cual se ordena la apertura de la convocatoria para movilidad estudiantil para el periodo académico 2016-II y I

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.

NACIONALES O EXTRANJEROS DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES

GUÍA PARA ESTUDIANTES VISITANTES NACIONALES O EXTRANJEROS EN EL ITM

1. Requisitos para participar

Mediante la cual se ordena la apertura de la Convocatoria para Movilidad Estudiantil para el periodo académico 2015 I

ACUERDO No de octubre de 2016

N : Movilidad estudiantil internacional UNAM

N : UNIVERSIDAD DE CANTABRIA - PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO ESTUDIANTIL

CONSEJO ACADÉMICO UNIVERSIDAD EIA. ACUERDO DE PREGRADO 01 7 de septiembre de 2018 DOBLE TÍTULO

UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER. Dirección de Relaciones Exteriores. Preguntas Frecuentes 2013

MACROPROCESO: Bienestar Universitario. MOVILIDAD ESTUDIANTIL Vigente desde: 15/07/2014. Contenido

1. La oficina de Relaciones Internacionales oficializa un convenio de movilidad estudiantil con entidades educativas en el Exterior.

N : Universidad Nacional Mayor de San Marcos - Programa de intercambio académico estudiantil

El Colegio de la Frontera Norte REGLAMENTO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE EL COLEGIO DE LA FRONTERA NORTE, A.C.

ACUERDO N DE OCTUBRE DE 2017 POR EL CUAL EL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MOVILIDAD INTERNACIONAL

MANUAL DE INTERCAMBIO ACADEMICO UAN

Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales

REGLAMENTO DE INTERCAMBIOS Y MOVILIDAD (Julio 2016) OFICINA DE INTERCAMBIO, INTERNACIONALIZACIÓN Y EGRESADOS

CONSEJO ACADÉMICO Acuerdo Común 06 para Pregrado y Postgrado MOVILIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL

FORMATO DE POSTULACIÓN AL PROGRAMA MOVILIDAD SALIENTE LARGA DURACIÓN

4. El Programa Académico envía el Aval Académico vía , junto con la Historia Académica en archivo PDF

REQUISITOS ÁREAS DEL PROGRAMA. N : Programa de becas Alianza del Pacífico

GUÍA PARA ESTUDIANTES VISITANTES EXTRANJEROS y NACIONALES EN EL ITM

GUÍA PARA ASPIRANTES A LOS PROGRAMAS DE MAESTRÍA SEGUNDO SEMESTRE DE 2012 SALUDO DE BIENVENIDA

PROCESO ADMISIONES PROCEDIMIENTO ADMISIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE POSGRADO - DOCTORADOS

GUÍA DE POSTULACIÓN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTES UAH INFORMACIÓN GENERAL

PROCESO DE GESTION INTERINSTITUCIONAL MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE EXTERNOS A LA UPC UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA

N : UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO - PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO ESTUDIANTIL

CONVOCATORIA MOVILIDAD BTU-UTP 3 BECAS ERASMUS I Fecha inicio: 15/08/2017 Fecha límite de aplicación: 31/10/2017

Reglamento para la movilidad académica para estudiantes

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA NIT: ACUERDO N 13 (05 de Abril de 2017)

PROGRAMA MACA (Movilidad Académica Colombia Argentina)

TÉRMINOS Y CONDICIONES PROCESO DE ADMISIÓN PREGRADO

CONVOCATORIA BECA PARCIAL MOVILIDAD ACADÉMICA COLOMBIA-MÉXICO (MACMEX) 2018-I

UNIVERSIDAD DEL CAUCA DEPARTAMENTO DE TELEMÁTICA PROGRAMAS DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN INGENIERÍA TELEMÁTICA

ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE UNIVERSIDADES

Instructivo de Movilidad Académica Saliente para Estudiantes Outcoming mobility. Vicerrectoría de Relaciones y Cooperación Internacional

CONVOCATORIA GENERAL. Becas de Movilidad Estudiantil

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS

NORMATIVA SOBRE ESTUDIANTES VISITANTES EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL RESOLUCIÓN NÚMERO ( )

Aprobados en Sesión Número del Consejo Divisional de CBS de la Unidad Lerma, celebrada el 06 de julio de 2017 mediante acuerdo

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LOVAINA - BÉLGICA LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS:

CAPÍTULO 8. LINEAMIENTO PARA LA MOVILIDAD ESTUDIANTIL

N : UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN (UNSAM) - PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO ESTUDIANTIL

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA MATRÍCULA ADMINISTRATIVA Y ACADÉMICA

RESOLUCION EXENTA VRA.Nº 024 DE 12 DE ENERO DE 2006 PROCEDIMIENTO DE ADMISION Y MATRICULA PARA PROGRAMAS DE POSTGRADO.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA NIT Florencia Caquetá Colombia. ACUERDO No. 66 (06 de noviembre de 2013)

PROPUESTA MOVILIDAD SEMESTRE ACADÉMICO INTERNACIONAL

VICERRECTORÍA Programa de Internacionalización Santiaguino PISA- CONVOCATORIA INTERNA 01 CURSOS DE VERANO EN ESPAÑA

REGLAMENTO DE ESTUDIANTES EN MOVILIDAD E INTERCAMBIO NACIONAL E INTERNACIONAL

TITULO I OBJETO, AMBITO DE APLICACIÓN, DEFINICIONES Y MODALIDADES DE MOVILIDAD CAPITULO PRIMERO OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Manual de Procedimientos para el Convenio Sígueme

RESOLUCIÓN No DE 2009

RESOLUCIÓN 001 DE 2012 (Acta 02 del 30 de enero) EL CONSEJO DE SEDE

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE. PROGRAMA ACADÉMICO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL (PAME) Modalidad: Intercambios Académicos Saliente

Consejo Académico. ACUERDO No. 03 de 2015 (Acta 10 del 21 de octubre de 2015) REGLAMENTO DE ADMISIONES DE PREGRADO

81,9(56,'$'',675,7$/)5$1&,6&2-26('(&$/'$6

Relaciones Exteriores Programas de Movilidad Académica (II de 2014) Preguntas frecuentes

Código PRO001INT Versión: 04. Fecha de Aprobación: Pagina 1 de 14

Artículo 4. El Programa de Intercambio Académico y Movilidad Estudiantil está dirigido a:

UNIVERSIDAD DE CALDAS CONSEJO ACADEMICO

PBX: + (57-7) Sitio web: Gilles H. Gauthier, PhD

SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 505 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) CONSIDERANDO:

Convocatoria de Movilidad Internacional de Licenciatura Invierno-Primavera 2017

CONVOCATORIA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO, SANTANDER UNIVERSIDADES

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LOVAINA - BÉLGICA LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS:

PROCEDIMIENTO PARA MOVILIDAD SALIENTE POSGRADO

Movilidad estudiantil en la Escuela Politécnica Superior

CONSEJO ACADÉMICO Acuerdo Específico de Pregrado 05 CURSOS INTERSEMESTRALES

PREGUNTAS ACADEMICAS FRECUENTES EN EL PROGRAMA DE INGENIERÍA AMBIENTAL

REGLAMENTO DE INTERCAMBIOS

Relaciones Exteriores. Programa de Movilidad Académica Estudiantil de Pregrado. Preguntas frecuentes

CONVOCATORIA BECA IBEROAMÉRICA SANTANDER 2018 ESTUDIANTES DE PREGRADO

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL

PROCEDIMIENTO PARA COTUTELA CONDUCENTE A DOBLE GRADO

CORPORACIÓN INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN SOCIAL ISES REGLAMENTO DE PASANTÍAS

N : UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID - PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO ESTUDIANTIL

FACULTAD DE ODONTOLOGIA. RESOLUCION DE CONSEJO DE FACULTAD No. 146 (Acta No.038 del 12 de diciembre de 2002) CONSIDERANDO: RESUELVE:

CONVOCATORIA MOVILIDAD SALIENTE SEMESTRE ACADÉMICO. Convocatoria. Para apoyar la Movilidad Saliente de Estudiantes de: la Facultad de Ingenierías

REGLAMENTO DE PARTICIPACION. CONVOCATORIA No. 02 DE JOVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES DEL DEPARTAMENTO DEL META RECUPERACION CONTINGENTE

1. Bases. 2. Condiciones Generales

Oficina de Relaciones Internacionales

ACUERDO Nº de febrero de 2016

GUÍA PARA SUSCRIBIR CONVENIOS ESPECÍFICOS DE DOBLE TITULACIÓN

REQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO

Transcripción:

Acuerdo No. 005 de 2012 (Consejo Académico), sobre las políticas de movilidad estudiantil Emitido por: Consejo Académico Dirigido a: Comunidad universitaria Por el cual se fija políticas de Movilidad Estudiantil. EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA en desarrollo del principio constitucional de la autonomía Universitaria consagrado en el artículo 69 de la Constitución Política en uso de sus atribuciones legales y estatutarios y en especial las funciones referidas en el Artículo 31 del acuerdo 105 de 1993, CONSIDERANDO 1. La necesidad de formular políticas de movilidad estudiantil para establecer procedimientos y reglamentar la aceptación y estancia de estudiantes provenientes de Universidades o Instituciones de Educación Superior nacionales, extranjeras y de estudiantes de la Universidad del Cauca en otras Universidades o I.E.S. 2. La necesidad de definir criterios académicos para establecer la situación de aceptación y estancia de los estudiantes que se encuentran en programas de movilidad. 3. El Consejo Académico del día 30 de marzo de 2011, avaló la presentación del proyecto de acuerdo por el cual se fijan las Políticas de Movilidad Estudiantil. Por lo anterior, ACUERDA: CAPÍTULO I DEFINICIONES: 1. Programa de Movilidad Estudiantil: Es aquel que brinda a los estudiantes la posibilidad de cursar períodos de estudio en universidades nacionales o del

exterior para ser reconocidos dentro de su plan de estudios en la Universidad de Origen. Igualmente permiten a los estudiantes de otras universidades o del exterior cursar períodos de estudio en una Universidad de acogida para que les sean reconocidos sus periodos de estudio en su universidad de origen. 2. Convenio interinstitucional: Es la expresión final de un acuerdo de voluntades entre instituciones. 3. Intercambio académico: Realización de uno o dos semestres académicos en instituciones educativas nacionales o del exterior, desde o hacia la Universidad del Cauca, sobre la base de la participación de estudiantes, académicos, administradores y directivos. 4. Pasantías: Son actividades pedagógicas obligatorias, de contenido práctico, cuya finalidad es contribuir a la formación profesional de los estudiantes mediante el cumplimiento de programas preestablecidos. 5. Movilidad académica: En la movilidad académica, los estudiantes, profesores, investigadores y administrativos que realizan intercambios académicos de pregrado o posgrado, estancias y cursos cortos, prácticas de laboratorio e investigaciones conjuntas. 6. Universidad origen: Universidad de procedencia del estudiante. 7. Universidad de acogida: Universidad que recibe al estudiante visitante. ARTÍCULO 1: La Universidad del Cauca podrá admitir estudiantes visitantes en periodo de intercambio en los niveles de pregrado y postgrado en cualquiera de los programas que ofrecen sus unidades académicas, reservándose el derecho de admisión. ARTÍCULO 2: La Universidad del Cauca podrá autorizar a sus estudiantes realizar intercambios académicos en los niveles de pregrado y postgrado en todas las áreas en Universidades o I.E.S. nacionales o extranjeras. ARTÍCULO 3: Se define por estudiante visitante, aquel que proviene de Universidades o Instituciones de Educación Superior, nacionales o extranjeras, formalmente establecidas, con el fin de cursar en la Universidad del Cauca hasta dos períodos académicos de pregrado o pasantías. Parágrafo: Corresponde a los comités de los programas de postgrado fijar el plazo máximo de estancia de los estudiantes de ese nivel. ARTÍCULO 4: Se define por estudiante en periodo de intercambio académico aquel que se encuentre debidamente matriculado en la Universidad del Cauca y que esté realizando actividades de índole académica, en otra Universidad o IES, como parte del plan de estudio conducente a un título profesional.

Parágrafo uno (1): Para los estudiantes que soliciten realizar actividades de intercambio académico a nivel de pregrado, el periodo de tiempo para el cual se autoriza será hasta por dos períodos académicos. Parágrafo dos (2): Para los estudiantes de postgrado corresponde a la dirección de los programas fijar el plazo máximo de movilidad. ARTÍCULO 5: El estudiante visitante interesado en realizar actividades académicas en la Universidad del Cauca, deberá cumplir los siguientes requisitos y adelantar los siguientes trámites y procedimientos: Requisitos: 1. Presentación de solicitud de admisión al programa de movilidad, explicando las razones por las cuales desea llevar a cabo el periodo de estancia o de intercambio en la Universidad del Cauca. 2. Presentación oficial del estudiante por parte de las autoridades de la Universidad o I.E.S. de procedencia y de las actividades, asignaturas o cursos que desea realizar en la Universidad del Cauca, con la aceptación de la autoridad académica de la Universidad de Origen que corresponda. 3. Diligenciar formato de hoja de vida. 4. Fotocopia del documento de Identidad. 5. Certificado de calificaciones de los semestres y/o créditos cursados. El estudiante debe haber cursado por lo menos el equivalente al 30% de los créditos correspondientes al programa de estudios de la universidad de origen y tener un promedio de calificaciones igual o superior a 3.50 o su equivalente. 6. Certificado de vinculación al sistema de seguridad social, si se trata de estudiantes provenientes de Universidades o I.E.S. Colombianas: 7. Declaración personal de que cuenta con los recursos económicos suficientes que garanticen su estancia en la Universidad del Cauca. Si el candidato recibe una beca deberá certificarlo. 8. Carta firmada por el estudiante donde declara que conoce y se acoge a los reglamentos de la Universidad del Cauca y la exime de toda responsabilidad civil por los posibles hechos que le puedan ocurrir en su permanencia. 9. Para estancias de investigación, presentar un resumen del proyecto a desarrollar, máximo 5 hojas, mencionando su contacto académico o director de proyecto en la Universidad del Cauca.

Adicionalmente, si el estudiante proviene del extranjero deberá presentar: 10. Para estudiantes originarios de países no hispano-hablantes, documento que certifique que el estudiante tiene un nivel de conocimiento suficiente del idioma español. No aplica para los estudiantes de movilidad estudiantil, cuyo objetivo académico esté relacionado con el aprendizaje o perfeccionamiento del idioma español. 11. Presentar original y fotocopia de seguro médico válido y vigente en Colombia, en caso de ser aceptado en la Universidad del Cauca. 12. Copia del pasaporte, de la página en que aparece la foto e identificación y copia donde aparece la Visa de estudiante. Trámites: 1. Diligenciar a través de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales y/o Internacionales de su Universidad de origen, la solicitud de intercambio. En caso de no existir una Oficina de Relaciones Internacionales o su equivalente, se debe tramitar a través de la Rectoría. 2. Todos los requisitos y documentación deberán ser presentados a la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales de la Universidad del Cauca quien gestionará ante la respectiva Unidad Académica la solicitud de ingreso del estudiante. Las solicitudes y documentos deben ser enviados o entregados en medio físico a la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales de la Universidad del Cauca, Calle 5 # 4 70, Popayán, Cauca, y digital por correo electrónico. ARTÍCULO 6: Corresponde al Consejo de Facultad, previo concepto del Coordinador del Programa respectivo, aceptar o no la admisión del estudiante. Esta decisión será notificada a la O.R.I.I. de la Universidad del Cauca quien la comunicará al interesado. ARTÍCULO 7: El estudiante de la Universidad del Cauca en periodo de intercambio académico interesado en realizar movilidad deberá realizar los siguientes trámites y reunir los siguientes requisitos: Requisitos: 1. Remitir a la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales el Formulario de solicitud de Movilidad debidamente diligenciado. 2. Estar debidamente matriculado al momento de realizar la solicitud de movilidad. 3. Presentar el Certificado de calificaciones de los semestres y/o créditos

cursados. Deberá haber cursado por lo menos el equivalente al 30% de los créditos correspondientes al programa de estudios en la Universidad del Cauca y tener un promedio de calificaciones igual o superior a 3.50. 4. Presentar carta de aceptación del Consejo de la Facultad al cual pertenece el estudiante, donde se exprese el compromiso y las condiciones para homologar y validar las actividades académicas realizadas por el estudiante en la otra Institución. Trámites: 5. Presentar ante el Consejo de Facultad, previo concepto del Coordinador del Programa, la solicitud de validez o aceptación para homologar el plan de trabajo que se propone realizar en la otra Universidad. 6. Gestionar ante el Consejo de Facultad respectivo y la División Financiera los certificados que avalen que el estudiante está al día académica y financieramente. 7. Presentar la carta de aceptación de movilidad académica de la Universidad o IES de destino donde se exprese las actividades a realizar. Las solicitudes y documentos deben ser enviados o entregados en medio físico a la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales de la Universidad del Cauca, Calle 5 # 4 70, Popayán, Cauca, y digital por correo electrónico. ARTÍCULO 8: Cumplidos los requisitos y atendida la documentación señalada, la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales oficializará la presentación del estudiante ante la Universidad o IES de destino. ARTÍCULO 9: La O.R.I.I. informará a la División de Admisiones, Registro y Control Académico - DARCA para que se realicen los respectivos registros. ARTÍCULO 10: Las fechas límite para la recepción de documentos serán de 60 días de anticipación al inicio de sus actividades de movilidad estudiantil. ARTÍCULO 11: El plan de trabajo realizado por los estudiantes visitantes en programas de movilidad estudiantil, no tendrá valor como actividad académica en la Universidad del Cauca, una vez se encuentren los estudiantes a paz y salvo con la institución, serán certificadas y podrán ser acreditadas en la Universidad de origen. ARTÍCULO 12: al finalizar su plan de trabajo, el estudiante de la Universidad del Cauca en período de movilidad deberá entregar una certificación oficial del cumplimiento del mismo. ARTÍCULO 13: Corresponde a la Oficina de Relaciones Interinstitucionales e

Internacionales prestar el apoyo necesario a la gestión de los procesos de movilidad e intercambio. CAPÍTULO II PAGO DE LA MATRÍCULA ARTÍCULO14: Para Estudiantes Visitantes: El pago de la matrícula se hará según lo estipulado en el convenio suscrito que tenga la Universidad de origen con la Universidad del Cauca. En caso de no existir convenio, se procederá de conformidad con el Acuerdo 015 del 27 de abril de 2010 o los que lo modifiquen o sustituyan. ARTÍCULO15: Para Estudiantes de la Universidad del Cauca: El pago de la matrícula se hará según lo estipulado en el convenio que tenga suscrito entre la Universidad del Cauca y la Universidad de destino del estudiante. En caso de no existir convenio de cooperación académica, el estudiante de la Universidad del Cauca deberá matricularse para que le sean reconocidos los créditos cursados en la universidad de destino. CAPÍTULO III COSTOS POR MANUTENCIÓN, ALOJAMIENTO, ENFERMEDAD U HOSPITALIZACIÓN ARTÍCULO 16: La Universidad del Cauca no asume costos por manutención, alojamiento, enfermedad u hospitalización. ARTÍCULO 17: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de expedición, deja sin efectos las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Se expide en Popayán, Ciudad Universitaria, a los veintidós (22) días del mes de febrero de dos mil doce (2012). DANILO REINALDO VIVAS RAMOS Presidente.