VISTO: El Decreto N 41.842, ENCOMIENDA AL D.E. INFORME SOBRE CANTIDAD DE PLAZAS PARA ESTACIONAR EN COCHERAS, SEGUN DETALLE, aprobado el 28/08/14 y que a la fecha no ha sido respondido por el Departamento Ejecutivo. La ordenanza Nº 9.238, aprobada el 26 de Junio del 2014, que estableció la prohibición de estacionar en ciertas calles del micro centro de la ciudad. La ordenanza Nº 9.239, aprobada el 26 de Junio del 2014, Crea el Plan de 'Readecuación de espacio para guarda vehicular en el Área Central, norma que en dos oportunidades y por el plazo de 180 días ha sido suspendida su aplicación. La necesidad de contar con información oficial actualizada sobre cocheras y playas de estacionamiento, mensualizadas y/o por hora, en la ciudad de Rosario. Y CONSIDERANDO: Que prohibir el estacionamiento, tal como dispuso la Ordenanza Nº 9238/14, traerá mayores problemas en la zona más comercial de Rosario. Además ocasionará un aumento en las tarifas de las cocheras y una posible ampliación de las áreas de estacionamientos medidos. Que con esta medida alrededor de 220 mil usuarios por mes no podrán acceder a estacionar en el centro, según los cálculos de rotación promedio de las cuadras con estacionamiento medido. Siguiendo estos parámetros 60 mil semanales y 11.200 usuarios diarios quedarán sin posibilidad de estacionar sus vehículos. Que sumado a esto la Ordenanza Nº 9239/14, modificatoria de la ordenanza de cocheras y playas de estacionamiento, propone un mínimo de 50 boxes para nuevas cocheras que se habiliten y 40 para aquellas que renueven habilitación y esto puede traer como - 1
consecuencia el cierre de muchas cocheras que por no poder ampliarse deberán cerrar, o migrar hacia otros rubros, incrementando el déficit de las mismas en las zonas con más tránsito de la ciudad. Esta norma sin perjuicio de haberse aprobado el 26 de Junio del 2014 en dos oportunidades y por el plazo de 180 días ha sido suspendida su aplicación. Que al momento del debate y sanción de las ordenanzas indicadas precedentemente los concejales no contaron con información relativa a localización y cantidad de plazas para estacionar en edificios de cocheras y playas de estacionamiento (mensualizadas y/o por hora) que se encuentran actualmente habilitadas en la ciudad y más específicamente en el área de influencia de las ordenanzas aprobadas. Que sin perjuicio de lo expuesto el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Rosario Fernando Asegurado relativizó la preocupación por la falta de espacios para estacionar y manifestó a los medios de prensa. me sorprendí cuando hemos solicitado a las áreas correspondientes y se lo hemos presentado a los empresarios la semana pasada En esta área central de la que le hablaba, existen hoy en proyectos de edificios de cocheras 10 En Santa Fe al 800, Santa Fe al 2100, Pellegrini al 1600, Santa Fe al 1100, 3 de febrero al 1100, Dorrego al 1500, Balcarce al 400, Moreno al 1700 y Entre Ríos al 500, que presentan hoy un proyecto de ejecución, 1500 lugares nuevos para estacionamiento. Y existen como proyectos que todavía no comenzaron, otros 1600 más. O sea que tendríamos en los próximos meses, seis mil lugares para estacionamientos nuevos en el área central. dicha información, como pasa habitualmente, no fue remitida al Concejo Municipal pero si a la prensa y a representantes de comerciantes y empresas inmobiliarias. Que esta semana el propio ejecutivo reconoció que ningún privado compró el pliego para hacer las cocheras subterráneas. Lo que obligó a prorrogar hasta mediados de octubre los procesos destinados a sumar 560 nuevos boxes para dejar los vehículos debajo de la plaza del Foro y del Distrito Centro. Que es responsabilidad indelegable del Municipio y del Concejo Municipal ocuparse de la planeación urbana, y para ello se debe contar con la información respecto al estado de situación actual de - 2
cocheras en la ciudad. Que toda ciudad moderna debe adecuar su planeamiento urbano de acuerdo a las evidentes necesidades actuales y futuras de la población. Que el parque automotor viene creciendo exponencialmente año a año. Que ya hoy día este déficit de cocheras resulta un problema grave en varias zonas de la ciudad, generando inconvenientes para los vecinos e incluso condiciones abusivas por parte de quienes alquilan las insuficientes cocheras. Que por Ordenanza 8031/06, y sus modificatorias, se ampliaron progresivamente la exigencia de cocheras en los nuevos inmuebles de propiedad horizontal, hoteles, oficinas, comercios, edificios públicos, en un intento por atemperar la falta de garajes en la ciudad. Que la Ordenanza 8122/07 y sus modificatorias establecieron en el ámbito de la Municipalidad de Rosario el SISTEMA DE PROMOCION PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS DE COCHERAS, que ha posibilitado 9 (nueve) Edificios de Cocheras a la ciudad, dos de ellas en ejecución que suman en estos 7 años desde la sanción de la norma 1.681 plazas en los distintos barrios; estacionamientos que ejecuta y construye el sector privado. Que la Ordenanza 6.167/96 ratifica el carácter de servicio público impropio y de servicio de interés público establecido por el Decreto- Ordenanza 33.924/67 el que prestan las playas de estacionamiento ubicadas dentro del radio delimitado por las calles Alvear, Av. Pellegrini y el Río Paraná. Además, en su artículo 2º, esta norma encomienda al departamento Ejecutivo Municipal elaborar la metodología para determinar la tarifa y precios máximos para los servicios de guarda de automóviles por hora en las playas de estacionamiento y de cocheras ubicadas dentro del radio antes mencionado. Que la Ordenanza 5.792/94 establece la obligatoriedad del fraccionamiento de la tarifa horaria de estacionamiento, a partir de la primera media hora, debiendo ser proporcional a la misma por períodos de quince minutos. Que se hace entonces necesario que el Municipio tome riendas en el asunto, generando información al respecto y proveyéndola a este Cuerpo. - 3
Es por lo expuesto que el Concejal abajo firmante propone para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de: DECRETO: Artículo 1º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo, para que a través de la repartición correspondiente, de cumplimiento al Decreto N 41.842 dentro de los 30 (treinta) días de aprobado el presente: a) Cantidad de plazas para estacionar en edificios de cocheras y playas de estacionamiento que se encuentran actualmente habilitadas, edificios de cocheras en ejecución, edificios de cocheras en trámite de permiso de edificación o habilitación. Dicha información deberá consignarse por manzana en todos los barrios de la ciudad, precisando en cada caso: ubicación, dimensiones del predio, si se trata de cocheras o playas de estacionamiento, cantidad de plazas para estacionar mensualizadas y/o por hora y si las mismas cumplimenta lo exigido por la ordenanza Nº 9.239 que Crea el Plan de 'Readecuación de espacio para guarda vehicular en el Área Central b) Edificios de Edificios de Cocheras en trámite de Convenio en el marco de la ordenanza 8122/06 y sus modificatorias. Precisando en cada caso: ubicación, dimensiones del predio, cantidad de plazas para estacionar mensualizadas y/o por hora. c) Valor promedio de las tarifas en todas sus tipologías (mensuales, mensuales nocturnas, por hora, estadías, fraccionamiento horario, etc.). d) Porcentaje de aumento de estas tarifas respecto del mismo mes del año anterior. Correlación de dichos aumentos con la estructura de costos. e) Volumen promedio mensual de facturación. f) Nivel de cumplimiento de la normativa vigente, especialmente en lo que a fraccionamiento y exhibición de tarifas se refiere, así como - 4
también a la cantidad de vehículos albergados. Esta información deberá referirse al radio delimitado por Av. Francia, Bv. Segui y el Río Paraná. Los datos, a su vez, deberán discriminarse en tres zonas: microcentro, centro y macrocentro. Artículo 2º: Autorízase al D.E. a realizar un convenio con la Facultad de Ciencias Económicas y Estadísticas de la UNR, a los fines de la confección del presente informe. Artículo 3º: Comuníquese con sus considerandos. De forma. Antesalas, 14 de agosto de 2015-5