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ficha temática Discriminación por religión A. La problemática Desde que se estableció el Virreinato y hasta 1860, la religión católica fue la única permitida en el territorio mexicano. De hecho, se puede argumentar que el catolicismo sirvió como factor de identidad para México durante la lucha de Independencia. El conflicto inició con un sacerdote católico tañendo las campanas de su templo y tomando como estandarte a la Virgen de Guadalupe. José María Morelos, otro sacerdote católico, planteó en Sentimientos de la Nación que la religión del nuevo país sería la católica. Y Agustín de Iturbide, en su Plan de Iguala, consideró que una de las tres garantías de la nación debía ser la religión católica, pues era el único factor que unificaba la gran diversidad castas y grupos sociales de ese entonces. Desde las Leyes de Reforma, México se constituyó como un Estado laico. Sin embargo, la sociedad mexicana continúa siendo predominantemente católica, al grado que muchas costumbres tienen un origen en dicha religión. Por citar algunas, el día sagrado para la mayoría de las personas cristianas (domingo) es el día oficial de descanso, la cuenta de años oficial se basa en el calendario gregoriano de la Iglesia Católica, el culto a la Virgen de Guadalupe tiene una dimensión icónica nacional, y celebraciones como la Candelaria, la Semana Santa y la Navidad tienen un amplio arraigo social. Así, la tendencia generalizada a obviar la diversidad religiosa en el país ha conducido a que quienes profesan religiones no católicas (o no profesan religión alguna) enfrenten barreras de exclusión en varios ámbitos. 1

B. Los datos duros Perfil religioso de la sociedad mexicana De acuerdo con el Censo General de Población del INEGI de 2010, ocho de cada diez personas en el país (82.72%) declaran ser católicas (INEGI 2010). En términos absolutos, México es el segundo país con más católicos, sólo después de Brasil. El porcentaje católico de la población total ha descendido con el tiempo; por ejemplo, en 1950, 98.2% del país se declaraba católico (INEGI 1950). No obstante, este descenso ha tenido un ritmo mayor en otros países de América Latina y Europa. Una de cada diez personas en México (9.73%) pertenece a alguna Iglesia cristiana distinta a la católica (INEGI 2010). La diversidad religiosa fuera del ámbito cristiano es acotada (0.16% de la población) (INEGI 2010). Ello incluye a las personas judías, musulmanas, budistas e hinduistas, entre otras. En 2010, una de cada veinte personas (4.67% del país) declaró no tener una religión (INEGI 2010). Prejuicios, estigmas y actos de discriminación Las personas enfrentan numerosas barreras en el ejercicio de sus derechos a causa de su religión. De acuerdo con la ENADIS 2017, un tercio de la población no-católica (33%) considera haber sido objeto de un acto discriminatorio en los últimos doce meses, especialmente en ámbitos como la calle, el transporte público, el trabajo o la escuela. Además, quienes pertenecen a una religión distinta a la católica tienden a mostrar tasas ligeramente menores a la nacional en cuestiones como asistencia escolar o la tenencia de un contrato laboral y prestaciones médicas (Conapred 2018). De manera generalizada, las comunidades religiosas del país han manifestado ciertas inquietudes en torno a la discriminación. Destacan, por ejemplo, la constante reproducción de estigmas en torno al judaísmo (especialmente en redes sociales), así como las restricciones en el uso de indumentaria como velo o turbante para realizar trámites oficiales o bancarios. En el caso de las religiones indígenas, también se ha señalado la ausencia de respeto, por parte de figuras públicas y particulares, a lugares y prácticas sagradas. El Conapred ha atendido varios casos en torno a esta forma de discriminación. Entre 2012 y junio de 2018, se recibieron 63 quejas por presuntos actos de discriminación religiosa, de los cua- 2

les un tercio tuvo lugar en el sector público y el resto en el privado. La mayor parte de los casos se dio en los ámbitos laboral (26 quejas) y educativo (9). Los principales derechos vulnerados fueron a un trato digno, a la libertad de conciencia y religión, así como al trabajo. Desafortunadamente, los estereotipos y las actitudes negativas hacia la diversidad religiosa aún prevalecen. Casi la mitad de la población (45%) cree que mientras más religiones se permitan en el país habrá más conflictos sociales, y una cuarta parte (23%) no estaría dispuesta a rentar una habitación a alguien con una religión distinta (Conapred 2018). Por ello, además de medidas centradas en el diseño y la implementación de las políticas públicas, es fundamental combatir los prejuicios en torno a esta forma de pluralidad. C. Las políticas públicas Avances El Estado mexicano ya cuenta con un marco normativo que establece la laicidad del Estado y la libertad religiosa. Mientras que el Artículo 40 Constitucional define a la república como laica y el Artículo 3 establece la laicidad de la educación, el Artículo 24 sirve de base para la libertad religiosa y el 130 subraya la separación entre el Estado y las Iglesias. Además, en 1992 se expidió la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, cuyo Reglamento se publicó en 2003. La Dirección General de Asociaciones Religiosas, bajo la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, atiende los asuntos religiosos, que son de carácter federal. Además, los gobiernos estatales han establecido oficinas de asuntos religiosos de distinto nivel según la complejidad particular del territorio local. La Secretaría de Gobernación y los estados han celebrado convenios de colaboración para abordar los conflictos religiosos. Finalmente, el Conapred atiende el tema religioso por diferentes vías. Destaca la atención a casos particulares de discriminación, así como la creación de un grupo de Religiones por la Inclusión para dialogar e involucrar a las Iglesias y Comunidades Religiosas en la construcción de una sociedad incluyente. 3

Desafíos Es indispensable difundir la percepción de que la diversidad religiosa es un ejemplo de libertad ciudadana, cuya existencia no perjudica sino enriquece la identidad mexicana. También es importante promover que las autoridades valoren la laicidad del Estado y atiendan cualquier conflicto con base en una neutralidad religiosa. Hace falta revisar y modificar siempre y cuando no se ponga en riesgo el orden público algunas disposiciones normativas que impiden a ciertos grupos religiosos cumplir con preceptos propios de su fe (p. ej. momentos de oración, días sagrados, uso de velo o turbante). Las acciones en esta materia deben concentrarse en áreas geográficas con mayor propensión a la discriminación por religión. En general, la diversidad es menos aceptada en el medio rural y en comunidades indígenas. Además, en estados como Chiapas, Oaxaca e Hidalgo se da una marcada intolerancia a nivel comunitario con las personas y familias que abandonan la religión católica tradicional. 4

Bibliografía Instituto Nacional de Geografía y Estadística [INEGI], (1950). Séptimo Censo General de Población. Instituto Nacional de Geografía y Estadística [INEGI], (2015). Encuesta Intercensal. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación [Conapred] (2018) Encuesta Nacional sobre Discriminación 2017: Prontuario de resultados. 5