GUIA PARA EL TRABAJO DE GRUPOS. Grupo 3 Institucionalización y mecanismos para el reconocimiento del enfoque étnico en los censos

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Transcripción:

Relator: Yolanda Bodnar Coordinador: Seminario-Taller Censos 2010 y la inclusión del enfoque étnico Hacia una construcción participativa con pueblos indígenas y afrodescendientes de América Latina CEPAL, Santiago de Chile, 19, 20 y 21 de noviembre de 2008 GUIA PARA EL TRABAJO DE GRUPOS Grupo 3 Institucionalización y mecanismos para el reconocimiento del enfoque étnico en los censos I. Objetivo El trabajo de grupo sobre este tema aporta al objetivo siguiente, de acuerdo a la Convocatoria: Promover la institucionalización de los asuntos étnicos y reconocimiento explicito y formal de pueblos indígenas y afrodescendientes en el sistema estadístico nacional con participación indígena y afrodescendiente capacitada, aprendiendo de las experiencias existentes dentro o fuera de la región; con énfasis en la dotación y gestión de los recursos. Tomando en cuenta los elementos que se listan a continuación, se espera que a través del trabajo grupal, los participantes puedan elaborar una serie de recomendaciones referidas a específicamente a la ronda de censos 2010 y la identificación étnica. Para ello, adjuntamos asimismo, algunas recomendaciones generales, emanadas de otros foros internacionales. II. Elementos para incluir en la discusión Preguntas claves - Cuáles serían los procesos y mecanismos necesarios para la lograr la institucionalización y transversalización del enfoque étnico en los sistemas estadísticos de los países? 1

Temas centrales i. Reconocimiento constitucional ii. Transverzalización de políticas Operacionalización Sensibilización y capacitación de técnicos y tomadores de decisión en los sistemas estadísticos nacionales. Identificación de instituciones públicas y privadas vinculadas al enfoque étnico nacional e internacional Identificación de criterios y procesos para la institucionalización del enfoque étnico consensuado y basado en la participación de sociedad civil. Transversalización del enfoque étnico en la Institucionalidad político administrativa de los países (estadísticas, salud, educación, justicia y otros. Formulación de marco legal para la inclusión del enfoque étnico en el sistema estadístico nacional. Categorías de identificación étnica consensuadas entre todos los actores claves y en todas las fuentes de datos. Colaboración de la cooperación internacional para la consolidación e institucionalización del reconocimiento étnico en las todas las fuentes de datos. III. Principales recomendaciones internacionales sobre este tema i ) Recomendaciones del Informe del seminario sobre recopilación y desglose de datos relativos a los pueblos indígenas 1 El Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas y otros organismos pertinentes de las Naciones Unidas e intergubernamentales deberían recomendar que los Estados miembros incluyan preguntas sobre la identidad indígena en todas las actividades pertinentes de recopilación de datos, respetando plenamente el principio de autoidentificación. Es importante elaborar criterios múltiples con la participación activa y significativa de los pueblos indígenas locales, a fin de captar en forma precisa su identidad y sus condiciones socioeconómicas. El seminario señala que es conveniente contar con datos normalizados a largo plazo basados en este principio. Los pueblos indígenas deberían participar plenamente y en igualdad de condiciones en todas las etapas de la recopilación de datos, en particular la planificación, la puesta en práctica, el análisis y la difusión, el acceso y la respuesta, y contar con recursos suficientes y capacidades apropiadas para ello. La recopilación de datos debe responder a 1 Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas Tercer período de sesiones Nueva York, 10 a 21 de mayo de 2004 2

las prioridades y los objetivos de las propias comunidades indígenas. Es fundamental que las comunidades indígenas participen en la conceptualización y la ejecución de las actividades de recopilación de datos, en la elaboración de informes al respecto y en el análisis y la difusión de los datos reunidos, en los niveles nacional e internacional. Las instituciones que se ocupan de recopilar datos en los niveles nacional e internacional deberían capacitar y emplear a personas pertenecientes a pueblos indígenas. El proceso de recopilación de datos es fundamental para potenciar a las comunidades y determinar sus necesidades. Las comunidades indígenas deberían tener derecho a que se les comunicaran los datos (primarios y agregados) para que ellas mismas puedan utilizarlos, teniendo en cuenta la importancia del carácter confidencial de dichos datos, en particular dado que se aplican a personas que participaron. Los gobiernos deberían hacer participar a los pueblos indígenas desde las primeras etapas de la recopilación de datos (planificación y educación de la comunidad) y asegurar su asociación permanente en las tareas de recopilación, análisis y la difusión de información. Se debería estudiar la posibilidad de utilizar los sistemas de registro civil y estadísticas vitales como fuentes adicionales de datos estadísticos sobre los pueblos indígenas. Se alienta a la realización de iniciativas sobre estadísticas controladas por indígenas como parte del sistema total de recopilación de datos a nivel nacional, a fin de que los sistemas de recopilación de datos no se vuelvan inconexos ni puedan dar origen a la fragmentación de los sistemas nacionales. ii) Seminario Pueblos indígenas y afrodescendientes de América Latina y el caribe : Información Sociodemográfica para políticas y programas 2 Es necesario articular la información de Censos con la formulación de políticas públicas de PI y afrodescendientes. Se sugiere organizar una red de instituciones que trabajen sistemas de indicadores. La información deberá ser la base de mesas de diálogo de sociedad civil e instancias de gobierno. Debido al gran interés por desarrollar sistemas de información sobre pueblos indígenas y afrodescendientes, debería priorizarse la capacitación para que las bases tengan conocimiento de cómo manejarlos. En fuentes de datos y sistemas estadísticos deberán estar reflejados los rasgos particulares de PI y sus derechos dentro de la sociedad integrada. La información censar debe ser una herramienta que permita diálogo con conocimiento. Debatir conceptos de lo racial, lo étnico para : - Lograr mayor visibilidad de PI y afrodescendientes - Realización de estudios técnicos con productos para toma de decisiones y diseño de políticas 2 Santiago, Chile CELADE - CEPAL Abril 2005 3

- Formalizar participación de PI y afrodescendientes en diferentes etapas de proyectos censales (capacitación de lideres en proceso y utilización de datos) - Promover interés y apoyo de INES en países ( así como organismos internacionales) - Incrementar investigación sobre características y condiciones de vida - Investigar sobre movilidad de indígenas y afrodescendientes. Cuantificar estas poblaciones en contextos urbanos y procesos migratorios - Impulsar que Objetivos de desarrollo del Milenio considere diversidad cultural ( incluyendo enfoque de genero y generacional) - Sectorializar información de PI y afrodescendientes ( educación, salud, desarrollo rural y urbano, medioambiente, infraestructura, derechos humanos, resolución de conflictos entre otros. - Indicadores cualitativos pueden contextualizar y complementar situación de población indígena - Elaborar indicadores de acuerdo con demandas y características de PI y afrodescendientes - Tratar la incapacidad de aparatos estatales para el diálogo intercultural iii) Durban 3 2. Políticas y prácticas Reunión y desglose de datos, investigación y estudios 92. Insta a los Estados a que recojan, recopilen, analicen, difundan y publiquen datos estadísticos fidedignos a nivel nacional y local y a que tomen todas las demás medidas conexas necesarias para evaluar periódicamente la situación de los individuos y los grupos que son víctimas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia: a) Esos datos estadísticos deberían estar desglosados de conformidad con la legislación nacional; toda esta información se recogerá, según proceda, con el consentimiento explícito de las víctimas, teniendo en cuenta la forma en que se definan a sí mismos y de conformidad con las normas relativas a los derechos humanos y las libertades fundamentales, como las disposiciones sobre protección de datos y las garantías de la intimidad; esta información no deberá utilizarse indebidamente; b) Los datos estadísticos y la información deberían reunirse con el objetivo de vigilar la situación de los grupos marginados, y el desarrollo y la evaluación de la legislación, las políticas, las prácticas y otras medidas encaminadas a prevenir y combatir el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, así como con el fin de determinar si algunas medidas tienen un impacto involuntario desigual sobre las víctimas; con ese fin, recomienda la elaboración de estrategias voluntarias, consensuales y participatorias en el proceso de reunión, elaboración y utilización de la información; c) La información debería tener en cuenta los indicadores económicos y sociales tales 3 Informe de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, Durban, 31 de agosto a 8 de septiembre de 2001 4

como, cuando resulte apropiado, la salud y la situación de salud, la mortalidad infantil y materna, la esperanza de vida, la tasa de alfabetización, la educación, el empleo, la vivienda, la propiedad de la tierra, los servicios de salud mental y física, el agua, el saneamiento, la energía y los servicios de comunicaciones, la pobreza y el ingreso disponible medio, a fin de elaborar políticas de desarrollo social y económico con miras a reducir las disparidades existentes en las condiciones sociales y económicas; 93. Invita a los Estados, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales, las instituciones académicas y el sector privado a que mejoren los conceptos y métodos de recogida y análisis de datos; a que promuevan la investigación, intercambien experiencias, se comuniquen las prácticas que hayan tenido éxito y conciban actividades de promoción en esta esfera; y a que elaboren indicadores de los progresos y de la participación de los individuos y los grupos de la sociedad que son objeto de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia; 94. Reconoce que las políticas y los programas encaminados a combatir el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia deben basarse en investigaciones cuantitativas y cualitativas en que se incorpore una perspectiva de género; en esas políticas y programas se deben tener en cuenta las prioridades identificadas por las personas y los grupos que sean víctimas u objeto de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia; 95. Insta a los Estados a que lleven a cabo una fiscalización periódica de los actos de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia en los sectores público y privado, incluidos los cometidos por las fuerzas del orden público; 96. Invita a los Estados a que promuevan y lleven a cabo estudios y adopten un objetivo integral y un criterio a largo plazo respecto de todas las etapas y aspectos de la migración, que aborden de forma eficaz tanto sus causas como manifestaciones; estos estudios y criterios deben prestar especial atención a las causas profundas de las corrientes migratorias, tales como la falta de pleno disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales y los efectos de la globalización económica sobre las tendencias migratorias; 97. Recomienda que se hagan nuevos estudios sobre la manera en que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia pueden reflejarse en las leyes, las políticas, las instituciones y las prácticas y de qué forma pueden haber contribuido a la victimización y la exclusión de los migrantes, en particular las mujeres y los niños; 98. Recomienda que los Estados incluyan, según proceda, en sus informes periódicos a los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos, en una forma apropiada, información estadística relativa a las personas, los miembros de los grupos y las comunidades dentro de su jurisdicción, en particular datos estadísticos sobre la participación en la vida política y sobre su situación económica, social y cultural; toda esta información se reunirá de acuerdo con las disposiciones sobre derechos 5

humanos y libertades fundamentales, tales como las normas de protección de la información y las garantías de la intimidad; IV. Material complementario: Documento base 6