Jefatura de estudios CICLO GRADO SUPERIOR: ADMINISTRACIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS EN RED.-Nocturno- DURACIÓN: 2.000 horas COMPETENCIA GENERAL DEL TÉCNICO Configurar, administrar y mantener sistemas informáticos, garantizando la funcionalidad, la integridad de los recursos y servicios de sistema, con la calidad exigida y cumpliendo la reglamentación vigente. Distribución horaria de los módulos en régimen nocturno. Clave: INF301-N MÓDULOS PROFESIONALES 1ª curso 2ºcurso 3ºcurso 1ºh H/T 2ºh H/T 3ºh H/T Implantación de sistemas 6 192 H Planificación y administración de 7 224 H redes Fundamentos de hardware 4 128 H Lenguajes de marcas y sistemas de gestión de información 3 96 H Gestión de bases de datos 5 160 H Administración de sistemas 4 126 H Servicios de red e Internet 4 126 H Formación y orientación laboral 3 96 H Lengua extranjera del entorno 2 profesional: * Ingles 106 H 2 Implantación de aplicaciones web 5 105 H Administración de sistemas gestores 3 63 H de bases de datos Seguridad y alta disponibilidad 5 105 H Empresa e iniciativa 3 63 H emprendedora Formación en Centros de Trabajo - 370 H Proyecto de administración de sistemas informáticos en red - 40 H TOTAL 2000 HORAS 20 18 18 *INGLES- En el segundo curso se impartirá el módulo inglés 1 y en el tercer curso el módulo inglés 2
ACCESO A OTROS ESTUDIOS El título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan Igualmente, este título, permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado en las condiciones de admisión que se establezcan. ENTORNO PROFESIONAL EN EL QUE EL PROFESIONAL VA A EJERCER SU ACTIVIDAD Este profesional ejerce su actividad en el área de informática de entidades que dispongan de sistemas para la gestión de datos e infraestructuras de redes (intranet, internet y/o extranet) Puestos de trabajo más relevantes: Técnico en administración de sistemas. Responsable de informática. Técnico en servicios de Internet. Técnicos en servicios de mensajería electrónica. Personal de apoyo y soporte técnico. Técnico en teleasistencia. Técnico en administración de base de datos. Técnico de redes. Supervisor de sistemas. Técnico en servicios de comunicaciones. Técnico en entornos web PROMOCIÓN EN LOS CICLOS FORMATIVOS Existen una serie de módulos profesionales en el primer curso, que de no superarlos, te impiden la matricula a determinados módulos de segundo curso y al de la FCT. Módulo profesional que se quiere cursar 2º Módulo profesional superado 1º 0377.Administración de sistemas gestores 0372. Gestión de bases de datos de bases de datos 0.378. Seguridad y alta disponibilidad. 0370.Planificación y administración de redes 0374.Administración de sistemas 0369. Implantación de sistemas En el primer y segundo curso, durante el mes de junio se realizara una evaluación final en la que se calificarán los módulos profesionales cursados. Para el alumnado con módulos profesionales no superados, se establecerán actividades de recuperación de aprendizajes y durante el mes de septiembre se realizará una evaluación extraordinaria en la que se calificaran los módulos profesionales pendientes de superar. Podrán ser objeto de evaluación extraordinaria los alumnos/as que al finalizar el primer curso en el centro educativo tengan pendientes de superación uno o más módulos profesionales En el tercero curso, la evaluación final será antes de realizar el módulo de F.C.T. Acceso al módulo de Formación en Centros de Trabajo (F.C.T.) 2
Este módulo se cursará con carácter general una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el Centro Educativo. Convocatorias: En régimen presencial cada módulo podrá ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias, excepto el de formación en Centros de Trabajo, que será en dos. En cada curso académico, la matrícula en un módulo profesional dará derecho a dos convocatorias de evaluación final, salvo en el caso del módulo profesional de formación en centros de trabajo (F.C.T) que podrá ser solo de una. Cuándo son? - Primer curso la primera convocatoria de evaluación final será en junio y la segunda convocatoria en septiembre. - Segundo curso la primera convocatoria de evaluación final de los módulos realizados en el IES, será previa al período establecido para la realización del módulo de formación en centros de trabajo. (marzo-abril)y la segunda en junio. o Módulo de FCT.- tendrá una única convocatoria de evaluación final que se llevará a cabo a la finalización del mismo. (junio). o Módulo de Proyecto tendrá una primera convocatoria de evaluación final una vez finalizado el módulo profesional de F.C.T. y una segunda convocatoria en septiembre. RENUNCIA A LA CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN Quién la realiza El alumno, si es mayor de edad, padres o representantes legales. Dónde la dirige a la dirección el I.E.S. A qué se renuncia a la evaluación y calificación de alguna de las convocatorias de todos o de algunos módulos profesionales En qué casos se puede renunciar Siempre que existan circunstancias de enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones de tipo personal o familiar que le impidan seguir sus estudios en condiciones normales. Plazos para presentar la renuncia la solicitud de renuncia a la convocatoria, junto con la documentación justificativa, se presentará: - Con una antelación mínima de dos meses antes de la primera convocatoria de evaluación final del módulo profesional correspondiente. - Una vez realizada la primera convocatoria de evaluación final, el alumno podrá solicitar en el plazo de tres días después de conocer la calificación de la primera convocatoria, la renuncia a la segunda convocatoria. La solicitud deberá ir acompañada junto a la documentación justificativa. 3
El módulo de F.C.T. y, en su caso, el de proyecto, la renuncia a la convocatoria se podrá presentar con una antelación de veinte días antes de su primera convocatoria de evaluación final. ANULACIÓN DE MATRÍCULA A PETICIÓN DEL ALUMNO Quién la realiza El alumno, si es mayor de edad, padres o representantes legales. Dónde la dirige a la dirección el I.E.S. Se anula la totalidad de los módulos profesionales en los que se encuentre matriculado. En qué casos se puede anular Siempre que existan circunstancias de enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones de tipo personal o familiar que le impidan seguir sus estudios en condiciones normales. Qué ocurre si se anula la matrícula la anulación de matrícula conlleva la pérdida del derecho a la enseñanza, evaluación y calificación de todos los módulos profesionales en los que se encuentre matriculado y el de reserva de plaza como alumno repetidor. Plazos para presentar la anulación la solicitud de anulación de matrícula, junto con la documentación justificativa, se presentará con una antelación mínima de dos meses antes de la primera convocatoria de evaluación final del módulo profesional correspondiente ANULACIÓN POR INASISTENCIA En el régimen de enseñanza presencial la asistencia a las actividades lectivas es la condición necesaria para mantener la matrícula en los módulos del ciclo formativo. Si un alumno matriculado no asiste a las actividades del ciclo formativo durante un periodo de diez días consecutivos, el centro docente solicitará por escrito al alumno o a sus representantes legales su inmediata incorporación y les comunicará que, en caso de no producirse ésta, excepto por causa debidamente justificada, se procederá a la anulación de su matrícula por inasistencia. El alumno o sus representantes legales, dispondrán en el plazo de tres días naturales para presentar las alegaciones, aportando la documentación que estime oportuna. PERDIDA DE EVALUACIÓN CONTINUA La evaluación continua del proceso formativo requiere la asistencia regular a las actividades lectivas programadas en los distintos módulos profesionales en los que se encuentre matriculado el alumno. El número de faltas de asistencia que determina la pérdida del derecho a la evaluación continua es como máximo del 15% respecto a la duración total del módulo profesional. OBJETIVOS MÍNIMOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE CADA MÓDULO PROFESIONAL. El REAL DECRETO 1629/2009, de 30 de octubre establece el Título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en red y fija sus enseñanzas mínimas, sustituyendo a 4
la regulación del título de Técnico Superior en Administración de Sistemas informáticos, contenido en el Real Decreto 1660/94, de 22 de Julio. La Orden de 14 de julio de 2010, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por que la que establece el currículo del título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red para la Comunidad Autónoma de Aragón. Cada profesor informará a sus alumnos de las realizaciones profesionales, contenidos y criterios de evaluación que afectan a los módulos que imparte. El alumnado tiene derecho a recibir esta información y a solicitar cuantas aclaraciones sean precisas. CONVALIDACIONES Y EXENCIONES Exención del módulo de la F.C.T. Los alumnos que acrediten una experiencias laboral de al menos un año, relacionada con los estudios profesionales cursados y que permita demostrar las capacidades terminales correspondientes al módulo de F.C.T. podrán solicitar su exención total o parcial. Convalidaciones: Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, con los módulos profesionales del presente currículo se establecen en el Anexo IV.A de la ORDEN de 14 de julio de 2010 Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOGSE 1/1990): Administración de Sistemas Informáticos Sistemas informáticos monousuario y multiusuario Redes de área local Sistemas gestores de bases de datos Fundamentos de la programación Desarrollo de funciones en el sistema informático Implantación de aplicaciones informáticas de gestión Formación en centro de trabajo. Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Administración de Sistemas Informáticos en Red 0369. Implantación de sistemas 0370.Planificación y administración de redes 0372.Gestión de bases de datos 0377.Administración de sistemas gestores de bases de datos. 0373. Lenguajes de marcas y sistemas de gestión de información 0374. Administración de sistemas 0376. Implantación de aplicaciones Web. 0382. Formación en centros de trabajo. 5