SAN VICENTE, DICIEMBRE DE 2016.

Documentos relacionados
CORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA DIRECCION DE AUDITORIA REGIONAL SANTA ANA

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DIRECCIÓN DE AUDITORIA DOS

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DIRECCION DE AUDITORIA DOS

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DIRECCION DE AUDITORIA SIETE

DIRECCION DE AUDITORIA SEIS

prorecclót oe Los TRABAJADoRES DEL

INFORME FINAL DE AUDITORIA ESPECIAL A LOS INGRESOS Y EGRESOS CON SUS RESPECTIVOS REGISTROS CONTABLES Y ESTADOS FINANCIEROS, PERIODO

OFICINA REGIONAL DE SANTA ANA

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DIRECCION DE AUDITORIA TRES

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA DIRECCION DE AUDITORIA TRES

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA CORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DOS INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA

DIRECCIÓN DE AUDITORIA UNO

TABLAS DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Deficiencia en el control de pagos sobre contratos de obra (Hallazgo de Control Interno No.1)

MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACION DE PLANILLAS DE SUELDOS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

AL 30 DE SEPTIEMBRE DE2014.

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Cheques emitidos a nombre de funcionarios y empleados (Hallazgo de Control Interno No.1)

TABLAS DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Expedientes de obras que carecen de documentación legal completa (Hallazgo de Control Interno No.1)

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Deficiencia en el registro del libro de inventarios (Hallazgo de Control Interno No.1)

DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DOS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA DIRECCION DE AUDITORIA REGIONAL SANTA ANA

DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

INFORME DE AUDITORIA FINANCIERA AL BANCO DE DESARROLLO DE EL SALVADOR (BANDESAL), POR EL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2016.

CÓDIGO: FM03-DAD-P17 PAGINA: 2 de 13 FECHA: 10/10/2014 REVISIÓN: 0 PROCEDIMIENTO: ELABORACIÓN DE PLANILLAS DE REMUNERACIONES 5.

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA AUDITORIA INTERNA CUA No.: 58059

AUDITORÍA INTERNA AUDITORIA INTERNA INFORME

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. No se llevan libros auxiliares de fondos sociales de Inversión (Hallazgo de Control Interno No.1)

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

G O BIERNO DE SAN SALVADOR

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CORTE DE CU ENTAS DE LA REPÚ BLICA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA CINCO

Que el artículo 22 de dicho Reglamento establece que éstas, serán revisadas a efecto de mantenerlas actualizadas.

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Falta de Bitácoras en algunos expedientes por obras de infraestructura. (Hallazgo de Control Interno No.

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA INFORME AUDITORIA FINANCIERA

EL PRESUPUESTO Y EL CONTROL COMO HERRAMIENTA DE GESTION CPCC CESAR LARA GARAY MBA

CORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA

HALLAZGOS DE CUMPLIMIENTO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA CONTRALORÍA DEL ESTADO BARINAS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO RESUMEN EJECUTIVO DE LAS ACCIONES DE CONTROL EFECTUADAS POR LAS UNIDADES DE AUDITORIA INTERNA CONCLUSIONES

Grupo Funcional Desarrollo Social/Gasto Federalizado

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco Participaciones Federales a Municipios Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 16-D DE-GF

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

SISTEMA DE PUBLICACIONES ADMINISTRATIVAS

FUNDACIÓN FONDO EDITORIAL SIMÓN RODRÍGUEZ

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

DESPACHO DE AUDITORIA Y CONSULTORIA EDWIN RENE PRUDENCIO

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

SAN SALVADOR, 23 DE MAYO DE 2012.

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

MANUAL DE ORGANIZACIÓN

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONFEDERACIÓN DEPORTIVA AUTÓNOMA DE GUATEMALA -CDAG- AUDITORIA INTERNA CUA No.: 32833

CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA

OFICINA REGIONAL DE SAN MIGUEL

MUNICIPALIDAD DE TRINIDAD DEPARTAMENTO DE SANTA BARBARA AUDITORÍA ESPECIAL INFORME ESPECIAL Nº DASM-B

HALLAZGOS DE CUMPLIMIENTO. Incumplimiento en presentación de copia de contratos a la Contraloria General de Cuentas. (Hallazgo de Cumplimiento No.

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA MODIFICACIÓN AL BORRADOR DEL PLAN DE TRABAJO ANUAL DE

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

L/O/G/O. Tablas de Retención del Impuesto sobre la Renta

Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1

COMISIÓN EJECUTIVA PORTUARIA AUTÓNOMA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL PETAPA, GUATEMALA AUDITORIA INTERNA CUA No.: 58058

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Duplicidad en el pago de estudio y proyecto de factibilidad (Hallazgo de Control Interno No.1)

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR

MANUAL DE POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE GARANTIAS Y CAUCIONES

DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Auditoría interna no cumple con las funciones que le corresponden. (Hallazgo de Control Interno No.

RESUMEN EJECUTIVO. Área de Salud 8 Cotocollao, actual Dirección Distrital 17D03

INFORME DE AUDITORIA FINANCIERA MUNICIPALIDAD DE CHINAMECA

BOLETÍN INFORMATIVO*

SAN SALVADOR UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

6.- ESTADOS FINANCIEROS ESTADO DE POSICION FINANCIERA CONSOLIDADO

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONSEJO SALVADOREÑO DE LA AGROINDUSTRIA AZUCARERA

FUNDAMENTO LEGAL EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN FINANCIERA

Planificación Estratégica de las Gestiones 2013, 2014 y 2015 y Programa Operativo Anual correspondiente a la gestión 2013

DATOS DE LA ACTUACIÓN

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Los ingresos no se depositan integra y diariamente en el banco (Hallazgo de Control Interno No.1)

REGIONAL DEL LITORAL ATLÁNTICO INFORME Nº 02/2012-RLA DE LA DENUNCIA N VERIFICADA EN LA MUNICIPALIDAD DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE COLÓN

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS

HALLAZGOS DE CONTROL INTERNO. Compra de llantas para vehículos particulares (Hallazgo de Control Interno No.1)

Movimientos de las cuentas de APV acogidas a las normas del Art. 42. Acceda a estos formularios en formato Excel en

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

Transcripción:

C8RTE DE UENTASr LA REPUBUCA DIRECCIÓN REGIONAL SAN VICENTE INFORME DE EXAMEN ESPECIAL -- AL NO,MBRAMIENTO DE PERSONAL, CONVOCATORIAS.!~~~~tL~ SESION DE CONCEJO MUNICIPAL, PAGO DE IMPUESli (j/;;_ t'. i/zl SOBRE LA RENTA, COTIZACIONES AL 1555 Y AFP, ~}.'.:~._.i/> / 1 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS PARA PEQUEÑO ;_:~~;/~;'..0}/J PROYECTOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO CHINAMECA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, POR EL PERÍODO DEL 1 DE MAYO DE 2015 AL 30 DE JUNIO DE 2016. SAN VICENTE, DICIEMBRE DE 2016. Teléfonos PBX: (503) 2592-8000, Código Postal 01-10.. 7c;,, http: //www.cortedecuentas.gob.sv, la Av. Norte y 13 a. C. Pte. San Salvador, El Salvador, C.A.,,.,L. ~ ~ ll\\,,~ ~ '~,. '

INDICE CONTENIDO PÁGINA 1 PÁRRAFO INTRODUCTORIO 1 2 OBJETIVOS DEL EXAMEN 1 3 ALCANCE DEL EXAMEN 1 4 PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS 2 5 RESULTADOS DEL EXAMEN 3 6 CONCLUSIÓN DEL EXAMEN 7 7 RECOMENDACIONES 8 8 ANÁLISIS DE INFORMES DE AUDITORÍA INTERNA Y FIRMAS PRIVADAS DE AUDITORÍA 8 9 SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAS ANTERIORES 8 10 PÁRRAFO ACLARATORIO 8 Teléfonos PBX: (503) 2592-8000, Código Postal 01-10 http: //www.cortedecuentas.gob.sv, 1 a Av. Norte y 13 a. C. Pte. San Salvador, El Salvador, C.A.

C8RTEoE UENJ'ASoE LA REPUBLICA Señores Concejo Municipal (201 5-2018) San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, Presente. 1. PÁRRAFO INTRODUCTORIO De conformidad al inciso 4 del Artículo 207 de la Constitución de la República, Artículos 3, 5, 30 y 31 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República y según Orden de Trabajo No. 50/2016 de fecha 7 de octubre de 2016, hemos realizado Examen Especial al Nombramiento de personal, Convocatorias a sesión de Concejo Municipal, Pago de Impuesto sobre la Renta, Cotizaciones al ISSS y AFP, Adquisición de bienes y servicios para pequeños proyectos de la Municipalidad de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, por el período del 1 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2016. La ejecución de este Examen Especial, se debe a la atención de denuncia ciudadana, interpuesta en el Departamento de Participación Ciudadana de la Corte de Cuentas de la República, el 16 de marzo de 2016, con Referencia DPC-35-2016, la cual se incorporó al Plan de Trabajo Anual 2016 de esta Dirección Regional de San Vicente. \:J...-~-:::::t-\===,A==.,::-::: :-- :--..~ e; ~H,!' ' 0 ~ 1 ~. ~ 0 2. OBJETIVOS DEL EXAMEN {i( '... ) t) 1, l ' a) Objetivo General '%i N... " - ' ~ (( l{ p,:.; l. -t<&. h,. / Verificar la veracidad o desvirtuar la Denuncia interpuesta en el Departamento de Participación 'llv;,~~" Ciudadana de la Corte de Cuentas de la República, con Referencia DPC-35-2016, por supuestas irregularidades administrativas cometidas por el Alcalde y Secretaria Municipal, de la Municipalidad de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, en el período del 1 mayo de 2015 al 30 de junio 2016. b) Objetivos Específicos Verificarla legalidad del nombramiento de personal, en el período de mayo 2015 a junio 2016; Indagar la existencia de convocatorias a sesión del Concejo Municipal, analizando su oportunidad y efectividad; Verificar el pago oportuno de las retenciones del Impuesto sobre la Renta al Ministerio de hacienda, así como el pago de las cotizaciones al ISSS y AFP; Comprobar si las adquisiciones de bienes y servicios para pequeños proyectos, se hizo cumpliendo los aspectos legales; y Presentar los resultados del Examen Especial. 3. ALCANCE DEL EXAMEN Efectuar Examen Especial al Nombramiento de personal, Convocatorias a sesión de Concejo Municipal, Pago de impuesto sobre la Renta, Cotizaciones al ISSS y AFP, Adquisición de bienes y servicios para proyectos de la Municipalidad de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, por el período comprendido del 1 de mayo de 2015 al 30 de junio de 1

C8RTE DE UENTASoE LAREPUBLICA 2016, de conformidad a Normas de Auditoría Gubernamental emitidas por la Corte de Cuentas de la República. 4. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA APLICADOS Para el desarrollo del examen especial se ejecutaron, entre otros, los siguientes procedimientos de auditoría: Nombramiento de personal Verificamos, en base a los expedientes de cada empleado, los procesos de nombramiento del Tesorero y Encargado del Fondo Circulante, además la contratación de la Jefa de UACI, Constatando lo siguiente: a) Existencia de Acuerdo de nombramiento del cargo; b) Que la persona contratada sea idónea al cargo; y c) Que en las contrataciones de personal de nuevo ingresos, se haya efectuado el debido proceso, conforme a la Ley de la Carrera Administrativa Municipal. Convocatorias a sesiones del Concejo Municipal Indagamos y documentamos, sobre las convocatorias a sesiones del Concejo Municipal, en el periodo de mayo 2015 a junio 2016, y se verificó lo siguiente: a) Existencia de las convocatorias realizadas a los miembros del Concejo; b) Efectividad del mecanismo de convocatoria; c) Asistencia de los Concejales, a las reuniones convocadas; y d) Que el pago de dietas corresponda a la asistencia de las sesiones realizadas y asistidas. Pago de Renta y Cotizaciones al ISSS y AFP Comprobamos que se hayan efectuado correctamente las retenciones de ley a empleados, específicamente lo relacionado a RENTA, ISSS, AFP, INPEP e IPSFA, y que se hayan remitido oportunamente a las respectivas instituciones Gastos en Bienes y servicios en pequeños proyectos Considerando el listado de proyectos ejecutados, verificamos que en las adquisiciones de bienes y servicios, se haya garantizado que: a) El gasto esté debidamente aprobado por el Concejo Municipal, mediante el Acuerdo Municipal; b) De acuerdo al monto a contratar, existan las respectivas cotizaciones; c) Existan las Órdenes de Compra y que estén debidamente autorizadas por personal competente; d) Exista la documentación de soporte suficiente, competente y pertinente, y que ésta se haya emitido a nombre de la Entidad; e) El pago corresponda al monto y proveedor descrito en la factura o recibo; y f) Exista el adecuado registro contable de la transacción en lo referente a cuenta, monto y período. 2

Procedimientos Generales Concluimos sobre los aspectos denunciados: a) Legalidad de los procesos de nombramiento del Tesorero y Encargado del Fondo Circulante, así mismo sobre la contratación de la Jefe de UACI; b) Proceso utilizado por la Secretaria Municipal, para realizar convocatorias a sesión del Concejo Municipal; c) Retenciones realizadas, oportunidad de los pagos de la RENTA al Ministerio de Hacienda, y las cotizaciones al ISSS, AFP, INPEP, e IPSFA; y d) Legalidad de las adquisiciones de bienes y servicios, realizados por la Municipa lidad. Preparamos Cédula de Notas de Auditoría, que expresa en forma resumida las condiciones identificadas en el examen; De conformidad al Art. 33 de la Ley de la Corte de Cuentas de la República, comunicamos a los funcionarios y/o empleados, las presuntas deficiencias detectadas en el transcurso de la auditoría; Elaboramos cédula de análisis de respuestas, en base a los comentarios emitidos por la administración, y determinamos si es hallazgo, si se desvanece la deficiencia o se clasifica como asunto menor y se comunicará en Carta a la Gerencia; y Desarrollamos los hallazgos con todos sus atributos y los documentamos con suficiente y adecuada. 5. RESULTADOS DEL EXAMEN 1. Cálculos erróneos en Retenciones de Impuesto Sobre la Renta. Comprobamos que el Tesorero, realizó cálculos erróneos en las retenciones del Impuesto sobre la Renta que realizó a los empleados, ya que no se apegó a la Tabla de Retención aprobada por el Órgano Ejecutivo, vigente desde enero de 2016; según detalle: Empleado Cargo Salario Retención realizada de enero a junio 2016 Retención Según Auditoría Diferencia Jorge William García Alcalde Municipal $2,500.00 $420.97 $380.27 $40.70 Herbert Gustavo Calderón Síndico Arriaga Municipal $788.00 $42.29 $44.35 ($2.06) Leopoldo García Mármol Jefe del REF $905.00 $52.59 $54.64 ($2.05) Bessy Armida Martínez Martínez Contadora $896.00 $52.41 $54.47 ($2.06) Carlos Ernesto Oviedo Martínez Motorista $713.00 $35.26 $37.31 ($2.05) Reina Guadalupe Arévalo Secretaria Rosas Municipal $950.00 $65.04 $60.92 $4.12 Carlos Alberto López Martínez Fátima Cecilia Ramírez López Tesorero Municipal $600.00 $24.97 $26.72 ($1.75) Jefe de la UACI $500.00 $19.37 $0.00 $19.37 El Artículo 1, del Decreto No. 95 del Órgano Ejecutivo de la Republica de El Salvador, de fecha 18 de diciembre de 2015, que contiene las Tablas de Retención del Impuesto Sobre la Renta; 3

C8RTE DE UENTASnE LA REPUBLICA establece: "Se consideran sujetos pasivos de la retención, las personas naturales domiciliadas en el país, que perciban rentas gravadas que provengan de salarios, sueldos y otras remuneraciones de similar naturaleza, en relación de subordinación o dependencia, ya sea en especie o en efectivo, las que serán afectas a una retención, de acuerdo a las siguiente tablas: a) Remuneraciones gravadas pagaderas mensualmente %A SOBRE EL MAS APLICA EXCESO CUOTA DESDE HASTA R DE: FIJA DE: 1 TRAMO $0.01 $472.00 SIN RETENCION II TRAMO $472.01 $895.24 10% $472.00 $17.67 IIITRAMO $895.25 $2,038.10 20% $895.24 $60.00 En IV TRAMO $2,038.11 adelante 30 /o $2,038.10 $288.57... ". La deficiencia se debe a que el Tesorero Municipal, no tuvo el debido cuidado de aplicar la Tabla de Retención del Impuesto sobre la Renta, aprobado en enero de 2016. En consecuencia, se ha afectado a algunos empleados con descuentos de más, y en otros casos se ha descontado de menos, en ambos casos no se ha enterado la cantidad correcta de dicha retención a la Dirección de General de Tesorería (DGT) del Ministerio de Hacienda. Comentarios de la Administración En nota de fecha 18 de noviembre de 2016, el Tesorero Municipal, manifestó: "En relación a esta observación, les comento que trate de aplicar la tabla de Retención, pero no sé en qué momento cometí el error, porque según mi persona la había aplicado, pero a partir de esta observación, en el mes de noviembre se modificó conforme a lo que establece la Tabla de Renta". Comentarios de los Auditores Los comentarios del Tesorero Municipal, no desvanecen la observación, por el contrario, la confirma, ya que acepta que por un error se calculó mal el descuento de Renta a los empleados; además, al analizar la planilla del mes de noviembre de 2016, a la cual hace referencia, el error en los cálculos persiste. Durante la lectura del borrador de informe, el Tesorero Municipal no emitió comentarios sobre el hecho observado. 2. Cancelación de intereses por pagos extemporáneos. Comprobamos que la Municipalidad, realizó pagos de forma extemporánea a la AFP CRECER y AFP CONFIA, relacionado a los descuentos aplicados en planilla y aportación patronal; y a la Dirección General de Tesorería, las retenciones de Renta; por lo que incurrió en el pago $2,403.40, en concepto de intereses; según detalle: a) $217.77, a la AFP CRECER, en concepto de Intereses por Mora, que corresponden a pagos que tuvieron que realizarse de agosto 2015 a junio 2016; así: 4

C8RTEoE UENTASoE LA REPUBUCA Mes/Año Fecha que debió realizarse el pago Fecha que se pagó Meses de atraso Monto pagado de Intereses 08/2015 09/2015 10/2015 11/2015 12/2015 01/2016 02/2016 03/2016 04/2016 05/2016 06/2016 15/09/2015 01 /1 1 /2016 15/10/2015 01/11/2016 17/11/2016 01/11/2016 15/12/2015 01/11/20 16 16/01/2016 01/11/2016 13/02/2016 01/11/20 16 15/03/2016 01/11/2016 15/04/2016 01/1 1/2016 17/05/2016 01/1 1/2016 15/06/2016 01/1 1/2016 05/07/2016 01/1 1/2016 Total 14 mese $9.51 13 meses $26.52 12 meses $24.53 11 meses $24.02 10 meses $22.00 9 meses $24.84 8 meses $23.47 7 meses $19.10 6 meses $16.88 5 meses $15.83 4 meses $1 1.07 $217.77 \ Mes/Año Fecha que debió realizarse el pago Fecha que se pagó Meses de atraso Monto pagado de Intereses 05/2015 06/2015 07/2015 08/2015 09/2015 10/2015 11/2015 12/2015 01/2016 02/2016 03/2016 04/2016 05/2016 06/2016 13/06/2015 28/10/2016 15/07/201 5 28/10/2016 21/08/2015 28/10/2016 15/09/2015 28/10/2016 15/10/2015 28/10/2016 17/1 1/20 16 28/10/2016 15/12/2015 28/10/2016 16/01/2016 28/10/2016 13/02/2016 28/10/2016 15/03/2016 28/10/2016 15/04/2016 28/10/2016 17/05/2016 28/10/2016 15/06/2016 28/10/2016 05/07/2016 28/1 0/2016 Total 17 meses $180.43 16 meses $98.88 15 meses $92.70 14 meses $280.29 13 meses $126.84 12 meses $185.43 11 meses $269.21 10 meses $61.80 9 meses $154.61 8 meses $170.84 7 meses $157.48 6 meses $126.68 5 meses $76.45 4 meses $95.75 $ 2,077.39 e) $108.24, a la AFP CONFIA, en concepto de rentabilidad dejada de percibir, que corresponde a pagos que tuvieron que realizarse de octubre 2015 a junio 2016; así: 5

C8RTE DE UEN'JASoE LA REPUBLICA Mes/Año Fecha que debió realizarse el pago Fecha que se pagó Meses de atraso Rentabilid ad dejada de percibir 10/2015 11/2015 12/2015 01/2016 02/2016 03/2016 04/2016 05/2016 06/2016 17/11/2016 17/11/2016 15/12/2015 17/11/2016 16/01 /2016 17/11/2016 13/02/2016 17/11/2016 15/03/2016 17/11/2016 15/04/2016 17/11/2016 17/05/2016 17/11/2016 15/06/2016 17/11/2016 05/07/2016 17/11/2016 Total 12 meses $13.97 11 meses $13.90 10 meses $12.82 9 meses $14.64 8 meses $14.19 7 meses $11.67 6 meses $10.41 5 meses $10.00 4 meses $6.64 $108.24 Para los literales a y c: El Artículo 19, de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, respecto a la Declaración y Pago de las Cotizaciones, establece: "Las cotizaciones establecidas en este Capítulo deberán ser declaradas y pagadas por el empleador, el trabajador independiente o la entidad pagadora de subsidios de incapacidad por enfermedad, según corresponda, en la Institución Administradora en que se encuentre afiliado cada trabajador. Para este efecto, el empleador descontará del ingreso base de cotización de cada afiliado, al momento de su pago, el monto de las cotizaciones a que se refiere el artículo 16 de esta Ley, y el de las voluntarias que expresamente haya autorizado cada afiliado, y trasladará estas sumas, junto con la correspondiente a su aporte, a las Instituciones Administradoras respectivas. La declaración y pago deberán efectuarse dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente a aquél en que se devengaron los ingresos afectos, o a aquél en que se autorizó la licencia médica por la entidad correspondiente, en su caso. El empleador o la entidad pagadora de subsidios de incapacidad por enfermedad que no pague oportunamente las cotizaciones de los trabajadores, deberá declararlas en la Institución Administradora correspondiente, dentro del plazo señalado en el inciso anterior de este artículo, sin perjuicio de la sanción respectiva... ". Para literal b: El Artículo 62, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, referente al plazo para enterar lo retenido, establece: "El agente de retención enterará la suma retenida al encargado de la percepción del impuesto, dentro de los diez días hábiles que inmediatamente sigan al vencimiento del período en que se efectúe la retención. La declaración y pago deberán efectuarse dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente a aquél en que se devengaron los ingresos afectos, o a aquél en que se autorizó la licencia médica por la entidad correspondiente, en su caso. El empleador o la entidad pagadora de subsidios de incapacidad por enfermedad que no pague oportunamente las cotizaciones de los trabajadores, deberá declararlas en la Institución Administradora correspondiente, dentro del plazo señalado en el inciso anterior de este artículo, sin perjuicio de la sanción respectiva". 6

Para literal a, b y c: El Articulo 31, Numeral 4, del Código Municipal, referente a las obligaciones del Concejo establece lo siguiente: "Rea lizar la gestión municipal con transparencia, austeridad, eficiencia y eficacia". La deficiencia fue generada por el Concejo Municipal, excepto la Cuarta Regidora Propietaria, por no realizar los pagos a las AFP's y a la DGT, en el tiempo legalmente establecido, generando deuda y con ello el pago de intereses y rentas no percibidas. Consecuentemente se generó un detrimento patrimonial de los recursos institucionales, por un monto de $2,403.40, cantidad que debió ser utilizada en el cumplimiento de objetivos y metas de la Municipalidad en beneficio de la población. Comentarios de la Administración En nota de fecha 18 de noviembre de 2016, el Alcalde Municipal, manifestó: "En relación a _ estas observaciones, les comento que no se trata que no hubo trasparencia, si no que no. ~ ' tenían disponibl_e los _recursos económicos??mo aportación. de ~a Municipalidad, pero i.u ~ f 1,. '. futuro ya se esta considerando esta observac1on la cual se esta aplicando". fr~... ' Comentarios de los Auditores Los comentarios del Alcalde Municipal, no desvanecen la observación, ya que confirma que no pagaron oportunamente por falta de recursos económicos, sin embargo, son pagos que tienen que priorizarse para no incurrir en pago de intereses, multas o cualquier otro desembolso que afecte patrimonialmente a la municipalidad. La observación fue comunicada al Concejo Municipal en nota REF.DRSV-MSFC-EE50-08/2016, de fecha 1 O de noviembre de 2016, y no emitió comentarios, excepto el Alcalde Municipal. La Cuarta Regidora Propietaria, no se relaciona con la presente observación, ya que según el Acuerdo Municipal Número 3, Acta Número Veintisiete, del 20 de Julio de 2016, no firmó el Acuerdo que hace referencia al crédito para efectuar los pagos observados. 1 "; oº~.. I <.) p \ ~,..-.. ~.i.' - ~~ ( {Jf.,,.,1,,. /,'l(l?1,0<..,,p. e,~ 6. CONCLUSIÓN DEL EXAMEN De conformidad a los resultados obtenidos por medio del Examen Especial al Nombramiento de personal, Convocatorias a sesión de Concejo Municipal, Pago de Impuesto sobre la Renta, Cotizaciones al ISSS y AFP, adquisición de bienes y servicios para pequeños proyectos de la Municipalidad de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, por el período del 1 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2016, concluimos que: a) Los nombramientos del Tesorero y Encargado de Fondo Circulante, así como la contratación de la Jefe UACI, que se efectuaron en el período auditado, fueron apegados a ley; b) Se evidenció que se realizaron convocatorias para las sesiones de Concejo Municipal, además dicho Concejo, ha definido cuatro fechas en el mes, para realizar sesiones; 7

C8RTE DE UENTASoE LA REPUBLICA c) Los pagos de impuestos sobre la Renta a la Dirección General de Tesorería, las cotizaciones y aportes patronales a la AFP CONFÍA Y AFP CRECER, a la fecha se encuentran al día, pero fueron cancelados extemporáneamente, lo que ocasionó el pago de intereses y rentas no percibidas, por un monto de $2,403.40; con el ISSS existe un plan de pagos y se está cancelando paralelamente lo pertinente al ejercicio corriente; d) Los pagos realizados en proyectos, están apegados a lo establecido en la LACAP y han sido realizados legalmente; y e) A la fecha de nuestro examen, existen dos condiciones reportables. 7. RECOMENDACIONES Al Concejo Municipal 2015-2018: Recomendación 1, Hallazgo 1 Girar instrucciones al Tesorero Municipal, a fin de que garantice realizar los cálculos de las retenciones de JSSS, Renta, AFP CRECER, AFP CONFJA y otras, apegado a Jo que establece la ley. Recomendación 2, Hallazgo 2 Remitir oportunamente las Retenciones y Aportaciones al IPSFA, ISSS, AFP CRECER, AFP CONFIA e IMPEP, y de igual forma lo relacionado al impuesto sobre la Renta a la Dirección General de Tesorería, a fin de no incurrir en ilegalidades y pagos indebidos que afecten el patrimonio institucional. 8. ANÁLISIS DE INFORMES DE AUDITORÍA INTERNA Y FIRMAS PRIVADAS DE AUDITORÍA En el período sujeto a examen la entidad no contó con unidad de auditoría interna, por lo que no se generaron informes a los que hacer análisis; además, no se contrataron servicios de auditoría externa. 9. SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAS ANTERIORES. Por tratarse de un examen especial a los puntos de una denuncia especifica, el seguimiento a recomendaciones de auditoría anterior, será realizado en la próxima auditoría. 10. PÁRRAFO ACLARATORIO. Este informe se refiere al Examen Especial al Nombramiento de personal, Convocatorias a sesión de Concejo Municipal, Pago de Impuesto sobre la Renta, Cotizaciones al ISSS y AFP, Adquisición de bienes y servicios para pequeños proyectos de la Municipalidad de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, por el período del 1 de mayo de 2015 al 30 de junio de 2016, por lo que no emitimos opinión sobre los Estados Financieros en su conjunto y 8

C8RTEoE UENTASoE LA REPUBLICA ha sido elaborado para comunicarlo al Concejo Municipal 2015-2018, y para uso de la Corte de Cuentas de la República. San Vicente, 14 de diciembr de 2016. DIOS UNION LIBERTAD r gional San Vicente / 9