REGLAMENTO BECA DOCTORADO FONDO EDUCATIVO GABRIEL VEGALARA (FEGV)

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Transcripción:

REGLAMENTO BECA DOCTORADO FONDO EDUCATIVO GABRIEL VEGALARA (FEGV) La Universidad de los Andes en su propósito de atraer y retener a los mejores estudiantes del país desarrolla estrategias de diverso orden y en particular, a través del fortalecimiento del apoyo financiero. Con el objeto de facilitar el ingreso o la continuación de estudiantes en al Doctorado de la Facultad de Administración esta líneas forma parte del Fondo Educativo Gabriel Vega Lara (FEGVL) cuyos recursos provienen de aportes de la Familia Vegalara, de estudiantes beneficiarios, y de contrapartidas de la Universidad de los Andes. DESCRIPCIÓN DE LAS LÍNEA: Dirigida a: Estudiantes activos del Doctorado en Administración que cumplan con las siguientes condiciones: - Haber aprobado exámenes comprehensivos - Demostrar excelencia académica e interés en investigación, docencia o política pública. - Tener un promedio acumulado de 4.0 - Ser estudiante con dedicación exclusiva y de tiempo completo al doctorado. - No tener título de doctorado previo. - Tener menos de 35 años cumplidos al momento de iniciar el programa doctoral. Cubre: - Montos: El costo total de la matrícula (100%) y sostenimiento - Periodos cubiertos: cinco semestres, siempre y cuando el estudiante del Programa de Doctorado en Administración sea de tiempo completo. Se financian los cursos de inglés. No se financian intersemestrales ni cursos de verano. No se financia pasantía internacional, ni sostenimiento en la pasantía. - Estructura del apoyo: Del total del beneficio recibido, el 50% corresponderá a beca, el 25% a préstamo Condonable, y el 25% a préstamo reembolsable. Se acumulan matrícula y sostenimiento para el cálculo. - Sostenimiento mensual: el cual puede fluctuar entre 1 y 4 SMMLV según las condiciones socio-económicas de cada estudiante, durante cinco semestres. Si el estudiante se vincula como asistente de investigación o docente el auxilio de sostenimiento se reducirá en el mismo monto del valor remunerado por la asistencia mencionada. Periodicidad: Aprobación anual, según número de estudiantes del programa. Mínimo un estudiante por año, según la disponibilidad de recursos del fondo. Tasa de interés: Corresponderá al DTF+ 8.61% ea

Condiciones de permanencia: La Beca se renovará semestralmente siempre y cuando el estudiante cumpla las siguientes condiciones: 1. Un promedio académico acumulado igual o superior a 4.0. 2. Inscribir la carga académica completa del semestre en el que se encuentre. 3. Los beneficiarios que retiren materias durante el(os) semestre(s) financiado(s) pierden el beneficio de la beca Vegalara y deben aplicar a otras fuentes de financiación para los periodos restantes. 4. Dedicación de tiempo completo y trabajo exclusivo con la Universidad. 5. Matricular todos los semestres de forma consecutiva. 6. Declarar al Director del Doctorado todas las fuentes de financiación de matrícula y sostenimiento que tenga. 7. Recibir concepto favorable del Director del programa doctoral para la renovación semestral de la Beca. Condiciones de condonación: La condonación de la deuda se otorgará siempre y cuando el estudiante cumpla las siguientes condiciones: 1. Un promedio académico acumulado igual o superior a 4.0. 2. Terminar el plan de estudios del doctorado en un período máximo de cuatro años siguientes a la aprobación de la Beca Si el estudiante incumple alguna de las anteriores condiciones de condonación y/o permanencia, se debe restituir al FEGVL un monto igual a los recursos de matrícula y sostenimiento recibidos correspondientes a préstamo Condonable y reembolsable. Respaldo: El estudiante debe firmar pagaré y carta de instrucciones con el respaldo de un codeudor Amortización: Se otorgará un periodo de gracia de seis meses a partir de la terminación de materias en el cual no pagará cuotas pero se generarán intereses, los cuales se acumularan para el pago en la primera cuota. El monto total se pagará en el doble del tiempo apoyado. Si el estudiante se retira o es retirado de la Universidad debe empezar a cancelar capital e intereses desde el mes siguiente, en un plan de pagos que le definirá la Oficina de Cartera por el doble del tiempo que disfrutó del beneficio. En caso de incumplimiento se liquidará un interés de mora correspondiente a la tasa legal máxima permitida. Criterios de asignación: El Comité del FEGV analizará los siguientes criterios para la asignación: 1. Rendimiento académico 2. Condiciones de liderazgo y claridad de propósitos en su proyecto de desarrollo académico y de aporte a la sociedad. 3. Vocación de desempeñar su actividad profesional en la docencia, investigación o política pública

Para identificar estas características, en el proceso se analizarán los datos del formulario de aplicación a la Beca y solicitud de apoyo, los documentos requeridos en el numeral, la hoja de vida y la entrevista que se realizará a los aspirantes. PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA BECA DE DOCTORADO 1. CONVOCATORIA La convocatoria, los procesos de preselección y selección de la Beca los liderará la Dirección del Programa Doctoral. Los estudiantes deben entregar al programa, en las fechas establecidas, los siguientes documentos 1 : - Formulario de aplicación diligenciado. El formulario se publicará en la página web de Apoyo Financiero. - Lista de documentos de evaluación de situación económica publicada en la página de Apoyo Financiero - Ensayo (extensión no mayor a 800 palabras) en el cual describa las razones por las cuales considera que es el candidato idóneo para la Beca, las razones por las cuales le interesa el doctorado y la proyección que le dará al finalizar el programa. - Carta de presentación del director del programa. - Una carta de recomendación académica de un profesor del programa o de la Facultad de Administración. 2. PRESELECCIÓN Y SELECCIÓN Apoyo financiero recibirá las solicitudes y entregará a la Dirección del programa una matriz de los candidatos. La Dirección del programa hará una preselección teniendo en cuenta los documentos aportados por los estudiantes. Los candidatos preseleccionados serán convocados a una entrevista personal con el Director del Doctorado y dos delegados del Comité del FEGVL El Comité del FEGVL definirá el candidato al cual se le otorga el beneficio. La Dirección del Doctorado enviará las respuestas a los solicitantes, y notificará a Apoyo Financiero la decisión final. Apoyo Financiero solicita al estudiante el diligenciamiento del pagaré y la carta de instrucciones. 1 Esta lista puede modificarse según criterio de la dirección del programa y previa consulta y autorización del comité FEVG.

3. RENOVACIÓN Para la renovación del beneficio se debe cumplir el siguiente proceso: 1. El estudiante debe solicitar la renovación a Apoyo Financiero en las fechas establecidas, de acuerdo con el procedimiento establecido. 2. Apoyo Financiero presentará a la Facultad el total de las solicitudes recibidas, junto con los valores de matrícula a cancelar. 3. La Dirección del Programa evaluará el cumplimiento de las condiciones de renovación para determinar la aprobación o la negación de la renovación y notificará la decisión a Apoyo Financiero. En el reporte de renovación el Director del Programa Doctoral informará si el monto de sostenimiento se debe reducir por la existencia de otras fuentes alternas para el estudiante. 4. Con el concepto emitido por la Dirección del Programa, Apoyo Financiero procederá a notificar a los estudiantes y a incluir los respectivos descuentos en las órdenes de matrícula. 4. PÉRDIDA DEFINITIVA DEL BENEFICIO DE BECA DOCTORADO Condiciones de pago para la Beca de Doctorado La pérdida definitiva tiene lugar en los siguientes casos: a. Cuando por motivos no justificados, y no aprobados por el Comité Académico del Doctorado, el estudiante se retire del Programa y no reinicie sus estudios en el semestre siguiente. b. Cuando no acredite el cumplimiento de alguna de las condiciones previstas en el presente reglamento. c. Cuando la Facultad de Administración tenga conocimiento de que el beneficiario no cumple con el requisito de dedicación exclusiva y de tiempo completo prevista para el Programa. d. Cuando es sancionado disciplinariamente. e. Cuando incurre en prueba académica o suspensión de la Universidad por bajo rendimiento académico. f. Cuando la Facultad de Administración tenga conocimiento de que el beneficiario cuenta con otra, u otras, fuentes de financiación de matrícula y sostenimiento no declaradas ante la Universidad. En los eventos de pérdida definitiva del beneficio, el estudiante debe restituir la totalidad del monto causado hasta la fecha, en un plazo máximo del doble del tiempo apoyado. El estudiante se compromete a restituir el cien por ciento (100%) de los dineros desembolsados, indexados con la tasa de interés, en un esquema de pago que le informará Cartera. 8. VIGENCIA

El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobación por parte del Comité del FEGVL y cubre a todos los beneficiarios del programa. El Comité del FEGVL resolverá los casos en los que este reglamento pueda entrar en conflicto, teniendo en cuenta lo que más favorezca al estudiante. 9. MÉRITO EJECUTIVO El presente reglamento y en su caso la declaración de la Universidad de los Andes sobre el incumplimiento de las obligaciones que el estudiante adquiere, constituirán título ejecutivo por las sumas que a favor de la Universidad se puedan causar. Este reglamento fue aprobado el 6 de Julio de 2017 por el Comité del Fondo Educativo Gabriel Vega Lara y ratificado por el Comité de Apoyo financiero del 12 de Julio de 2017