CONVOCATORIA 2015 BASES Y CONDICIONES El MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN a través del PROGRAMA REDES -en adelante "los organizadores"- abren la segunda Convocatoria de Proyectos Innovadores de Redes de Salud - 2015. A través de esta iniciativa se busca estimular la participación de los equipos de salud en el desarrollo de proyectos de innovación, que faciliten procesos de transferencia de conocimientos y/o tecnología con el fin de fortalecer las redes de salud y mejorar la calidad de vida de la población. 1) Participantes 1.1. Instituciones participantes Podrán participar de la Convocatoria equipos de salud de efectores pertenecientes a la RED definida en el Proyecto Provincial del programa Redes. Como requisito excluyente, los equipos participantes deberán estar integrados por al menos 2 efectores del Primer nivel de atención (PNA) y 1 centro de mayor complejidad, pertenecientes a la RED definida en el Proyecto Provincial. Deberán presentar por escrito Carta Compromiso de las autoridades de todos los efectores participantes. Además, los proyectos podrán incluir la participación de otras entidades (ej: universidades públicas, institutos públicos de investigación, otros ministerios, municipios, etc.), que deberá ser también certificada mediante Carta Compromiso. 1.2. Titularidad de los proyectos Podrán participar en el concurso, personas físicas mayores de 18 años, miembros de los equipos de salud de los efectores de la RED avalados por la Unidad de Gestión Jurisdiccional (UGJ).
La UGJ podrá avalar todos los proyectos que se encuentren interesados a participar de la Convocatoria (sin límite de cupo) y dicho aval no tiene carácter de preselección por parte de la Unidad. Las personas que se inscriban como Director y Co-Directores del proyecto serán los TITULARES del proyecto y deberán pertenecer al menos a 2 de las instituciones participantes y siendo las responsables de todo acto administrativo ante los organizadores de la Convocatoria. En caso de tener que modificar la titularidad del proyecto en el transcurso de su ejecución, los Titulares originales del mismo deberán solicitarlo formalmente por escrito, y su aprobación quedará a exclusiva consideración de los organizadores. 2) Temáticas Serán elegibles los proyectos que propongan una manera diferente e innovadora de realizar algún proceso de trabajo en red para el abordaje de las Enfermedades No Transmisibles (ENT), es decir que incluyan la transferencia de conocimientos y/o tecnología, aplicados a servicios de salud para la mejora de la calidad de vida de la población, y aborden alguno de los siguientes ejes temáticos: I) Organización y gestión de las redes de salud Este eje busca fomentar intervenciones de mejora en resultados socio-sanitarios, privilegiando la continuidad de los cuidados a través de la coordinación de los distintos niveles asistenciales entre sí y con los servicios sociales. Puede incluir, entre otros: Promoción de estrategias que focalicen los cuidados en el hogar y la comunidad. Articulación entre niveles de decisión: Desarrollo y aplicación de herramientas para el monitoreo de la gestión de las redes en la atención de ENT. Promoción de estrategias para promover el autocuidado. Articulación entre niveles de atención. Desarrollo y aplicación de herramientas para la referencia y contrarreferencia. Herramientas para la gestión, monitoreo y evaluación de las Redes de laboratorio de análisis clínicos.
II) Acceso al Primer nivel de atención Este eje promueve intervenciones con enfoque individual y poblacional dirigidas a las distintas poblaciones según sus niveles de riesgo, vulnerabilidad (educación, intervenciones preventivas en educación física, nutrición, inclusión social, procesos asistenciales integrados para grupos de personas, etc.). Puede incluir, entre otros: Asistencia de poblaciones que habitualmente no concurren a consultar a los Centros de Atención Primaria. Estrategias de captación de hombres mayores 40 años para la evaluación de Riesgo Cardiovascular Global (RCVG). Estrategias de captación de personas. Estrategias innovadoras para la búsqueda activa. Estrategias innovadoras en la accesibilidad al PNA y la evaluación de su impacto: Turnos programados, análisis de laboratorio desde el primer nivel de atención, etc. 3) Financiamiento Se seleccionarán 15 proyectos que recibirán un financiamiento de hasta $100 000 (cien mil pesos argentinos) cada uno para su realización. El plazo de ejecución de los proyectos no podrá exceder los 8 meses. 4) Presentación de los proyectos Para la inscripción y participación en el proceso de evaluación de los proyectos, el participante deberá ingresar en http://www.msal.gov.ar/innovadores y cumplir con las Etapas de carga on line descriptas en la sección Guía de Carga la página web. 4.1 Aceptación de las Bases y Condiciones de la Convocatoria Para que el sistema registre un proyecto, el participante deberá declarar el conocimiento y aceptación de las Bases y Condiciones. Su aceptación implica una declaración jurada de que toda la información suministrada por el participante es fidedigna.
4.2 Responsabilidades Los Titulares del proyecto registrado serán los únicos responsables por la titularidad y derechos de propiedad del bien o proceso al que el proyecto alude. Los Titulares del proyecto presentado se declaran únicos responsables ante cualquier reclamo que pudieran ocasionar otros sobre la propiedad del bien presentado como proyecto, y solidarios de los organizadores frente a cualquier reclamo de terceros originado por su presentación. 4.3 Admisión y Carga de Datos del proyecto La fecha límite para la presentación completa (ETAPA 1 - Admisión y Carga de Datos del Proyecto) de los proyectos es el 15 de julio de 2015, inclusive. 4.4 Ajuste del Proyecto Finalizada la ETAPA 1, se inicia la ETAPA 2 - Ajuste de proyecto en la que se asigna a cada proyecto un Tutor que podrá sugerir al participante ampliaciones o aclaraciones que permitan una correcta evaluación del proyecto. Estas sugerencias podrán ser aceptadas o rechazadas por los participantes 4.5 Aval de la UGJ y Carta Compromiso de las instituciones participantes Antes de pasar a la ETAPA 3 - Evaluación por Jurado, los proyectos deberán presentar a través de la página de la Convocatoria: a) Carta Compromiso con las Instituciones Participantes (efectores u otros) b) Aval de la UGJ firmado por la correspondiente autoridad. La no presentación de los mismos será motivo para dar de baja al proyecto. 5) Proceso de evaluación Una vez finalizadas las ETAPAS 1 - Admisión y Carga de Datos del Proyecto y 2 - Ajuste de proyecto, comenzará la ETAPA 3 - Evaluación por Jurado. El Jurado es designado por el Ministerio de Salud de la Nación y podrá darse su propio reglamento de funcionamiento.
5.1 Criterios de evaluación Los proyectos serán evaluados según estos criterios: a) Carácter Innovador: 30 puntos máximos. b) Factibilidad: 20 puntos máximos. c) Pertinencia y contextualización: 20 puntos máximos. d) Relevancia: 30 puntos máximos. Se priorizarán aquellas propuestas que incluyan contraparte provincial (todos los recursos que aportará la provincia para la realización del proyecto, sean recursos materiales, humanos o financieros); presenten un equipo interdisciplinario; fortalezcan la ejecución del Proyecto Provincial del programa Redes en los efectores del PNA. El jurado podrá incorporar criterios de distribución federal, si lo considera oportuno. 5.2 Selección De esta evaluación surgirá una selección de los 15 proyectos que recibirán financiamiento. La decisión del jurado es inapelable y es el único cuerpo facultado para la elección de los proyectos ganadores. El listado de ganadores será publicado en el sitio web oficial de la convocatoria http://www.msal.gov.ar/innovadores en el mes de agosto de 2015. 6) Inicio de los proyectos Cumplida la presentación de los documentos a) y b) indicados en el punto 4.5, se inicia la ETAPA 4 - Puesta en Marcha y se firmará un Acta Acuerdo entre los Titulares del Proyecto y el programa Redes siendo la misma tomada como referencia para el inicio formal del proyecto. 7) Financiamiento 7.1. Recepción de Fondos El Director y los Co-directores del Proyecto recibirán los fondos en una cuenta bancaria conjunta a nombre de los 3 Titulares y la misma será de uso exclusivo del Proyecto Innovador, no pudiendo destinarse para otros propósitos o fuentes de financiamiento.
7.2. Cronograma de Transferencia de fondos Los fondos serán transferidos a la cuenta designada e informada a los organizadores en 2 cuotas: Cuota 1: 60% de los fondos con la firma del Acta Acuerdo. Cuota 2: 40% contra la presentación de la rendición de al menos el 80% de los fondos recibidos en la primera cuota, junto a la presentación online del Informe de Avance de las actividades a través del módulo de gestión y monitoreo del proyecto (http://www.msal.gov.ar/innovadores) y al menos una visita de monitoreo del equipo del programa Redes. 8) Gastos Elegibles - Pasajes y viáticos. En estos conceptos no podrá gastarse más del 20% de los recursos asignados. - Bienes de consumo (productos alimenticios, productos de papel, cartón e impresos y otros - elementos de limpieza, útiles de escritorio, útiles de medicina y laboratorio-), etcétera. Material de difusión; servicios comerciales y financieros (flete, imprenta, publicaciones, Internet). - Bienes de uso (maquinaria y equipos). La inclusión en el presupuesto de cualquier bien de uso superior a los $ 3000 (tres mil pesos argentinos) deberá estar justificada en función del tipo de acciones a realizar por el proyecto. Este tipo de bienes deberán transferirse a los efectores que participan en el proyecto, según las normas provinciales de patrimonio. IMPORTANTE: Las adquisiciones y contrataciones superiores a los $ 5000 (cinco mil pesos argentinos) deberán realizarse a través del mecanismo de compulsa de precios, mediante presentación de tres presupuestos válidos. 9) Confidencialidad Los Proyectos Innovadores serán de propiedad de los organizadores y serán considerados de carácter confidencial para los equipos de salud, las instituciones participantes y su personal, y se entregarán solamente a los funcionarios debidamente autorizados por el Ministerio.
9.1 Propiedad Intelectual Los derechos intelectuales y de propiedad de los proyectos elaborados con motivo de la presente Convocatoria, de resultar premiados pasarán a ser de exclusiva propiedad de los organizadores, quienes tendrán derecho de publicarlos, en todo o en parte, de adaptarlos o utilizarlos como considere conveniente. Si los equipos de salud e instituciones participantes, decidieran en sus proyectos incorporar manuscritos u otros materiales (publicados o inéditos) deberán previamente obtener permiso para su publicación, uso y adaptación en cualquier idioma (en forma gratuita para los organizadores) de los Titulares de los derechos intelectuales vigentes sobre dicho material y presentará a los organizadores la prueba de esa autorización. Los equipos de salud y las Instituciones participantes, premiados, podrán publicar todo o parte del material elaborado sólo con la autorización previa y por escrito de los organizadores. 10) Comunicaciones Todas las comunicaciones originadas en la organización de la Convocatoria se realizarán a través de la página oficial http://www.msal.gov.ar/innovadores y del correo electrónico innovadoresredes@gmail.com 11) Responsabilidades El solo hecho de participar en esta Convocatoria significa que los participantes conocen y aceptan en su totalidad las presentes Bases y Condiciones. Los Titulares de los proyectos son los responsables de la presentación oportuna de las Rendiciones de Gastos y los Informes de Avance y Final de la ejecución del proyecto. Los organizadores brindarán la orientación necesaria a los proyectos seleccionados para el cumplimiento de estas obligaciones. Cualquier instancia no prevista por las presentes Bases y Condiciones será resuelta por los organizadores y los participantes acatarán estas decisiones en forma inapelable. Los organizadores se reservan el derecho de modificar los plazos de las distintas Etapas así como también cualquier aspecto que a su criterio implique mejoras organizativas en el concurso y sus procedimientos.