OBSERVACIONES GENERALES.-

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CONVENIO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LA JUVENTUD DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADA POR EL LIC

ANEXO NÚMERO 5 D E C L A R A C I O N E S

Página 2 Periódico Oficial No. Extraordinario del 10 de Noviembre del 2011

H. AYUNTAMIENTO DE TLALNEPANTLA DE BAZ-CENTRO UNIVERSITARIO ETAC

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

D E C L A R A C I O N E S

1.5 Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el número de clave CEP FJ7.

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OBSERVACIONES GENERALES.-

DECLARACIONES. Declara "LA ASE" a través de su representante:

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN CECYTEV

DECLARACIONES. III. Tiene interés en permitir que la FECOAPEZ, apoye a la ASE a vigilar el uso correcto y transparente de los recursos públicos.

DECLARACIONES 1. DE LA "SEPE-USET"

..- ANTECEDENTES. Convenio de Coordinación para la Instalación de la Comisión Permanente de Contralores Estado Municipios 1 1_,"''1~_

D E C L A R A C I O N E S.

D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES. 1. Declara el COCIPAP por medio de su representante legal:

CONVENIO DE COORDINACIÓN DE ACCIONES PARA EL DESARROLLO DE LA RADIOAFICIÓN.

D E C L A R A C I O N E S

CONVENIO CON EL INAPAM

D E C L A R A C I O N E S

DECLARACIONES DECLARACIÓN PARA PERSONAS MORALES. 2. Que es legítimo dueño de las obras que se detallan en la Cláusula PRIMERA de este contrato.

I.1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal según lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN: LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

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GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS INSTITUTO DE SALUD CENTRO ESTATAL DE TRASPLANTE TUXTLA GUTIERREZ CHIAPAS.

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itai nayarit DECLARACIONES: DECLARA "EL ITAI"

D E C L A R A C I O N E S

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

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OBSERVACIONES GENERALES.-

l. DE "LA AMDAID" DECLARACIONES:

SEV DECLARACIONES 1.- DECLARA EL "CECYTEV" POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL:

D E C L A R A C I O N E S

TIERRA Y LIBERTAD. Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicación en este Periódico Director: Ing. Jorge Vicente Messeguer Guillén

ANTECEDENTES D E C L A R A C I O N E S

A N T E C E D E N T E S

FORMATO DE COMODATO PARA CASO DE BIENES MUEBLES

INSTITUTO DE PSIQUIATRIA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR HONORARIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE y SOBERANO DE

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO

D E C L A R A C I O N E S. I.- Declara SECTURJAL por conducto de su representante que:

Civil, para que las Organizaciones de la Sociedad Civil de todo el país pudieran hacer las adecuaciones a sus estatutos.

D E C L A R A C I O N E S. I. LA PGR declara que:

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE EL EJECUTIVO ESTATAL LA UNIVERSIDAD JUÁREZ AUTÓNOMA DE TABASCO

D E C L A R A C I O N E S

Gobierno del Estado de Morelos

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OJA3. Convenios celebrados públicos y privados que se encuentren vigentes.

CONVENIO Marco de Concertación de Acciones que celebran la Secretaría de Gobernación y la Asociación Nacional del Notariado Mexicano Asociación Civil.

1.5 Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con el número de clave CEP FJ7.

DECLARACIONES: I. DECLARA "EL INSTITUTO":

D E C L A R A C I O N E S:

A N T E C E D E N T E S

OBSERVACIONES GENERALES.-

CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN

D E C L A R A C I O N E S

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PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE GOBERNACION

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DECLARACIONES I. DECLARA LA CONAGUA A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES QUE:

D E C L A R A C I O N E S. I.- Declara SECTURJAL por conducto de su representante que:

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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA CAPACITACIÓN EN MATERIA DE OBRA PÚBLICA Y PARA PROPORCIONAR INFORMACIÓN RELACIONADA CON LA FUNCIÓN DE FISCALIZACIÓN

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GOBIERNO BEL ESTADO DE SINALOA COBA ES, Convenio de Colaboración PGJE - COBAES. (a-biaom. &naba. Ud.r,,a&,ahn Mentos

D E C L A R A C I O N E S: I DE EL MUNICIPIO :

ANTECEDENTES. Expuesto lo anterior, las "PARTES", acuerdan celebrar el present tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes: o al

D E C L A R A C I O N E S

FORTAMUN Y RESCATE DE ESPACIOS 2012

Transcripción:

Consejería Jurídica del. CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE TESTAMENTOS PÚBLICOS ABIERTOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS Y, POR OTRA PARTE, EL COLEGIO DE NOTARIOS DEL ESTADO DE MORELOS, A.C OBSERVACIONES GENERALES.-

Consejería Jurídica del. CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE TESTAMENTOS PÚBLICOS ABIERTOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL GOBIERNO DEL ESTADO, REPRESENTADO POR LOS SECRETARIOS DE GOBIERNO Y DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, CC. JORGE VICENTE MESSEGUER GUÍLLÉN Y JORGE LÓPEZ FLORES, RESPECTIVAMENTE, ASÍ COMO POR LA COORDINADORA GENERAL DEL INSTITUTO MORELENSE DE RADIO Y TELEVISIÓN, C. OLGA ESPERANZA DURÓN VIVEROS; Y, POR OTRA PARTE, EL COLEGIO DE NOTARIOS DEL ESTADO DE MORELOS, A.C., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL COLEGIO DE NOTARIOS, REPRESENTADO POR LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DIRECTIVO, LICENCIADA PATRICIA MARISCAL VEGA, ASISTIDA POR EL VICEPRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO DEL CONSEJO DIRECTIVO, LICENCIADOS GUILLERMO ADOLFO ENRIQUE TENORIO CARPIO, JESÚS TOLEDO SAAVEDRA Y CÉSAR EDUARDO GÜEMES RÍOS, RESPECTIVAMENTE; QUIENES ACTUANDO DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ LAS PARTES ; AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES: Desde el año 2003, la Secretaría de Gobernación, a través de la entonces Dirección General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional y su Dirección del Registro Nacional de Testamentos, emprendieron una campaña nacional para apoyar a nuestra ciudadanía en el otorgamiento de sus disposiciones testamentarias ante notario público. Esta campaña fue fortalecida con el apoyo de las Entidades Federativas, como titulares y rectoras de la fe pública notarial, así como por la Asociación Nacional del Notariado Mexicano y por todos los Colegios y Asociaciones de Notarios de los distintos Estados de la República. El objeto de dicha Campaña Nacional, es otorgar beneficios para la realización de testamentos, tales como: Descuentos en los honorarios de los fedatarios públicos, 2 de 7

Consejería Jurídica del. simplificación de trámites, extensión de los horarios de atención a la ciudadanía, entre otros. Debido a los exitosos resultados obtenidos en la campaña nacional de cada año, se ha estimado conveniente continuar plasmando estos beneficios en un documento jurídico que le permita una mayor permanencia, con lo cual se fortalezca la cultura del testamento entre la población interesada en generar certeza jurídica en materia de derecho sucesorio. DECLARACIONES: I. DECLARA EL GOBIERNO DEL ESTADO : I.1. El Estado de Morelos, es una Entidad Libre, Soberana e Independiente, que forma parte integrante de la Federación, según lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 1, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos. I.2 El C. Jorge Vicente Messeguer Guillén fue nombrado por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, titular de la Secretaría de Gobierno, misma que es una Secretaría de la Administración Pública Centralizada, por lo que se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente Convenio en términos del artículo 74, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, en relación con los artículos 11, fracción I, 13, fracción VI, 14 y 21, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, 5 y 6, fracción XXIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno. I.3. El C. Jorge López Flores, fue nombrado por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, titular de la Secretaría de Información y Comunicación, misma que es una Secretaría de la Administración Pública Centralizada, por lo que se encuentra plenamente facultado para suscribir el presente Convenio en términos del artículo 74, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, en relación con los artículos 11, fracción XI, 13, fracción VI, 14 y 30, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del 3 de 7

Consejería Jurídica del. Estado de Morelos; 5 y 6,fracción XIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Información y Comunicación. I.4. La C. Olga Esperanza Durón Viveros, fue nombrada por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, Coordinadora General del Instituto Morelense de Radio y Televisión, mismo que es un Organismo Público Descentralizado, por lo que se encuentra plenamente facultada para suscribir el presente Convenio, en términos del artículo 46, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, en relación con los artículos 1, 14 y 16, fracción IV, del Decreto por el que se adecua la naturaleza jurídica, estructura orgánica y funciones del Sistema Morelense de Radio y Televisión, para establecerse como organismo público descentralizado denominado Instituto Morelense de Radio y Televisión. I.5. Que para los efectos del presente Convenio señala como su domicilio oficial el ubicado en Casa Morelos, sito en Plaza de Armas General Emiliano Zapata Salazar sin número, Colonia Centro, en Cuernavaca, Morelos, C.P. 62000. II. DECLARA EL COLEGIO DE NOTARIOS : II.1. Que es una Asociación Civil, con duración indefinida, formada por todos los Notarios de la Entidad, con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituido en los términos establecidos por el artículo 149, de la Ley del Notariado del Estado de Morelos. II.2. Que de acuerdo con sus Estatutos, cuenta con un Consejo Directivo y corresponde su representación a su Presidenta, quien a su vez está facultada para suscribir el presente Convenio de Colaboración, con la asistencia del Vicepresidente, Secretario y Tesorero de dicho Consejo Directivo. II.3. Que tiene interés en llevar a cabo el objeto del presente Convenio de Colaboración, para responder de manera eficaz a las necesidades básicas de los ciudadanos morelenses. 4 de 7

Consejería Jurídica del. II.4. Que para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Calle Fray Bartolomé de las Casas número 10, Colonia Centro, en Cuernavaca, Morelos, C.P. 62000. III. DECLARAN LAS PARTES : ÚNICO. Que de acuerdo con los antecedentes y en virtud de las razones y consideraciones precisadas en la parte declarativa que antecede, se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad jurídica que sus representantes ostentan. En virtud de lo antes expuesto, LAS PARTES, de común acuerdo, se sujetan a las siguientes: CLÁUSULAS: PRIMERA. OBJETO. EL COLEGIO DE NOTARIOS, se obliga con EL GOBIERNO DEL ESTADO, a prestar servicios notariales consistentes en la elaboración de TESTAMENTOS PÚBLICOS ABIERTOS, a las personas que residan en el Estado de Morelos. SEGUNDA. COMPROMISO GENERAL DE EL COLEGIO DE NOTARIOS. Los Notarios Públicos de la Entidad, a través de EL COLEGIO DE NOTARIOS, se comprometen a que el monto total de los gastos causados con motivo del otorgamiento de la disposición testamentaria durante los meses de septiembre y octubre del año 2014, sea de $700.00 (setecientos pesos 00/100 M.N.). TERCERA. COMPROMISO ESPECIAL DE EL COLEGIO DE NOTARIOS. En el caso de personas adultas mayores (de sesenta años o más) o de personas con discapacidad, el monto de los honorarios, no podrá exceder de la cantidad de $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.). CUARTA. COMPROMISOS DE EL GOBIERNO DEL ESTADO. EL GOBIERNO DEL ESTADO, se compromete a realizar las siguientes acciones por conducto de la Secretaría de Información y Comunicación y del Instituto Morelense de Radio y Televisión y demás instancias competentes: 5 de 7

Consejería Jurídica del. a) Difundir a través de los medios masivos de comunicación, prensa y radio los alcances del presente instrumento y los beneficios que genera en la población la Campaña Nacional SEPTIEMBRE, MES DEL TESTAMENTO. b) Difundir a través de los medios masivos de comunicación, prensa y radio los alcances del presente instrumento y los beneficios que genera en la población la Campaña Estatal SEPTIEMBRE Y OCTUBRE, MESES DEL TESTAMENTO. c) Promover la seguridad jurídica de los morelenses, a través del otorgamiento de testamentos. d) Remitir y actualizar de manera oportuna toda la información de las disposiciones testamentarias al Registro Nacional de Testamentos. QUINTA. VIGENCIA. El presente Convenio tendrá vigencia del día primero de septiembre al treinta y uno de octubre de dos mil catorce. SEXTA. MODIFICACIONES. El Convenio podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo, de común acuerdo entre LAS PARTES, y surtirán efecto a partir de su suscripción. SÉPTIMA. PUBLICACIÓN. Este Convenio se publicará en el Tierra y Libertad, órgano de difusión del Gobierno del Estado. OCTAVA. RECURSOS HUMANOS. Los recursos humanos que requieran cada una de LAS PARTES, para la ejecución del objeto del presente Convenio, quedarán bajo la absoluta responsabilidad jurídica y administrativa de quien lo empleó, por lo que no existirá relación laboral alguna entre los colaboradores de una parte, para con la otra parte y en ningún caso se entenderán como patrones sustitutos o solidarios. NOVENA. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIA. El presente Convenio se rige por la voluntad de LAS PARTES y es producto de la buena fe; las dudas o controversias, serán resueltas de común acuerdo y de no llegar a solucionarse se someterán a la competencia de los tribunales del Estado de Morelos, de conformidad con el artículo 54, de la Ley Estatal de Planeación. 6 de 7

Consejería Jurídica del. Leído el presente instrumento jurídico y advertidas LAS PARTES, de su valor, alcance legal y validez, lo ratifican y firman por cuadriplicado, de común acuerdo, en la ciudad de Cuernavaca, capital del Estado de Morelos, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil catorce. POR EL GOBIERNO DEL ESTADO El Secretario de Gobierno C. Jorge Vicente Messeguer Guillén El Secretario de Información y Comunicación C. Jorge López Flores Coordinadora General del Instituto Morelense de Radio y Televisión C. Olga Esperanza Durón Viveros POR EL COLEGIO DE NOTARIOS La Presidenta del Consejo Directivo Lic. Patricia Mariscal Vega El Vicepresidente del Consejo Directivo Lic. Guillermo Adolfo Enrique Tenorio Carpio El Secretario del Consejo Directivo Lic. Jesús Toledo Saavedra El Tesorero del Consejo Directivo Lic. César Eduardo Güemes Ríos Rúbricas. 7 de 7